Gaceta del Congreso del 02-08-2013 - Número 596AC (Contenido completo)
Fecha de publicación | 02 Agosto 2013 |
Número de Gaceta | 596 |
GACETA DEL CONGRESO 596 Viernes, 2 de agosto de 2013 Página 1
A C T A S D E C O M I S I Ó N
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXII - Nº 596 Bogotá, D. C., viernes, 2 de agosto de 2013 EDICIÓN DE 32 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
COMISIÓN TERCERA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
ACTA NÚMERO 21 DE 2013
(junio 4)
En la ciudad de Bogotá, D. C., siendo las 11:00 a.
m., el día martes 4 de junio de 2013, se reunieron en
el Recinto de esta Célula Legislativa, los Miembros
de la Comisión Tercera Constitucional Permanente
FRQHO¿QGHSRQHUDFRQVLGHUDFLyQHOVLJXLHQWH2U-
den del Día: ORDEN DEL DÍA
Para la sesión ordinaria del día martes 4
de junio de 2013
Hora: 10:00 a. m.
I
/ODPDGRDOLVWD\YHUL¿FDFLyQGHOTXyUXP
II
9RWDFLyQGH$FWDV
Actas números, 16, 17, 18 y 19 correspondientes
a las sesiones de los días 16 y 30 de abril, 7 y 8 de
mayo 2013. III
Debate
Citación a la señora Ministra de Relaciones Ex-
teriores, doctora María Ángela Holguín, al Ministro
de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Juan Ca-
milo Restrepo, al señor Ministro de Minas y Ener-
gía doctor Federico Rengifo Vélez, al Ministro de
Industria y Comercio, doctor Sergio Diazgranados,
al Director General de la Autoridad Nacional de
Pesca y Acuicultura, doctor Julián Botero Arango y
al doctor Luis Fernando Alarcón Mantilla, Director
General de ISA, e invítese al señor Procurador Ge-
neral de la Nación doctor Alejandro Ordóñez Mal-
donado y a la señora Contralora, doctora Sandra
Morelli Rico para que respondan el cuestionario ad-
junto, contenido en las proposiciones números 26 y
27, suscrita por los honorables Senadores Juan Ma-
rio Laserna, José Darío Salazar, Camilo Sánchez
Ortega, Germán Villegas Villegas y Antonio Guerra
de la Espriella.
&XHVWLRQDULR
Preguntas para la señora Ministra de Relaciones
Exteriores, doctora María Ángela Holguín:
1. ¿La Comisión Interamericana del Atún Tropi-
cal (CIAT) es un ente u organismo Supranacional
en que los Estados han delegado su soberanía y los
obligue a acatar sus decisiones así no hayan partici-
pado en la toma de decisiones?
2. ¿Las Resoluciones números C-02-03 y C-04-
04 de la CIAT, ambas aprobadas sin el voto de Co-
lombia, ya que nuestro país no hacía parte de dicho
organismo para la fecha en que fueron expedidas,
son de obligatorio cumplimiento, de aplicación di-
recta para Colombia y se incorporan automática-
mente a nuestro ordenamiento jurídico interno? La
Corte Constitucional le ha dado su aval constitucio-
QDODHVWDVUHVROXFLRQHVHQIRUPDHVSHFt¿FD
3. ¿Explique por qué la Cancillería sostiene que
el monismo moderado permite la aplicación directa
de las resoluciones expedidas por la CIAT sin que se
sometan a consideración del Congreso de la Repú-
blica y revisión de la Corte Constitucional, cuando
la jurisprudencia de la misma Corte indica lo con-
trario?
4. ¿Explique cómo puede el país asumir obliga-
ciones internacionales, con efecto en el territorio
nacional, sin la aprobación del Congreso de la Re-
pública y revisión de la Corte Constitucional?
