RESOLUCIÓN NUMERO 5093 DE 2008 , (septiembre 30) , por la cual se adoptan el Plan Estratégico Institucional 2006-2010, los Planes de Acción, el Manual de Operaciones y los Procedimientos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. - 24 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000526

RESOLUCIÓN NUMERO 5093 DE 2008 , (septiembre 30) , por la cual se adoptan el Plan Estratégico Institucional 2006-2010, los Planes de Acción, el Manual de Operaciones y los Procedimientos del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín47164

El Ministro de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 489 de 1998 y el Decreto 110 de 2004, y CONSIDERANDO: Que el inciso 2° del artículo 209 de la Constitución Política establece: "Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley";

Que, el artículo 269 de la Constitución Política establece que: "En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley (...)";

Que el artículo 6 o de la Ley 87 de 1993, señala con respecto a la responsabilidad del Control Interno "El establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno en los orga nismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal o máximo directivo correspondiente.

No obstante, la aplicación de los métodos y procedimientos al igual que la calidad, eficiencia y eficacia del control interno, también será de responsabilidad de los jefes de cada una de las distintas dependencias de las entidades y organismos";

Que la Ley 152 de 1994, en su artículo 26 consagró el deber de cada uno de los organis mos públicos de preparar su respectivo plan de acción en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo, con fundamento en los principios consagrados en el artículo 3 o de dicha norma, de autonomía, ordenación de competencias, coordinación, consistencia, prioridad del gasto público social, continuidad, participación, sustentabilidad ambiental, desarrollo armónico de las regiones, proceso de planeación, eficiencia, viabilidad, coherencia y conformación de los planes de desarrollo;

Que de acuerdo con el artículo 48 de la Ley 190 de 1995, todas las entidades públicas de la Rama Ejecutiva deberán establecer, a más tardar el31 de diciembre de cada año, los objetivos a cumplir para el cabal desarrollo de sus funciones durante el año siguiente, así como los planes que incluyan los recursos presupuestados necesarios y las estrategias que habrán de seguir para el logro de esos objetivos, de tal manera que los mismos puedan ser evaluados de acuerdo con los indicadores de eficiencia que se diseñen para cada caso;

Que el Decreto 2145 de 1999, el artículo 12, concibe la planeación como una herra mienta gerencial para el logro de los objetivos institucionales en cumplimiento de su misión particular y los fines del Estado en general, es el principal referente de la gestión y marco de las actividades de control interno, puesto que a través de ella se definen y articulan las estrategias, objetivos y metas;

Que el parágrafo I o del artículo 2° de...

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