Gaceta del Congreso del 01-11-2005 - Número 755PSDPL (Contenido completo) - 1 de Noviembre de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766719145

Gaceta del Congreso del 01-11-2005 - Número 755PSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación01 Noviembre 2005
Número de Gaceta755
GACETA DEL CONGRESO 755 Martes 1° de noviembre de 2005 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
AÑO XIV - Nº 755 Bogotá, D. C., martes 1° de noviembre de 2005 EDICION DE 28 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P O N E N C I A S
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NUMERO 109 DE 2005 CAMARA
por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 191 de 1995
y se establece un Régimen Especial para las Zonas Fronterizas.
ACUMULADO CON EL PROYECTO DE LEY NUMERO 151
DE 2005 CAMARA
por la cual se modifica y adiciona la Ley 191 de 1995
y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., octubre 26 de 2005
Doctor
EFREN HERNANDEZ DIAZ
Presidente
Comisión Segunda Constitucional Permanente
Cámara de Representantes
Señor Presidente:
Nos ha correspondido el grato encargo de presentar informe de
ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 109 de 2005
Cámara, por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 191 de 1995
y se establece un Régimen Especial para las Zonas Fronterizas; acumulado
con el Proyecto de ley número 151 de 2005 Cámara, por la cual se
modifica y adiciona la Ley 191 de 1995 y se dictan otras disposiciones,
de autoría del honorable Representante Pedro Nelson Pardo.
Consideraciones generales
El Proyecto de ley número 109 de 2005 Cámara, por medio de la cual
se modifica y adiciona la Ley 191 de 1995 y se establece un Régimen
Especial para las Zonas Fronterizas; acumulado con el Proyecto de ley
número 151 de 2005 Cámara, por la cual se modifica y adiciona la Ley
191 de 1995 y se dictan otras disposiciones, presentado por el honorable
Representante Pedro Nelson Pardo, pretende mejorar la calidad de vida
de las zonas fronterizas, mediante la creación de un régimen especial
económico y social dirigido a promover el desarrollo de las mismas y su
integración con los países vecinos.
Las fronteras constituyen áreas estratégicas en materia de
abastecimiento; transporte; intercambio económico y comercial, cultural,
político y ecológico; elementos que las convierte en zonas importantes
para la gestión gubernamental, en el ámbito local y regional.
Ante la creciente erosión del Estado Nación, producto del proceso de
globalización que se ha venido gestando en los últimos 50 años, las
restricciones fronterizas en materia económica, social y cultural, se han
ido morigerando. De esta forma, en los años ochenta y noventa, el ritmo
de la integración económica internacional aumentó, causando una
modificación de las políticas estatales con el fin de reducir las barreras al
comercio.
Uno de los escenarios de integración más importantes es aquel que se
da entre los países vecinos por la tradición de sus relaciones, y para esos
efectos, resulta necesario adecuar un marco normativo que permita que
las regiones de los corredores fronterizos tengan a su favor una serie de
instrumentos económicos, comerciales, políticos, culturales y de seguridad
proclives a semejante desafío.
Es importante tener en cuenta que a pesar de los esfuerzos realizados
y la legislación existente, las zonas fronterizas continúan enfrentando
graves crisis, que hace indispensable tratar el desarrollo regional fronterizo
a partir de normas especiales y así atender las urgentes y difíciles
condiciones de calidad de vida de sus habitantes.
