Gaceta del Congreso del 05-09-2012 - Número 585IPPDPAL (Contenido completo)
Fecha de publicación | 05 Septiembre 2012 |
Número de Gaceta | 585 |
GACETA DEL CONGRESO 585 Miércoles, 5 de septiembre de 2012 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXI - Nº 585 Bogotá, D. C., miércoles, 5 de septiembre de 2012 EDICIÓN DE 32 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE ACTO LEGIS-
LATIVO NÚMER 046 DE 2012 CÁMARA
SRUPHGLRGHODFXDOVHHOLPLQDOD¿JXUD
de la Vicepresidencia y se crea la Institución
GHOD'HVLJQDWXUD
Doctor
GUSTAVO HERNÁN PUENTES DÍAZ
Presidente
Comisión Primera
Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para primer
debate al Proyecto de Acto Legislativo número
046 de 2012 Cámara, por medio de la cual se eli-
PLQDOD ¿JXUDGH OD9LFHSUHVLGHQFLD\ VHFUHDOD
,QVWLWXFLyQGHOD'HVLJQDWXUD
Trámite del proyecto
Origen: Congresional.
Autores: honorables Representantes Telésforo
3HGUD]D2UWHJD-XDQD &DUROLQD /RQGRxR-DUD-
PLOOR $OIRQVR3UDGD*LO*HUPiQ9DUyQ&RWULQR
*XLOOHUPR5LYHUD )OyUH]-RVp ,JQDFLR0HVD %H-
WDQFXU*LOEHUWR%HWDQFRXUW 3pUH] 2UODQGR&OD-
YLMR &ODYLMR &DUORV (GXDUGR/HyQ &HOLV /LEDU-
GR7DERUGD&DVWUR /XLV (QULTXH'XVViQ /ySH]
(GXDUGR &ULVVLHQ %RUUHUR -DtU$UDQJR 7RUUHV
ÈQJHO&XVWRGLD&DEUHUD%iH]y honorables Sena-
dores 0\ULDP3DUHGHV$JXLUUH 5REHUWR *HUOpLQ
(FKHYHUUtD -RVp 'DUtR 6DOD]DU &UX] %HUQDUGR
(OtDV9LGDO$QWRQLR *XHUUDGH OD(VSULHOOD *D-
EULHO=DSDWD&RUUHD$XUHOLR,UDJRUUL+RUPD]DH
,YiQ1DPH9iVTXH]\RWUDV¿UPDVLOHJLEOHV
Proyecto publicado: Gaceta del Congreso nú-
mero 481 de 2012.
Competencia y asignación de ponencia
Mediante comunicación del 08 de agosto del
DxRGHQRWL¿FDGRHOGHDJRVWRGHOPLVPR
año y conforme a lo expresado en el artículo 150
de la Ley 5ª de 1992, fui designada coordinadora
ponente del Proyecto de Acto Legislativo número
046 de 2012. Síntesis del proyecto
A través del Proyecto de Acto Legislativo nú-
PHUR GH VHSUHWHQGH HOLPLQDUOD¿JXUD
de la Vicepresidencia e instaurar nuevamente la
Designatura en Colombia.
En 1858, mediante la entrada en vigencia de
XQDQXHYD&RQVWLWXFLyQVH VLPSOL¿FyODIRUPDGH
reemplazo del Presidente de la República, se eli-
PLQyOD¿JXUD GHOD9LFHSUHVLGHQFLD\VHLQVWDXUy
la Institución de la Designatura.
De esta manera, en el artículo 42 de la Cons-
titución, la Designatura estaba integrada por tres
miembros, elegidos por el Congreso, que reempla-
zarían al Presidente en el orden que el legislativo
estableciera por un período de un año:
³$UWtFXOR(Q WRGRFDVRGHIDOWD DEVROXWDR
WHPSRUDOGHO3UHVLGHQWHGHODFRQIHGHUDFLyQDVX-
PLUiHVWHWtWXOR\HMHUFHUiHO3RGHU(MHFXWLYRXQR
GHORVWUHV 'HVLJQDGRVTXHSRU PD\RUtDDEVROXWD
HOHJLUiFDGDDxRHO&RQJUHVRGHVLJQDQGRHORUGHQ
HQTXHGHEHUiQHQWUDUDHMHUFHUVXVIXQFLRQHV´
Esta institución trascendió hasta la reforma de
la Carta Magna en 1886, que retomó el régimen
dual de Vicepresidente y Designado de la Carta
Política de 1853.
