Facultades de la administración para el control y recaudo del impuesto de timbre - Libro Cuarto. Impuesto de timbre nacional - Estatuto tributario 2011 - Libros y Revistas - VLEX 379834430

Facultades de la administración para el control y recaudo del impuesto de timbre

AutorÁlvaro Jiménez Lozano
Páginas330-333
330
ÁLVARO JIMÉNEZ LOZANO
Concepto Tributario 47091 de 2006. Impuesto de Timbre. Tratamiento del impuesto de timbre
nacional en los contratos que suscribe la Federación Nacional de Cafeteros en su calidad de
administradora del Fondo Nacional del Café. Concepto Tributario 054296 de 2006. Impuesto
de timbre. Entidades de derecho publico exentas del impuesto de timbre. Concepto Tributario
100046 de 2006. Impuesto de Timbre Nacional. Entes Universitarios Autónomos. Concepto
Tributario 11210 de 2009. Impuesto de Timbre. Entidades exentas del impuesto de timbre.
Nota: Véase Ofi cio Tributario 3344 de 2007. Impuesto de Timbre. Entidades exentas. Ofi cio
Tributario 43464 de 2009. Régimen del impuesto de timbre nacional aplicable a las empresas
de servicios públicos domiciliarios.
Artículo 533. Que se entiende por entidades de derecho público.
Nota: El artículo 533 fue modifi cado por el artículo 61 de la Ley 1111 d e 20 06. E l nuevo texto
del artículo es el siguiente:
Para los fi nes tributarios de este Libro, son entidades de derecho público la Nación, los
Departamentos, los Distritos Municipales, los Municipios, los entes universitarios autó-
nomos y los organismos o dependencias de las ramas del poder público, central o sec-
cional, con excepción de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las
sociedades de economía mixta.
Nota: Véase Concepto Tributario 47091 de 2006. Impuesto de Timbre. Tratamiento del
impuesto de timbre nacional en los contratos que suscribe la Federación Nacional de Cafeteros
en su calidad de administradora del Fondo Nacional del Café. Concepto Tributario 054296 de
2006. Impuesto de timbre. Entidades de derecho publico exentas del impuesto de timbre.
Concepto Tributario 100046 de 2006. Impuesto de Timbre Nacional. Entes Universitarios
Autónomos. Concepto Tributario 11210 de 2009. Impuesto de Timbre. Entidades exentas del
impuesto de timbre.
Artículo 534. La exención debe constar en el documento o acto exento.
El funcionario que extienda, expida o autorice trámite o registre actos o instrumentos
sobre los cuales haya exención deberá dejar constancias en ellos, del objeto a que son
destinados y de las disposiciones que autorizan la exención.
Decreto 1222 de 1976 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 0002 de 1976.
Artículo 21. Demostración de las condiciones requeridas para gozar de las exenciones.
TÍTULO VI
PAGO DEL IMPUESTO DE TIMBRE
Artículo 535. El impuesto se paga al momento de presentar la declaración.
Nota: El artículo 535, fue derogado por el artículo 140 de la Ley 0006 de 1992.
TÍTULO VII
FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN PARA EL CONTROL Y RECAUDO
DEL IMPUESTO DE TIMBRE.
Normas concordantes de este Estatuto. Artículo 518. Agentes de retención.
Nota: Véase el Decreto 0747 de 1996 por el cual se reglamentó el recaudo del Impuesto de
Timbre en el Exterior.
Artículo 536. Amplias facultades de investigación.
Para asegurar el cumplimiento de las normas tributarias a que se refi ere este Libro, la
Dirección General de Impuestos Nacionales por medio de sus ofi cinas de investigación
o auditoria podrá:

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