El diagnóstico de las regiones fronterizas señala que estas han tenido
un desarrollo inferior al del resto del país. En primer lugar, hay que
destacar que según las proyecciones realizadas por el DANE, la población
fronteriza para el año 2001 fue de 5,7 millones de habitantes, que
representan el 13% del total nacional (ver Cuadro N° 1). Esta cifra
permite establecer, a partir de la comparación de los indicadores sociales
y económicos de las zonas fronterizas con los promedios nacionales, que
estas regiones, en la mayoría de los casos, presentan rezagos frente al
resto del país. Cuadro N° 1
Población en departamentos fronterizos, 2001
Departamentos Población Participación (%)
Amazonas 72.445 1.26
Arauca 248.440 4.33
Cesar 979.443 17.08
Chocó 408.560 7.13
Guainía 38.370 0.67
La Guajira 491.512 8.57
Nariño 1’661.323 28.97
Página 2Martes 1° de noviembre de 2005 GACETA DEL CONGRESO 755
Norte de Santander 1’375.374 23.99
Putumayo 341.513 5.96
Vaupés 30.591 0.53
Vichada 86.296 1.51
Total (fronteras) 5’733.867 100.00
Fuente: DANE, proyecciones.
Según el Censo de 1993, el 27% de los hogares con miseria de todo el
país están ubicados en la región fronteriza, al igual que el 24% de los
hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI). El 49% de los
hogares localizados en las zonas fronterizas, presentan por lo menos una
de las siguientes características: Nivel de hacinamiento considerado
como crítico, nivel de dependencia económica alto, inasistencia
educacional, vivienda con servicios públicos de acueducto y alcantarillado
inadecuados, entre otras. (Ver Cuadro N° 2).
Cuadro N° 2
Porcentaje de hogares y personas con NBI Nacional
y en departamentos fronterizos, 1993
Departamentos Indice NBI para 1993
Hogares Personas
Amazonas 61.56 69.45
Arauca 47.16 53.76
Boyacá 32.36 39.26
Cesar 49.50 56.10
Chocó 76.51 80.39
Guainía 100.0 100.0
La Guajira 59.46 64.08
Nariño 48.49 56.31
Norte de Santander 35.37 41.83
Putumayo 74.46 78.77
Vaupés 100.0 100.0
Vichada 84.67 88.92
Total (país) 30.53 37.21
Fuente: Dane, Censo 1993.
Para el año 2003 y de acuerdo con el Informe de Desarrollo Humano
para Colombia, el IDH se encuentra en 0,76 y el promedio para los
departamentos fronterizos está en 0,72; el índice de pobreza humana para
Colombia se encuentra en 10,6 y el promedio departamental fronterizo
está en 14,74; la esperanza de vida en Colombia está en 71,5 años y para
los departamentos fronterizos en 70,1 años (ver Cuadro N° 3).
Cuadro N° 3
Indice de Desarrollo Humano
en Departamentos Fronterizos, 2002
Departamento Esperanza de vida Población Escolaridad Indice
(Clasificación (años) analfabeta combinada Desarrollo
según el IDH) (%) (tasa) Humano
Boyacá (17) 70,4 12,4 0,627 0,724
Cesar (18) 70,2 13,5 0,672 0,720
Chocó (26) 66,3 19,9 0,795 0,660
La Guajira (3) 72,5 13,9 0,734 0,776
Nariño (24) 69,9 11,5 0,679 0,691
N. Santander (19) 70,3 10,4 0,673 0,720
Nuevos Dptos. (13) 67,6 11,3 0,590 0,745
País (7) 71,3 8,3 0,700 0,760
Fuente: Tomado de Informe de Desarrollo Humano 2003, pág. 63.
Según el autor de este proyecto, las zonas de frontera enfrentan graves
problemas en materia de salud, ya que la cobertura y la calidad de la
misma son muy precarias. Por esta razón, es necesario facultar a las
instituciones de salud colombianas, para que realicen convenios con sus
homólogos en otros países para la prestación de servicios de salud,
motivo por el cual se ha adicionado el artículo 7º de la Ley 191 de 1995,
con el fin de brindar esta facultad.