Desde esta reforma de la Carta hasta el año de
1991, la institución del Designado se adaptó a las
circunstancias políticas del momento, a saber: (O
$FWR/HJLVODWLYR Q~PHUR GH LQVWLWX\y GRV
'HVLJQDGRVHOHJLGRVSRUXQDxR(O$FWR/HJLVOD-
Página 2 Miércoles, 5 de septiembre de 2012 GACETA DEL CONGRESO 585
WLYRQ~PHURGHLQVWLWX\yXQ'HVLJQDGRHOH-
JLGRFDGDGRVDxRV(O$FWR/HJLVODWLYRQ~PHUR
GHRUGHQyTXHHO'HVLJQDGRIXHVHGHOPLVPR
SDUWLGRGHO3UHVLGHQWH
(O$FWR/HJLVODWLYRQ~PHURGHLQVWLWX\y
OD¿JXUD GHO0LQLVWUR'HOHJDWDULR SDUDUHHPSOD-
]DUDO3UHVLGHQWHHQVXVDXVHQFLDVGHOSDtV
1. Origen de la Vicepresidencia
/D¿JXUDGH ODYLFHSUHVLGHQFLD WLHQHRULJHQHQ
OD &RQYHQFLyQ GH )LODGHO¿D GH DFXHUGR FRQ HO
Profesor Roy Brownell II, los padres fundadores
de los Estados Unidos, tenían los siguientes pro-
blemas:
1. Se diseñó un sistema electoral en donde los
delegados votaban por dos candidatos presidencia-
les, entonces habían dos candidatos mayoritarios
que representaban la voluntad popular y no podían
ser excluidos del gobierno.
2. Los redactores estaban preocupados por la
sucesión presidencial y el funcionario encargado
de ejercer la presidencia en caso de ausencia del
primer mandatario.
3. No habían anticipado la aparición de los par-
tidos políticos, ni el antagonismo que se presen-
taría.
4. El Presidente del Senado no podía votar pro-
yectos de ley, y si se escogía a un Senador para
el cargo, el Estado Federal vería reducida su re-
presentación, al ser paritaria la conformación del
órgano.
Por tal motivo, el Vicepresidente tiene en un
doble carácter, primero, como miembro del Poder
Legislativo, es el Presidente del Senado, sin dere-
cho a voto salvo en caso de desempate, como lo
D¿UPDHODUWtFXOR6HFFLyQ GHOD&RQVWLWXFLyQ
de Estados Unidos; y segundo, en el caso de la
Rama Ejecutiva, su única función es la de reem-
plazar al Presidente (artículo 2º Sección 1ª).
/D¿JXUD GHO9LFHSUHVLGHQWHVHGLVHxy SDUDXQ
sistema de elección diferente al de las democracias
modernas, en el que no existían partidos políticos.
Su principal función ha sido legislativa, no en el
Poder Ejecutivo, y por tal razón se han tenido in-
fructuosos esfuerzos de reforma que culminaron
en la 25ª Enmienda, entre otros temas, reguló los
casos de vacancia del Vicepresidente, reconoció
que asume el poder ejecutivo en calidad de Pre-
sidente, y la elección por el Congreso en caso de
vacancia.
2. La Vicepresidencia en Colombia
En 1821, cuando Colombia redactó su prime-
ra Constitución Nacional, adoptó del sistema an-
JORVDMyQOD¿JXUD GHOD9LFHSUHVLGHQFLD/D&DUWD
3ROtWLFDUHÀHMy HOSHQVDPLHQWRGH 6LPyQ%ROtYDU
como mencionó Roberto Gargarella, al estudiar el
período fundacional de las constituciones en Amé-
rica Latina.
El Libertador, días después de la proclamación
GHODOH\IXQGDPHQWDOD¿UPy
³&RORPELDQRVODOH\KDVHxDODGRDO9LFHSUHVL-
GHQWHGH&RORPELD SDUDTXHVHDHO -HIHGHO(VWD-
GRPLHQWUDV \RVR\VROGDGR eOVHUi MXVWREHQp-
¿FRGLOLJHQWHLQFRQWUDVWDEOHGLJQRFRQGXFWRUGH
&RORPELD´
Así pues, como consta en la correspondencia
entre Bolívar y Santander, mientras el Presidente,
ejercía como Comandante de las operaciones mili-
tares, el Vicepresidente se encargaba del gobierno
de la Nación y la logística de la guerra. Esta fue la
razón, para que, la Constitución de 1821 consagra-
UDOD¿JXUDGHO9LFHSUHVLGHQWHHQORVDUWtFXORV
al 112, con las siguientes características:
1. Reemplazaba al Presidente en caso de falta
absoluta o temporal.
2. Tener las mismas calidades exigidas al pri-
mer mandatario, y
3. Por disposición expresa, el Vicepresidente
recibía remuneración.
Posteriormente, las Constituciones de 1830,
1832 y 1843, consagraron el cargo de una mane-
ra similar, con las siguientes variaciones: en 1830,
VHPRGL¿FyHO SHUtRGR\ ODIRUPDGH HOHFFLyQGHO
Vicepresidente (artículos 78, 79 y 80); en 1832, se
prohibió la reelección del Vicepresidente (artícu-
lo 102); en 1843, se consideró al Vicepresidente
como segundo Jefe de la Nación (artículo 86) y se
añadió como segundo reemplazante a un Designa-
do elegido por el congreso (artículo 99).
$SHVDUGHODQHFHVLGDGGHVXFUHDFLyQOD¿JX-
UDGHO9LFHSUHVLGHQWHGLRRULJHQDYDULRVFRQÀLFWRV
entre los compañeros de fórmula, como Santander
y Bolívar, que derivó en la noche septembrina y
la condena en contra del Vicepresidente; Joaquín
Mosquera y Domingo Caicedo, que enfrentaron
una guerra civil a través de la diarquía; Santander
y José Ignacio Márquez, este último convertido en
jefe de la oposición política que quebrantó el or-
den constitucional en los comicios de 1837; y, en
1853, el golpe de estado de José María Melo en
contra del Presidente José María Obando, su Vi-
cepresidente José de Obaldía tachó al primer man-
datario de conspirador y en consecuencia asumió
funciones presidenciales.
En las Cartas Políticas de 1858 y 1863 se ins-
WDXUDOD¿JXUDGHOD'HVLJQDWXUDDODFXDOKDUHPRV
referencia en el punto siguiente.
En la Constitución de 1886, en los artículos 124
\ GHQXHYRVH LQWURGXFHOD ¿JXUDGHOD 9LFH-
presidencia, en condiciones similares a la Cons-
titución de 1853, dando como consecuencia que,
el dúo Rafael Núñez y Eliseo Payán rápidamente
se distanciaran, a pesar de haber sido compañeros
durante la Guerra Civil de 1885, terminando con
la renuncia del Vicepresidente. Desde esta época,
se conoce en Colombia al enfrentamiento entre el
Presidente y su Vicepresidente como payaniza-
ción.
Posteriormente, fue elegido como primer man-
datario, Manuel Antonio Sanclemente quien fue
derrocado por un golpe de estado orquestado por
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su Vicepresidente, José Manuel Marroquín, en ple-
na guerra de los mil días. Para completar este crí-
tico panorama, Rafael Reyes, destituyó a su Vice-
presidente Ramón González por la popularidad de
este último. Rafael Reyes, abusando de su poder
HOLPLQyGHOD&RQVWLWXFLyQGHODV¿JXUDVGHO
Vicepresidente y el Designado.
En conclusión, el origen de la Vicepresidencia
en Colombia se debió a una situación bélica que
sostenía la República para el mantenimiento de
su independencia. Pero una vez cesaron las hos-
WLOLGDGHVODYLFHSUHVLGHQFLDHQWUyHQFRQÀLFWRFRQ
el primer mandatario, provocando una crisis que
acabó con la Gran Colombia. También generó
inestabilidad política que provocó la diarquía en
el manejo del Poder Público, durante el siglo XIX.
De igual manera, la popularidad del Vicepresiden-
te fue motivo de perturbación para el mandatario
de turno, provocó el derrocamiento de Presidentes,
que encontraron en sus Vicepresidentes al jefe de
la oposición política a comienzos del siglo XX.
3. La Vicepresidencia en la Constitución Po-
lítica de 1991
Es necesario anotar que el gobierno presidido
por el doctor César Gaviria, en el proyecto original
de Constitución, propuso mantener la Designatu-
ra, esgrimiendo una razón fundamental, KLVWyUL-
FDPHQWHHUDXQD ¿JXUDTXHKDEtDJDUDQWL]DGROD
LQVWLWXFLRQDOLGDG
Posteriormente, en la elaboración de la Cons-
titución de 1991, y en los eventos previos a la
Asamblea Nacional Constituyente, se presentó el
GHEDWH HQWUH OD ¿JXUD GH OD 9LFHSUHVLGHQFLD\ OD
Designatura.
Una vez posesionada la Asamblea Constituyen-
te de 1991, su trabajo se dividió en Comisiones,
correspondiéndole el tema de la organización del
Estado a la tercera. Para un sector de esta comi-
sión, había necesidad de cambiar la forma como
se remplazaba al primer mandatario. Sin embargo,
tanto defensores, como opositores de la Designatu-
ra no pudieron llegar a un acuerdo, que fue patente
al momento de la votación, dividida en siete para
cada corriente. Se acordó entonces, la presentación
de dos proyectos para que el asunto se dirimiera en
HOVHQRGHOD3OHQDULD,PSRQLpQGRVH¿QDOPHQWHOD
¿JXUDGHOD9LFHSUHVLGHQFLDHQHOSDtVFRQVDJUDGR
en el artículo 202 de la Constitución vigente:
$UWtFXOR(O9LFHSUHVLGHQWHGHOD5HS~EOLFD
VHUiHOHJLGRSRUYRWDFLyQSRSXODUHOPLVPRGtD\
en la misma fórmula con el Presidente de la Re-
S~EOLFD
/RVFDQGLGDWRVSDUDODVHJXQGDYRWDFLyQ VLOD
KXELHUHGHEHUiQ VHUHQ FDGDIyUPXOD TXLHQHVOD
LQWHJUDURQHQODSULPHUD
(O9LFHSUHVLGHQWHWHQGUiHO PLVPRSHUtRGRGHO
3UHVLGHQWH\ ORUHHPSOD]DUiHQ VXVIDOWDV WHPSR-
UDOHVR DEVROXWDVDXQHQHOFDVR GHTXH HVWDVVH
presenten antes de su posesión
(Q ODV IDOWDV WHPSRUDOHV GHO 3UHVLGHQWHGH OD
5HS~EOLFDEDVWDUiFRQTXHHO9LFHSUHVLGHQWHWRPH
SRVHVLyQ GHO FDUJR HQ OD SULPHUD RSRUWXQLGDG
SDUDTXHSXHGD HMHUFHUORFXDQWDVYHFHVIXHUHQH-
FHVDULR(Q FDVRGHIDOWD DEVROXWDGHO 3UHVLGHQWH
GHOD5HS~EOLFDHO9LFHSUHVLGHQWHDVXPLUiHOFDU-
JRKDVWDHO¿QDOGHOSHUtRGR
(O3UHVLGHQWHGHOD5HS~EOLFDSRGUiFRQ¿DUDO
9LFHSUHVLGHQWHPLVLRQHV R HQFDUJRV HVSHFLDOHV \
GHVLJQDUORHQFXDOTXLHUFDUJRGHOD5DPD(MHFX-
WLYD(O9LFHSUHVLGHQWHQRSRGUiDVXPLUIXQFLRQHV
GH0LQLVWUR'HOHJDWDULR.
Comentarios
El estudio del Proyecto de Acto Legislativo nú-
mero 046 de 2012, por medio del cual se elimina
OD ¿JXUD GH OD 9LFHSUHVLGHQFLD\ VH FUHD OD ,QV-
WLWXFLyQ GH OD 'HVLJQDWXUD, a todas luces resulta
LQFRQYHQLHQWHWRGD YH]TXH OD ¿JXUDGH OD9LFH-
SUHVLGHQFLDHVXQD¿JXUD TXHRWRUJDPD\RUOHJLWL-
midad, pues es producto del consenso de una elec-
ción popular, bajo principios democráticos como
elemento fundamental del Estado, que fortalece la
participación ciudadana como el mecanismo legí-
timo del poder político; Así las cosas crear nueva-
mente la Institución del Designado, representaría
un retroceso para el desarrollo de los instrumentos
de participación en Colombia, pues volveríamos a
escoger a quien remplazaría al presidente a través
GHRWURVPHFDQLVPRVTXHGHVGLEXMDQODFRQ¿DQ]D
del ciudadano, toda vez que hoy al elegir al pre-
sidente y su vicepresidente los ciudadanos toman
una decisión y escogen la fórmula, basados en las
propuestas, en la idoneidad de los candidatos, en
la experiencia, en el conocimiento que tienen de
sus candidatos y eso hace que se convenzan de su
decisión, esas son las verdaderas razones del ejer-
cicio democrático.
Aunado a lo anterior, es importante tener pre-
sente que no es el momento para que eliminemos
OD ¿JXUD 9LFHSUHVLGHQFLDOEDVDGRV HQ FRPHQWD-
rios y conjeturas que sobre la institución surgen,
FXDQGR¿QDOPHQWH SDUHFLHUD TXHOD LQWHQFLyQHV
en contra de quien hoy funge como Vicepresiden-
te. Creo que debemos adelantar un examen juicio
de cara al país donde los ciudadanos intervengan
y conozcan verdaderamente cuales son las rea-
OHVUD]RQHVSDUDYROYHUDOD¿JXUDGHO GHVLJQDGR
efectuar un serio estudio de la conveniencia de
XQD¿JXUD\ RWUD\ WRPDUODGHFLVLyQ TXHPDVOH
sirva al país. Realmente Hay una censura contra
la Institución o es la antipatía por quien hoy cum-
ple esa función. Proposición
Por las anteriores consideraciones, me permito
solicitar a los Representantes de la Comisión Pri-
mera Constitucional Permanente de la Cámara de
Representantes, el archivo del Proyecto de Acto
Legislativo número 046 de 2012.
Cordialmente,
$GULDQD)UDQFR&DVWDxR
Coordinadora Ponente.
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