Gaceta del Congreso del 07-06-2017 - Número 445ICPL (Contenido completo) - 7 de Junio de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766709917

Gaceta del Congreso del 07-06-2017 - Número 445ICPL (Contenido completo)

Fecha de publicación07 Junio 2017
Número de Gaceta445
GACETA DEL CONGRESO 445 Miércoles, 7 de junio de 2017 Página 1
INFORMES DE CONCILIACIÓN
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 445 Bogotá, D. C., miércoles, 7 de junio de 2017 EDICIÓN DE 12 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE CONCILIACIÓN
AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 117
DE 2015 CÁMARA, 162 DE 2016 SENADO
por medio de la cual se establecen medidas en contra
de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad
de pesca en el territorio marítimo colombiano.
Bogotá, D. C., junio 7 de 2017
Honorable Senador
ÓSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO
Presidente
Senado de la República
Honorable Representante
MIGUEL ÁNGEL PINTO HERNÁNDEZ
Presidente
Cámara de Representantes.
Referencia: Informe de Conciliación al Pro-
yecto de ley número 117 de 2015 Cámara, 162 de
2016 Senado, por medio de la cual se establecen
medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de
ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo
colombiano.
Honorables Presidentes:
De acuerdo con las designaciones efectuadas por
las Presidencias del honorable Senado de la Repúbli-
ca y de la honorable Cámara de Representantes, y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 161 de
los suscritos integrantes de la Comisión Accidental de
Conciliación, nos permitimos someter, por su conduc-
to, a consideración de las Plenarias del Senado y de
la Cámara de Representantes para continuar su trámite
correspondiente, el texto conciliado del proyecto de ley
de la referencia.
I. CONCILIACIÓN DE LOS TEXTOS APRO-
BADOS EN PLENARIA DE CÁMARA DE REPRE-
SENTANTES Y SENADO DE LA REPÚBLICA
Con el fin de dar cumplimiento a la designa-
ción, después de un análisis, hemos decidido aco-
ger en su totalidad el texto aprobado en segundo
debate por la Plenaria del honorable Senado de la
República.
La Comisión Accidental de Conciliación concluyó
que este texto recogía en mayor medida las observa-
ciones, que respecto al proyecto habían presentado los
diferentes interesados, incluidos el Consejo de Política
Criminal, la Fiscalía y los representantes de los pesca-
dores, entre otros.
Vale la pena resaltar, que la pesca de subsistencia
no se sanciona en esta ley, ya que se habla del asegura-
miento del mínimo vital de sus familias como derecho
fundamental reconocido ampliamente por la jurispru-
dencia Constitucional.
Frente al texto de Cámara, en Senado, se hizo nece-
sario hacer referencia al presupuesto legal de tipicidad,
es decir, aquellas conductas descritas en la norma obje-
to de sanción, el artículo 54 de la Ley 13 de 1990; con
esta alusión se da sustento a las facultades sancionato-
rias aplicables con la entrada en vigencia de la presente
ley.
Finalmente, se introdujo, entre otros, la segunda
instancia observando el respeto por el debido proceso,
y el ejercicio del derecho de defensa. (Reposición, ape-
lación y queja).
Adicionalmente, el texto acogido protege a los su-
jetos pasivos o los terceros de buena fe, y al mismo
tiempo hacer responsables a quienes realmente infrin-
gieron la ley. Además de fortalecer las sanciones para
desalentar la pesca ilegal por parte de embarcaciones
extranjeras.
En el artículo 5º, se aclara que por procedimiento, el
parágrafo 4º pasa a ser el parágrafo 1º.

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