Gaceta del Congreso del 02-05-2019 - Número 292AC (Contenido completo) - 2 de Mayo de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 784543105

Gaceta del Congreso del 02-05-2019 - Número 292AC (Contenido completo)

Fecha de publicación02 Mayo 2019
Número de Gaceta292
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 292 Bogotá, D. C., jueves, 2 de mayo de 2019 EDICIÓN DE 32 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
        
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN PRIMERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE
HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
ACTA NÚMERO 40 DE 2019
(abril 10)
Cuatrienio 2018-2022 - Legislatura 2018-2019
Segundo Periodo - Sesión Ordinaria
En la ciudad de Bogotá, D. C., el día diez
(10) de abril del dos mil diecinueve (2019), se
reunieron en el Salón Guillermo Valencia del
Capitolio Nacional, previa citación, los miembros
de la Comisión Primera del Honorable Senado,

I
Llamado a lista y vericación del quórum
La Presidencia ejercida por el titular
honorable Senador Eduardo Enríquez Maya,
indica a la Secretaría llamar a lista y contestaron
los honorables Senadores:
Amín Saleme Fabio Raúl
Andrade de Osso Esperanza
Enríquez Maya Eduardo
Gallo Cubillos Julián
Guevara Villabón Carlos
López Maya Alexánder
Pinto Hernández Miguel Ángel
Rodríguez Rengifo Rossvelt
Varón Cotrino Germán.
En el transcurso de la sesión se hicieron
presentes los honorables Senadores:
Barreras Montealegre Roy Leonardo
García Gómez Juan Carlos
Gaviria Vélez José Obdulio
Lozano Correa Angélica
Name Vásquez Iván
Ortega Narváez Temístocles
Petro Urrego Gustavo Francisco
Valencia González Santiago
Velasco Chaves Luis Fernando.
Dejaron de asistir los honorables Senadores:
Benedetti Villaneda Armando
Cabal Molina María Fernanda
Lara Restrepo Rodrigo
Valencia Laserna Paloma.
El texto de la excusa es la siguiente:
Página 2 Jueves, 2 de mayo de 2019 G 292
G 292 Jueves, 2 de mayo de 2019 Página 3
La Secretaría informa que se ha registrado
quórum deliberatorio.
Siendo las 10:17 a. m., la Presidencia
maniesta:
“Ábrase la sesión y proceda el Secretario a
dar lectura al Orden del Día para la presente
reunión”. ORDEN DEL DÍA
Comisión Primera Honorable Senado de la
República
Cuatrienio 2018-2022 Legislatura 2018-2019
Segundo Periodo
Día: miércoles 10 de abril de 2019
Lugar: Salón Guillermo Valencia – Capitolio
Nacional Primer Piso
Hora: 10:00 a. m.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
II
Consideración y aprobación de actas
Actas Sesiones Ordinarias
Acta número 35 del 19 de marzo de 2019;
Acta número 36 del 26 de marzo de 2019;
Acta número 37 del 27 de marzo de 2019;
Acta número 38 del 3 de abril de 2019; Acta
número 39 del 9 de abril de 2019
III
Consideración y votación de proyectos en
primer debate
1. Proyecto de ley número 60 de 2018
Senado, por medio de la cual se adoptan
disposiciones de fortalecimiento de la seguridad
ciudadana, acumulado con Proyecto de ley
número 74 de 2018 Senado, por la cual se
formulan los lineamientos de política pública
para la prevención de delitos realizados a través
de medios informáticos o electrónicos, en contra
de niñas, niños y adolescentes, se modica el
Código Penal y se dictan otras disposiciones.
Autores: Proyecto de ley número 60 de
2018: Fiscal General de la Nación doctor Néstor
Humberto Martínez Neira.
Autores: Proyecto de ley número 74 de
2018, honorables Senadores Ana Paola Agudelo
García, Carlos Eduardo Guevara Villabón, Aydeé
Lizarazo Cubillos. Honorable Representante Irma
Luz Herrera.
Ponente primer debate: Honorable Senador
Miguel Ángel Pinto Hernández.
Publicación:
Proyecto de ley número 60 de 2018: Proyecto
original: Gaceta del Congreso número 578 de
2018.
Proyecto de ley número 74 de 2018: Proyecto
original: Gaceta del Congreso número 582 de
2018.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
número 864 de 2018.
Comisión Accidental: Honorables Senadores
Miguel Ángel Pinto, Angélica Lozano Correa,
Luis Fernando Velasco Chaves, Roy Leonardo
Barreras Montealegre, Alexánder López Maya,
Esperanza Andrade de Osso, Carlos Eduardo
Guevara Villabón.
2. Proyecto de ley número 138 de 2018
Senado, mediante el cual se dictan medidas para
contrarrestar la explotación sexual de niños, niñas
y adolescentes y se dictan otras disposiciones.
Autores: Honorables Senadores Nadia Blel
Sca, Esperanza Andrade de Osso, Nora García
Burgos, Myriam Paredes Aguirre. Honorable
Representante Liliana Benavides Solarte.
Ponente primer debate: Honorable Senadora
Esperanza Andrade de Osso.
Publicación:
Proyecto original: Gaceta del Congreso
número 694 de 2018.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
número 969 de 2018.
3. Proyecto de ley número 48 de 2018 Senado,
por medio de la cual se establecen medidas
de apoyo y orientación a la mujer durante el
embarazo y puerperio para prevenir el abandono
de menores y se dictan otras disposiciones.
Autores: Honorables Senadora Ema Claudia
Castellanos. Honorable Representante Ángela
Sánchez Leal.
Ponente primer debate: Honorable Senadora
Esperanza Andrade de Osso.
Publicación:
Proyecto original: Gaceta del Congreso
número 554 de 2018.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
número 969 de 2018.
4. Proyecto de ley número 11 de 2018
Senado, por la cual se desarrolla el artículo 22 de
la Carta Política colombiana, atinente al derecho
y deber fundamental de la Paz, se dictan otras
disposiciones.
Autores: Honorables Senadores Eduardo
Emilio Pacheco Cuello, Édgar Palacios Mizrahi,
John Milton Rodríguez González. Honorable
Representante Carlos Eduardo Acosta Lozano.
Ponente primer debate Senado: Honorable
Senador Fabio Amín Saleme.
Publicación:
Proyecto original: Gaceta del Congreso
número 542 de 2018.
Ponencia primer debate: Gaceta del Congreso
número 859 de 2018.

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