El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Fusagasugá, avisa que por decreto de interdicción provisoria Raúl Andrés Fernández González no tiene la libre administración de sus bienes. - 13 de Octubre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 223459763

El Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Fusagasugá, avisa que por decreto de interdicción provisoria Raúl Andrés Fernández González no tiene la libre administración de sus bienes.

EmisorVarios
Número de Boletín47861

Circuito de Fusagasuga, AVISA:

Que por Decreto de Interdiccion Provisoria, emanado de este Juzgado el dia veintiuno (21) de julio de dos mil diez (2010) en el proceso de Interdiccion numero 295 de 2010, en el señor Raul Andres Fernandez Gonzalez, quien reside en la carrera 8 N° 17-46, barrio Balmoral de Fusagasuga, no tiene la libre administracion de sus bienes.

un Para efectos del articulo 659 numeral 2 del Codigo de Procedimiento Civil, en armonia con el articulo 536 del Codigo de Procedimiento Civil se fija el presente edicto en la cartelera de la Secretaria del Juzgado y se expide copias para su publicacion en el Diario Oficial, y un diario de...

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