Gaceta del Congreso del 02-10-2013 - Número 788IPPDPAL (Contenido completo) - 2 de Octubre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766873201

Gaceta del Congreso del 02-10-2013 - Número 788IPPDPAL (Contenido completo)

Fecha de publicación02 Octubre 2013
Número de Gaceta788
GACETA DEL CONGRESO 788 Miércoles, 2 de octubre de 2013 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXII - Nº 788 Bogotá, D. C., miércoles, 2 de octubre de 2013 EDICIÓN DE 24 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO
NÚMERO 01 DE 2013 SENADO
por medio del cual se introduce un sistema mixto
de representación en el Congreso de la República
y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 1° de octubre de 2013
Senador
JUAN MANUEL GALÁN PACHÓN
Presidente
Comisión Primera Constitucional Permanente
Senado de la República
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para primer
debate al Proyecto de Acto Legislativo número 01
de 2013 Senado.
Respetado señor Presidente:
De conformidad con lo dispuesto en el artícu-
lo 156 de la Ley 5ª de 1992, con toda atención,
me permito presentar informe de ponencia para
primer debate al Proyecto de Acto Legislativo
número 01 de 2013 Senado, por medio del cual
se introduce un sistema mixto de representación
en el Congreso de la República y se dictan otras
disposiciones, para lo cual fui designado por la
honorable Mesa Directiva de la Comisión Prime-
ra, ponencia que se sustenta en los siguientes tér-
minos:
I. Antecedentes
El presente proyecto de acto legislativo es de
LQLFLDWLYDFRQJUHVLRQDOVLHQGR¿UPDGRSRUORVKR-
norables Senadores John Sudarsky, Jorge Londo-
ño, Félix Valera, Rodrigo Romero, Juan Lozano,
Camilo Sánchez, Juan Mario Laserna, Jesús Igna-
cio García, Juan Manuel Galán, Eugenio Prieto,
Hernán Andrade, Aurelio Iragorri, Roy Barreras,
César Tulio Delgado, Edinson Delgado y los ho-
norables Representantes Ángela María Robledo,
Carlos Amaya, Alfonso Prada, entre otros, quie-
nes lo radicaron ante la Secretaría General del Se-
nado de la República el día 30 de julio de 2013.
La publicación del proyecto se efectuó en las Ga-
ceta del Congreso número 572 de 2013. El citado
proyecto fue enviado a la Comisión Primera de
la Cámara el día 30 de julio de 2013, siendo reci-
bido en la Comisión Primera de Senado el 13 de
agosto de 2013 y enviado al suscrito ponente para
informe de ponencia para primer debate mediante
R¿FLRIHFKDGRHOGHDJRVWRGH
Mediante proposición con fecha quince (15) de
agosto de 2013, la comisión aprobó la celebración
de una audiencia pública el jueves doce (12) de
septiembre del año en curso.
II. Objeto y contenido del proyecto de ley
El proyecto presentado tiene como objetivo
“la introducción de un sistema mixto de represen-
tación en el Congreso de la República”, con dos
tramos simultáneos: de un lado uno mayoritario
compuesto por Distritos Uninominales (DUN) de
elección mayoritaria y, por otro lado, uno propor-
cional, consecuencia de listas cerradas y ordena-
GDV$GHPiV FRQODV PRGL¿FDFLRQHV SURSXHVWDV
se busca compensar a aquellos partidos que en los
'81ORJUDQ DOWDVYRWDFLRQHVSHUR QRVX¿FLHQWHV
para adquirir una curul, siendo aún más participa-
tivo el sistema.
Señala el texto del proyecto presentado que
la iniciativa es el resultado de un extenso deba-
te al interior de la mesa de Unidad Nacional, así
como de un amplio periodo de interlocución con
la sociedad civil, la academia y miembros de los
Página 2 Miércoles, 2 de octubre de 2013 GACETA DEL CONGRESO 788
otras Ramas del Poder Público, que entregó como
resultado el enriquecimiento, publicidad y debate
de la propuesta con la que se busca resolver, entre
otros problemas, la necesidad de una relación más
estrecha entre los miembros del Congreso y sus
electores, y la creación de mecanismos de rendi-
ción de cuentas.
&RQ HO REMHWLYR GH ORJUDU HO ¿Q FRPHWLGR HO
cuerpo normativo propuesto está organizado en
once artículos:
 2FKR DUWtFXORV FRQ PRGL¿FDFLRQHV D OD
2. Un artículo nuevo a la Constitución Política.
3. Un artículo sobre pedagogía.
4. Un artículo con la vigencia del acto legisla-
tivo.
III. Consideraciones frente al proyecto de ley
Los sistemas electorales determinan el com-
portamiento tanto de los elegidos como de los
electores. Muchas de las costumbres electorales
por las cuales el Congreso y los partidos han
sido criticados por la opinión y la ciudadanía son
consecuencias lógicas del sistema electoral. To-
davía teóricos y políticos mantienen la búsqueda
de la fórmula de proporcionalidad perfecta que
corrija los grandes problemas en los sistemas
electorales.
Dentro de los límites inherentes a las eleccio-
nes como instrumentos de elección colectiva, la
PDQHUD PiV H¿FLHQWH SDUD HVWDV HV FRQHFWDU DO
electorado con los representantes, el objetivo son
DOWRVQLYHOHVGHLGHQWL¿FDELOLGDG\SURSRUFLRQDOL-
dad entre los votos y los escaños. Se trata de dos
FRPSRQHQWHVFODYHVHQODH¿FLHQFLDGHXQVLVWHPD
