Gaceta del Congreso del 02-10-2018 - Número 783AC (Contenido completo) - 2 de Octubre de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 745431253

Gaceta del Congreso del 02-10-2018 - Número 783AC (Contenido completo)

Fecha de publicación02 Octubre 2018
Número de Gaceta783
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVII - Nº 783 Bogotá, D. C., martes, 2 de octubre de 2018 EDICIÓN DE 28 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN SÉPTIMA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
Legislatura 2018-2019
ACTA NÚMERO 11 DE 2018
(septiembre 25)
“Tema: Control Político: habitantes de la
calle - sustentación de informe anual 2017, según
artículo 12 de ley 1641 de 2013 (“por la cual se
establecen los lineamientos para la formulación
de la política pública social para habitantes de la
calle y se dictan otras disposiciones”). Aprobación
actas números 07, 08 y 09, de fechas 6, 12 y 18 de
septiembre de 2018, respectivamente”.
Siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana
(10:50 a.m.), del día martes veinticinco (25) de
septiembre de dos mil dieciocho (2018), en Bogotá,
D.C., actuando como Presidente de la sesión el
honorable Senador Honorio Miguel Henríquez
Pinedo, la honorable Senadora Laura Ester Fortich
Sánchez, en su calidad de Vicepresidenta, y, como
Secretario General, el doctor Jesús María España
Vergara. Se dio inicio a la sesión programada para
la fecha, con el siguiente Orden el Día:
COMISIÓN SÉPTIMA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE DEL HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
Legislatura 2018-2019
ORDEN DEL DÍA
Martes 25 de septiembre de 2018 - Acta número
11
Hora: 10:00 a.m.
Fecha: martes 25 de septiembre de 2018
Lugar: recinto de sesiones de la Comisión
Séptima del Senado - piso 3° del edicio nuevo del
Congreso de la República, Bogotá, D.C.
Por instrucciones de la honorable Mesa
Directiva de esta Célula Legislativa (honorable
Senador Honorio Miguel Henríquez Pinedo,
Presidente y honorable Senadora Laura Ester
Fortich Sánchez, Vicepresidenta), el Orden del
Día propuesto para la sesión ordinaria del martes
25 de septiembre de 2018, que aquí se convoca,
según el artículo 80 del Reglamento Interno del
Congreso, es el siguiente:
I
Llamado a lista y vericación del quórum
II
Informes de la Mesa Directiva
III
Consideración, discusión y aprobación de
Actas de la legislatura 2018-2019
1. Acta 07 del jueves 06 de septiembre de 2018
- Gaceta del Congreso número XXX/2018
2. Acta 08 del miércoles 12 de septiembre
de 2018 - Gaceta del Congreso número
XXX/2018
3. Acta 09 del martes 18 de septiembre de 2018
- Gaceta del Congreso número XXX/2018
(Se envían textos digitales adjuntos, con
cuadro de asistencias)
Las observaciones que se formulen a dichas
actas, según el inciso cuarto del artículo 35 del
Reglamento Interno del Congreso, si las hubiere,
se presentarán por escrito ante la Secretaría de la
Comisión y se insertarán en el Acta número 11 del
martes veinticinco (25) de septiembre de 2018,
Legislatura 2018-2019.
Página 2 Martes, 2 de octubre de 2018 Gaceta del conGreso 783
IV
Control político: habitantes de la calle -
sustentación de informe anual 2017, según
artículo 12 de Ley 1641 de 2013, por la cual se
establecen los lineamientos para la formulación
de la política pública social para habitantes de la
calle y se dictan otras disposiciones.
“Artículo 12. Vigilancia. Las personerías
municipales y distritales, con el apoyo de la
Defensoría del Pueblo, ejercerán la vigilancia
del cumplimiento a lo ordenado en la presente
ley. La Procuraduría General de la Nación y el
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en
