Evidencias en los ciberdelitos - La organización - Libros y Revistas - VLEX 940521683

Evidencias en los ciberdelitos

AutorLuis Orlando Palomá Parra
Páginas155-158
Evidencias en los ciberdelitos
Dentro del elenco de guras penales que se pueden ejecutar dentro del espacio
virtual, existen acontecimientos centrales de las investigaciones de los delitos
informáticos de los cuales se puede beneciar la Administración de Justicia, y se
puede formalizar a través de la conrmación de la ocurrencia de un ciberdelito
con personas dispuestas a rendir entrevistas, interrogatorios, declaraciones bajo
la gravedad del juramento, pero de ningún modo podrá ser tenida en cuenta sólo
esta prueba testimonial para una sentencia de condena para un ciberdelincuente.
En esta clase de comportamientos contrarios a derecho cuando ocurrió
un acceso abusivo a un sistema informático o una obstaculización ilegitima
de sistema informático o red de comunicaciones, la interceptación de datos
informáticos, un daño informático, el uso de software malicioso, la violación de
datos personales o la suplantación de sitios web para capturar d atos personales,
será evidencia substancial por excelencia, la prueba digital.
Luego, en ese orden, para encontrar al responsable de un cibercrimen es
requisito sine qua non, el estudio, análisis y valoración de una evidencia digital,
porque podrán existir cien (100) testigos que indiquen a una persona como Autor
responsable de uno de esos delitos informáticos, no obsta nte, sin la evidencia digital
es muy difícil hallar su responsabilidad como ciberinfractor a título único de autor.
Contrario sensu, es viable la indagación que se puede adelantar a una
persona que ha participado como coautor o determinador en un hurto por
medios informáticos y semejantes, por cuanto aquí las evidencias pueden
ser diversas y el testimonio de un coautor o de la víctima logran constituirse
en esencial, casos en los cuales puede desprenderse de la relación del nuevo
indagado con el coautor que está siendo investigado o ha sido ya condenado,
en el entendido que tuvo participación entregando voluntariamente los datos
y la información personal de su cuenta bancaria a ese nuevo indagado, que
podría ser el reclutador, y quien posteriormente recibe los dineros hurtados
del investigado que aparece dentro de la evidencia digital o de la evidencia que
dejó cuando registraron los datos del ciberdelincuente que primigeniamente
recibió en su cuenta bancaria los dineros hurtados a la cibervíctima.

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