Decreto número 1919 de 2013, por el cual se modifica parcialmente la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se asignan unas funciones al Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud 'Colombia Joven' - 6 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 458747746

Decreto número 1919 de 2013, por el cual se modifica parcialmente la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se asignan unas funciones al Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud 'Colombia Joven'

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín48905

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y la Ley Estatutaria 1622 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1622 de 2013 asigna nuevas competencias a la entidad designada o creada por el Gobierno Nacional para las juventudes.

Que la Corte Constitucional en el proceso de revisión constitucional del proyecto de ley Estatutaria número 169 de 2011 Senado- número 014 de 2011 Cámara, "por medio de la cual se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil y se dictan otras disposiciones", mediante Sentencia C-862 de fecha 25 de octubre de 2012 anotó que el Gobierno podrá asignar estas funciones a la dependencia estatal que continúe encargada del desarrollo de la política pública para la juventud.

Que teniendo en cuenta que el Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud Colombia Joven es la dependencia estatal encargada del desarrollo de la política pública para la juventud, se requiere ajustar sus funciones.

DECRETA:

Artículo 1º El Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud "Colombia Joven" del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República es el ente rector del Sistema Nacional de Juventud, en el marco del Estatuto de Ciudadanía Juvenil, expedido mediante la Ley 1622 de 2013.
Artículo 2º El Programa Presidencial para el Sistema Nacional de Juventud "Colombia Joven", además de las funciones señaladas en la Ley 1622 de 2013, cumplirá las siguientes:
  1. Asistir al Gobierno Nacional y a las entidades territoriales, en la coordinación de la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas públicas de juventud, con enfoque de derechos y...

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