5. ¿Las decisiones de la CIAT son apelables, aun
cuando hasta el año 2007 Colombia era un tercero
ajeno a la Convención de 1949, conforme al cono-
cido principio de derecho internacional “Res inter
alios acta” y los artículos 34 y 35 de la Convención
de Viena sobre el Derecho de los Tratados? ¿Cuál
es el mecanismo jurídico para recurrir, anular o de-
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clarar inconstitucionales las decisiones de la CIAT
que vayan en contra de los intereses de Colombia?
6. ¿Cuál es la posición del Gobierno frente al
pronunciamiento del Consejo de Estado en el senti-
do de que “La Convención Interamericana de Atún
Tropical (CIAT) no puede imponer a Colombia me-
didas o acciones para regular la actividad pesquera
HQHO 2FpDQR 3DFt¿FR 2ULHQWDO HQ UD]yQ D TXH OD
Convención no es obligatoria en su contra ni vin-
culante, pues no ha sido perfeccionada por el Go-
bierno Colombiano.”? (Sala de Consulta y Servicio
Civil del Consejo de Estado), (Sala de Consulta y
Servicio Civil, Consejera Ponente Gloria Duque
Hernández, agosto 26 de 2004, Rad. 1.583).
7. ¿El Registro Regional de barcos o lista de bar-
cos que pescan legalmente, como mecanismo para
limitar la pesca con exclusión de terceros, está pre-
visto en la Convención CIAT de 1949 e incorporado
a nuestra legislación mediante la Ley 579 de 2000?
La Corte Constitucional le dio su aval constitucio-
nal las resoluciones CIAT sobre el registro y la lista
en la Sentencia C-1710 de 2000 o en cualquier otra
sentencia.
8. ¿Cuál es la posición de la Cancillería cuan-
do las decisiones de la CIAT, en particular aquellas
relativas a declaración de un buque de bandera co-
lombiana INN (pesca ilegal, no declarada y no re-
JODPHQWDGDODVTXHVHUH¿HUHQDOD=((\HOKHFKR
de ser Colombia un Estado ribereño del Océano Pa-
Ft¿FRYDQHQFRQWUDGHORTXHGLVSRQHQODVFRQYHQ-
ciones sobre pesca y conservación de recursos vivos
HQDOWD PDUGH UDWL¿FDGD SRU&RORPELD /H\
119 de 1961) y la Convención de Naciones Unidas
sobre el derecho del mar de 1982, esta última que
recoge muchas normas de derecho consuetudinario
PDVQRUDWL¿FDGDSRU&RORPELD"
9. ¿Existe algún barco atunero de bandera co-
lombiana que no cuente con todos los permisos para
operar y para pescar que exige la legislación colom-
biana y cuyas capturas son reportadas a las autori-
dades de Colombia?
10. ¿Ha habido un tratamiento igual para Colom-
bia en materia de cuota de pesca, comparado con los
RWURV(VWDGRV PLHPEURVGH OD&,$7DODOX] GHOR
dispuesto en la Resolución número 2735 del 24 de
octubre de 1970 de la Asamblea General de las Na-
ciones Unidas y el artículo 6.2 de la “Convención
sobre Pesca y Conservación de Recursos Vivos de
Alta Mar, suscrita en Ginebra el 29 de abril de 1958,
\UDWL¿FDGDSRU&RORPELD/H\GH"
11. ¿Puede el Gobierno renunciar al ejercicio
de la soberanía pesquera colombiana en su propio
RFpDQRULEHUHxRHO 3DFt¿FR2ULHQWDO" ¢4XpKD KH-
cho este Gobierno para defender y aumentar su cuo-
WDSHVTXHUDGHDW~QHQHO3DFt¿FR2ULHQWDO"
12. ¿Con la expedición del Decreto número 444
de 2012, puede Colombia incrementar su capacidad
de acarreo (cuota de pesca) de captura de atún en
HO2FpDQR 3DFt¿FR2ULHQWDO 232"¢&RQDQWHULR-
ridad a la expedición de este decreto, Colombia sí
podía incrementar su cuota de pesca? ¿Por qué este
Gobierno derogó la declaración interpretativa que
emitió el Gobierno anterior al adherir el país a la
CIAT, declaración que dejaba a salvo los derechos
de pesca de Colombia en el OPO?
13. Por qué el Gobierno nunca ha dejado cons-
tancia, al aprobar con su voto una veda CIAT, que
HVWDQRDSOLFDHQVXSURSLD=(("
14. ¿Por qué la Cancillería anunció sanciones a
ODÀRWD SHVTXHUD GH DW~Q GH &RORPELD HQ OD 5HX-
nión de las Partes de la CIAT en junio-julio de 2011,
FXDQGRQLVLTXLHUDVHKDEtDVDQFLRQDGRQLQRWL¿FDGR
a los presuntos infractores?
15. ¿Tuvo la Cancillería comunicación algu-
na, verbal o escrita con el Incoder en el trámite de
OD LPSRVLFLyQ GH VDQFLRQHV D OD ÀRWD SHVTXHUD GH
atún? ¿Cuál era el interés de la Cancillería en la
imposición de esas multas cuantiosas por valor de
$1.100.000.000? ¿Por qué la cancillería presenta
multas del Incoder ante el CIAT como sanción por
no haber hecho la veda de 53 días de 2009, cuando
el texto de resoluciones de multas no lo mencionan
como causal? Si hubo comunicaciones de la Can-
cillería con el Incoder en este asunto de las multas,
VtUYDVHLGHQWL¿FDUDORVIXQFLRQDULRVLQYROXFUDGRV\
el contenido de la actuación.
16. ¿Tuvo la Cancillería comunicación alguna,
verbal o escrita con la AUNAP en el trámite de las
Resoluciones número 653 y 761 de 2012 de la Au-
nap? Si hubo comunicaciones de la Cancillería con
la Aunap en este asunto de las multas, sírvase iden-
WL¿FDUDORVIXQFLRQDULRVLQYROXFUDGRV\HOFRQWHQL-
do de la actuación.
17. ¿Por qué en la Reunión de la CIAT de junio-
MXOLR GH OD FDQFLOOHUtD D¿UPy ³TXH OD QXHYD
ley de pesca colombiana no permite que más barcos
operen fuera del Registro Regional de Buques de la
&,$7´FXDQGRHVDD¿UPDFLyQ QRHV FLHUWD\D TXH
no había en esa fecha ni ahora ninguna nueva ley
de pesca?
18. Sírvase informar si la Cancillería tuvo con-
tactos con representantes de Gobiernos extranjeros
en el asunto del incremento de la capacidad de aca-
UUHRFXRWD GH SHVFD GH OD ÀRWD GH SHVFD GHDW~Q
colombiana y de las multas impuestas, anteriormen-
WHVHxDODGDV(QFDVR D¿UPDWLYRVtUYDVHLGHQWL¿FDU
esos contactos y el contenido de lo conversado o
acordado.
19. Sírvase indicar cuál es el fundamento jurí-
dico para indicar que” las comunicaciones entre
Gobiernos no tienen efectos jurídicos y en este
sentido no se viola el ordenamiento jurídico inter-
no”, al dar respuesta en la pregunta 12 del anterior
cuestionario, referente a la comunicación del 28
de septiembre de 2011 dirigida a Paula Caballero
de la Cancillería, en donde uno de los delegados
de Estados Unidos en la CIAT le solicita que Co-
lombia sancione con multas y la cancelación de
las patentes de pesca a los barcos Marta Lucía R y
Dominador I, por no estar en el Registro Regional
de buques de la CIAT y no cumplir con la Resolu-
ción número C-02-03.
