Resolucion numero 011 de 2009, por la cual se establecen la metodología y fórmulas tarifarias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional. - 25 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 52374471

Resolucion numero 011 de 2009, por la cual se establecen la metodología y fórmulas tarifarias para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47274

(febrero 11) por la cual se establecen la metodologia y formulas tarifarias para la remuneracion de la actividad de transmision de energia electrica en el Sistema de Transmision Nacional.

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, CONSIDERANDO QUE:

El articulo 20 de la Ley 143 de 1994 establecio que en relacion con el sector energetico, funcion de regulacion por parte del Estado tendra como objetivo basico, asegurar una adecuada prestacion del servicio mediante el aprovechamiento eficiente de los diferentes recursos energeticos, en beneficio del usuario en terminos de calidad, oportunidad y costo del servicio.

De acuerdo con lo previsto en los articulos 23, literales c) y d), y 41 de la Ley 143 de 1994, es funcion de la Comision de Regulacion de Energia y Gas definir la metodologia de calculo y fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes electricas.

El articulo 23, literal n), de la Ley 143 de 1994 establecio que la Comision de Regulacion de Energia y Gas tiene dentro de sus funciones generales la de definir y hacer operativos los criterios tecnicos de calidad, confiabilidad y seguridad del servicio de energia.

Segun lo establecido en el articulo 73.22 de la Ley 142 de 1994, le corresponde a la CREG "establecer las formulas tarifarias para cobrar por el transporte e interconexion a las redes, de acuerdo con las reglas de esta ley".

El articulo 91 de la Ley 142 de 1994, establece que para establecer las formulas tarifarias "... se calculara por separado, cuando sea posible, una formula para cada una de las diversas etapas del servicio".

Segun el articulo 87.8 de la Ley 142 de 1994 "toda tarifa tendra un caracter integral, en el sentido de que supondra una calidad y grado de cobertura del servicio, cuyas caracteristicas definiran las comisiones reguladoras. Un cambio en estas caracteristicas se considerara como un cambio en la tarifa".

Mediante la Resolucion CREG 103 de 2000, vigente desde el 28 de diciembre del mismo se establecio la metodologia para el calculo y aplicacion de los Cargos por Uso del Sistema de Transmision Nacional (STN), aplicable a partir del primero (1°) de enero de 2001. De acuerdo con el articulo 126 de la Ley 142 de 1994, tendria vigencia de cinco años, contados a partir de esta ultima fecha;

al cabo de los cuales continuaran rigiendo mientras la comision no fije las nuevas.

En cumplimiento de lo establecido en el citado articulo 126 de la Ley 142 de 1994 y en el articulo 11 del Decreto 2696 de 2004, mediante la Resolucion CREG 007 de 2005 se puso "en conocimiento de las entidades prestadoras del servicio de electricidad, los usuay demas interesados, las bases sobre las cuales efectuara el estudio para determinar formulas para la remuneracion de la actividad de transmision de energia electrica, en el siguiente periodo tarifario".

Dando cumplimiento a lo establecido en el articulo 11.4 del Decreto 2696 de 2004, mediante la Resolucion CREG 110 de 2007 se ordeno "hacer publico un proyecto de resolucion que pretende adoptar la CREG con el fin de establecer las formulas para la remuneracion de la actividad de transmision de energia electrica".

La CREG aprobo la Resolucion CREG 083 de 2008 mediante la cual "se define la metodologia para el calculo de la tasa de retorno que se aplicara en la remuneracion de la actividad de transmision de energia electrica y se fija dicha tasa".

Para la revision de las Unidades Constructivas se contrato la "Asesoria para la Valoracion de los Costos Unitarios de las Unidades Constructivas para la Actividad de Transmision de Energia Electrica en Colombia", con la firma HMV Ingenieros, y el documento final fue publicado en la pagina web de la CREG con la Circular 036 del 1° de septiembre de 2006.

Se contrato el "Estudio para el analisis y determinacion de las Unidades Constructivas utilizadas en los Niveles de Tension 1, 2, 3, 4 y Conexion al STN, asi como los costos eficientes asociados con cada una de estas Unidades. CDP-281-06", con la firma GPI-Gerencia en Proyectos de Ingenieria, y el documento final fue publicado en la pagina web de la CREG con la Circular 005 del 23 de enero de 2008.

Para el estudio de los gastos relacionados con Administracion, Operacion y Mantenimiento, la Comision contrato, en el marco del Convenio Especial de Cooperacion Tecnica suscrito entre Colciencias y la CREG, los estudios "Remuneracion de Costos Eficientes de AOM de Empresas de Transmision y Distribucion Electrica", elaborado por la Universidad de Los Andes y "Desarrollo de metodologias para la remuneracion de los Costos Eficientes de AOM en empresas de distribucion y transmision electrica", elaborado por la Universidad EAFIT, los cuales fueron divulgados en la pagina web de la CREG con las Circulares 002 del 17 de enero de 2007 y 022 del 6 de marzo de 2008, respectivamente.

Para revision de la metodologia de productividad, se contrato el estudio "Revision y actualizacion del factor de productividad asociado a las actividades de transmision y distribucion de energia electrica, transporte y distribucion de gas natural y GLP", con la Universidad EAFIT, cuyos resultados fueron publicados en la pagina web de la CREG con la circular 003 del 11 de enero de 2008.

En cumplimiento de lo establecido por el Decreto 2696 de 2004, se publico el 15 de mayo de 2008 en el diario El Tiempo, la convocatoria para la celebracion de audiencias publicas con el fin de presentar la propuesta de metodologia de remuneracion de la actividad de transmision de energia electrica contenida en la Resolucion CREG 110 de 2007.

De conformidad con el inciso 11.4 del articulo 11 del Decreto 2696 de 2004, el dia 16 de mayo de 2008 se remitio a las distintas Gobernaciones para su correspondiente divulgacion, copias del documento que presenta la explicacion en lenguaje sencillo del alcance de las formulas de remuneracion de la actividad de transmision.

De conformidad con el inciso 11.5 del articulo 11 del Decreto 2696 de 2004, se realizaron consultas publicas en las ciudades de Cali (4 de junio de 2008), Medellin (5 de junio de 2008), Barranquilla (6 de junio de 2008) y Bogota (9 de junio de 2008).

El dia 7 de julio de 2008 se llevo a cabo un taller con los Transmisores Nacionales en el cual se presentaron comentarios acerca de la Resolucion CREG 110 de 2007.

Se recibieron comentarios de las siguientes personas con las comunicaciones radicadas en la CREG asi: CNO E-2008-005552 y E-2008-005926;

XM E-2008-005909;

Transelca E-2008-005936;

EEB E-2008-005942;

EPM E-2008-005954 y E-2008-006002;

ISA E2008-005966. Los comentarios presentados a la CREG fueron considerados para la expedicion de la presente resolucion y su respectivo analisis se presenta en el documento CREG 010 de 2009.

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en su sesion 401 del 11 de febrero de 2009, aprobo las formulas para la remuneracion de la actividad de transmision de energia electrica en el Sistema de Transmision Nacional y acordo por unanimidad expedir esta resolucion.

RESUELVE:

Articulo 1° Objeto

Mediante esta resolucion se adopta la metodologia, formulas tarifarias y otras disposiciones para la remuneracion de la actividad de transmision de energia electrica en el Sistema de Transmision Nacional.

Articulo 2° Ambito de Aplicacion

Esta resolucion aplica a todos los agentes economicos que prestan el servicio de transmision de energia electrica en el Sistema de Transmision Nacional (STN) y a los usuarios que utilizan el servicio.

Articulo 3° Definiciones

Para la interpretacion y aplicacion de esta resolucion se tendran en cuenta ademas de las definiciones establecidas en las Leyes 142 y 143 de 1994 y en las resoluciones vigentes de la CREG, las siguientes: Activos de Conexion al STN. Son los bienes que se requieren para que un generador, Operador de Red, Usuario Final, o varios de los anteriores, se conecten fisicamente al Sistema de Transmision Nacional. Los...

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