Gaceta del Congreso del 04-12-2019 - Número 1178 (Contenido completo) - 4 de Diciembre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 828861069

Gaceta del Congreso del 04-12-2019 - Número 1178 (Contenido completo)

Fecha de publicación04 Diciembre 2019
Número de Gaceta1178
INFORMES DE CONCILIACIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 1178 Bogotá, D. C., miércoles, 4 de diciembre de 2019 EDICIÓN DE 28 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 54 DE 2018 SENADO – 407 DE
2019 CÁMARA
por medio de la cual se incluyen sin costo adicional un paquete de productos y/o servicios
financieros por el pago de la cuota de manejo de las tarjetas débito y crédito.
Doctor.
LIDIO ARTURO GARCÍA TURBAY
Presidente
Senado de la República
Doctor
CARLOS ALBERTO CUENCA CHAUX
Presidente
Cámara de Representantes
Referencia: INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 54 DE 2018 SENADO – 407
DE 2019 CÁMARA.
Señores presidentes,
Dando cumplimiento a la honrosa designación efectuada por las Presidencias del honorable Senado de la
República y de la honorable Cámara de Representantes, y de conformidad con los artículos 161 de la
Constitución Política y 186 de la Ley 5ª de 1992, los suscritos Senador y Representante integrantes de la
Comisión de Conciliación nos permitimos someter, por su conducto, a consideración de las Plenarias de Senado
y de la Cámara de Representantes para continuar su trámite correspondiente, el texto conciliado del proyecto
de ley de la referencia.
Cordialmente,
DAVID BARGUIL ASSIS WADITH ALBERTO MANZUR IMBETT
Senador Representante a la Cámara
Página 2 Miércoles, 4 de diciembre de 2019 G 1178
I. CONCILIACIÓN DE LOS TEXTOS APROBADOS EN PLENARIA DE CÁMARA DE REPRESENTANTES Y
SENADO DE LA REPÚBLICA.
Con el fin de dar cumplimiento a la designación, los integrantes de la Comisión de Conciliación estudiaron y
cotejaron los textos aprobados por las Plenarias del Honorable Senado de la República y de la Honorable
Cámara de Representantes en sesiones celebradas los días veinte (20) de junio de 2019 y veinte (20) de
noviembre de 2019, respectivamente. De dicha revisión se encontraron algunas diferencias en los tres
parágrafos del artículo Primero (1º) del Proyecto de Ley que fue aprobado por cada una de las cámaras; plena
exactitud textual en los artículos segundo (2º) y tercero (3º) aprobados por cada una de las cámaras, la
existencia de un artículo más en el texto aprobado en la Cámara de Representantes para un total de 5 artículos
mientras que en el texto aprobado en Senado son solo 4 artículos. Y unas ligeras diferencias en el artículo de
que trata de la vigencia y derogatorias, el cual en el texto aprobado en el Senado es el artículo cuarto (4º) y en
el texto aprobado en la Cámara de Representantes es el artículo quinto (5º). Diferencias que pueden apreciarse
en la siguiente tabla comparativa, la cual transcribe los textos tal y como fueron aprobados por cada una de las
cámaras:
Articulado Aprobado Sena do
Articulado Aprobado Cámara
Artículo 1°. Las entidades autorizadas para captar recursos del público
que cobren cuotas de manejo por las cuentas de ahorros, las tarjetas
débito y las tarjetas crédito, deberán garantizar
mensualmente a sus
usuarios el acceso a un paquete mínimo de productos y/o servicios sin
costo adicional.
Parágrafo 1. En el caso de las cuentas de ahorro, el paquete mínimo sin
costo adicional al que hace referencia el presente artículo, estará
compuest
o por el acceso a por lo menos tres de los siguientes productos
y/o servicios:
a) Talonario o libreta para cuentas de ahorro.
b) Consignación nacional.
c)
Retiro por ventanilla en una oficina diferente a la de radicación de
la cuenta con talonario o libreta.
d) Copia de extracto en papel.
e) Certificación bancaria.
f) Expedición cheque de ge rencia.
Parágrafo 2. En el caso de las de las tarjetas débito, el paquete mínimo
sin costo adicional al que hace referencia el presente artículo, estará
compuesto por el acceso a por
lo menos tres de los siguientes productos
y/o servicios:
a) Retiros red propia.
b) Retiros otra red.
c) Consultas red propia.
d) Consultas otra red.
e) Certificación bancaria.
f) Consignación nacional .
Parágrafo 3. En el caso de las de las tarjetas crédito, el paquete mínimo
sin costo adicional al que hace referencia el presente artículo, estará
compuesto por el acceso a por lo menos tres de los siguientes productos
y/o servicios:
a) Avance en cajero de otra entidad.
b) Avance en cajero de la misma entidad
c) Avance en oficina.
d) Consulta de saldo en cajero de la misma entidad.
e) Reposición por deterioro
Artículo 1°. Las entidades autorizadas para captar re cursos del público
que cobren cuotas de manejo por las cue
ntas de ahorros, las tarjetas
débito y las tarjetas crédito, deberán garantizar mensualmente a sus
usuarios el acceso a un paquete mínimo de productos y/o servicios sin
costo adicional.
Parágrafo 1. En el caso de las cuentas de ahorro, el paquete mínimo
sin costo adicional al que hace referencia el presente artículo estará
compuesto por el acceso a por lo menos tres de los siguientes productos
y/o servicios:
A.
Consignación nacional a través de oficinas o de cajeros
automáticos de la red propia
B. Retiro por
ventanilla en una oficina diferente a la de radicación
de la cuenta con talonario o libreta.
C. Copia de extracto en papel y por internet.
D. Certificación bancaria.
E. Expedición cheque de geren cia
F. Transferencia por internet en cuentas de la misma entidad.
Parágr
afo 2. En el caso de las tarjetas débito, el paquete mínimo sin
costo adicional al que hace referencia el presente artículo, estará
compuesto por el acceso a por lo menos tres de los siguientes productos
y/o servicios:
A. Retiros red propia.
B. En consultas en red propia
C. Certificación bancaria.
D.
Consignación nacional a través de oficinas o de cajeros
automáticos de la red propia.
E. Copia de extracto en papel y por internet.
Parágrafo 3. En el caso de las de las tarjetas crédito, el paquete mínimo
sin costo
adicional al que hace referencia el presente artículo, estará
compuesto por el acceso a por lo menos tres de los siguientes productos
y/o servicios:
A. Avance en cajero de la misma entidad
B. Avance en oficina.
C. Consulta de saldo en cajero de la misma entidad.
D. Reposición por deterioro
Artículo 2°. Las entidades autorizadas para captar recursos del público
deberán informar a sus usuarios de manera clara y oportuna a través de
todos sus canales de comunicación la composición del paquete mínimo
Artículo 2°. Las entidades autorizadas para captar recursos del público
deberán informar a sus usuarios de manera clara y oportuna a través de
todos sus canales de comunicación la composición del paquete mínimo

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