Efectos fiscales de participar en operaciones de bolsas - 30 de Mayo de 2011 - El Tiempo - Noticias - VLEX 278990119

Efectos fiscales de participar en operaciones de bolsas

El Mercado Integrado Latinoamericano (Mila) permite a los inversionistas la realización de operaciones de contado sobre inversiones en acciones inscritas en la Bolsa de Valores de Colombia (BVC), la Bolsa de Comercio de Santiago (BCS) y la Bolsa de Valores de Lima (BVL), con intervención de los tres depósitos de valores Deceval, Cavali y el Depósito Central de Valores (DCV), de Colombia, Perú y Chile respectivamente.

Esta integración implica unos efectos fiscales que se derivan de estas operaciones en ingresos por dividendos y por la utilidad en la enajenación de las acciones inscritas en las bolsas de valores participantes en el Mila, de acuerdo con las legislaciones internas de Colombia, Perú y Chile, y los convenios de doble imposición que tienen suscritos estos países.

En esta ocasión explicaremos los efectos sobre las inversión que se realicen en acciones.

Hay que tener en cuenta que la información aquí contenida es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. Las decisiones específicas deben basarse en un análisis detallado de cada situación.

Si un inversionista colombiano decide comprar acciones de algunos de los tres mercados, los impuestos frente a los dividendos serían los siguientes:

  1. Si compra acciones colombianas:

    * Cero por ciento sobre los dividendos que han tributado en cabeza de la sociedad emisora.

    * Un 33 por ciento sobre dividendos decretados a una persona no declarante, cuando no pagaron impuesto en cabeza de la sociedad emisora.

    * Un 20 por ciento sobre dividendos decretados a un declarante, cuando no pagaron impuesto en cabeza de la sociedad emisora.

    * La retención en la fuente será practicada por la sociedad emisora y tiene el carácter de impuesto definitivo en los no declarantes. En los demás casos es un anticipo del impuesto.

  2. Si compra acciones peruanas:

    * Un 4,1 por ciento sobre los dividendos distribuidos a no domiciliados, siendo indistinto que se trate de personas naturales o jurídicas.

    * La retención en la fuente será practicada por la sociedad pagadora de los dividendos, con carácter definitivo.

  3. Si compra acciones chilenas:

    * Un 35 por ciento del impuesto adicional, pudiendo darse como crédito el impuesto de primera categoría del 17, 20 o 18,5 por ciento (años 2010, 2011 y 2012 respectivamente) que haya gravado dicha utilidad.

    * La retención en la fuente será...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR