Gaceta del Congreso del 01-10-2019 - Número 960IPSDPL (Contenido completo) - 1 de Octubre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 816738977

Gaceta del Congreso del 01-10-2019 - Número 960IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación01 Octubre 2019
Número de Gaceta960
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 960 Bogotá, D. C., martes, 1° de octubre de 2019 EDICIÓN DE 31 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
344 DE 2019 CÁMARA
por medio del cual se decreta a Villavicencio (Meta),
Distrito Especial, Biodiverso, Turístico, Cultural,
Agroindustrial y Educativo.
Bogotá, D. C., septiembre de 2019
Doctor
JUAN CARLOS LOZADA VARGAS
Presidente
Comisión Primera Constitucional Permanente
Honorable Cámara de Representantes.
Referencia: Informe de Ponencia para
Segundo Debate al Proyecto de ley número 344
de 2019 Cámara, por medio del cual se decreta a
Villavicencio (Meta) Distrito Especial, Biodiverso,
Turístico, Cultural, Agroindustrial y Educativo.
Respetado Presidente:
Atendiendo a lo establecido en los artículos 150,
153 y 156 de la Ley 5ª de 1992 y en cumplimiento del
honroso encargo impartido, por medio de la presente
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a consideración para discusión de la Plenaria de la
Cámara de Representantes, el informe de ponencia
para segundo debate en Cámara del Proyecto de ley
número 344 de 2019 Cámara, por medio del cual
se decreta a Villavicencio (Meta), Distrito Especial,
Biodiverso, Turístico, Cultural, Agroindustrial y
Educativo, presentado al Honorable Congreso de la
República el pasado 10 de abril de 2019.
Cordialmente,
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE EN LA PLENARIA DE LA HONORABLE
CÁMARA DE REPRESENTANTES AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 344 DE 2019
CÁMARA
por medio del cual se decreta a Villavicencio (Meta)
Distrito Especial, Biodiverso, Turístico, Cultural,
Agroindustrial y Educativo.
I. MOTIVACIÓN DE LA INICIATIVA
Y TRÁMITE
El objeto de esta iniciativa es decretar a
Villavicencio Distrito Especial, Biodiverso,
Turístico, Cultural, Agroindustrial y Educativo para
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respectiva norma, el contenido en la Ley 1617 de
2013 para los Distritos Especiales.
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Villavicencio logre fortalecer su progreso a partir
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explotación de sus recursos, fomentando actividades,
proyectos y políticas públicas de conservación,
protección, desarrollo turístico y fortalecimiento
Página 2 Martes, 1° de octubre de 2019 G 960
educativo como factor de emprendimiento,
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población villavicense.
El presente proyecto es autoría del honorable
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radicado ante la Secretaría General de la Cámara de
Representantes el día 10 de abril de 2019 y publicado
en la Gaceta del Congreso número 171 de 2019.
Los ponentes rindieron ponencia para primer
debate en la Comisión Primera de Cámara, la cual
fue publicada en la Gaceta del Congreso número
329 de 2019. El proyecto fue anunciado el 10 de
junio de 2019 según consta en Acta número 53 de la
misma fecha, y fue aprobado el 12 de junio de 2019,
según consta en Acta número 54.
II. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. MARCO NORMATIVO

entidades territoriales se dividen en departamentos,
distritos, municipios y territorios indígenas. De igual
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el carácter de entidades territoriales a las regiones y
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la Constitución y la ley.
Así mismo, la Corte Constitucional en Sentencia
C-313 del 5 de mayo de 2009, con ponencia del
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general del territorio, así como para crear, eliminar,
    
corresponde al Congreso de la República, de acuerdo
con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 150 de
la Constitución Política, cuyo tenor literal señala:
“Artículo 150. Corresponde al Congreso hacer
las leyes. Por medio de ellas ejerce las siguientes
funciones:
(…) 4. Denir la división general del territorio
con arreglo a lo previsto en esta Constitución,
jar las bases y condiciones para crear, eliminar,
modicar o fusionar entidades territoriales y
establecer sus competencias.”
Mediante la expedición de la Ley 1617 de 2013
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      
Especiales con el objetivo, de “dotar a los distritos
de las facultades, instrumentos y recursos que les
permitan cumplir las funciones y prestar los servicios
a su cargo, así como promover el desarrollo integral
de su territorio para contribuir al mejoramiento
de la calidad de vida de sus habitantes, a partir
del aprovechamiento de sus recursos y ventajas
derivadas de las características, condiciones y
circunstancias especiales que estos presentan1.
El artículo 8° de la Ley 1617 de 2013 establece

Distrito Especial, los siguientes:
1. Contar con por lo menos con seiscientos mil
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del Departamento Administrativo Nacional
de Estadística (DANE), o estar ubicados en
  tengan potencial para el
desarrollo de puertos o para el turismo
y la cultura, sea municipio capital de
departamento,
2. Concepto previo y favorable sobre la
conveniencia de crear el nuevo distrito,
presentado conjuntamente entre las
Comisiones Especiales de Seguimiento
    
Ordenamiento Territorial del Senado de la
República y la Cámara de Representantes,
y la Comisión de Ordenamiento Territorial
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      
Plenarias del Senado de la República y de la
Cámara de Representantes, respectivamente.
3. Concepto previo y favorable de los concejos
municipales.
  
de Villavicencio no solo es capital del departamento
      
pleno potencial para el desarrollo del turismo y la
 
en el artículo 8° de la Ley 1617 de 2013 está
debidamente cumplido.
En segundo lugar, la Comisión de Ordenamiento
Territorial del Senado de la República rindió concepto
favorable al proyecto de ley, el 16 septiembre de 2019,
en el mismo indicó textualmente “Rindo concepto
previo y favorable al Proyecto de ley número 344
de 2019 Cámara, por medio del cual se decreta a
Villavicencio (Meta), Distrito Especial, Biodiverso,
Turístico, Cultural, Agroindustrial y Educativo. En
el mismo sentido la Comisión de Ordenamiento
Territorial de la Cámara de Representantes el 8 de
mayo de 2019 rindió su concepto considerando
“revisados los componentes legales, históricos,
     
    
municipio, la biodiversidad, el componente
educativo, los miembros de la subcomisión rendimos
previo y favorable de Ley 344 de 2019 Cámara (…).
  
las Comisiones de Ordenamiento Territorial de
Senado y Cámara de Representantes en Sesiones
Conjuntas el 24 de septiembre de 2019.
Así mismo, en sesión extraordinaria de 5 de junio
de 2019 la Comisión de Ordenamiento Territorial
       
número 14, en el mismo se relacionan tres conceptos
favorables: Ministerio del Interior, Universidad del
 
DNP, MVCT, MADS, CORPOCESAR, IGAC, MEN,
MHCP, MADR /UPRA y con recomendaciones:
DIRECCIONES TÉCNICAS DEL DNP (3), IGAC,

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