Gaceta del Congreso del 02-05-2014 - Número 175IPSDPL (Contenido completo) - 2 de Mayo de 2014 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766805717

Gaceta del Congreso del 02-05-2014 - Número 175IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación02 Mayo 2014
Número de Gaceta175
Gaceta del congreso 175 Viernes, 2 de mayo de 2014 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIII - Nº 175 Bogotá, D. C., viernes, 2 de mayo de 2014 EDICIÓN DE 20 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 120
DE 2013 CÁMARA
por medio de la cual se crea la dirección de
Salud Mental y Asuntos Psicosociales para el
Fortalecimiento de la Política de Salud Mental
en Colombia y se dictan otras disposiciones.
En cumplimiento del encargo hecho por la
honorable Mesa Directiva de la Comisión Sép-
tima Constitucional de la Cámara de Represen-
tantes, de conformidad con lo establecido en
los artículos 174 y 175 de la Ley 5ª de 1992,
nos permitimos presentar a consideración de los
miembros de la Comisión Séptima Constitucio-
nal Permanente, el presente informe de ponencia
para segundo debate al Proyecto de ley número
120 de 2013 Cámara, por medio de la cual se
crea la dirección de salud mental y asuntos psi-
cosociales para el fortalecimiento de la política
de salud mental en Colombia y se dictan otras
disposiciones.
1. Antecedentes del proyecto de ley
El proyecto de ley en estudio con su Expo-
sición de Motivos fue radicado en la Secretaría
General de la Cámara de Representantes, el día
9 de octubre del año en curso, por los honora-
bles Representantes Alba Luz Pinilla, Diela Li-
liana Benavides, Lina María Barrera, Fabio Raúl
Amín, Gloria Stella Díaz Ortiz, Eduardo Enrique
Pérez Santos, Ángela María Robledo y Armando
Antonio Zabaraín junto a los honorables Sena-
dores Mauricio Ospina y Gloria Inés Ramírez.
Remitido a la Comisión Séptima de la Cáma-
ra de Representantes, la Secretaría designa como
ponentes a los honorables Representantes Hol-
ger Horacio Díaz Hernández y Carlos Enrique
Ávila Durán. El proyecto enunciado fue debi-
damente publicado en la Gaceta del Congreso
número 826 del octubre 11 de 2013.
De acuerdo con los análisis e investigaciones
pertinentes que se llevaron a cabo para la reali-
zación de la ponencia de primer debate se encon-
traron diversas razones para validar el trámite de
la presente iniciativa y proponer la continuación
del proyecto mediante debate en la Comisión
Séptima de la Cámara, como quiera que repre-
senta una alternativa fundamental para el forta-
lecimiento institucional que requieren todos los
asuntos que tienen que ver con salud mental en
el país.
La ponencia para primer debate fue radicada
ante la Comisión Séptima el día 28 de noviem-
bre de 2013 rmada por los mismos ponentes es-
perando el procedimiento legislativo correspon-
diente y así mismo, fue anunciado el proyecto
de ley el 18 de marzo de 2014 como consta en el
Acta número 15 de Comisión Séptima.
Posteriormente, durante la sesión del día 25 de
marzo de 2014 fue puesto a consideración de los
miembros de la Comisión Séptima el Proyecto
de ley número 120 de 2013 Cámara, por medio
de la cual se crea la dirección de salud mental
y asuntos psicosociales para el fortalecimiento
de la política de salud mental en Colombia y se
dictan otras disposiciones, siendo aprobado sin
ninguna clase de modicaciones o argumentos
en contra de ningún honorable Representante.
La aprobación de esta iniciativa legislativa
pretende responder a los crecientes desafíos que
en materia de salud mental, enfrenta el Estado
colombiano dada la precariedad institucional
que actualmente prevalece y consta en el Acta
Página 2 Viernes, 2 de mayo de 2014 Gaceta del congreso 175
número 16 de la Comisión Séptima correspon-
diente al Periodo Legislativo 2013-2014.
2. Objeto del proyecto
El proyecto de ley busca el fortalecimiento
Institucional de la Salud Mental en el Ministerio
de Salud y Protección Social para dar respuesta
a las responsabilidades establecidas en el avan-
zado marco legislativo que busca proteger a las
personas con eventos de Salud Mental en Co-
lombia, a través de la creación de la Dirección
de Salud Mental y Asuntos Psicosociales. Ello
se fundamenta además en que el MSPS debe dar
respuesta a un amplio marco normativo, que en
la estructura establecida no cuenta con un esce-
nario claro para su funcionamiento.