Igualmente, las regiones de frontera tienen graves carencias en cuanto
a educación se refiere. Por lo tanto, y conscientes de la importancia de la
educación como medio para erradicar la pobreza e instrumento para abrir
más canales de movilidad social, se requiere dotar a las comunidades
fronterizas de centros educativos de primera calidad, que contribuyan
directamente con el desarrollo de la región; ya que la Ley 191 de 1995 se
ha quedado corta frente a las enormes necesidades educativas de estas
zonas. Por esta razón, el presente proyecto de ley pretende crear Centros
Regionales de Educación Superior en las zonas de frontera, con el fin de
generar conciencia en la población y permitir a las comunidades la
posibilidad de acceder a programas de educación virtual y semipresencial,
para así consolidar procesos de desarrollo comunitario en las dimensiones
humana, social y económica. Al involucrar a la ESAP en este proceso, se
garantiza la responsabilidad y consistencia de los programas ofrecidos.
Así mismo, las zonas de frontera enfrentan serios problemas
ambientales, por la ausencia de programas que garanticen un desarrollo
sostenible en el tiempo. De este modo, el proyecto adiciona un capítulo
nuevo por medio del cual se crea un régimen especial para la Amazonia
y la Orinoquia, de modo que se implementen políticas públicas de
desarrollo fronterizo que permitan un mayor crecimiento económico de
la región, a partir de la riqueza ecológica de la misma, pero garantizando
la protección y conservación del ecosistema, estratégico para la frontera
y para el planeta.
Como menciona el autor, el presente proyecto atiende a las difíciles
condiciones de vida que aún presentan las regiones fronterizas, y plantea
una legislación específica e integral para estas zonas, teniendo en cuenta
su naturaleza y características especiales; con el objeto de convertirlas en
territorios de verdadero encuentro, de intercambio de ideas y coordinación
de acciones e iniciativas.
Por lo tanto, el Estado colombiano debe revestir a las autoridades
nacionales y en este caso a las locales, de facultades que garanticen el
aprovechamiento de los beneficios que genera un mayor crecimiento
económico y el disfrute de mejores condiciones de vida derivadas de la
apertura. Por lo tanto, se requiere brindar un tratamiento especial a las
regiones fronterizas que promueva un verdadero desarrollo de las mismas,
a partir del establecimiento de normas especiales en materias económicas
y sociales, regímenes especiales aduaneros, líneas especiales de crédito,
entre otros. Contenido del proyecto
El proyecto de ley que hoy colocamos a consideración del Congreso
de la República tiene por objeto crear un régimen especial económico y
social dirigido a promover el desarrollo de las zonas de frontera y su
integración con los países vecinos, mediante el establecimiento de un
conjunto de estrategias y normas especiales que compensen el bajo nivel
de desarrollo que presentan las zonas fronterizas del país, que eviten la
dependencia económica y comercial que en muchos casos se da frente a
los países vecinos y, que fortalezcan el proceso de descentralización a
través de la cooperación entre el Gobierno Nacional y los entes territoriales
de frontera a fin de promover su desarrollo armónico.
El proyecto consta de nueve capítulos y 58 artículos.
El Capítulo I incorpora un artículo de Definiciones, en el que se
clarifican los conceptos de Unidad Especial de Desarrollo Limítrofe,
Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo, Departamento de Frontera,
Zona de Frontera y Zona de Integración Fronteriza.
Los artículos y modifican los artículos y de la Ley 191 de
1995, respectivamente, con el fin, en primer lugar, de asignar las
entidades encargadas de determinar las Unidades Especiales de Desarrollo
Limítrofe, las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, las Zonas
de Integración Fronteriza, los territorios indígenas y las Zonas de
Frontera y, en segundo lugar, de adoptar las medidas requeridas para
garantizar la aplicación de los convenios celebrados con los países
vecinos en relación con las Zonas de Integración Fronteriza.
El Capítulo II contiene las Disposiciones Generales referentes a la
difusión pública o utilización para cualquier fin de las investigaciones o
proyectos de desarrollo dirigidos o que involucren a las comunidades
indígenas y al medio ambiente, que sean financiados o en los que tengan
Departamentos Población Participación (%)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR