Gaceta del Congreso del 01-11-2005 - Número 760AC (Contenido completo) - 1 de Noviembre de 2005 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766846105

Gaceta del Congreso del 01-11-2005 - Número 760AC (Contenido completo)

Fecha de publicación01 Noviembre 2005
Número de Gaceta760
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
A C T A S D E C O M I S I O N
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
AÑO XIV - Nº 760 Bogotá, D. C., martes 1º de noviembre de 2005 EDICION DE 28 PAGINAS
COMISION PRIMERA CONSTITUCIONAL PERMANENTE
HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
AUDIENCIA PUBLICA
Convocada mediante Resolución número 03 del 30 de agosto de 2005 con
el f‌in de escuchar a las personas naturales o jurídicas interesadas en presentar
opiniones u observación sobre los Proyectos de ley números: 13 de 2005 Se-
nado, por la cual se establecen reglas de transparencia en materia de contra-
tación estatal con empresas multinacionales, 19 de 2005 Senado, por medio
de la cual se modif‌ica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación
de la Administración Pública, 20 de 2005 Senado, por medio de la cual se
introducen medidas para la ef‌iciencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993,
y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con los recur-
sos públicos, 32 de 2005 Senado, por la cual se modif‌ica la Ley 80 de 1993
(Estatuto de contratación de la Administración Pública) y 028 de 2005
Cámara, por medio de la cual se modif‌ica la Ley 80 de 1993, Estatuto General
de Contratación de la Administración Pública.
Siendo las 10:45 a. m. del día 7 de septiembre de 2005 se da inicio a la Au-
diencia Pública previamente convocada y con la presencia de los honorables
Senadores miembros de la Comisión Primera y bajo la presidencia del hono-
rable Senador Hernán Andrade Serrano Presidente de la Comisión Primera del
honorable Senado de la República.
Por Secretaría se da lectura a la Resolución número 03 del 30 de agosto
de 2005.
(agosto 30)
por la cual se convoca a Audiencia Pública.
La Mesa Directiva de la Comisión Primera del honorable Senado de la
República,
CONSIDERANDO:
a) Que la Comisión Primera del Senado tiene para su estudio los siguientes
Proyectos:
Proyecto de ley número 13 de 2005 Senado, por la cual se establecen
reglas de transparencia en materia de contratación estatal con empresas mul-
tinacionales.
Proyecto de ley número 19 de 2005 Senado, por medio de la cual se
modif‌ica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Adminis-
tración Pública.
Proyecto de ley número 20 de 2005 Senado, por medio de la cual
se introducen medidas para la ef‌iciencia y la transparencia en la Ley 80 de
1993, y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con los
recursos públicos.
Proyecto de ley número 32 de 2005 Senado, por la cual se modif‌ica la
Ley 80 de 1993, (Estatuto de Contratación de la Administración Pública).
Proyecto de ley número 028 de 2005 Cámara, por medio de la cual se
modif‌ica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Adminis-
tración Pública.
a) Que la Ley 5ª de 1992 en su artículo 230, establece el procedimiento
para convocar las Audiencias Públicas sobre cualquier proyecto de acto le-
gislativo o de ley;
b) Que la Mesa Directiva de la Comisión Primera del honorable Senado,
teniendo en cuenta la importancia del tema tratado en estas iniciativas y a
solicitud de los ponentes, considera indispensable convocar Audiencia para
conocer la opinión de los ciudadanos y organizaciones acerca de los citados
Proyectos,
c) Que el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992, faculta a la Mesa Directiva de
la Comisión Primera, para reglamentar lo relacionado con las intervenciones
y el procedimiento que asegure la debida atención y oportunidad,
RESUELVE:
Artículo 1º. Convocar a Audiencia Pública para que las personas natu-
rales o jurídicas interesadas en el tema, presenten opiniones u observaciones
sobre los Proyectos de Ley Números: 13 de 2005 Senado, por la cual se es-
tablecen reglas de transparencia en materia de contratación estatal con em-
presas multinacionales, 19 de 2005 Senado, por medio de la cual se modif‌ica
la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Administración
Pública, 20 de 2005 Senado, por medio de la cual se introducen medidas para
la ef‌iciencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993, y se dictan otras disposi-
ciones generales sobre la contratación con los recursos públicos, 32 de 2005
Senado, por la cual se modif‌ica la Ley 80 de 1993 (Estatuto de contratación
de la Administración Pública) y 028 de 2005 Cámara, por medio de la cual se
modif‌ica la Ley 80 de 1993, Estatuto General de Contratación de la Adminis-
tración Pública.
Artículo 2º. La Audiencia Pública se llevará a cabo el día miércoles 7 de
septiembre de 2005, en la Ciudad de Bogotá, en el Salón Guillermo Valencia
del Capitolio Nacional, a partir de las 10:00 a. m.
Página 2 Martes 1º de noviembre de 2005 GACETA DEL CONGRESO 760
Las intervenciones de los inscritos, tendrán una duración de diez (10) mi-
nutos, prorrogables de acuerdo al número de inscritos y a criterio de la Presi-
dencia de la Comisión.
Artículo 3º. Las inscripciones para intervenir en la Audiencia Pública, po-
drán realizarse telefónicamente en la Secretaría de la Comisión Primera del
Senado, los días: Lunes 5 y martes 6 de septiembre del presente año, en el
horario de 9:00 a.m. a 6:00 p. m.
Dichas fechas y horario rigen igualmente para la radicación de original y
dos copias de la intervención, conforme lo dispone el artículo 230 de la Ley
5ª de 1992. En caso de no radicarse los documentos se anularán las inscrip-
ciones.
Artículo 4º. La Secretaría de la Comisión Primera del Senado efectuará
las diligencias necesarias ante el área administrativa del Senado de la Repú-
blica, a efecto que dicha Audiencia sea de conocimiento general y en especial
en la publicación de un aviso en un periódico de circulación nacional y/o de la
divulgación de esta Audiencia en el Canal Institucional.
Artículo 5º. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los treinta (30) días del mes de agosto del dos
mil cinco (2005).
El Presidente,
Hernán Andrade Serrano.
El Secretario,
Guillermo León Giraldo Gil.
La Presidencia interviene para un punto de orden:
Señor Secretario Sírvase leer las personas que están inscritas con el lleno
de los requisitos para que iniciemos formalmente las intervenciones.
Secretario:
Conforme a la Ley 5ª y las normas pertinentes se inscribieron en la Secre-
taría las siguientes personas:
Antolín España, Sociedad Colombiana de Arquitectos; Francisco Suárez,
Cámara Colombiana de Infraestructura; Alejandro Vanegas Franco, Decano
de la Facultad de Derecho y Jurisprudencia Universidad del Rosario; Andrés
Germán Neira Mesa, Sociedad Colombiana de Ingenieros; Roberto Junguito
Bonet, Fasecolda; Eugenio Marulanda Gómez, Confecámaras; Alfonso Me-
dina Torres, Consultor; y Bladimir Roldán Umaña, Cooperativa Copemuc.
Radicaron el documento respectivo el cual se les hará llegar inmediatamente
termine la audiencia a los Senadores ponentes para que sea tenida en cuenta
en la ponencia, señor presidente.
Por instrucciones de la presidencia, la Secretaría llama a las personas ins-
critas y se les concedió la palabra en el siguiente orden:
La Presidencia ofrece el uso de la palabra al doctor Alejandro Vanegas
Franco, Decano de la Facultad de Derecho de Jurisprudencia de la Uni-
versidad del Rosario:
Señor Presidente de la Comisión, honorables Senadores, invitados espe-
ciales, voy a respetar el tiempo asignado de diez minutos, acogiendo la in-
vitación muy amable para que la Universidad del Rosario y su Facultad de
Jurisprudencia participen en esta audiencia pública sobre los proyectos de ley
que pretenden modif‌icar el Estatuto de Contratación Pública, a continuación
formulamos unas observaciones, muchas de ellas sobre carácter general, so-
bre las cuatro iniciativas que cursan en la Comisión Primera del Senado de
la República, cuyo texto como lo registró el señor secretario fue entregado
previamente.
Dichos comentarios corresponden a las sugerencias también de carácter
preliminar que nos han realizado los profesores del área de Derecho Adminis-
trativo de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario.
Ante la presentación de cuatro iniciativas legislativas sobre el mismo tema
se hace énfasis en la necesidad de manejar de manera especial aquellos puntos
respecto de los cuales se presenta cierta contradicción o que puedan llegar a
ser eventualmente contrarios en su aplicación y efecto dadas las diferentes
orientaciones o vocaciones legislativas que puede tener cada uno de ellos.
Entenderíamos que uno de los grandes objetivos de los citados proyectos
es la transparencia en la contratación pública y la consecuente erradicación de
cualquier vicio de corrupción en dicho proceso. Al respecto sería aconsejable
delimitar el alcance de las reformas para concretar aquellos aspectos propios
de la corrupción en un proyecto específ‌ico anticorrupción desligándolo del
Estatuto de contratación pública.
Para estos efectos es viable y prudente que el Gobierno Nacional diseñe
planes de capacitación en el manejo de la contratación pública aplicables en
todos los órdenes con especial énfasis en las entidades territoriales para con
ello hacer la orden de pedagogía expansiva de las normas existentes, así como
también controlar los escenarios más propicios a la realización de actos consi-
derados como de corrupción.
De otra parte, debería buscarse más que nuevas normas, mecanismos ex-
peditos de control, tanto de órganos administrativos como jurisdiccionales
bajo el principio de una pronta resolución de conf‌lictos sin afectar la agilidad
propia de la contratación, para ello resulta pertinente adoptar correctivos para
agilizar el proceso de contratación mediante la simplif‌icación de trámites y es-
tablecer un plan de choque para procurar la descongestión del aparato judicial,
en materia administrativa.
También es importante tener presente a la hora de realizar una modif‌ica-
ción de un Estatuto tan importante, la aplicación que durante su vigencia han
tenido las normas que se pretenden eliminar o sustituir.
En el caso que nos ocupa, ni siquiera la jurisprudencia contenciosa ha te-
nido la posibilidad de ocuparse en detalle de muchos aspectos contenidos en
la Ley 80 del año 93, dado el atraso que allí se evidencia, encontrándonos en
situaciones tan particulares como el hecho de tener que emitir fallos aplican-
do normas del anterior Estatuto de Contratación Administrativa, Decreto-ley
222.
Resulta pertinente poner de presente para que efectos de la realización de
una reforma no deben dejarse de lado aspectos fundamentales como son el
panorama económico y social del país, esto es, se deben tener presentes las
implicaciones que conllevan las def‌iniciones del posible tratado de libre co-
mercio respecto de la contratación estatal en lo relativo al tema de compras e
inversiones.
También de importancia resulta hacer un análisis pormenorizado de las de-
rogatorias propuestas en algunos de los proyectos con el f‌in de determinar las
implicaciones que la eliminación de las mismas tendría para la estructura del
Estatuto de Contratación Pública, ejemplo de ello la derogatoria que se realiza
del inciso segundo del artículo tercero, y del numeral 14 del artículo 25 de la
Ley 80 del año 93.
La primera de las normas es la que estipula la garantía de utilidad del con-
tratista estatal por cuanto se trata de un colaborador de la Administración y por
la otra, se pretende derogar la norma en virtud de la cual las entidades inclui-
rán en la partida presupuestal anual una apropiación global destinada a cubrir
los costos imprevistos ocasionados por retardo en los pagos al propio tiempo
que aquellos que se originen en la revisión de precios pactados por razón de
cambios o alteraciones en las condiciones iniciales de los contratos.
A continuación formulamos algunas observaciones puntuales, realizadas
por los profesores del área de Derecho Administrativo de la Facultad de Juris-
prudencia sobre ciertos aspectos contenidos en los distintos proyectos de ley.
En el proyecto de ley presentado por el Gobierno se estaría generando un
escenario de inseguridad jurídica en el manejo de los riesgos al disponerse en
el artículo 4º del proyecto el traslado de estos a los contratistas, incluso con
posterioridad a la adjudicación del contrato. Lo anterior llevaría no solo a un
desestímulo para la inversión en nuevos proyectos, sino que también traería
consigo múltiples discusiones en torno a este tema, luego de haber sido adju-
dicado un contrato. En ese sentido parecería existir una contradicción entre la
recientemente aprobada ley de protección a los inversionistas y esta propuesta
gubernamental.
Al respecto, prácticamente toda la doctrina especializada en el tema tiene
a bien establecido que dada la inferioridad jurídica en que se encuentra el
contratista frente a la Administración dotada de potestades excepcionales con
atribución de dirección del contrato justif‌ican claramente esta cualif‌icación
del contratista particular.

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