Fallo de Procuraduría General de la República, 26-10-2022 - Jurisprudencia - VLEX 917822599

Fallo de Procuraduría General de la República, 26-10-2022

Fecha26 Octubre 2022
EmisorPROCURADURIA PROVINCIAL CHIQUINQUIRA
Tipo de documentoFallo
MateriaINDAGACION PRELIMINAR

ARCHIVO DEFINITIVO-A Favor de funcionarios por determinar del municipio de Chiquinquirá por las presuntas irregularidades consistentes en que no se ha dado cumplimiento al plan de aseguramiento de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo fase iii



FALTA DISCIPLINARIA-Definición legal


en atención a lo preceptuado en el Artículo 26 de la Ley 1952 de 2019, modificada por la Ley 2094 de 2021, constituye falta disciplinaria y por tanto da lugar a la imposición de la sanción correspondiente, la incursión en cualquiera de las conductas o comportamientos previstos en el Código General D. que conlleven incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad contempladas en dicha normatividad.



INDAGACIÓN PRELIMINAR-Marco legal



INDAGACIÓN PRELIMINAR-Finalidad



TERMINACIÓN DEL PROCESO DISCIPLINARIO-Procedencia



DERECHO DISCIPLINARIO-Finalidad


Así mismo se impone recordar, que la finalidad del derecho disciplinario es la de salvaguardar la moralidad pública, transparencia, objetividad, legalidad, honradez, lealtad, igualdad, imparcialidad, celeridad, publicidad, economía, neutralidad, eficacia y eficiencia que deben observar los sujetos disciplinables en el desempeño de su empleo, cargo o función, por tanto, en la realización de tales fines, anida el fundamento para determinar la responsabilidad disciplinaria, la cual supone la inobservancia de los deberes funcionales de los servidores públicos o de los particulares que ejercen funciones públicas, en los términos previstos en la Constitución, las leyes y los reglamentos que resulten aplicables.


Dependencia

Procuraduría Provincial de Instrucción de Chiquinquirá

Radicación

IUS-E-2020-228259 / IUC-D-2020-1596726

Implicados

FUNCIONARIOS POR DETERMINAR

Cargo - Entidad

MUNICIPIO DE CHIQUINQUIRÁ - BOYACÁ

Origen

Informe de servidor público

Fecha informe

4 de mayo de 2020

Fecha hechos

Por establecer

Asunto

Auto que ordena el archivo de las diligencias Art. 90 C.G.D.


Chiquinquirá, 26 de octubre de 2022


  1. OBJETO DE LA DECISION


Procede el despacho a evaluar la Indagación Preliminar adelantada en contra de FUNCIONARIOS POR DETERMINAR DEL MUNICIPIO DE CHIQUINQUIRÁBOYACÁ, para la época de los hechos materia de investigación, dentro del expediente radicado bajo el IUS-E-2020-228259 / IUC-D-2020-1596726, ordenada por auto del 9 de noviembre de 2020 (fls. 171-174), de conformidad con el artículo 208 de la Ley 1952 de 2019, reformada por la Ley 2094 de 2021.


  1. ANTECEDENTES


  • Del informe de servidor público



Las presentes diligencias se inician con fundamento en el informe de servidor público, contenido en el “FORMATO DE INFORME DE ASUNTO PREVENTIVO”, adelantado por esta Procuraduría Provincial, bajo el radicado No. E-2020-228259 / P-2020-1521172, en virtud de la remisión efectuada por el señor Procurador Regional de Boyacá, del informe elaborado por la Directora de Programas del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en cuanto a las presuntas irregularidades consistentes en que no se ha dado cumplimiento al Plan de Aseguramiento de la Prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo Fase III, dentro de los términos conferidos para tal fin.


En éste, se señala que el día 7 de mayo de 2018, la Alcaldía del Municipio de Chiquinquirá, adquirió una serie de compromisos los cuales fueron formalizados a través del Acta de Concertación del Plan de Aseguramiento de la Prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo (Fases I, II y III), el que fue aprobado en sesión No. 41 del día 9 de marzo de 2016, lo que se configuraba como insumo necesario para que se surtieran los procesos de viabilización y contratación del proyecto.