HOHFWRUDOOD LGHQWL¿FDELOLGDGVHDVRFLD FRQVLVWH-
mas electorales mayoritarios y la proporcionali-
dad es asociada (obviamente) con representación
proporcional, Es debido a estas presiones com-
pensatorias que un sistema mixto es propenso a
VHUPiVH¿FLHQWH1.
Durante la época de la posguerra el sistema
electoral mixto fue casi exclusivo de Alemania,
empero, en la década de los noventa esta visión
comenzó a ser más atractiva para otros países.
Después de la caída del muro de Berlín y la di-
solución de la Unión Soviética, varias demo-
cracias establecidas empezaron reconsiderar la
eficacia de su sistema, y las nuevas democra-
cias emergentes del este de Europa iniciaron la
búsqueda de sistemas electorales que pudieran
contribuir a la estabilidad de los regímenes na-
cientes. En este punto, los diseñadores institu-
cionales mostraron especial interés en los sis-
temas electorales mixtos, precisamente porque
el híbrido entre distritos uninominales y listas
1 6+8*$570DWKHZ6REHUJ(OHFWRUDO³HI¿FLHQF\´DQG
the move lo mixed-member systems. Electoral Studies
[serial online]. n.d.;20:173-193.
proporcionales combinaba las características
deseables de los sistemas mayoritarios y pro-
porcionales.
Es así como en varios países se inició la sus-
titución del sistema mayoritario por un sistema
mixto que obedeciera más a las necesidades de
una verdadera representación en los diferentes
parlamentos del mundo2. El sistema electoral
mixto implementado por Alemania empezó a re-
plicarse en países como: Nueva Zelanda, el Par-
lamento escocés, la Asamblea Nacional de Gales,
Venezuela, Croacia, Corea del Sur, Italia, Israel,
Rusia, Hungría, Bolivia, México, Ucrania, Ja-
pón y actualmente reformadores canadienses han
sugerido la adopción del sistema mixto para su
país3.
2 MILNER, H. Steps Toward Making Every Vote Count:
Electoral System Reform in Canada and its Provinces.
Broadview Press, Peterborough. (Ed.), 2004.
3 México: Desde 1988 se aplica un sistema mixto con
dominante mayoritario, consagrado en la Constitución
de este país en sus artículos 52 y 56, donde se eligen
trescientos (300) diputados en sendos distritos uninomi-
nales y doscientos (200) de representación proporcional
en cinco (5) circunscripciones plurinominales. El umbral
establecido para participar en la distribución de los di-
putados de Representación Proporcional es el uno punto
cinco por ciento (1.5%) de la votación nacional. En este
caso existe un tope máximo de diputaciones para el par-
tido mayoritario, que teóricamente puede implicar que el
sistema pierda su capacidad para hacer equivalentes las
proporciones de votos y de curules de cada partido. Ac-
tualmente, en este país no existe reelección inmediata de
ORVOHJLVODGRUHV\D TXHHVWD¿JXUD VHYHtDDIHFWDGD SRU
las prácticas de fraude electoral. El país viene adecuan-
GRVXV OH\HV HOHFWRUDOHV GDQGR PD\RU FRQ¿DQ]D D ORV
ciudadanos, garantizando procesos limpios en los que se
respetan las preferencias electorales.
Alemania: En este caso en concreto, la mitad de los seis-
cientos cincuenta y seis (656) miembros de la Asamblea
Federal se eligen en sendos distritos uninominales por
mayoría simple. La otra mitad se elige por representa-
ción proporcional en circunscripciones equivalentes a
los estados federados. Así, a cada estado le corresponde
un número de diputados de RP igual al número de dis-
tritos uninominales que lo conforman. En la distribución
de las diputaciones de representación proporcional parti-
cipan todas las listas que hayan alcanzado más del cinco
por ciento (5%) de la votación de la circunscripción. Una
de las características más publicitadas del sistema mixto
alemán es la equivalencia entre los votos y las curules de
cada partido. La forma en que está diseñado este sistema
pretende ajustar, de la manera más exacta posible, las
proporciones de votos y de curules de cada partido, por
lo que en cada entidad federada se elige exactamente el
mismo número de representantes de mayoría relativa y
de representación proporcional.
Nueva Zelanda: En Nueva Zelanda la cuenta de los
asientos alcanzados para cada partido es calculada por la
sustracción del número de asientos por distrito que cada
partido gana del total de número de asientos de la lista de
partidos para los cuales tienen derecho. Los asientos de
la lista de partidos, por lo tanto, son usados para corregir
cualquier injusticia en la pluralidad del sistema uninomi-
nal pluralista o mayoritario de asientos.
Camerún: Este país tiene un peculiar sistema mixto para
elegir a los ciento ochenta (180) miembros de su Asam-
blea Nacional: una parte se elige por mayoría simple en
distritos uninominales. Otra, por mayoría absoluta en
circunscripciones plurinominales. Si ninguna de las lis-
tas obtiene mayoría absoluta, se le asigna la mitad de
los escaños o curules a la lista más votada y el resto se

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