Gaceta del Congreso del 06-12-2019 - Número 1193 (Contenido completo) - 6 de Diciembre de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 829513065

Gaceta del Congreso del 06-12-2019 - Número 1193 (Contenido completo)

Fecha de publicación06 Diciembre 2019
Número de Gaceta1193
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 1193 Bogotá, D. C., viernes, 6 de diciembre de 2019 EDICIÓN DE 51 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l c o n G r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA
PRIMER DEBATE DEL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 164 DE 2019 CÁMARA
por medio del cual se establece la vinculación
laboral preferente de la mano de obra local
en las regiones y municipios donde se extraen
recursos naturales no renovables y se dictan
otras disposiciones.
Bogotá, D. C., noviembre de 2019
Honorable Representante
NORMA HURTADO SÁNCHEZ
Presidenta de la Comisión Séptima
Constitucional Permanente
Cámara de Representantes
E. S. D.
Asunto. Informe de Ponencia para Primer
Debate del Proyecto de ley número 164 de
2019 Cámara.
Apreciada señora Presidenta:
En cumplimiento del honroso encargo que
nos hiciera la Mesa Directiva de la Comisión
Séptima Constitucional Permanente de la
Cámara de Representantes y de conformidad con
lo establecido en el artículo 156 de la Ley Quinta,
procedemos a rendir informe de Ponencia para
Primer Debate del Proyecto de ley número 164
de 2019 Cámara, por medio del cual se establece
la vinculación laboral preferente de la mano de
obra local en las regiones y municipios donde
se extraen recursos naturales no renovables y se
dictan otras disposiciones.
Cordialmente,
1. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA
El proyecto de ley es iniciativa de los honorables
Representantes Andrés David Calle Aguas, Silvio
José Carrasquilla Torres, Víctor Manuel Ortiz, Juan
Diego Echavarría Sánchez, juan Fernando Reyes,
el cual fue radicado ante la secretaria General de
la Cámara de Representantes el 14 de agosto de
2019, con número 164 y publicado en la Gaceta del
Congreso número 759 de la misma anualidad.
Posteriormente el proyecto fue enviado a la
Comisión Séptima Constitucional Permanente de
la Cámara de Representantes y fueron designados
ponentes, los honorables Representantes Jairo
Giovany Cristancho Tarache (Ponente), Juan
Diego Echavarría Sánchez (Ponente) y Juan Carlos
Reinales Agudelo (Coordinador Ponente).
2. OBJETO Y CONTENIDO DEL
PROYECTO DE LEY
El proyecto de ley cuenta con 12 artículos. Esta
iniciativa busca establecer la vinculación laboral
preferente de la mano de obra local en las regiones
y municipios donde se extraen recursos naturales no
renovables y se dictan otras disposiciones.
Página 2 Viernes, 6 de diciembre de 2019 Gaceta del conGreso 1193
3. DEFINICIONES
Recursos naturales no renovables:
Según la Corte Constitucional en la sentencia C
-221 de 1997, el concepto de recursos naturales:
“Recursos naturales no renovables” es de
naturaleza técnica y proviene de la ecología y de la
economía. Se pueden denir los recursos naturales
como aquellos elementos de la naturaleza y del
medio ambiente, esto es, no producidos directamente
por los seres humanos, que son utilizados en
distintos procesos productivos. A su vez, los recursos
naturales se clasican usualmente en renovables y
no renovables. Los primeros, son aquellos que la
propia naturaleza repone periódicamente mediante
procesos biológicos o de otro tipo, esto es, que
se renuevan por sí mismos. Por el contrario, los
recursos no renovables se caracterizan por cuanto
existen en cantidades limitadas y no están sujetos a
una renovación periódica por procesos naturales”1.
Por su parte, el Decreto número 1072 de 2018,
en su artículo 2.2.1.6.2.3, establece las siguientes
deniciones:
Proyecto de exploración y producción
de hidrocarburos: Todas aquellas actividades
y servicios relacionados con el desarrollo de
contratos celebrados con la Agencia Nacional de
Hidrocarburos (ANH), o contratos de asociación
suscritos con Ecopetrol S. A., para explorar o
producir hidrocarburos en áreas continentales.
Área de inuencia: Se entenderá como área
de inuencia el municipio o municipios donde se
desarrolle el proyecto de exploración y producción
de hidrocarburos”.2
4. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
4.1. Constitucionalización del derecho al trabajo
El Estado colombiano, denido desde la
Constitución de 1991 como un Estado Social de
Derecho, cuenta con la obligación de garantizar la
ecacia de los principios y derechos consagrados
en la Carta Política, no solo desde una perspectiva
negativa, esto es, procurando que no se vulneren
los derechos de los individuos, sino también, se
encuentra obligado a tomar todas las medidas
oportunas que permitan su adecuada materialización
y ejercicio, el estudio de iniciativas legislativas,
debe contribuir a la solución de los problemas que
acogen a la sociedad.
El Derecho laboral en Colombia aporta las reglas
generales a las cuales se debe someter toda relación
laboral, el concepto de trabajo decente es presentado en
forma de principio regulador de toda actividad laboral.
La Organización Internacional del Trabajo
eleva la estructura del trabajo a partir de principios
fundamentales de orden internacional, que no
permiten variaciones en ningún tipo de sociedad.
La Dignidad como eje central del Derecho
Constitucional indica la importancia que tiene
el trato adecuado al ser humano en cada una de
2 Decreto número 1072 de 2018, artículo 2.2.1.6.2.3. De-
niciones.
las actividades que desarrollan su vida. El trabajo
además de ser una de estas actividades, es lo que
le ayuda a ejecutar trabajo decente en la minería su
proyecto de vida y el de toda su familia.
Además, es necesaria la formación de toda una
serie de elementos, que lleven a una relación laboral de
calidad, es la base para la realización de otros derechos
humanos y para una vida en dignidad. El empleo es
el primer pilar del concepto del trabajo decente, de la
actividad base por excelencia del derecho laboral, no
solo la actividad física o intelectual de una persona,
sino que enmarca toda una serie de elementos propios
que cada tipo de empleo requiere.
4.2. Relaciones contractuales de explotación de
recursos
En Colombia se ha desarrollado la explotación de
recursos por medio de particulares, entre los cuales
se pueden evidenciar los siguientes:
CONTINENTAL GOLD DE
COLOMBIA: tiene asignados 67 títulos
repartidos en 79 mil hectáreas en los
municipios de La Vega y La Sierra en el
Cauca, Bagadó y Lloró en Chocó, Suratá
y Vetan en Santander, Silos y Mutiscua en
Norte de Santander y en Antioquia.
NEGOCIOS MINEROS S. A.: tiene 88
títulos que comprenden 35 mil hectáreas
en los departamentos de Antioquia, Chocó,
Risaralda, Cauca y Tolima.
MINEROS S.A: es una rma conformada con
capital Nacional que tiene adjudicados 67 títulos
mineros. Sus operaciones se extienden en 116 mil
hectáreas en los municipios del Bagre, Zaragoza
y Nechí Bajo Cauca Antioqueño (Antioquia),
y tiene una producción anual de 120 mil onzas
aproximadamente.
Minerales Andinos de Colombia, Gran
Colombia Gold: Gran Colombian Gold
nació de la compra que hizo en el Gobierno
de Uribe a Mineros de Antioquia, una
empresa nacionalizada por la que pagaron
25 millones de dólares en febrero del 2010.
Son propietarios de 111 títulos mineros y
opera en Segovia (Antioquia) y en Marmato
(Caldas), donde realiza operaciones de cielo
abierto y conviven con una antigua minería
artesanal que existe desde el siglo XIX.
Anglogold Ashanti Colombia S. A.: Es la
tercera productora de oro en el mundo. La
Gigante Sudafricana tiene asignados 406
títulos mineros en el país, distribuidos en
cinco proyectos que abarcan 781 hectáreas:
La Colosa en el Tolima, Quebradona y
Gramalote en Antioquia, Salvajina en el
Cauca, la Llanada en Nariño, Chaparral en el
Tolima y Río Dulce en Antioquia.
Mediante la Resolución número 592 de 19 de
junio de 2013, la Agencia Nacional de Minería
declaró como de Interés Nacional los siguientes
proyectos mineros3:
3 Resolución número 592 de 19 de junio de 2019, Agencia
Nacional de Minería, 2019, http://legal.legis.com.co/do-
Gaceta del conGreso 1193 Viernes, 6 de diciembre de 2019 Página 3
N° CONTRATO EMPRESA TITULAR MINERAL
1001-1976, Asociación Carbones del Cerrejón LLC Carbón (Guajira)
2 89-2000, CEMT Cerrejón Zona Norte S. A. Carbón (Guajira)
3 RPP-11 Comunidad de El Cerrejón Carbón (Guajira)
4 081-91 Consorcio Cerrejón LLC – Cerrejón Zona Norte S. A. Carbón (Guajira)
5 146-97 Consorcio Cerrejón LLC – Cerrejón Zona Norte S. A Carbón (Guajira)
6 GDI-081 CCX Colombia Carbón (Guajira)
7 078-88 Drummond Ltd Carbón (Cesar)
8 283-95 Drummond Ltd Carbón (Cesar)
9 284-95 Drummond Ltd Carbón (Cesar)
10 144-97 Consorcio Drummond Ltd – Drummond Coal Mining Carbón (Cesar)
11 056-90 Drummond Ltd Carbón (Cesar)
12 109-90 Consorcio Minero Unido S. A. Carbón (Cesar)
13 132-97 Carbones El Tesoro S. A. Carbón (Cesar)
14 285-95 Carbones de la Jagua S. A. Carbón (Cesar)
15 DKP-141 Carbones de la Jagua S. A. Carbón (Cesar)
16 HKT-08031 Carbones de la Jagua S. A. Carbón (Cesar)
17 031-92 Norcarbón S.A.S Carbón (Cesar)
18 044-89 C.I. Prodeco S. A. Carbón (Cesar)
19 147-97 C.I. Colombian Natural Resources I SAS Carbón (Cesar)
20 5160 C.I. Colombian Natural Resources I SAS Carbón (Cesar)
21 GAK-152 C.I. Colombian Natural Resources III Suc. Colombia Carbón (Cesar)
22 JDF-16002X Geselca S. A. ESP Carbón (Córdoba)
23 070-89 Minas Paz del Río S. A. Carbón (Boyacá)
24 051-96M (GHBN-04) Cerro Matoso S. A. Níquel (Córdoba)
25 006-85M Minas Paz del Río S. A. Mineral de Hierro (Boyacá)
26 IH3-10001X Exploraciones Pantanos de Colombia S. A. Sulfuros Polimetálicos (Pórdos
ricos en Cu y Mo) Antioquia
27 IH3-16001X Cosigo Frontier Mining Corporation Minerales de Oro (Vaupés)
28 3452 Eco Oro Minerales Corp, Suc. Colombia Oro, Plata y demás concesibles
(Santander)
29 0095-68 AUX Colombia Oro, Plata y demás concesibles
(Santander)
30 GGF-151 Anglo Gold Ashanti Colombia Oro, Plata y demás concesibles
(Tolima)
31 EIG-163 Anglo Gold Ashanti Colombia Oro, Plata y demás concesibles
(Tolima)
32 EIG-166 Anglo Gold Ashanti Colombia Oro, Plata y demás concesibles
(Tolima)
33 GLN-09261 Anglo Gold Ashanti Colombia Oro, Plata y demás concesibles
(Tolima)
34 HINM-01 Salinas Marítimas de Manaure - SAMA Sal (Guajira)
35 DID-082 Brinsa S. A. Sal (Cundinamarca)
36 HIQO-03 Colombiana de Sales y Minas Ltda. - Colsalminas Sal (Cundinamarca)
37 HIQO-01 Colombiana de Sales y Minas Ltda. - Colsalminas Sal (Cundinamarca)
38 HIQO-02 Salinas de Galeras SAS Sal (Bolívar)
39 HIQL-01 Salcol S. A. Sal (Meta)
Fuente Resolución número 592 de 19 de junio
de 2013
Es así como se puede ver el contraste existente
entre las grandes inversiones existentes en el
sector de la explotación de los recursos naturales,
en contraste con la situación socio-económica que
viven las familias de los departamentos donde se
ubican estas minas.
Se conoce, por la ubicación de estas grandes
minas, que los departamentos con mayor producción
cument/Index?obra=legcol&document=legcol_e301b91
20a880056e0430a0101510056
minera en Colombia son La Guajira, Córdoba,
Cesar, Santander, entre otras, y es preocupante que
cada una de ellas tenga en común grandes problemas
como desempleo, pobreza, falta de oportunidades,
desigualdad, ineciencia en la prestación de los
servicios públicos, deciente prestación de servicios
esenciales como salud, educación y saneamiento
básico. Adicional, enormes problemas de
inseguridad, presencia de grupos armados ilegales,
desplazamiento forzado y amenazas a líderes
sociales y sindicales.

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