lo que corresponda, presentarán un informe anual
a las Comisiones Séptimas Constitucionales
Permanentes de Senado, Cámara de Representantes,
las cuales sesionarán de manera conjunta para
tal efecto, sobre la implementación de la política
pública social para habitantes de la calle”.
Citados:
Doctora Juliana Pungiluppi Leyva, Directora
General del ICBF (Artículo 12 de la Ley 1641 de
2013).
Doctor Juan Pablo Uribe Restrepo, Ministro de
Salud y Protección Social (artículos: 8º literal a) y
9º de la Ley 1641 de 2013).
Doctora Alicia Victoria Arango Olmos, Ministra
de Trabajo (literal e. del artículo 8º de la Ley 1641
de 2013).
Doctor Juan Daniel Oviedo Arango, Director
Doctora Gloria Alonso Másmela, Directora
del Departamento Nacional de Planeación (DNP)
Doctor Juan Carlos Soler Peñuela, Viceministro
para la Participación e Igualdad de Derechos -
Ministerio del Interior.
Invitados:
Doctor Fernando Carrillo Flórez, Procurador
General de la Nación (artículo 12 de la Ley 1641
de 2013).
Doctor Carlos Alfonso Negret Mosquera, -
Defensor del Pueblo (artículo 12 de la Ley 1641
de 2013).
V
Lo que propongan las honorables
Senadoras y los honorables Senadores
La Mesa Directiva de la Comisión Séptima del
Senado, altamente agradecerá la puntual asistencia,
para efectos de evacuar las temáticas contempladas
en el presente Orden del Día.
El Presidente
Honorio Miguel Henríquez Pinedo.
La Vicepresidenta,
Laura Ester Fortich Sánchez.
El Secretario de la Comisión,
Jesús María España Vergara.
Esta sesión contó con la asistencia de los
siguientes honorables Senadores y Senadoras:
Al inicio de la sesión se hicieron presentes los
siguientes honorables Senadores y honorables
Senadoras:
Blel Scaff Nadya Georgette
Fortich Sánchez Laura Ester
Lizarazo Cubillos Aydé
López Peña José Ritter
Palchucan Chingal Manuel Bitervo
Polo Narváez José Aulo
Velasco Ocampo Gabriel.
En el transcurso de la sesión se hicieron
presentes los siguientes honorables Senadores:
Castilla Salazar Jesús Alberto
Henríquez Pinedo Honorio Miguel
Motoa Solarte Carlos Fernando
Pulgar Daza Eduardo Enrique
Uribe Vélez Álvaro.
Con excusa dejaron de asistir los honorables
Senadores:
Castillo Suárez Fabián Gerardo
Simanca Herrera Victoria Sandino.
Sus excusas fueron enviadas oportunamente a
la Comisión de Acreditación Documental, para lo
de su competencia.
La Secretaría informó al señor Presidente, que
la sesión se inició con quórum deliberatorio. La
Secretaría informó al señor Presidente, que la sesión
se inició con quórum decisorio. A continuación,
de manera textual, conforme a la transcripción
del audio grabado durante la sesión, se describen
los hechos y las intervenciones de todos los
intervinientes, durante el desarrollo de la presente
sesión ordinaria, Legislatura 2018-2019, de la
Comisión Séptima Constitucional Permanente del
Senado de la República, así:
Presidenta (e), Vicepresidenta, honorable
Senadora Laura Ester Fortich Sánchez:
Muy buenos días, vamos a dar inicio a la sesión
del día de hoy de la Comisión Séptima del Senado,
les agradecemos a todos los asistentes, Senadores
e invitados, un saludo muy cordial a todos, a los
invitados, a los Senadores de la Comisión Séptima
y a todas las personas que nos acompañan en el
recinto en el día de hoy.
El día de hoy vamos a tratar un tema de suma
importancia relacionado a la sustentación del
informe anual 2017 sobre Habitantes de la Calle.
Señor Secretario sírvase, por favor, pasar la lista de
los Senadores de la Comisión.
Secretario, doctor Jesús María España
Vergara:
Siendo las diez cincuenta (10:50 a. m.) de
la mañana, de hoy martes veinticinco (25) de

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