Gaceta del Congreso del 05-09-2008 - Número 600PAL (Contenido completo) - 5 de Septiembre de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766843173

Gaceta del Congreso del 05-09-2008 - Número 600PAL (Contenido completo)

Fecha de publicación05 Septiembre 2008
Número de Gaceta600
GACETA DEL CONGRESO 600 Viernes 5 de septiembre de 2008 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G ACETA DEL C ONGRESO
AÑO XVII - Nº 600 Bogotá, D. C., viernes 5 de septiembre de 2008 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P R O Y E C T O S D E A C T O L E G I S L A T I V O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NUMERO 08
DE 2008 SENADO
SRUPHGLRGHOFXDOVHPRGL¿FDQORVDUWtFXORV\
GHOD&RQVWLWXFLyQ3ROtWLFD
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónese el siguiente párrafo al artículo 356
Artículo 356. …El municipio de San Agustín, en el
departamento del Huila, se organiza como Distrito Especial
Arqueológico, Biodiverso y Ecoturístico. Su régimen polí-
WLFR¿VFDO\ DGPLQLVWUDWLYRVHUiHO TXHGHWHUPLQHOD &RQV-
titución y las leyes especiales, que para el efecto se dicten,
y en lo no dispuesto en ellas, las normas vigentes para los
municipios.
Artículo 2°. Adiciónese el inciso 1° del artículo 328 de
la Constitución Política con la siguiente frase: “Asimismo,
el municipio de San Agustín en el departamento del Huila,
como Distrito Especial Arqueológico, Biodiverso y Ecotu-
rístico”, el cual quedará así:
Artículo 328. El Distrito Turístico y Cultural de Cartagena
de Indias, y el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa
Marta y Barranquilla conservarán su régimen y carácter, se
organiza a Buenaventura y Tumaco como Distrito Especial,
Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico.
Así mismo, el municipio de San Agustín en el depar-
tamento del Huila como Distrito Especial Arqueológico,
Biodiverso y Ecoturístico.”.
Artículo 3°. El presente acto legislativo rige a partir de su
promulgación.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Reseña histórica
Los antecedentes históricos indican que en el año 1757 Fray
Juan de Santa Gertrudis se encontró con las esculturas agusti-
nianas talladas en piedra, las cuales causaron la curiosidad de
personalidades que llegaron a la zona con propósitos cientí-
¿FRVHQWUHHOORV-RVp3pUH] GH%DUUDGD5HLFKHO'ROPDWWRII
Héctor Llanos,Víctor González, Robertt Drennan, los cuales
de una u otra manera se les puede catalogar como turistas cien-
Página 2 Viernes 5 de septiembre de 2008 GACETA DEL CONGRESO 600
Wt¿FRVque incentivaron los movimientos poblacionales hacia la
]RQDGHWXULVWDVTXHOOHJDQGtDWUDVGtDFRQOD¿QDOLGDGGHFRQRFHU
la arqueología y disfrutar de la naturaleza y tranquilidad del lugar,
es así como los nativos de la región empezaron a organizarse para
la prestación de diferentes servicios turísticos como alojamiento,
restaurante, guianza turística, transporte turístico, agencias de viajes,
entre otros, convirtiendo esta actividad en una de las principales
bases económicas de San Agustín, después de la agricultura. De
esta manera el turismo en San Agustín se constituye en un factor
económico relevante en el mejoramiento de la calidad de vida
directa e indirecta de los 33.000 habitantes con los que cuenta el
municipio.
Anualmente San Agustín recibe aproximadamente 60.000 turistas,
este es el resultado del año inmediatamente anterior:
RELACION DE TURISTASAÑO 2007
MES
COLOMBIANOS
EXTRANJEROS TOTALES
ADUL ESTU-
DIANTES SUBTOTAL
ENERO 11.033 238 11.271 402 11.673
FEBRERO 1.405 47 1.452 323 1.775
MARZO 1902 70 1.972 215 2.187
ABRIL 6118 676 6.794 380 7.174
MAYO 1252 1.433 2.685 216 2.901
JUNIO 3238 277 3.515 237 3.752
JULIO 5557 790 6.347 398 6.745
AGOSTO 3277 1.148 4.425 494 4.919
SEPTIEMBRE 2793 372 3.165 259 3.424
OCTUBRE 2314 1.009 3.323 248 3.571
NOVIEMBRE 3511 1.830 5.341 293 5.634
DICIEMBRE 4709 317 5.026 354 5.380
TOTALES 47.109 8.207 55.316 3.819 59.135
FUENTE DE DATOS PARQUE ARQUEOLOGICO DE SAN AGUSTIN.
Aspectos generales
Esta iniciativa busca dar reconocimiento al municipio de San
Agustín como Distrito Especial Histórico, Biodiverso y Ecoturístico
del departamento del Huila Colombia, por su famoso legado histó-
rico arqueológico, con un relieve biodiverso, en el cual se destaca
la Laguna de la Magdalena, que constituye el nacimiento del río
más grande de Colombia, el cual atraviesa el país de Sur a Norte.
Por encontrarse dentro de las estribaciones del macizo colombiano
se ha convertido en el pulmón del mundo, capital arqueológica de
Colombia y desde el 5 de noviembre de 1995 por nombramiento
de la Unesco se convirtió en patrimonio de la humanidad; en la
contemporaneidad es considerada una maravilla de la Colombia
antigua.
(VWDGLVWLQFLyQTXHVH FRQ¿HUHSRUPHGLRGH HVWHSUR\HFWRGH
acto legislativo al municipio San Agustín, le permitirá articular
procesos de valoración, competitividad, sostenibilidad y difusión
del patrimonio cultural colombiano promoviendo la economía del
municipio, del departamento, del país y la generación de empleo a
través del turismo receptivo y doméstico.
El municipio de San Agustín, está ubicado al sur del depar-
tamento del Huila sobre las estribaciones orientales del macizo
colombiano, con una altura de 1.730 m sobre el nivel del mar y 18
grados centígrados de temperatura, rodeado de montañas y valles,
cañones como el del río Magdalena.
De características históricas y culturales, ya que cuenta con
patrimonio histórico el cual está conformado por todos aquellos
bienes, valores y demás elementos que son manifestación de la
identidad cultural de cada una de las veredas de los municipios
de San Agustín e Isnos los cuales conforman una sola cultura, la
DJXVWLQLDQDH[SUHVLRQHVUHÀHMDGDVHQVXVWUDGLFLRQHVFRVWXPEUHV
hábitos, el conjunto de bienes materiales e inmateriales, muebles e
inmuebles, áreas o zonas del territorio agustiniano que encarnan un
especial interés histórico, artístico, estético, arquitectónico, arqueo-
OyJLFRDPELHQWDOHFROyJLFRPXVLFDO DQWURSROyJLFR\FLHQWt¿FR
así como diversas manifestaciones, productos y representaciones
de la cultura popular que existen en el municipio.
Medio ambiente: Grandes áreas del Parque Nacional Natural
Puracé se encuentran ubicadas en jurisdicción del municipio de
San Agustín y sus alrededores, en las cuales se pueden desarrollar,
además de las actividades previstas en la normatividad ambiental
vigente, actividades ecoturísticas que garantizan la conservación
ecológica, previniendo el deterioro ambiental, con la protección del
ecosistema y la biodiversidad e integridad del ambiente, de acuerdo
con la capacidad de carga de los ecosistemas.
Patrimonio Cultural: En San Agustín se encuentra un conjunto
de bienes históricos-arqueológicos que hacen parte integral del
patrimonio cultural del municipio, el Parque Arqueológico de San
Agustín, el cual hace parte desde 1995 del listado de bienes decla-
rados “Patrimonio de la Humanidad por la Unesco y la segunda
maravilla de la Colombia antigua”.
El Parque Arqueológico de San Agustín, es el centro ceremonial
más importante del circuito arqueológico, localizado a 3 kilómetros
del centro urbano de San Agustín en dirección sur. El parque está
formado por reductos de bosque natural primario en la que predo-
minan muchos árboles frutales.
Su altura a nivel del mar es de 1.810 m y su temperatura pro-
medio es 17°C.
Este sitio arqueológico está dividido en 6 zonas muy bien co-
municadas por caminos de piedra, rodeada de vegetación que hace
agradable la estancia al visitante.
Capital Arqueológica de Colombia: San Agustín fue nombrado
capital arqueológica de Colombia según Acuerdo número 006 del
17 de julio de 1984.
De esta serie de ventajas que en razón a su ubicación estratégica
(el macizo colombiano) y el componente de sus atractivos turísticos
se derivan para la actividad turística sostenible, que redunde en el
desarrollo socioeconómico en el ámbito comercial turístico, am-
biental y el fomento de la cultura, del manejo, uso, preservación,
recuperación, control y aprovechamiento de tales recursos en pro del
desarrollo y crecimiento económico de la región son consideradas
DWULEXFLRQHVGH FDUiFWHUHVSHFLDO TXHFRQOOHYDQXQD MXVWL¿FDFLyQ
razonable dentro de la Constitución Política sea nombrado Distrito
Especial Histórico, Biodiverso y Ecoturístico.
Por todas estas razones, este municipio merece reconocimiento,
para promover la economía local de sitios con potencial de desa-
rrollo, donde se encuentra historia, cultura, ecoturismo, deportes
y aventura.
/XLV(QULTXH'XVViQ/ySH]
Represente a la Cámara.
SENADO DE LA REPUBLICA
Secretaría General (Arts. 139 y ss. Ley 5ª de 1992)
El día 2 del mes de septiembre del año 2008 se radicó en la Ple-
naria del Senado el Proyecto de Acto Legislativo número 08, con
todos y cada uno de los requisitos constitucionales y legales, por
el honorable Representante /XLV(QULTXH'XVViQ y otros
El Secretario General,
(PLOLR2WHUR'DMXG

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR