Fallo de Procuraduría General de la República, 18-10-2023 - Jurisprudencia - VLEX 1027966583

Fallo de Procuraduría General de la República, 18-10-2023

Fecha18 Octubre 2023
EmisorPROCURADURIA DELEGADA DISCIPLINARIA DE JUZGAMIENTO 2
MateriaFALLO DE PRIMERA INSTANCIA
Tipo de documentoFallo
Dependencia: Procuraduría Primera Delegada – Vigilancia Administrativa


FALLO DE PRIMERA INSTANCIA-Responsabilidad disciplinaria que se le ha endilgado provisionalmente a los servidores Coronel Comandante de la Décimo Séptima Brigada del Ejército para la época de los hechos y el señor Coronel Segundo Comandante y jefe de estado mayor de la Décimo Séptima Brigada del Ejército
















































Dependencia:

Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2

Radicado:

IUS E-2020-131717 / IUC-D-2020-1473182

Implicados:

JOSÉ LUIS BASTIDAS MORENO y HERNANDO ENRIQUE PEÑA PONCE

Cargos-Entidad:

Coroneles del Ejército Nacional, comandante y segundo comandante y Jefe de Estado Mayor de la Décimo Séptima Brigada del Ejército.

Informe:

Servidor Público

Fecha Informe:

20 de febrero de 2020

Fecha Hechos.

18 de febrero de 2020

Asunto:

Fallo de primera instancia en audiencia



Bogotá, D.C., 18 de octubre de 2023


I. ASUNTO POR TRATAR


Procede el despacho, en audiencia, a proferir fallo de primera instancia dentro de las presentes diligencias disciplinarias identificadas con radicado N° IUS E-2020-131717 / IUC-D-2020-1473182, en las que se encuentran vinculados los servidores Coronel JOSE LUIS BASTIDAS MORENO, en su condición de C. de la Décimo Séptima Brigada del Ejército para la época de los hechos y el señor Coronel HERNANDO ENRIQUE PEA PONCE, S.C. y jefe de estado mayor de la Décimo Séptima Brigada del Ejército, para la época de los hechos.


Lo anterior conforme con lo establecido en los artículos 240 y 241 de la Ley 1862 de 2017, Por la cual se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar.”


II. IDENTIDAD DE LA DISCIPLINADOS


La presente investigación disciplinaria se adelanta en contra del señor JOSE LUIS BASTIDAS MORENO, identificado con la cedula de ciudadanía N° ------------, quien para la época de los hechos que son materia de investigación, ejerció el cargo de C., C. de la Décimo Séptima Brigada del Ejército ubicada en Carepa – Antioquia, desde el 5 de febrero de 20201, y del señor HERNANDO ENRIQUE PEÑA PONCE, identificado con la cedula de ciudadanía N° ----------------, quien para la época de los hechos, ejerció el cargo de Teniente Coronel y S.C. y Jefe de Estado Mayor de la Décimo Séptima Brigada del Ejército ubicada en Carepa – Antioquia, a partir del 26 de febrero de 20202, conforme con el extracto de hoja de vida del Ejército Nacional.






III. HECHOS INVESTIGADOS.


Mediante Oficio N° 060/MDN-DEJUM-J28IPM-746, del 20 de febrero de 2020, suscrito por el M.G.A.P.R.J. 28 de Instrucción Penal Militar, y servidor público, quien refirió que el 18 de febrero del mismo año, recibió orden del coronel J.L.B.M.. Comandante de la Brigada XVII del Ejército Nacional de presentarse en la oficina del Comando.


Indicó que camino a dicha oficina, varios miembros del Estado Mayor se burlaron comentando que los iban a regañar, que eran descuadrados, que no se habían presentado ante el C. de la Brigada. Al ingresar después de unos minutos, el Coronel BASTIDAS MORENO los señaló con la mano de forma despectiva, indicándoles que deben formar a 4 pasos de distancia y comenzó a gritarles de manera bochornosa por encontrarse a escasos pasos de él y en recinto cerrado, porque no se habían presentado ante él, afirmando que él no estaba pintado en la pared y que le debían respeto, razón por lo cual el oficial P. indica que, de manera comedida, le solicito respeto y le replicó que no era necesario gritar de esa manera, y menos frente a dos Oficiales Superiores que se encontraban en la oficina, es decir, el Coronel HERNANDO PEÑA PONCE y el M.M.T., ante lo cual con un grito le ordenó salir, orden que cumplió inmediatamente.


Informó también el M.G.A.P.R. que durante el empalme de Comandantes de Brigada en el mes de enero, los tres jueces ya se le habían presentado, como le consta al C.C.P.C., acto en que el C.B.M. les manifestó que más adelante se reunieran con el personal de jueces para “verificar la información de los despachos, e investigativos a cargo”, quedándose los jueces al tanto de tal orden y a espera de la fecha para lo propio y que el día de la ceremonia de cambio de mando también se presentaron ante él.


En horas de la tarde del 18 de febrero de 2020, el M.P.R. recibió del Jefe de Estado Mayor, C.H.P.P., la orden de presentarse en el Comando; al llegar a la oficina la manifestó que lo más recomendable era que le pidiera disculpas al C. de la Brigada, pues de lo contrario su carrera podría verse afectada, debido a que el C. tiene línea directa con el General ZAPATEIRO, C. del Ejército, indicando que los jueces eran instrumentos del mando, que la categoría de jueces solo era de oficinas para adentro, y que cuando salían del juzgado eran militares como cualquier otro, que debían asesorar al mando y que esa zona era muy peligrosa.


Refiere la queja que el Coronel BASTIDAS le ordenó a la Capitán LÓPEZ ECHEVERRY MAYERLING, durante la presentación en su Comando, la elaboración de un oficio contentivo de los lineamientos que se tienen para el manejo del personal uniformado de la Justicia Penal Militar, con sus respectivos soportes, orden cumplida a través de oficia N° 0113/md-de-dejpmdgdj-j30ipm-41.12 de 18 de febrero, documento que al parecer el C.B. obvió leer y estudiar, y reiteró la orden de la presentación de la información de los despachos judiciales y sus investigativos, advirtiendo que en la misma no quería ver al Juez 28 de Instrucción Penal Militar y dispuso que la presentación de ese juzgado debia hacerla el secretario.


Según la queja, mediante radiograma emitido por al Comando se ordenó a todo el personal adscrito a los Juzgados Penales Militares, entre otros. Asistir a una formación del 20 de febrero de 2020 a las 06:30 horas, en la que se hizo comentarios sobre el incidente presentado, refiriendo que hay muchos reyezuelos endiosados, que se creen intocables, que se creían más que los demás por los cargos que ostentaban, que sus políticas estaban alineadas con las del Comandantes del Ejército y de las del Comando de División, y que en mayor parte la formación giró alrededor d ellos jueces.


Termina la queja el Juez 28 de Instrucción Penal Militar, Mayor GENARO ALBERTO PEÑA RESTREPO, indicando que lleva 21 años de carrera militar y que teme por las retaliaciones que el mando pueda tomar hacía él, si ello es por motivo de las investigaciones que ja instruido, en la cual se han visto involucrados oficiales de alto rango, o si es solo por instrumentalizar a los jueces.


Mediante oficio 530/MDN-DEJUM-J28IPM-746 el Juez 28 de Instrucción Penal Militar presentó ampliación de queja indicando que su residencia en el municipio de Carepa, ha sido objeto de contantes vigilancias por parte de motocicletas de un vehículo de color blanco, de placas JFN-267, así como al parecer él ha sido objeto de seguimientos. Igualmente informa que la solicitud de continuar residiendo fuera del cantón militar, donde reside desde el 2015, le fue negada por el Comando indicando que en pro de la preservación física del personal que integra la Decimoséptima Brigada , NO se autoriza a ningún personal vivir fuera de las instalaciones del Cantón Militar3.


IV. ANTECEDENTES PROCESALES



    1. Indagación preliminar.


Mediante auto del 10 de marzo de 2020, la Procuraduría Delegada para la Fuerza Pública y Policía Judicial, inicio indagación preliminar4 en contra del C.J.L.B.M., en su condición de C. de la Decimo Séptima Brigada del Ejército y, contra el C.H.P.P., Jefe de Estado Mayor de dicha Brigada.


    1. Auto de formulación de cargos y citación a audiencia.


Mediante auto de fecha 10 de noviembre de 2021, la Procuraduría Delegada para la Fuerza Pública y Policía Judicial, formuló cargos a los señores Coronel JOSÉ LUIS BASTIDAS MORENO, en su condición de C. de la Décimo Séptima Brigada del Ejército y, contra el Coronel HERNANDO PEÑA PONCE, Jefe de Estado Mayor de dicha Brigada.


    1. Auto avoca conocimiento en etapa de juzgamiento y fija fecha para instalación de audiencia.


Mediante auto de fecha 25 de mayo de 2023, la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2, avocó conocimiento en etapa de juzgamiento de la presente...

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