Gaceta del Congreso del 03-10-2017 - Número 875PL (Contenido completo)
Fecha de publicación | 03 Octubre 2017 |
Número de Gaceta | 875 |
PROYECTOS DE LEY
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 875 Bogotá, D. C., martes, 3 de octubre de 2017 EDICIÓN DE 21 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROY ECTO DE LE Y NÚMERO 162 DE 2017
CÁMARA
por la cual se dictan medidas laborales en favor
de los conductores de motocicletas
y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por
objeto establecer estímulos para la migración de
la actividad económica de los conductores de
motocicletas que se encuentran desempeñando la
actividad del mototaxismo.
Artículo 2°. 'H¿QLFLyQ. Para efectos de
la presente ley, se entenderán las siguientes
GH¿QLFLRQHV
- Migración de la actividad económica:
Derecho de la población que consiste en
cambiar, por una sola vez, la práctica de
la actividad del mototaxismo por la prácti-
ca de otra actividad económica autorizada
por la ley, sin la imposición de sanciones
pecuniarias, administrativas ni penales por
el desarrollo de la actividad económica in-
formal.
- Mototaxismo: Servicio informal que es
prestado por una persona, que depende del
uso de la motocicleta como vehículo trans-
portador, con el objeto de trasladar de un
lugar a otro, a uno o varios pasajeros, cuya
FRQWUDSUHVWDFLyQ HV GH¿QLGD HQ GLQHUR \
entregada por cualquier medio de pago, de
la cual subsiste el prestador del servicio y
su núcleo familiar.
Artículo 3°. Censo del motociclista. Con el
¿Q GH GHWHUPLQDU ORV EHQH¿FLDULRV GHO 3ODQ GH
Incentivo de Migración de la actividad económica
para prestadores del mototaxismo autorícese a
las Entidades Territoriales para que dentro de
los doce (12) meses siguientes a la entrada en
vigencia de la presente ley realicen por una sola
vez el censo a la población que sea propietaria,
arrendataria, conductor regular y usuario regular
de motocicletas dentro de su jurisdicción.
Parágrafo 1°. La metodología para la encuesta
GHPRJUi¿FD TXH WUDWD HO SUHVHQWH DUWtFXOR VHUi
GH¿QLGD SRU HO 'HSDUWDPHQWR $GPLQLVWUDWLYR
Nacional de Estadística (DANE), quien deberá
reglamentarlo en un término no superior a tres (3)
meses contados a partir de la entrada en vigencia
de la presente ley.
Artículo 4°. 3ODQ GH 0LJUDFLyQ GH OD
$FWLYLGDG (FRQyPLFD. A cargo de las Entidades
Territoriales y por iniciativa del alcalde, los
Concejos Municipales o Distritales dentro de los
dos (2) años siguientes a la entrada en vigencia
de la presente ley podrán establecer el Plan de
Incentivo de Migración de la actividad económica
para prestadores de mototaxismo dentro de su
jurisdicción.
3DUDORVEHQH¿FLDULRVSHUWHQHFLHQWHVDOFHQVRGHO
motociclista conforme al artículo 3° de la presente
ley, el Plan contendrá, entre otros, lineamientos y
EHQH¿FLRVHFRQyPLFRVGH0LJUDFLyQGHODDFWLYLGDG
económica para la población que desarrolla la
DFWLYLGDGGHO PRWRWD[LVPRSRU DTXHOORVR¿FLRV \
labores autorizadas por la ley y deberá establecer
acciones de seguimiento y evaluaciones perió-
dicas. Además, y de manera prioritaria, con el
¿Q GH HVSHFLDOL]DU ORV R¿FLRV \ ODERUHV HO 3ODQ
atenderá la capacitación permanente de quienes se
desempeñen en los mismos, para lo cual la entidad
territorial establecerá convenios con instituciones,
públicas o privadas, que ofrezcan programas de
Página 2 Martes, 3 de octubre de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇඋൾඌඈ 875
formación técnica, tecnológica, complementaria y
no formal.
Parágrafo 1°. El Ministerio de Trabajo realizará
las funciones de inspección, vigilancia y control
sobre el diseño, implementación y ejecución del
Plan que trata el presente artículo, sin interesar la
Entidad Territorial que lo desarrolle.
Artículo 5°. Vigencia. La presente ley rige a
partir de su promulgación.
De los honorables Congresistas,
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. OBJETO DEL PROYECTO
La Iniciativa tiene por objeto que los entes
territoriales promuevan una política pública
caracterizada, con educación técnica y pertinente
mayores estímulos a la inversión para el trabajo
\DSR\RDO HPSUHQGLPLHQWRMXYHQLO FRQHO¿Q GH
lograr una Migración de la actividad económica
de los mototaxistas, que cumplan con sus
obligaciones y no tengan antecedentes, hacia otras
actividades laborales.