3. Contenido del proyecto
El Proyecto de ley número 120 de 2013 Cá-
mara, por medio de la cual se crea la dirección
de salud mental y asuntos psicosociales para
el fortalecimiento de la política de salud men-
tal en Colombia y se dictan otras disposiciones,
no sufrió ninguna modicación en el primer al
interior de la Comisión Séptima, motivo por el
cual permanece la propuesta presentada por los
ponentes desde un primer momento.
El proyecto sigue contando con cuatro (4) ar-
tículos incluido el de la vigencia:
– En su artículo 1° introduce el objeto del
proyecto de ley, el cual busca fortalecer Insti-
tucionalmente la Salud Mental en el Ministerio
de Salud y protección Social para dar respuesta
a las responsabilidades establecidas en el avan-
zado marco legislativo que busca proteger a las
personas con eventos de Salud Mental en Co-
lombia, a través de la creación de la Dirección de
Salud Mental y Asuntos Psicosociales.
– En su artículo 2°, el proyecto pretende Mo-
dicar el artículo 5° del Decreto número 4107 de
2007, creando en la planta de personal del Mi-
nisterio de Salud y de Protección Social, cuatro
nuevas instancias siendo estas.
2.6. Dirección de Salud Mental y Asuntos
Psicosociales.
2.6.1. Subdirección de Salud Mental.
2.6.2. Subdirección de Atención al Consumo
de SPA.
2.6.3. Subdirección de Asuntos Psicosociales.
En el artículo 3°, el proyecto establece las
Funciones Dirección de Salud Mental y Asuntos
Psicosociales. Siendo estas:
1. Proponer y apoyar la adopción de políti-
cas, planes, programas y proyectos que, desde
la salud pública, faciliten la promoción de la
salud mental, la prevención y atención de los
trastornos mentales y del comportamiento, la
convivencia social, la atención psicosocial de
las víctimas del conicto armado y la reducción
del consumo de sustancias psicoactivas a nivel,
nacional y local.
2. Realizar, preparar y evaluar propuestas le-
gislativas y marcos jurídicos de acción para la
protección y garantía de los derechos en el ám-
bito de la salud mental, la convivencia social, la
atención psicosocial a las víctimas del conicto
armado y la reducción del consumo de sustan-
cias psicoactivas.
3. Elaborar los lineamientos técnicos y de
política pública que se requieran para la salud
mental, la convivencia social, la atención psico-
social, la reducción del consumo de sustancias
psicoactivas a nivel territorial y nacional de ma-
nera integral, integrada, accesible, equitativa,
oportuna, eciente, efectiva desde la atención
primaria en salud en el marco del Sistema Ge-
neral de Seguridad Social y el Sistema de Pro-
tección Social; con una perspectiva de derechos
humanos.
4. Brindar asistencia técnica y acompaña-
miento a las entidades territoriales y demás en-
tidades del orden nacional en la formulación,
ejecución, evaluación y seguimiento de planes,
programas y proyectos de promoción de la salud
mental y la convivencia ciudadana, detección
temprana, protección especíca diagnóstico,
atención tratamiento, superación y rehabilita-
ción de base comunitaria, de las alteraciones y
factores de riesgo en la salud mental, las violen-
cias y el consumo de sustancias psicoactivas.
5. Promover y proponer acciones de fortale-
cimiento de los componentes y modelos comuni-
tarios de detección temprana, atención e inter-
vención en salud mental, reducción del consumo
de sustancias psicoactivas a nivel territorial y
nacional con énfasis en poblaciones con altos
niveles de vulnerabilidad y conictos sociales.
6. Gestionar, administrar, y ejecutar recur-
sos nancieros, presupuestales y técnicos, en el
marco de la función pública, para el logro de los
objetivos trazados.
7. Realizar investigación y monitoreo para la
construcción de evidencia en salud pública de
las dinámicas, conductas, factores de riesgo
y protectores, tópicos que incidan en la salud
mental, la convivencia, las víctimas del conic-
to armado y el consumo de sustancias psicoac-
tivas para el direccionamiento, fortalecimiento
y seguimiento de las políticas públicas relacio-
nadas.
8. Promover y forjar de conformidad con los
principios constitucionales la participación de
entidades no gubernamentales, privadas y co-
munitarias en la adopción, divulgación, imple-
mentación y evaluación de las políticas y nor-
mas relacionadas con salud mental, convivencia,
atención psicosocial y reducción del consumo de
sustancias psicoactivas en el país.

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