Se indica en el informe que de la ejecución del Plan de Aseguramiento en sus fases I y II, se evidenció la necesidad de transformar el actual operador de los sistemas de acueducto y alcantarillado del municipio – EMPOCHIQUINQUIRÁ E.S.P.-, razón por la cual el Alcalde del Municipio de Chiquinquirá, mediante Acta del 13 de septiembre de 2018, seleccionó la alternativa “ESQUEMA DE CONCESIÓN”, dirigida a prestar los servicios públicos a través de un operador especializado seleccionado mediante convocatoria pública.


A continuación, se expresa que a menos de dos meses de cumplirse el plazo para la construcción de las obras propias del proyecto e iniciar la etapa de puesta en marcha, no se ha avanzado en la ejecución del Plan de Aseguramiento para Chiquinquirá en su Fase III (implementación), consistente en la entrega por parte del Municipio de Chiquinquirá de los términos de referencia y anexo técnico para su validación y posterior contratación por parte del ente municipal de la alternativa seleccionada por lo que a la fecha no existe un operador viable técnica y financieramente que se encargue de manejar el sistema de acueducto y alcantarillado del municipio, así como para ser entrenado por el contratista durante etapa de puesta en marcha de las obras del proyecto, como quiera que será el encargado de la operación y el mantenimiento de las mismas durante la vida útil.


En virtud de lo anterior, se abrió el asunto preventivo radicado bajo el No. IUS-E-2020-228259/IUC-D-2020-1521172, recaudándose la información respectiva, de cuyo análisis se concluyó, ordenar el cierre del asunto preventivo y que fuera sometido a reparto en orden a analizar el presunto incumplimiento de los compromisos adquiridos por parte del Municipio de Chiquinquirá, mediante Acta de Concertación del Plan de Aseguramiento de la Prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo, suscrita el día 7 de mayo de 2016 (sic) correspondiente al proyecto: “Construcción de obras para la optimización del servicio de acueducto del municipio de Chiquinquirá” y por ende, el incumplimiento del Plan de Aseguramiento de la Prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo del Municipio de Chiquinquirá Fase III (implementación).


Al informe se anexaron los siguientes documentos:


  • Oficio incompleto No. 2018EE0048602 de fecha 21 de junio de 2018 (fl. 5).

  • Oficio No. 2020EE0026500 de fecha 21 de abril de 2020, expedido por la Directora de Programas del Ministerio de Vivienda, asunto: “Condicionamiento institucional establecido en la viabilización del proyecto “Construcción de obras para la optimización del servicio de acueducto del municipio de Chiquinquirá – Radicado No. 2018EE0048602 del 21 de junio de 2018” (fl. 6 y 133-134).

  • Documento incompleto, por lo que se desconoce su identificación y fecha de creación, suscrito por la Directora de Programas del Ministerio de Vivienda (fls. 7-11).

  • FICHA DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS” del Ministerio de Vivienda, correspondiente al proyecto “CONTRUCCION DE OBRAS PARA LA OPTIMIZACION DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE CHIQUINQUIRÁ” (fls. 12-23).

  • ACTA DE COMITÉ TÉCNICO” del Ministerio de Vivienda, correspondiente al proyecto “CONTRUCCION OBRAS PARA LA OPTIMIZACION DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE CHIQUINQUIRÁ” (fls. 24-25).

  • CARTA DE INTENCIÓN.” De fecha 22 de mayo de 2018, dirigida al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, suscrita por el Alcalde del Municipio de Chiquinquirá (fl. 26).

  • ACTA DE CONCERTACION DEL PLAN DE ASEGURAMIENTO 2017-2018 Acta No. A 23” de fecha 7 de mayo de 2018 (fls. 27-30).

  • PLAN DE ACCION DEL MUNICIPIO DE CHIQUINQUIRA DEPARTAMENTO DE BOYACA CORRESPONDIENTE AL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PLAN DE ASEGURAMIENTO 2017 – 2018” (fls. 30 vuelto-33).

  • Acta sin número de fecha 13 de septiembre de 2018, Tema central: Apoyo Fortalecimiento Institucional para EMPOCHIQUINQUIRÁ – Adopción Alternativas prestación” (fls. 34-35).

  • Fase I: Etapa Prefactibilidad EMPOCHIQUINQUIRA Municipio de Chiquinquirá” (fls. 36-121).

  • Oficio sin número de fecha 16 de julio de 2020, suscrito por el Alcalde del Municipio de Chiquinquirá y el Gerente de EMPOCHIQUINQUIRÁ, “REF.: CONTESTACIÓN A OFICIO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR