Evolución legislativa de los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual e inducción a la prostitución - - - Trata de personas con fines de explotación sexual e inducción a la prostitución - Libros y Revistas - VLEX 972304023

Evolución legislativa de los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual e inducción a la prostitución

AutorMaría Helena Luna Hernández
Páginas37-70
 37

EVOLUCIÓN LEGISLATIVA DE LOS DELITOS
DE TRATA DE PERSONAS CON FINES DE EXPLOTACIÓN
SEXUAL E INDUCCIÓN A LA PROSTITUCIÓN
    
los derechos humanos proporciona la interpretación de delitos de

de la dignidad humana y la imposibilidad ética de contemplar un
tratamiento comercial o mercantil de cualquier persona.
En el año 2000, Naciones Unidas actualiza su normativa
frente a la trata de personas a través del Protocolo para Prevenir,
Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres
y niños –que complementa la Convención de las Naciones Unidas
contra la Delincuencia Organizada Transnacional–, conocido
como el Protocolo de Palermo. Allí se amplía el reconocimiento

la prostitución ajena, que, en concordancia con el Convenio de

Ajena de 1949, integran la obligación Estatal de castigar todas las


Consistente con las recomendaciones de dichos instrumentos

que atiendan la protección a la dignidad humana, libertad e
   1. Si bien es cierto que la gravedad de estas
conductas suele acarrear daños en las víctimas, se verá que en
delitos como la trata de persona no es necesaria dicha constatación,
pues su tipología de mera conducta se sustenta en la anticipación
1 Concepto que más adelante se a mpliará al abordar el Código Penal de 2000


38


La instrumentalización de personas, especialmente mujeres, en

más gravosa del Estado a través del ius puniendi, lo que hace del
consentimiento de la víctima un aspecto irrelevante para efectos
     
problema jurídico no subyace en la libertad de elección, sino en
la dignidad humana.
  
  

La trata de seres humanos consiste en la instr umentalización de


este fenómeno la persona es tratada como un objeto, mercancía o

de esclavitud moderna.
Lo anterior concuerda con el protocolo de Palermo contra la Trata
y las conceptualizaciones dadas a este fenómeno, sin desconocer
las respectivas particularidades y diferencias en las legislaciones
de cada país. Un ejemplo de esto es la conceptualización a la que
se llegaba en el año 2010 al plantearse la necesidad de ajustar la
legislación española en esta materia, y la diferencia con la que se
entienden las implicaciones del consentimiento si se comparan con
el caso colombiano, para el cual es irrelevante (es decir, la víctima
podría saber y consentir su destino, pero dicho consentimiento
      
algunos autores y legislaciones, que consideran la ausencia de
consentimiento como presupuesto para estructurar la trata de
personas. En este sentido,  la trata

a lo cual se hace indispensable que el tratante utilice algún medio
comisivo para doblegar la voluntad de esta, como las amenazas,
 39
el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad
del sujeto pasivo, entre otros.
En el año 2000 se adopta la Convención de las Naciones Unidas
contra el Crimen Organizado Trasnacional. Uno de sus protocolos,
específico para trata de personas, Protocolo de las Naciones
Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas,
Especialmente Mujeres y Niños, conocido también como el Protocolo
de Palermo contra la Trata, dispone elementos que fueron adaptados
en la legislación colombiana en la Ley 985 de 2005, “por medio de la
cual se adoptan medidas contra la trata de personas y normas para

Mediante la Ley 800 de 2003, el Congreso de Colombia aprobó
la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional y el Protocolo para Prevenir, Reprimir
y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños,
complementario de aquella.
Sobre el delito de trata de personas como consecuencia del marco
 
Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia señaló:
          
     
por el legislador a partir del año 2000, corresponde al
cumplimiento de perentorios y añejos mandatos constitucionales,
y de compromisos adquiridos mediante distintos instrumentos
internacionales para la protección de uno de los más caros
derechos del ser humano.
        
      
territorio nacional, y con la Constitución Política de 1991 elevó
esa medida a derecho fundamental al prohibir “la esclavitud, la


menores de edad, reiteró al consagrar que ese sector vulnerable
de la población debe ser protegido por la familia, la sociedad y el
Estado “contra toda forma de abandono, violencia física o moral,



Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR