Gaceta del Congreso del 06-11-2019 - Número 1095IPPPPL (Contenido completo) - 6 de Noviembre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 826090245

Gaceta del Congreso del 06-11-2019 - Número 1095IPPPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación06 Noviembre 2019
Número de Gaceta1095
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 1095 Bogotá, D. C., miércoles, 6 de noviembre de 2019 EDICIÓN DE 27 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NÚMERO 056 DE 2019 CÁMARA
por la cual se reglamentan las especialidades
médicas y quirúrgicas y se dictan otras
disposiciones.
Bogotá, D. C., 30 de octubre del 2019
Honorable Representante
EMIRO ENRIQUE GONZÁLEZ
Secretario Comisión Séptima (e)
Cámara de Representantes
E. S. D.
Asunto: Informe de Ponencia para Primer
Debate al Proyecto de ley número 056 de
2019 Cámara, por la cual se reglamentan las
especialidades médicas y quirúrgicas y se dictan
otras disposiciones.
Respetada señora Presidente:
En cumplimiento del encargo hecho por la
honorable Mesa Directiva de la Comisión Séptima
Constitucional de la Cámara de Representantes y de
conformidad con lo establecido en el artículo 156
de la Ley 5ª de 1992, procedemos a rendir Informe
de Ponencia para Primer Debate al Proyecto
de ley número 056 de 2019 Cámara, por la
cual se reglamentan las especialidades médicas y
quirúrgicas y se dictan otras disposiciones, en los
siguientes términos:
La presente ponencia se desarrollará de la
siguiente manera:
1. Antecedentes de la iniciativa
2. Marco Jurídico
3. Alcance y contenido del proyecto
4. Comparativo texto propuesto y radicado
5. Proposición.
1. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA
El proyecto de ley es de iniciativa del honorable
Representante José Luis Correa López el cual fue
radicado el 23 de julio de 2019 en la Secretaría
General de la Cámara de Representantes y fue
publicado en la Gaceta del Congreso número 690
del 2019, el 2 de agosto de la presente anualidad.
Dicho proyecto fue remitido por competencia,
a la Comisión Séptima Constitucional, quien de
conformidad con lo establecido en la Ley 5ª de
1992 designó como ponentes a los honorables
Representantes Norma Hurtado Sánchez,
Coordinadora Ponente, José Luis Correa López y
Jairo Giovanny Cristancho.
2. MARCO JURÍDICO
la obligación estatal de la organización, dirección y
reglamentación de la prestación del servicio de salud;
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como derecho y servicio público, coetáneamente
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ni en la cobertura, ni en la prestación del servicio.
Las normas colombianas pertinentes al tema son
las siguientes:
de Colombia, que señala la libertad de
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- La Ley 30 de 1992, dispone que le corresponde
al Gobierno nacional desarrollar procesos
de evaluación que apoyen y fomenten la
educación superior y velar por la calidad y
adecuado cubrimiento del servicio.
- La Ley 115 de 1994, por la cual se expide
la ley general de educación, establece que
Página 2 Miércoles, 6 de noviembre de 2019 G 1095
La educación es un proceso de formación
permanente, personal, cultural y social que
se fundamenta en una concepción integral
de la persona humana, de su dignidad, de
sus derechos y de sus deberes”.
- Ley 1164 de 2007, por la cual se dictan
normas relacionadas con talento humano en
salud.
- Ley 1122 de 2007, por medio de la cual se
hacen algunas modicaciones en el Sistema
General de Seguridad Social en Salud.
- Ley 1751 de 2015, estatutaria de salud.
2019, por el cual se sustituye el Capítulo 2
y se suprime el Capítulo 7 del Título 3 de
la Parte 5 del Libro 2 del Decreto número
1075 de 2015 - Único Reglamentario del
Sector Educación.
- La Resolución número 20797 del 9 de
noviembre del 2017, por medio de la cual
se regula la convalidación de títulos de
educación superior (...)”.
3. ALCANCE Y CONTENIDO DEL
PROYECTO
El proyecto tiene como objeto reglamentar las
especialidades médicas y quirúrgicas, así como a
su vez, busca establecer disposiciones generales
sobre las funciones, derechos y deberes de los
especialistas médicos al momento del ejercicio, con

pilar fundamental para fortalecer el sistema de salud
del país.
Según datos del “Observatorio de Talento
Humano en Salud – Documento de Trabajo 2017”1
donde se enuncian datos de la Organización Mundial
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que “a 2030 existiría u décit de personal sanitario
en los países de bajo y medianos ingresos. En 2030,
el décit estimado se acerca a los 18 millones de
profesionales de la salud”.
Dentro de ese mismo documento, y utilizando los
datos publicados por el Centro de Estudio para el
Desarrollo (Cendex) 2009, el estudio señala que se
tienden a mostrar décit en la mayor parte de los
recursos humanos en salud para el corto plazo […].
Este décit es predominante en las especialidades
médicas”.
Dentro del mismo documento del observatorio de
talento humano en salud, se cita un estudio de 2013
del Centro de Estudio para el Desarrollo (Cendex)
       
1 Observatorio de Talento Humano en Salud – Documento
de Trabajo 2017. “Aproximación a la oferta y a la de-
manda de los médicos especialistas en Colombia 2015-
2030”.
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/Biblioteca-
Digital/RIDE/VS/TH/Especialistas-md-oths.pdf
áreas clínicas, quirúrgicas y diagnósticas “Resulta
de gran interés el alto porcentaje de IPS (55,6%)
que consideró que la planta de especialistas
se encontraba incompleta […]”. Así mismo, se
percibió que algunas instituciones suspendieron o
cerraron servicios por la “poca disponibilidad” de
especialistas, lo que se consideró como un “gran
indicio de la insuciencia de especialistas a nivel
global en el país y conlleva a pensar en la necesidad
de generar políticas públicas para su manejo”.
   la
poca formación, la insuciencia de cupos para que
los profesionales se especialicen, los bajos salarios
ofrecidos, el control de los propios especialistas
sobre el número de egresados, la falta de incentivos
para especializarse y para trabajar en algunas
regiones, son las principales razones que inuyen
en la disponibilidad de especialistas”.
Frente a este panorama, se hace necesario crear
      
que permita que los médicos especialistas puedan
desempeñar su función de la manera más adecuada
y con los instrumentos necesarios para la prestación
de sus servicios.
Como el autor el proyecto señala en la exposición
de motivos, la mayor parte de los especialistas del
país se concentran en los centros urbanos, donde hay
mayor número de población, pero esta concentración
del trabajo pone en riesgo la salud de los habitantes
que al no encontrar un profesional de la medicina
especializado debe trasladarse a centros urbanos
poniendo el riesgo la salud del paciente y elevando
los costos de la atención del mismo.
De conformidad con la información reportada
por las Instituciones de Educación Superior
(IES), en el Sistema Nacional de Información de
Educación Superior (SNIES), para el año 2017 se
encontraban matriculados 10.481 estudiantes en
el área de conocimiento de ciencias de la salud en
el nivel de formación de especialización. De estos
4.772 cursan programas del nivel de especialización
médico quirúrgica y 5.709 en otras especializaciones
universitarias.
A continuación, se presentan los datos de
matrícula del área de conocimiento de ciencias de
la salud en el nivel de formación de especialización
para los años 2016 y 2017:

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