La excepcionalidad en la política y el Estado en emergencia permanente - Los dispositivos biopolíticos de la seguridad nacional en Colombia durante los años setenta - Cuerpos al límite: tortura, subjetividad y memoria en Colombia (1977-1982) - Libros y Revistas - VLEX 787492381

La excepcionalidad en la política y el Estado en emergencia permanente

AutorJuan Pablo Aranguren Romero
Páginas85-101

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La excepcionalidad en la política y el
Estado en emergencia permanente
La preservación del poder l egitima el propio ejercicio del poder, y la
democracia puede ser desv irtuada en nombre de la democracia.
A R E , “El estado de sitio prolongado
y el Estatuto de Seguridad f rente a la Constitución”
U   factores que caracterizó a la política colombiana dura nte la segunda
mitad del siglo  fue el recurso permanente al est ado de excepción. Entre 
y , es decir, un lapso de  meses, en  se gobernó bajo el estado de sitio;
de estas cifras se sig ue que, en promedio, de los  meses que duró cada período
presidencial  transcur rieron en estado de sitio. En particular, cabe destaca r el
período de Misael Pastrana (-), en el que durante  de los  meses, es
decir, el  , rigió el estado de sitio; y el del presidente Turbay (-), que
transcurr ió en un ,  bajo esta gura (García y Uprimny, ).
El recurso a los mecanismos de excepción es una prác tica común en todas
las democracias liberales; a partir de la Primera Guerra Mundia l una parte
importante de los gobiernos europeos apeló a la excepcionalidad recurrente-
mente. A nales de la primera mitad del siglo  prácticamente toda Europa
se encontraba en estado de sitio permanente. Una vez terminada la Segunda
Guerra la suspensión de la Constitución y el derecho se mantuvo y terminó por
ser un recurso funda mental de la política liberal, que comprendía no ya única-
mente la emergencia política, sino también al estado de emergencia económica.
Giorgio Agamben ha mostrado que la presencia y permanencia del estado de
excepción constituyen la cuestión que permite entender la lógica del derecho y
la política. Tomando por punto de partida el trabajo de Carl Schmitt , Agamben
() argumenta que la excepción no es una concentración de derecho en un
soberano, sino que en realidad es el escenar io en donde se crean las condiciones
 cuerpos al l ímite
jurídicas para que el poder pueda disponer del ciudadano, en tanto vida des-
nuda, es decir, la vida a quien cualquiera puede dar muerte pero que es a la vez
insacricable. La pregunta fundamental de Agamben se reere al origen y los
efectos de la distinción entre vida biológica (zoé) y vida libre (bíos), a partir de
la cual se constituye la política. Dicha distinción supone que la vida biológica
tuvo que ser excluida de lo público para ser incluida en la política a disposición
del poder soberano. Así, para Agamben “ la pareja categorial fundamental de la
política occidental no es la de amigo-enemigo, sino la de nuda vida-ex istencia
política , zoé-bíos, exclusión-inclusión” (: ).
La excepción, entonces, es concebida como un dispositivo por cuyo medio el
derecho se ocupa de la vida, incluyéndola a partir de su propia suspensión. En
virtud de esta apropiación de la vida por parte del derecho es posible que ella
devenga sacricable, es decir, nuda vida. El estado de excepción instaura una
condición particular de g uerra —la guerra civil legal— que permite no sólo la
eliminación física del adversar io, sino también la de las formas de vida que no
están integradas en el sistema polít ico, es decir, las que no entran en la categoría
de vida digna de ser vivida. Así, la instauración de estados de emergencia es,
según Agamben, la práctic a esencial de los estados contemporáneos, aún de los
denominados democráticos (: ).
Este capítulo propone un análisis del uso rec urrente del estado de excepción
en Colombia durante la segunda mitad del siglo , no en tanto excepción a la
lógica liberal del Estado, sino, por el contrario, como marco de posibil idad del
uso de mecanismos excepcionales en la democracia contemporánea. Se most rará,
por una parte, por qué este recurso, per manente en el caso colombiano, termina
por convivir, incluso con cierta armonía, con el sistema jurídico y democr ático; y
por otra parte, la manera en que el estado de excepción se ar ticula con una lógica
que a su vez, como se explicó en el capítulo anterior, está ligada a un trata miento
del conicto social que considera a la alteridad contra ria a los ideales nacionales
y la desposee de su humanidad, es deci r, la trata como vida desnuda.
Todos los presidentes del período llamado Frente Nacional, en que se pactó
la alternancia del poder entre los partidos Liberal y Conservador, usaron de
manera constante el estado de excepción. Arguyendo la necesidad de enf rentar
a los grupos guerril leros y de bandoleros que emergieron durante las décadas de
los cincuenta y los sesenta, los presidentes del Frente Nacional se valieron de los
mecanismos excepcionales para goberna r. Sin embargo, como ha demostrado
Gustavo Gallón (), el uso del estado de excepción en Colombia está marcado
por una clara tendencia a reprimir los conictos sociales, las manifestaciones
populares y el descontento social.
Entre  y  existió la tendenc ia a declarar el e stado de sitio en forma parci al en las zonas
rurales y no en to do el territorio nacional; a par tir de  se tiende a declar arlo en forma total

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