Gaceta del Congreso del 06-12-2017 - Número 1152IOPPL (Contenido completo) - 6 de Diciembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766701349

Gaceta del Congreso del 06-12-2017 - Número 1152IOPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación06 Diciembre 2017
Número de Gaceta1152
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 1152 Bogotá, D. C., miércoles, 6 de diciembre de 2017 EDICIÓN DE 32 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
* ൺ ർ ൾ ඍ ൺ ൽ ൾ අ & ඈ ඇ ඀ උ ൾ ඌ ඈ
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE OBJECIONES
PRESIDENCIALES
ANTECEDENTES DEL TRÁMITE
LEGISLATIVO EN SENADO DE
LA REPÚBLICA Y CÁMARA DE
REPRESENTANTES
El proyecto de ley objeto de estudio son de
iniciativa congresional, el cual fue presentado
por el Senador Alexánder López Maya el día 25
de noviembre de 2015 y publicado en la Gaceta
del Congreso número 971 de 2015 con fecha 25
noviembre de 2015.
Posteriormente dicho proyecto fue remitido
al Senado de la República y por competencia
enviado a la Comisión Séptima del Senado,
para lo cual la Mesa Directiva designó como
ponentes para rendir informe de ponencia de
primer debate a los honorables Senadores
Yamina Pestana Rojas, Antonio José Correa,
Mauricio Delgado Martínez, Jesús Alberto
Castilla y Honorio Hernández Pinedo, quienes
rindieron ponencia positiva con pliego de
PRGL¿FDFLRQHV SXEOLFDGR HQ OD Gaceta del
Congreso número 298 de 2016 con fecha 19 de
mayo de 2016, texto aprobado por parte de la
Comisión Séptima del Senado en el Acta número
53 de junio 8 de 2016, con votación nominal y
pública, se obtuvo su aprobación, con diez (10)
votos a favor, ninguna abstención, ningún voto
en contra, sobre un total de diez (10) honorables
Senadores y Senadoras presentes al momento
de la votación. Los honorables Senadores y
6HQDGRUDVTXHYRWDURQD¿UPDWLYDPHQWHIXHURQ
Andrade Casamá Luis Évelis%OHO6FD൵1DGLD
Castañeda Serrano Orlando, Correa Jiménez
Antonio José, Gaviria Correa Sofía Alejandra,
Henríquez Pinedo Honorio Miguel, Ospina
Gómez Jorge Iván, Pestana Rojas Yamina del
INFORME DE OBJECIONES
PRESIDENCIALES AL PROYECTO DE
LEY NÚ MERO 127 DE 2015 S ENADO,
277 DE 2016 CÁMARA
por medio de la cual se establecen lineamientos
para el trabajo desarrollado por las personas
que prestan sus servicios en los Programas
de Atención Integral a la Primera Infancia y
Protección Integral de la Niñez y Adolescencia
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
(ICBF), sus derechos laborales, se establecen
garantías en materia de seguridad alimentaria
y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 5 de diciembre de 2017
Doctores
EFRAÍN CEPEDA SARABIA
Presidente
Senado de la República
RODRIGO LARA RESTREPO
Presidente
Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Informe de objeciones
presidenciales al Proyecto de ley número 127
de 2015 Senado, 277 de 2016 Cámara, por
medio de la cual se establecen lineamientos
para el trabajo desarrollado por las personas
que prestan sus servicios en los Programas
de Atención Integral a la Primera Infancia y
Protección Integral de la Niñez y Adolescencia
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
(ICBF), sus derechos laborales, se establecen
garantías en materia de seguridad alimentaria
y se dictan otras disposiciones.
Página 2 Miércoles, 6 de diciembre de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 1152
Carmen, Soto Jaramillo Carlos Enrique y Uribe
Vélez Álvaro.
Puesto a consideración el articulado, se
sometieron a consideración, en bloque, los
quince (15) artículos frente a los cuales no hubo
ninguna proposición, así: 1°, 3°, 5°, 6°, 7°, 8°,
9°, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17 y 18. Con votación
nominal y pública, se obtuvo su aprobación, con
once (11) votos a favor, ninguna abstención,
ningún voto en contra, sobre un total de
once (11) honorables Senadores y Senadoras
presentes al momento de la votación. Los
honorables Senadores y Senadoras que votaron
D¿UPDWLYDPHQWHIXHURQ $QGUDGH&DVDPi /XLV
Évelis %OHO 6FD൵ 1DGLD &DVWDxHGD 6HUUDQR
Orlando, Correa Jiménez Antonio José, Delgado
Ruiz Édinson, Gaviria Correa Sofía Alejandra,
Henríquez Pinedo Honorio Miguel, Ospina
Gómez Jorge Iván, Pestana Rojas Yamina del
Carmen, Soto Jaramillo Carlos Enrique y Uribe
Vélez Álvaro.
Frente a los tres (3) artículos restantes: 2°, y
13, se presentaron las siguientes proposiciones,
con el visto bueno de los ponentes y del autor
del proyecto, así:
El honorable Senador Orlando Castañeda
Serrano, presentó las siguientes proposiciones
aditivas, una al artículo 2° y otra al artículo 13,
así:
Artículo 2°.
Frente al artículo 2°, el honorable Senador
Orlando Castañeda Serrano, presentó una
proposición aditiva, en el sentido de adicionar
un parágrafo nuevo, así:
Parágrafo. Las madres comunitarias podrán
ser madres sustitutas, siempre y cuando cumplan
con los demás requisitos de ley, y una de las
labores no impide el correcto desarrollo de la
otra. El ICBF se encargará de velar porque esta
UHODFLyQSXHGDOOHYDUVH\GH¿QLUiODVFRQGXFWDV
procedimientos y vigilancia respectiva para que
el niño menor de 5 y de 2 años respectivamente,
sea atendido en las mejores condiciones y de la
manera más estable.
Puesta a discusión y votación, la anterior
proposición aditiva, junto con el artículo 2°, tal
como fue presentado en el texto propuesto, de
la ponencia para primer debate, con votación
nominal y pública, se obtuvo su aprobación,
con doce (12) votos a favor, ninguna abstención,
ningún voto en contra, sobre un total de doce
(12) honorables Senadores y Senadoras
presentes al momento de la votación. Los
honorables Senadores y Senadoras que votaron
D¿UPDWLYDPHQWHIXHURQ $QGUDGH&DVDPi /XLV
Évelis %OHO 6FD൵ 1DGLD &DVWDxHGD 6HUUDQR
Orlando, Correa Jiménez Antonio José, Delgado
Ruiz Édinson, Gaviria Correa Sofía Alejandra,
Henríquez Pinedo Honorio Miguel, Ospina
Gómez Jorge Iván, Pestana Rojas Yamina del
Carmen, Pulgar Daza Eduardo Enrique, Soto
Jaramillo Carlos Enrique y Uribe Vélez Álvaro.
En consecuencia, el artículo 2°, quedó
aprobado de la siguiente manera: Artículo 2°.
Del servicio público de atención a la Primera
Infancia, Protección Integral de la Niñez y
Adolescencia. La atención integral a la Primera
Infancia es un servicio público que puede ser
prestado por el Estado o por los particulares
constituidos como personas jurídicas sin ánimo
de lucro, que reúnan los requisitos establecidos
por el ICBF, mediante la suscripción de
contratos de aporte, de conformidad con lo
establecido en la Ley 80 de 1993 y las normas
TXHODPRGL¿TXHQRVXVWLWX\DQ
El servicio público de Atención a la Primera
,QIDQFLD WLHQH FRPR ¿QDOLGDG JDUDQWL]DU HO
desarrollo integral los derechos prevalentes e
inalienables de los niños y niñas de 0 a 5 años
de edad pertenecientes a los estratos más pobres
de la población en forma regular y continua de
conformidad con el régimen jurídico especial
que para tal efecto expida el Gobierno nacional.
