Formulario 110 e Instructivo - Declaración de renta. Personas jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 933440172

Formulario 110 e Instructivo

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas102-201
102 Declaración de Renta Personas Jurídicas
CAPÍTULO
10
FORMULARIO 110 E INSTRUCTIVO
1. Año
Espacio reservado para la DIAN
4. Número de formulario
7. Primer apellido 8. Segundo apellido 9. Primer nombre 10. Otros nombres5. No. Identificación Tributaria (NIT) 6.DV.
996. Espacio para el número interno de la DIAN / Adhesivo
11. Razón social
12. Cód. Direcc.
Seccional
24. Actividad
económica principal
29. Fracción año gravable siguiente
Datos del
declarante
36Efectivo y equivalentes al efectivo
37Inversiones e instrumentos financieros derivados
38
Cuentas, documentos y arrendamientos financieros
por cobrar
39Inventarios
40Activos intangibles
41Activos biológicos
Propiedades, planta y equipo, propiedades de
inversión y ANCMV
43Otros activos
Total patrimonio bruto
45Pasivos
46Total patrimonio líquido
Patrimonio
47Ingresos brutos de actividades ordinarias
48Ingresos financieros
49
50
51
52
53
54
55
56
57Otros ingresos
58Total ingresos brutos
59Devoluciones, rebajas y descuentos en ventas
60
Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia
ocasional
61
Ingresos
Costos
63Gastos de administración
64Gastos de distribución y ventas
65Gastos financieros
Otros gastos y deducciones
67Total costos y gastos deducibles
Costos y deducciones
Inversiones efectuadas en el año
69
Inversiones liquidadas de períodos gravables
anteriores
70Renta por recuperación de deducciones
71
Renta pasiva - ECE sin residencia fiscal en
Colombia
72Renta líquida ordinaria del ejercicio
Compensaciones
75Renta líquida
76
77Renta exenta
78Rentas gravables
Renta líquida gravable
Renta
80Ingresos por ganancias ocasionales
Costos por ganancias ocasionales
82Ganancias ocasionales no gravadas y exentas
83Ganancias ocasionales gravables
Ganancias
ocasionales
84
85
86
87
88
89
90
Impuesto sobre las rentas
líquidas gravables
Total impuesto sobre las rentas líquidas
gravables
92Valor a adicionar (VAA)
93Descuentos tributarios
94
Impuesto
neto de renta
95
98
Descuento por impuestos pagados en el exterior
por ganancías ocasionales
99Total impuesto a cargo
Valor inversión obras por impuestos hasta del 50%
del valor de la casilla 99 (Modalidad de pago 1)
101
Descuento efectivo inversión obras por impuestos
(Modalidad de pago 2)
102Crédito fiscal artículo 256-1 E.T.
103Anticipo renta liquidado año gravable anterior
Saldo a favor año gravable anterior sin solicitud de
devolución y compensación
105Autorretenciones
Otras retenciones
108Anticipo renta para el año gravable siguiente
109Anticipo Puntos adicionales año gravable anterior
110Anticipo Puntos adicionales año gravable siguiente
111Saldo a pagar por impuesto
Sanciones
113Total saldo a pagar
114Total saldo a favor
116
117Aporte voluntario Art. 244-1 E.T
34. Aportes al sistema
de seguridad social
35. Aportes al SENA, ICBF,
cajas de compensación
997. Espacio exclusivo para el sello de la entidad recaudadora
Renta presuntiva
980. Pago total $
26. No Formulario
anterior
30. Renuncio a pertenecer al
Régimen Tributario Especial
31. Vinculado al pago de
obras por impuestos
25.
Cód.
(sin impuesto adicionado)
96
Impuesto
neto de renta
(con impuesto adicionado)
Impuesto de ganancias ocasionales
Impuesto a adicionar (IA)
Liquidación privada
115
Renta
981. Cód. Representación
Firma del declarante o de quien lo representa
982. Código Contador o Revisor Fiscal
Firma Contador o Revisor Fiscal 994. Con salvedades
983. No. Tarjeta profesional
103
Capítulo 10
Formulario 110 e Instructivo
Estas instrucciones son una orientación general para el diligenciamiento del
formulario y no eximen de la obligación de aplicar, en cada caso particular, las
normas legales que regulan el impuesto sobre la renta y su complementario de
ganancias ocasionales.
Si se trata de la corrección de algún dato de su declaración, deberá diligenciar
todas las casillas de un nuevo formulario, el cual reemplaza totalmente al anterior.
Recuerde que antes de diligenciar el formulario de la declaración debe ser necesario,

Para facilitar la asociación de los valores registrados en las casillas de este

incluyen en letra cursiva, las referencias de los campos u operaciones equivalentes
en dicho formato.
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Modelo 2516, entiéndanse efectuadas a la columna “VALOR FISCAL”, con los
ajustes y las operaciones aritméticas realizados conforme a la estructura del
formato, así:
(VALOR CONTABLE, EFECTO CONVERSION, MENOR VALOR FISCAL y MAYOR
VALOR FISCAL).
Formulario 110
CASILLA 1. Año: corresponde al año gravable que se declara.
Formulario 110
CASILLA 4. Número de formulario: espacio determinado para el número único
asignado por la DIAN a cada uno de los formularios.
Nota: de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 del Decreto Ley 19 de 2012 “Por
el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos
y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”, la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales tiene dispuestos en la página web los formularios
a utilizar, y usted puede diligenciar el respectivo formulario de manera gratuita,
ingresando a www.dian.gov.co.
Recuerde que usted NO puede imprimir formularios en blanco desde la página
web de la DIAN para su posterior diligenciamiento. Tampoco debe usar formularios
fotocopiados.
Formulario 110
  corresponde al Número
    

104 Declaración de Renta Personas Jurídicas
Tenga en cuenta el parágraf       
Reglamentario 1625 de 11 de octubre de 2016, que aclaró:
«PARÁGRAFO 1. Constituye prueba de la inscripción, actualización o cancelación
en el Registro Único Tributario (RUT), el documento que expida la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o
  

Para los obligados a inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT), que realicen
este trámite ante las Cámaras de Comercio, constituye prueba de la inscripción
el documento que entregue sin costo la respectiva Cámara de Comercio, en el
formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales (DIAN)».
Respecto de quienes realicen la inscripción ante las Cámaras de Comercio, el
          
2016, dispuso:
«ARTÍCULO 1.6.1.2.21. PRUEBA DE INSCRIPCIÓN, ACTUALIZACIÓN,
SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT).
Constituye prueba de la inscripción, actualización, suspensión o cancelación en el
Registro Único Tributario (RUT), el documento que expida la Unidad Administrativa
Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o las entidades
     
validado, en donde conste la leyenda correspondiente a su estado.
Para todos los efectos legales será válida la entrega de fotocopia del documento
           
suspensión o cancelación en el Registro Único Tributario (RUT).
Cuando la inscripción se encuentre suspendida o cancelada, así se dará a conocer

se generan copias a través de los medios electrónicos que disponga la Entidad,
         
      
rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos números 2788
de 2004, 4714 de 2008, 2645 de 2011 y 2820 de 2011, el artículo 10 del Decreto
  
el artículo 10 del Decreto 2620 de 2014)».
Formulario 110
CASILLA 6. DV.: corresponde al número que en su NIT se encuentra separado,
       
principal del RUT actualizado.
garantizar la veracidad de la
expedición del NIT y la exclusividad para el contribuyente al que se le asigna.

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