2. IMPACTO SOCIAL DE LAS MOTO-
CICLETAS EN COLOMBIA
A partir del diagnóstico realizado por el
VHFWRU SULYDGR HQ DXVHQFLD GH FLIUDV R¿FLDOHV
de los Gobiernos Nacionales y Locales, sobre el
impacto social de las motocicletas se desprenden
importantes conclusiones, las cuales se replican
en esta iniciativa como método para validar el
alcance de aplicación de este proyecto de ley.
Según el estudio realizado por la Cámara de
la Industria Automotriz de la ANDI publicado
en junio del año 2017, destaca el importante
incremento del uso de la motocicleta en Colombia
como una de las variables que ha permitido
dinamizar la economía nacional. Igualmente,
desde el punto de vista social, la motocicleta se
KDYHQLGR D¿DQ]DQGRFRPR XQDKHUUDPLHQWD TXH
posibilita mayor inclusión social para las personas
de los estratos bajos.
Subraya el estudio que según “la Encuesta
Nacional de Calidad de Vida, ECV, realizada
anualmente por el Departamento Administrativo
1DFLRQDOGH(VWDGtVWLFD'$1(PXHVWUDFyPRORV
hogares han incrementado la tenencia de este tipo
de bienes en el tiempo, al pasar del 8,5% de los
hogares en 2003, al 15,1% en 2008, al 15,9% en
2010, al 26,1% en 20156 y proyectado a más del
HQ 3UR\HFFLyQ $1', FRQVLGHUDQGR
tendencia de los últimos años en las ECV del
'$1( (O DxR SDVDGR OD PRWRFLFOHWD ORJUy
establecerse en más de 4,1 millones de hogares
FRORPELDQRV 3UR\HFFLyQ $1', FRQVLGHUDQGR
tendencia de los últimos años en las ECV del
DANE), y más del 15% de esos hogares en los
estratos 2 y 3 tenían más de uno de estos vehículos
3UR\HFFLyQ$1',FRQVLGHUDQGRWHQGHQFLDGHORV
últimos años en las ECV del DANE).
De otra parte, el acceso a la moto se ha
JHQHUDOL]DGR HQWUHORV HVWUDWRV HFRQyPLFRV PiV
bajos, casi el 54% de los nuevos compradores de
motos en el año 2016 pertenecían a hogares de
ORVHVWUDWRV \ $1', UHVXOWDGRGH HQFXHVWDV
del Comité de Ensambladoras de Motocicletas
GHOD&iPDUDGH OD,QGXVWULD$XWRPRWUL]
Al ser el vehículo utilizado por un número
VLJQL¿FDWLYR GH SHUVRQDV HQ ORV HVWUDWRV PiV
bajos, se puede considerar como un elemento
LPSRUWDQWH GH LQFOXVLyQ VRFLDO \ SRU OR WDQWR
como un mecanismo clave en la lucha contra la
pobreza. La motocicleta adquiere cada año mayor
presencia en los hogares colombianos con un
crecimiento entre los años 2003 y 2016 estimado
en más del 200%.
La importancia social de las motocicletas es
incuestionable. En 2016, de los nuevos compradores
de motos, el 59% está empleado y el 32,9% trabaja
como independiente; muchos de ellos indican que
usan su motocicleta como herramienta de trabajo
$1', UHVXOWDGR GH HQFXHVWDV GHO &RPLWp GH
Ensambladoras de Motocicletas de la Cámara
GH OD ,QGXVWULD $XWRPRWUL] (VH PLVPR
año, en lo que respecta a las motivaciones que
tienen los colombianos a la hora de adquirir
XQD PRWRFLFOHWD VH HQFRQWUy TXH HO OR
hizo como una alternativa para su transporte
GLDULR\ HV GH UHVDOWDU TXH HO FRPSUy VX
moto para aumentar ingresos, o sea, como una
alternativa para generar recursos adicionales
SDUDVXV IDPLOLDV$1', UHVXOWDGRGH HQFXHVWDV
del Comité de Ensambladoras de Motocicletas
GHOD&iPDUDGH OD,QGXVWULD$XWRPRWUL]
Cerca del 15% de las motocicletas, representando
aproximadamente dos millones de personas y
sus familias, son usadas como herramientas de
WUDEDMR$1',UHVXOWDGRGHHQFXHVWDVGHO&RPLWp
de Ensambladoras de Motocicletas de la Cámara
GHOD,QGXVWULD$XWRPRWUL]´
De acuerdo a ese análisis, el impacto social del
uso de las motocicletas está por la senda de un
incremento vertiginoso, pues este vehículo, más
allá de solucionar los inconvenientes de transporte
y movilidad en las grandes ciudades del país, es
un instrumento de inclusión social que sirve para
generar ingresos a las familias más necesitadas
del país. Además, la producción en el país de
motos, es el 94% de la participación del mercado,
catalogándolo como una industria que genera
empleo formal en las diferentes cadenas de valor
del producto.
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