La Protección Integral de la Niñez y
$GROHVFHQFLDWLHQH FRPR¿QDOLGDG UHFRQRFHUD
los niños, niñas y adolescentes entre los 6 y 17
años como sujetos de derechos para garantizar
el desarrollo integral, prevenir su vulneración,
mantener su protección en forma regular,
garantizar el restablecimiento de sus derechos
de conformidad con el régimen jurídico especial
que para tal efecto expida el Gobierno nacional.
Parágrafo. Las madres comunitarias podrán
ser madres sustitutas, siempre y cuando cumplan
con los de más requisitos de ley, y una de las
labores no impide el correcto desarrollo de la
otra. El ICBF se encargará de velar porque esta
UHODFLyQSXHGDOOHYDUVH\GH¿QLUiODVFRQGXFWDV
procedimientos y vigilancia respectiva para que
el niño menor de 5 y de 2 años respectivamente,
sea atendido en las mejores condiciones y de la
manera más estable.
Artículo 13.
Frente al artículo 13, el honorable Senador
Orlando Castañeda Serrano, presentó una
proposición aditiva, en el sentido de adicionar
un parágrafo nuevo, así:
Parágrafo. El ICBF se encargará de supervisar
mes a mes el progreso nutricional, además de
talla y crecimiento de los niños y adolescentes
a cargo de las madres comunitarias, FAMI,
VXVWLWXWDV\WXWRUDV<GH¿QLUiWRGDVODVPHGLGDV
necesarias para garantizar el buen desarrollo
y estado de salud de cada uno de los niños y
adolescentes bajo su dirección, esto incluye no
solo estrategias, acompañamiento sino también
sanciones al respecto que permitan garantizar
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el cuidado de la población de niños bajo estas
modalidades de cuidado.
Puesta a discusión y votación, la anterior
proposición junto con el artículo 13, tal como fue
presentado en el texto propuesto, de la ponencia
para primer debate, con votación nominal y
pública, se obtuvo su aprobación, con doce (12)
votos a favor, ninguna abstención, ningún voto
en contra, sobre un total de doce (12) honorables
Senadores y Senadoras presentes al momento
de la votación. Los honorables Senadores y
6HQDGRUDVTXHYRWDURQD¿UPDWLYDPHQWHIXHURQ
Andrade Casamá Luis Évelis%OHO6FD൵1DGLD
Castañeda Serrano Orlando, Correa Jiménez
Antonio José, Delgado Ruiz Édinson, Gaviria
Correa Sofía Alejandra, Henríquez Pinedo
Honorio Miguel, Ospina Gómez Jorge Iván,
Pestana Rojas Yamina del Carmen, Pulgar Daza
Eduardo Enrique, Soto Jaramillo Carlos Enrique
y Uribe Vélez Álvaro.
Esta proposición fue suscrita por doce (12)
honorables Senadores, así: Andrade Casamá
Luis Évelis%OHO6FD൵1DGLD&DVWDxHGD6HUUDQR
Orlando, Correa Jiménez Antonio José, Delgado
Ruiz Édinson, Gaviria Correa Sofía Alejandra,
Henríquez Pinedo Honorio Miguel, Ospina
Gómez Jorge Iván, Pestana Rojas Yamina del
Carmen, Pulgar Daza Eduardo Enrique, Soto
Jaramillo Carlos Enrique y Uribe Vélez Álvaro.
Así mismo la Secretaría dejó constancia de
TXH OD SURSRVLFLyQ PRGL¿FDWLYD FRQVHQVXDGD
reemplaza al artículo 4°, del texto propuesto en
la ponencia para primer debate al Proyecto de
ley número 127 de 2015 Senado, previo retiro de
las otras dos (2) proposiciones frente al mismo
artículo 4°.
Puesta a discusión y votación, la anterior
proposición, con votación nominal y pública,
se obtuvo su aprobación, con doce (12) votos
a favor, ninguna abstención, ningún voto en
contra, sobre un total de doce (12) honorables
Senadores y Senadoras presentes al momento
de la votación. Los honorables Senadores y
6HQDGRUDVTXHYRWDURQD¿UPDWLYDPHQWHIXHURQ
Andrade Casamá Luis Évelis%OHO6FD൵1DGLD
Castañeda Serrano Orlando, Correa Jiménez
Antonio José, Delgado Ruiz Édinson, Gaviria
Correa Sofía Alejandra, Henríquez Pinedo
Honorio Miguel, Ospina Gómez Jorge Iván,
Pestana Rojas Yamina del Carmen, Pulgar Daza
Eduardo Enrique, Soto Jaramillo Carlos Enrique
y Uribe Vélez Álvaro.
La Mesa Directiva de la Comisión Séptima
del Senado, designó como ponentes para que
rindan informe de ponencia para segundo
debate a los honorables Senadores Yamina
Pestana Rojas, Antonio José Correa, Mauricio
Delgado Martínez, Jesús Alberto Castilla y
Honorio Hernández Pinedo, quienes rindieron
ponencia positiva y conforme al texto aprobado
en el primer debate publicado en la Gaceta del
Congreso número 434 de 2015 con fecha 16 de
junio de 2016, proyecto anunciado en Plenaria
del Senado como consta en el Acta número 70
de junio 17 de 2016 publicado en la Gaceta del
Congreso número 720 de 2016 y aprobado con
ODV PRGL¿FDFLRQHV SURSXHVWD HQ OD SRQHQFLD
para segundo debate en la Sesión Plenaria del
Senado de la República el día 20 de junio de
2016 como consta en el Acta número 71 de
junio 20 de 2016, publicado en la Gaceta del
Congreso número 530 de 2016 con fecha 25 de
julio de 2016.
Después de cursar el trámite pertinente
en el Senado fue radicado en la Cámara de
Representantes para que esta corporación
continuará con el trámite legislativo, la
Comisión Séptima y designar como ponentes
para rendir primer debate a los honorables
Representantes Ángela María Robledo Gómez,
Esperanza María Pinzón de, Germán Bernardo
Carlosama López. Acto seguido los ponentes
honorable Representante Ángela Robledo y
honorable Representante Germán Carlosama,
convocaron a una audiencia pública acerca del
Proyecto de ley número 277 de 2016 Cámara,
127 de 2015 Senado, por medio de la cual
se establecen lineamientos para el trabajo
desarrollado por las personas que prestan sus
servicios en los Programas de Atención Integral
a la Primera Infancia y Protección Integral de la
Niñez y Adolescencia del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar (ICBF), sus derechos
laborales, se establecen garantías en materia
de seguridad alimentaria y se dictan otras
disposiciones, para el día miércoles 17 de agosto
de 2016 en el salón de sesiones de la Comisión
Séptima de la Cámara de Representantes en ella
se citó a la Directora del Instituto Colombiano
de Bienestar Familiar, a la Ministra de Trabajo,
Clara López y se invitó a las Organizaciones
de Madres Comunitarias, Madres Sustitutas,
Madres Fami y Madres Tutoras.
En dicha audiencia participaron la Ministra
de Trabajo, doctora Clara López Obregón; el
Viceministro de Empleo y Pensiones, Javier
Mejía; el Director de Primera Infancia, Juan
Carlos Buitrago Ortiz; la Delegada de la CUT,
Ligia Inés Alzate y la Presidenta Nacional de
Sintracihobi, Olinda García y los Representantes
integrantes de la Comisión Séptima de la Cámara
de Representantes.
Posteriormente, el día 5 de octubre de 2016
se llevó a cabo el primer debate de la iniciativa
en la Comisión Séptima de la Cámara de
Representantes, publicado en la Gaceta del
Congreso número 756 de 2016 en aquella
sesión con la presencia de quórum decisorio y
la presencia de todas las bancadas. Fue votado

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