Gaceta del Congreso del 04-12-2009 - Número 1255PPDPL (Contenido completo) - 4 de Diciembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766734145

Gaceta del Congreso del 04-12-2009 - Número 1255PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación04 Diciembre 2009
Número de Gaceta1255
GACETA DEL CONGRESO 1.255 Viernes 4 de diciembre de 2009 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVIII - Nº 1.255 Bogotá, D. C., viernes 4 de diciembre de 2009 EDICION DE 2 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NUMERO 157
DE 2009 CAMARA
por la cual se dictan disposiciones sobre el manejo
de recursos públicos, se fomenta la transparencia en
        
     
 
sector público.
Doctor
JORGE ALBERTO GARCIAHERREROS CABRERA
Presidente
Comisión Cuarta Constitucional Permanente
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Honorables Representantes:
Por honrosa designación que nos hiciera la Presi-
dencia de la Comisión, para rendir ponencia para pri-
mer debate al Proyecto de la ley número 157 de 2009
Cámara, por la cual se dictan disposiciones sobre el
manejo de recursos públicos, se fomenta la transparen-


 
sector público, presentado a consideración del Congre-
so de la República por el honorable Representante Juan
Córdoba Suárez, en los términos del artículo 156 de la
Ley 5ª de 1992, procedemos, así:
1. CONTENIDO Y ALCANCE DE LA INICIATI-
VA PARLAMENTARIA
La iniciativa legislativa en estudio busca implemen-
tar un Sistema Informático en todos los niveles de la
administración del sector descentralizado, derivados de

o contratos de bienes o servicios, de la gestión comer-
cial de oferta, venta y facturación de bienes o servicios
y de administrar su inventario, almacenamiento y re-
gistro de entradas y salidas de bienes operativos o de
consumo y administrar su inventario, almacenamiento
y registro de entradas y salidas de equipos o bienes de
producción y administrar su inventario, almacenamien-

      
territorialmente o por servicios, en todos los organis-

Así mismo, se pretende que se haga de conocimien-
to público la forma como se destinan o invierten y en

descentralizado, con lo cual se establecen mecanismos
-
tos, municipios y demás entes territoriales.
Este Sistema de Información Financiera fue creado
para las Entidades del Orden Nacional mediante la Ley
298 de 1996 “por la cual se desarrolla el artículo 354
de la Constitución Política, se crea la Contaduría Ge-
neral de la Nación como una Unidad Administrativa
 
! !-
ria”, el cual es administrado por el Ministerio de Ha-
cienda y Crédito Público y en su artículo 8º dispone:
“Artículo 8º. -
nanciera. El Sistema Integrado de Información Finan-
-
matizados, de base contable, que permite la producción

De igual manera, el Decreto 2789 de 2004, regla-
menta la mencionada ley, y en especial en sus artículos
1º y 2º establecen:
“Artículo 1°. Objeto. El presente decreto determina,
el marco para la administración, implantación, opera-
tividad y aplicabilidad del Sistema Integrado de Infor-
mación Financiera SIIF Nación.
Artículo 2°. "# En el marco de lo dispuesto
en el artículo 8° de la Ley 298 de 1996, el Sistema In-
tegrado de Información Financiera SIIF Nación es una
herramienta modular automatizada que integra y estan-
   

recursos de la Nación y de sus entidades descentraliza-

La iniciativa legislativa en estudio, consta de diecio-
cho (18) artículos incluida la vigencia y las derogato-


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