20. Sírvase informar por qué la Cancillería no
ha enviado nota de protesta, ni siquiera una “dés-
marche”, al Gobierno de los Estados Unidos, por
haber aumentado unilateral e inconsultamente su
ÀRWDDWXQHUD HQHO 232D PYHU )5YRO
75 N° 171 septiembre 3 de 2010). El punto 12) de
la Resolución de la CIAT C-02-03 de 2002 lo único
TXHOH FRQFHGHD OD ÀRWDGH ORV((88 HV TXH
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buques bajo su bandera, que pescan en otras áreas
IXHUDGHO232SXHGDQUHDOL]DUXQYLDMHGH YLDMHGH
pesca en este océano anualmente. Este numeral de
HVWDUHVROXFLyQMDPiVHVWiDXWRUL]DQGRDORV((88
DXPHQWDUVXÀRWDDP
3UHJXQWDVSDUDHO 0LQLVWURGH$JULFXOWXUD\
'HVDUUROOR5XUDOGRFWRU-XDQ&DPLOR5HVWUHSR
1. ¿Cuál es la posición de los Ministerios de
Agricultura y Desarrollo Rural respecto del acuer-
do celebrado con la CIAT frente a la prioridad del
desarrollo integral de las actividades agrícolas, pe-
cuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales es-
tablecida en el artículo 65 de la Constitución?
2. ¿Como consecuencia de las restricciones en
materia de cuota pesquera impuestas por la CIAT a
&RORPELDHVH 0LQLVWHULRKL]R HVWXGLRVSDUD GHWHU-
minar cómo afectaría tanto a la industria pesquera
nacional y la generación de empleo, así como el su-
ministro nacional de atún para el país?
([SOLTXHODVUD]RQHVSRU ODVFXDOHV HO0LQLV-
terio de Agricultura no ha dado respuesta a la co-
municación de Seatech International del 14 de sep-
tiembre del 2012, en donde se hacen un análisis de
la actuación de la Aunap de no conceder la patente
de pesca para unos barcos de esa empresa.
([SOLTXHODVUD]RQHVSRU ODVFXDOHV HO0LQLV-
terio de Agricultura dejó de presidir el Comité Con-
sultivo de la Sección de Colombia de la Comisión
Interamericana de Atún Tropical, CIAT, y dejó de
representar al país en las reuniones internacionales
de la misma CIAT, tal como lo ordena el Decreto
número 3790 de 2008.
5. Considera el Ministerio de Agricultura que la
actividad agrícola registra oportunidades comercia-
OHVSRVLWLYDVQHWDV HQHODFXHUGRGH$OLDQ]D3DFt¿-
co, por favor detallar por producto, con énfasis en
México.
6. ¿De qué forma el Ministerio de Agricultura
protegerá la producción agrícola en el acuerdo de
$OLDQ]D3DFt¿FR"
7. ¿Ha concertado el Ministerio de Agricultura
su posición con el Ministerio de Comercio en esta
negociación? De no haber llegado a un consenso,
¿cuáles son los argumentos en los que se basa la
posición del Ministerio de Agricultura?
8. ¿Ha concertado el Ministerio de Agricultura
su posición con la SAC, órgano consultivo del Go-
bierno en materia agrícola? De no haber llegado a
un consenso, ¿cuáles son los argumentos en los que
se basa la posición del Ministerio de Agricultura?
9. ¿Ha elaborado algún estudio o análisis deta-
llado el Ministerio de Agricultura sobre el costo-
EHQH¿FLRGH HVWHDFXHUGRSDUD &RORPELDHQPDWH-
ria agrícola? Si es así, anéxelo a este formulario de
preguntas o por favor exprese de forma detallada un
DQiOLVLVGHOFRVWREHQH¿FLR GHHVWH DFXHUGRSDUDOD
agricultura, detallado por producto agrícola y país,
con especial énfasis en México.
3UHJXQWDV SDUD HO 'LUHFWRU *HQHUDO GH OD
$XWRULGDG 1DFLRQDO GH 3HVFD \ $FXLFXOWXUD
$XQDSGRFWRU-XOLiQ%RWHUR$UDQJR
1. Explique cuáles son los procedimientos para
solicitar la licencia y patente de un buque atu-
QHURTXHVROLFLWH DXWRUL]DFLyQ SDUD SHVFDU HQ OD
=RQD(FRQyPLFD ([FOXVLYDGHO 2FpDQR 3DFtILFR
de Colombia. ¿Cuáles son las restricciones y pro-
hibiciones?
([SOLTXHODVUD]RQHVSRUODVFXDOHVHO,QFRGHU
cuyas funciones en materia de acuicultura y pesca
fueron asumidas por la Aunap en virtud del Decre-
to número 4181 de 2011, impuso unas multas para
algunos barcos atuneros basadas en hipotéticas vio-
laciones que había cometido durante la veda del año
2009.
3. ¿En materia de veda y de patentes de pesca,
la Aunap está supeditada a las decisiones tomadas
por la Convención Interamericana de Atún Tropical
(Ciat)?
([SOLTXHODVUD]RQHV SRUODVFXDOHV HQHOPHV
de julio de 2012 la Aunap niega las licencias de pes-
ca para la empresa Comextun Ltda., aduciendo que
mientras no cancelaran las multas que tenía unos
barcos atuneros no se otorgaría dichas licencias de
pesca.
5. Explique por qué se le negaron patentes de
pesca a dos barcos de bandera colombiana de la em-
presa Comextun Ltda., con fundamento en que estos
no se encuentran inscritos en el Registro Regional
de Barcos de la CIAT, cuando este es un requisito
que no existe en la ley colombiana y por ende se
viola o incumplen el artículo 84 de la Constitución,
los 1º y 3º de la Ley 962 de 2005.
6. ¿Tuvo la Aunap comunicación alguna, verbal
o escrita con la Cancillería o con cualquiera otra au-
toridad en el trámite de las Resoluciones números
653 y 761 de 2012 de la Aunap y en las multas im-
puestas a los barcos atuneros colombianos? Si hubo
comunicaciones de cualquier índole, sírvase identi-
¿FDUDORVIXQFLRQDULRVLQYROXFUDGRV\HOFRQWHQLGR
de la actuación.
3UHJXQWDV GHO 0LQLVWHULR GH &RPHUFLR ,Q-
GXVWULD\7XULVPROHV VROLFLWDPRVGDUUHVSXHVWD
DODVVLJXLHQWHVSUHJXQWDV
1. En los acuerdos comerciales generalmente se
excluyen productos, especialmente del ámbito agrí-
cola. ¿Cuáles productos agrícolas serán excluidos del
programa de desgravación de Colombia de la Alian-
]DGHO3DFt¿FR"3RUIDYRUH[SOLTXHODUHVSXHVWD
2. ¿El Ministerio de Comercio comprende la sen-
sibilidad que tiene la agricultura para la ocupación
lícita y productiva del territorio? Si es así, ¿de qué
forma tiene planeado proteger la producción agríco-
ODHQHODFXHUGRGH$OLDQ]D3DFt¿FR"
3. ¿Ha concertado el Ministerio de Comercio su
posición con el Ministerio de Agricultura en esta
negociación? De no haber llegado a un consenso,
¿en qué se basa el Ministerio de Comercio para des-
conocer la opinión del Ministerio de Agricultura y
llevar a cabo una propuesta diferente?
4. ¿Ha concertado el Ministerio de Comercio su
posición en esta negociación con la SAC, órgano
consultivo del Gobierno en materia agrícola? De no
haber llegado a un consenso, ¿en qué se basa el Mi-
nisterio de Comercio para desconocer la opinión de
la SAC y llevar a cabo una propuesta diferente?
5. ¿Ha elaborado algún estudio o análisis de-
tallado el Ministerio de Comercio sobre el costo-
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