Faena inútil - 80 cuartillas punitivas - Libros y Revistas - VLEX 939915411

Faena inútil

Páginas118-119
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Qué pena que se continúe trillando el campo del castigo con
instrumentos ya probado y sin mella. La ahora República Bolivariana
de Venezuela es un ejemplo emblemático.
Bajo el amparo y la vigencia de la Constitución de 1961, expresión de
la democracia rep resentativa, Venezuela tuvo dos leyes penitencia rias:
la de 1961 y la de 1981. En la Carta Magna de entonces no hubo
palabras expresas para el sistema penitenciario. Tampoco propuestas
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Régimen Penitenciario de 1961, por su parte, se estatuyó que esta era
solo aplicable a los condenados (artículo 4), y el objeto era «procurar
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Veinte años después, el legislador no encontró ninguna razón para
cambiar el número de los artículos señalados y su contenido en la Ley
de Régimen Penitenciario de 1981.
La redacción y aprobación de la vigente Constitución de 1999
sirvieron para constitucionalizar, por un lado, el sistema penitenciario,
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Es decir, el constituyente escogió el camino de la prevención especial
positiva. El texto constitucional conllevó a la publicación de otra Ley
de Régimen Penitenciario, –la de 2000– en donde no se cambió el
sentido de los artículos 2 y 4 de las leyes anteriores, aunque se hicieron
algunos retoques en la redacción de los mismos. Quince años después
llegó el Código Orgánico Penitenciario (COPE), el 28 de diciembre
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de sus ámbitos de aplicación a las personas privadas de libertad o
con alguna medida de restrictiva de libertad (artículo 2, numeral 2).
Y cuyo objeto es la rehabilitación integral, progresiva de los reclusos,
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conclusión insípida: nada nuevo bajo el sol. El legislador o constituyente,

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