Gaceta del Congreso del 05-07-2019 - Número 600 (Contenido completo) - 5 de Julio de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 798480109

Gaceta del Congreso del 05-07-2019 - Número 600 (Contenido completo)

Fecha de publicación05 Julio 2019
Número de Gaceta600
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 600 Bogotá, D. C., viernes, 5 de julio de 2019 EDICIÓN DE 31 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA SEGUNDO
DEBATE PROYECTO DE LEY NÚMERO
316 DE 2019 CÁMARA
por la cual la nación y el Congreso de la República
rinden honores y se vinculan a la celebración de los
100 años de fundación del Municipio de el Cairo,
departamento Valle del Cauca.
Bogotá, D. C., 10 de junio de 2019
Doctor
ANATOLIO HERNÁNDEZ LOZANO
Presidente Comisión Segunda Constitucional
Permanente
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad.
Referencia: Informe de ponencia para
segundo debate al Proyecto de ley número 316 de
2019 Cámara, por la cual la Nación y el Congreso
de la República rinden honores y se vinculan a
la celebración de los 100 años de fundación del
municipio de El Cairo, departamento Valle del
Cauca.
Respetado doctor Hernández:
En cumplimento del honroso encargo de
la Mesa Directiva de la Comisión Segunda
Constitucional Permanente de la honorable Cámara
de Representantes, nos permitimos rendir informe
de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley
número 316 de 2019 Cámara, “por la cual la nación
y el Congreso de la República rinden honores y
se vinculan a la celebración de los 100 años de
fundación del Municipio de el Cairo, departamento
Valle del Cauca” en los siguientes términos:
I. CONSIDERACIONES:
El proyecto de Ley objeto de esta ponencia fue
presentado en la Secretaría General de la Cámara
de Representantes el día 20 de febrero de 2019 por
el honorable Representante José Gustavo Padilla
Orozco y fue publicado en la Gaceta del Congreso
número 81 del presente año.
Los suscritos, fuimos designados ponentes para
primer debate por la secretaria de la Comisión
Segunda de la Cámara de Representantes, mediante

21 de marzo en nuestros despachos.
El 22 de mayo del 2019, se discutió y se aprobó
en primer debate, en la Comisión Segunda.
Así mismo fuimos designados como ponentes
     
3.2.02.617/2019 del 22 de mayo del 2019.
• EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
A continuación, se transcribirán los apartes
fundamentales de la exposición de motivos que
acompaña el Proyecto de Ley en estudio, para su
conocimiento.
1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
La presente iniciativa busca que la Nación y
el Congreso de la República se vinculen y rindan
homenaje al municipio de El Cairo, Valle del Cauca,
con motivo de la celebración de los 100 años de su
 
las apropiaciones presupuestales necesarias para
      

de utilidad pública y de interés social para el
desarrollo regional de la comunidad del mencionado
municipio.
Este proyecto consta de cinco artículos, incluido
la vigencia, que esbozan la importancia que tiene
el municipio de El Cairo, Valle del Cauca, para el
país.
Página 2 Viernes, 5 de julio de 2019 G 600
2. OBJETO
De conformidad con lo establecido en la
exposición de motivos del referido proyecto de ley,
su objetivo se centra en que por medio de esta “la
nación y el Congreso de la República rinden honores
y se vinculan a la celebración de los 100 años de
fundación del municipio de el Cairo, departamento
Valle del Cauca”.
2.1. Reseña histórica del municipio de El
Cairo, Valle del Cauca
“La zona que comprende el Municipio de El
Cairo, antiguamente estuvo poblada por la cultura
Quimbaya, que empleaba la agricultura como
principal base de sustento, junto con la explotación
de salinas y metalurgia del oro y cobre. La cabecera
municipal comenzó a formarse hacia el año de 1920,
cuando varios colonos se instalaron en la región. Su
primer alcalde fue el señor Pedro Hernández, el cual
fue sucedido por Alfonso Cobo Velazco, a quien le
correspondió instalar el primer cabildo municipal”.
“El Cairo es un municipio ubicado al suroeste
del país, en el noreste del departamento del Valle
del Cauca; se sitúa a orillas del río ‘Las Vueltas’,
a 252 kilómetros de distancia de la ciudad de Cali.
Fue fundado en 1920 y mediante la Ordenanza
45 de 1947, lo elevó a la categoría de municipio,
segregándolo del municipio de Versalles”.
2.2. Aspectos físicos del municipio de El Cairo,
Valle del Cauca
El territorio del municipio de El Cairo, Valle del
Cauca, en su mayoría es montañoso, está ubicado
en la cordillera Occidental, a orillas del río ‘Las
Vueltas’. Su territorio se distribuye entre pisos
térmicos medio y fríos; hacen parte de su geografía
los Corregimientos de La Guarida, San José, Playa
Rica, Albán y Bellavista. Limita por el norte y el
occidente con el departamento de Chocó; por el
oriente con Ansermanuevo, Argelia, El Águila; y
por el sur con Versalles, Valle del Cauca.
3. MARCO NORMATIVO
constitucional, esta iniciativa se sustenta en los
siguientes artículos:
Artículo 2°. El cual menciona cuáles son
   
menciona: servir a la comunidad, promover
la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y
deberes consagrados en la Constitución;
facilitar la participación de todos en las
decisiones que los afectan y en la vida
económica, política, administrativa y cultural
de la Nación; defender la independencia
nacional, mantener la integridad territorial y

de un orden justo.
Las autoridades de la República están instituidas
para proteger a todas las personas residentes en
Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias,
y demás derechos y libertades, y para asegurar el
cumplimiento de los deberes sociales del Estado y
de los particulares.
Artículo 150. Corresponde al Congreso
hacer las leyes.
Artículo 154. Las leyes pueden tener origen
en cualquiera de las Cámaras a propuesta
de sus respectivos miembros, del Gobierno
nacional, de las entidades señaladas en el
artículo 156, o por iniciativa popular en los
casos previstos en la Constitución.
No obstante, solo podrán ser dictadas o
reformadas por iniciativa del Gobierno las leyes
           
los literales a), b) y e), del numeral 19 del artículo
150; las que ordenen participaciones en las rentas
nacionales o transferencias de las mismas; las
que autoricen aportes o suscripciones del Estado
a empresas industriales o comerciales y las que
decreten exenciones de impuestos, contribuciones o
tasas nacionales.

los proyectos presentados por el Gobierno.
Los proyectos de ley relativos a los tributos
iniciarán su trámite en la Cámara de Representantes

el Senado.
En lo anterior, las disposiciones constitucionales
   
fuerzan la Constitución Política, entre ellas la Ley
5ª de 1992 en el artículo 140 donde menciona que
los Senadores y Representantes a la Cámara pueden
presentar proyectos de ley.
Artículo 334. La dirección general de la
economía estará a cargo del Estado. Este
intervendrá, por mandato de la ley, en la
explotación de los recursos naturales, en el
uso del suelo, en la producción, distribución,
utilización y consumo de los bienes, y en
los servicios públicos y privados, para
      
conseguir en el plano nacional y territorial,
      
mejoramiento de la calidad de vida de los
habitantes, la distribución equitativa de las

y la preservación de un ambiente sano. Dicho
 
como instrumento para alcanzar de manera
progresiva los objetivos del Estado Social de
Derecho. En cualquier caso, el gasto público
social será prioritario.
Artículo 339. Habrá un Plan Nacional
de Desarrollo conformado por una parte
general y un plan de inversiones de las
entidades públicas del orden nacional. En la
parte general se señalarán los propósitos y
objetivos nacionales de largo plazo, las metas
y prioridades de la acción estatal a mediano
plazo y las estrategias y orientaciones
generales de la política económica, social
y ambiental que serán adoptadas por el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR