Resolución número 4239 de 2013, por la cual se autoriza a Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter), para gestionar la suscripción, emisión y colocación de bonos en el mercado internacional de capitales, hasta por la suma de quinientos millones de dólares (USD 500.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en pesos. - 18 de Diciembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 482625046

Resolución número 4239 de 2013, por la cual se autoriza a Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter), para gestionar la suscripción, emisión y colocación de bonos en el mercado internacional de capitales, hasta por la suma de quinientos millones de dólares (USD 500.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en pesos.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49008

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere, el artículo 10 de la Ley 533 de 1999, el artículo 3 y el literal (a) del artículo 20 del Decreto número 2681 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante oficios número 1-2013-051214 del 30 de julio de 2013 y número 1-2013087761 del 5 de diciembre de 2013 Financiera de Desarrollo Territorial (Findeter), solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, autorización para iniciar las actividades correspondientes a la estructuración, emisión, suscripción y colocación de bonos ordinarios, no garantizados por la Nación, hasta por la suma de quinientos millones de dólares (USD 500.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en pesos.

Que el artículo 10 de la Ley 533 de 1999 establece que no se consideran títulos de deuda pública los documentos y títulos valores de contenido crediticio y con plazo para su redención que emitan los establecimientos de crédito, las compañías de seguros y las demás entidades financieras de carácter estatal, que correspondan al giro ordinario de las actividades propias de su objeto social, excepto los que ofrezcan dichas entidades en los mercados de capitales internacionales con plazo mayor a un año, caso en el cual requerirán de la autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su emisión, suscripción y colocación y podrán contar con la garantía de la Nación.

Que el literal a) del artículo 20 del Decreto número 2681 de 1993 establece que la emisión y colocación de títulos de deuda pública externa de las entidades descentralizadas del orden nacional y de entidades territoriales y sus descentralizadas requerirá autorización para iniciar gestiones, impartida mediante Resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación.

Que el Departamento Nacional de Planeación, según consta en su oficio número SC-20134380832641 del 15 de noviembre de 2013, emitió concepto favorable hasta por quinientos millones de dólares (USD 500.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas para suscribir, emitir y colocar bonos de deuda externa en los mercados internacionales...

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