Gaceta del Congreso del 05-06-2006 - Número 160PPDPL (Contenido completo) - 5 de Junio de 2006 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766719929

Gaceta del Congreso del 05-06-2006 - Número 160PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación05 Junio 2006
Número de Gaceta160
GACETA DEL CONGRESO 160 Lunes 5 de junio de 2006 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XV - Nº 160 Bogotá, D. C., lunes 5 de junio de 2006 EDICION DE 12 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P O N E N C I A S
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE EN LA COMISION SEXTA
DE LA CAMARA DE REPRESENTATES
AL PROYECTO DE LEY
NUMERO 16 DE 2005 CAMARA
por la cual se crea la cátedra de equidad de género
y se dictan otras disposiciones.
CONSIDERACIONES
Antecedentes
A partir de la Constitución de 1991, se inicia un período en el cual el
país experimentó un notable dinamismo en cuanto al papel de la mujer en
la sociedad y con ello a la equidad de géneros en Colombia. Se suscribie-
ron importantes convenios internacionales y se promulgó abundante legis-
lación, entre la más reciente e importante: La Ley 248 de 1995, Belém do
Pará; Ley 294 de 1996, Violencia intrafamiliar; Ley 360 de 1997, Delitos
sexuales; Ley 387 de 1997, Población desplazada; Ley 509 de 1999, Be-
nef‌icios a madres comunitarias; Ley 51 de 1981, Cedaw; Ley 575 de 2000,
Violencia intrafamiliar; Ley 581 de 2000, Ley de cuotas; Ley 679 de 2001,
Turismo sexual, Protocolo Facultativo de la Convención para la Elimina-
ción de todas las formas de discriminación contra la Mujer, Resolución
1325 de 2000, Participación de las mujeres en procesos de paz. Asimismo,
se fortalecieron las instituciones dedicadas a defender esos derechos, en
especial la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, que
fue creada inicialmente en 1990 como la Consejería Presidencial para
la Juventud, la Mujer y la Familia, con el objetivo de dar cumpli-
miento a la Convención para la Eliminación de todas las formas de
discriminación contra la Mujer, así como a otros compromisos de or-
den internacional, y como respuesta a solicitudes del movimiento so-
cial de mujeres de Colombia. En julio de 1995 mediante la Ley 188,
se crea la Dirección Nacional para la Equidad de las Mujeres. En
diferentes Ministerios y entidades descentralizadas se crean instan-
cias encargadas de promover la aplicación de las políticas dirigidas
a las mujeres, muchas de las cuales no funcionan en la actualidad.
En junio de 1999, el Decreto 1182 establece la transformación de la
Dirección Nacional para la Equidad de las Mujeres en Consejería
Presidencial para la Equidad de la Mujer.
Compartimos la opinión del Ministerio de Educación Nacional en cuan-
to a que en materia de educación “La Ley General de Educación impone
el desarrollo de un proyecto pedagógico en educación sexual en todas las
instituciones de educación del país, el cual debe incluir la perspectiva de
género, de forma transversal en todos los espacios de la IE.”.
Adicionalmente “la Corte Constitucional emitió una sentencia en la
cual establece la necesidad de abordar la educación sexual en el país; con
base en la cual el Gobierno Nacional le otorgó carácter obligatorio a la
educación sexual en las instituciones educativas mediante la Resolución
3353 de 19931, fundamento del Proyecto Nacional de Educación Sexual
formulado en 1993.”.
“Paralelamente, a la Ley General de Educación2 ratif‌ica en el artículo 14
sobre Enseñanza Obligatoria literal e), la obligatoriedad de la educación,
“impartida en cada caso de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas
y afectivas de los educandos según la edad”. El Decreto Reglamentario
1860 de agosto 3 de 1994, establece en el artículo 36 que la “enseñanza
prevista en el artículo 14 se cumplirá bajo la modalidad de proyectos peda-
gógicos. La intensidad horaria y la duración de los proyectos se def‌inirán
en el respectivo plan de estudios. (Propuesta conceptual y operativa: Para
los lineamientos pedagógicos, doc. borrador MEN Unfpa 2006)”.
Propósito del proyecto
El proyecto de ley busca promover el desarrollo humano sin discrimi-
naciones, en igualdad de condiciones y oportunidades, desde la educación
de nuestros niños, niñas y adolescentes, como una responsabilidad de la
Familia, la Sociedad, el Estado, los docentes en los niveles de educación
básica y media y los medios de comunicación.
La iniciativa establece el diseño de un instrumento (cátedra sobre equi-
dad de género) que contribuye a que se convierta en realidad efectiva y
concreta la igualdad de oportunidades para las mujeres. El proyecto busca
llenar un presunto vacío que existe en el espacio educativo, con el f‌in de lo-
grar ambientes escolares tolerantes y equitativos, todo lo cual nos ayudaría
a construir una sociedad con igualdad de condiciones y oportunidades, en
1 Resolución 03353/93, por la cual se establece la obligatoriedad de la Educación Sexual en todos los establecimientos educativos del país que
ofrecen y desarrollan programas de Preescolar, Básica, Media y Media Vocacional.
2 Ley 115 de febrero 8 de 1994.

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