Gaceta del Congreso del 08-01-2010 - Número 02PPDPL (Contenido completo) - 8 de Enero de 2010 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766715281

Gaceta del Congreso del 08-01-2010 - Número 02PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación08 Enero 2010
Número de Gaceta02
GACETA DEL CONGRESO 02 Viernes 8 de enero de 2010 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XIX - Nº 02 Bogotá, D. C., viernes 8 de enero de 2010 EDICION DE 28 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO
224 DE 2009 CAMARA
por la cual la Nación se asocia a la celebración de
los doscientos sesenta y siete (267) años de apari-
ción de la imagen de Nuestra Señora del Rosario de
Chiquinquirá en el municipio de Chiriguaná - depar-
tamento del Cesar, y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D.C., diciembre 16 de 2009
Doctor
JORGE ALBERTO GARCIAHERREROS CABRERA
Presidente Comisión Cuarta
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Informe de ponencia para primer
debate al Proyecto de ley número 224 de 2009, por
la cual la Nación se asocia a la celebración de los
doscientos sesenta y siete (267) años de aparición
de la imagen de Nuestra Señora del Rosario de Chi-
quinquirá en el municipio de Chiriguaná - departa-
mento del Cesar, y se dictan otras disposiciones,
Respetado señor Presidente:
En atención a la designación hecha por usted,
me permito presentar para la consideración y pri-
mer debate en la Comisión Cuarta de la honorable
Cámara de Representantes, el correspondiente in-
forme de ponencia para primer debate al Proyecto
de ley número 224 de 2009, por la cual la Nación
se asocia a la celebración de los doscientos sesen-
ta y siete (267) años de aparición de la imagen de
Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá en el
municipio de Chiriguaná - departamento del Cesar,
y se dictan otras disposiciones.
Cordialmente,
Carmen Cecilia Gutiérrez Mattos,
Representante a la Cámara,
Ponente primer debate.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PRO-
YECTO DE LEY NUMERO 224 DE 2009 CAMA-
RA DE REPRESENTANTES
por la cual la Nación se asocia a la celebración de
los doscientos sesenta y siete (267) años de aparición
de la imagen de Nuestra Señora del Rosario de Chi-
quinquirá en el municipio de Chiriguaná - departa-
mento del Cesar, y se dictan otras disposiciones.
Antecedentes del proyecto
Este proyecto de ley es de mi autoría y fue ra-
dicado en la Secretaría General de la Cámara de
Representantes, el día 1° de diciembre de 2009 y
radicado en la Comisión Cuarta para su estudio el
día 14 de diciembre de 2009. Fui designada el día
15 de diciembre del presente año, por las Directivas
de la Comisión Cuarta de la honorable Cámara de
Representantes, como ponente para primer debate.
TEXTO DEFINITIVO PROPUESTO
AL PROYECTO DE LEY
por medio de la cual la Nación se asocia a la cele-
bración de los doscientos sesenta y siete (267) años
de aparición de la imagen de Nuestra Señora del
Rosario de Chiquinquirá en el municipio de Chiri-
guaná - departamento del Cesar, y se dictan otras
disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. El Gobierno Nacional y el Congreso
de la República se asocian a la celebración de los
doscientos sesenta y siete (267) años de la aparición
de la imagen de Nuestra Señora del Rosario de Chi-
quinquirá, ocurrida en el año 1743 en el municipio
de Chiriguaná, departamento del Cesar.
Artículo 2º. Declárese el ocho (8) de septiembre,
como el Día del Jubileo para los chiriguaneros, gra-
cias a la aparición de la imagen de Nuestra Señora
del Rosario de Chiquinquirá.
Artículo 3º. Declárese Patrimonio de Interés
Cultural la imagen de Nuestra Señora del Rosario
Página 2 Viernes 8 de enero de 2010 GACETA DEL CONGRESO 02
de Chiquinquirá, en el municipio de Chiriguaná, de-
partamento del Cesar, en homenaje y reconocimien-
to a la amplia tradición cultural y a la devoción y
práctica religiosa de sus habitantes; previo el lleno
de los requisitos legales.
Parágrafo. El Ministerio de Cultura asesorará a
la comunidad religiosa en los trámites pertinentes,
con el objeto de declarar como Bien de Interés Cul-
tural la imagen de Nuestra Señora del Rosario de
Chiquinquirá.
Artículo 4º. La Nación, a través del Ministerio
de Cultura, contribuirá al fomento, divulgación, de-
sarrollo de programas y proyectos que adelante el
municipio de Chiriguaná y sus fuerzas vivas para
exaltar las costumbres y tradiciones religiosas de
sus pobladores en honor a Nuestra Señora del Rosa-
rio de Chiquinquirá.
Artículo 5º. De conformidad con los artículos
334, 339, 341, y 345 de la Constitución Política y
de acuerdo a las competencias asignadas por las Le-
yes 715 de 2001 y 1176 de 2007, el Gobierno Na-
cional con cargo al presupuesto general de la nación
o el de sus respectivos Ministerios, podrá asignar
-
terés social y de utilidad pública, que redunden en
el desarrollo cultural y folclórico del municipio de
Chiriguaná.
Parágrafo. Los gobiernos departamental y mu-
nicipal podrán incorporar en sus respectivos presu-
puestos, las partidas para el fortalecimiento de este
evento.
Artículo 6º. Autorícese al Gobierno Nacional
para apoyar al municipio de Chiriguaná en la pu-
blicación de los medios electrónicos de almacena-
miento de información de la Nación, sobre la his-
toria, la tradición cultural y religiosa y los méritos
que le hacen ser reconocido lugar de peregrinación.
Artículo 7º. El Congreso de la República como
reconocimiento a la devoción y la fe de sus pobla-
dores, rendirá honores a Nuestra Señora del Rosario
de Chiquinquirá, mediante placa conmemorativa
que será impuesta en el templo religioso del muni-
cipio de Chiriguaná y emitirá en nota de estilo, un
pergamino que contenga el texto de la presente ley.
Artículo 8º. La presente ley rige a partir de su
sanción.
EXPOSICION DE MOTIVOS
A través del presente proyecto de ley, se busca
que el Congreso de la República, rinda homenaje
exalte y conmemore el 8 de septiembre como el día
de la aparición de la imagen de Nuestra Señora del
Rosario de Chiquinquirá, en el municipio de Chiri-
guaná, departamento del Cesar, cuya devoción re-
úne a los devotos de los municipios del departamen-
to del Cesar, la Región Caribe, de diferentes lugares
de Colombia y del exterior, para quienes esta ima-
gen representa un verdadero símbolo de fe católica,
todo esto dentro del respeto a la libertad de culto y a
la diversidad religiosa consagrada en el artículo 19
Objetivo general
Estimular, preservar, conservar y difundir la
identidad del patrimonio cultural, tradicional y so-
cial de las festividades patronales de Nuestra Señora
del Rosario de Chiquinquirá en Chiriguaná-Cesar,
para contribuir con la protección del estado en la
salvaguarda del patrimonio histórico-cultural de la
Nación tendiente al mejoramiento de la calidad de
vida de las comunidades.

Mostrar a la sociedad y a las nuevas generacio-
nes las prácticas, signos y manifestaciones ético-
religiosas, para que se divulguen, conserven y se
sigan practicando con sentido de pertenencia en la
formación integral del elemento humano.
Establecer a través de la interrelación personal la
socialización que permita los lazos de convivencia,
amistad y empatía para minimizar los posibles con-

Difundir directa e inmediatamente todos los sen-
timientos y manifestaciones propias de la fe cristia-
na en el marco de estas festividades, de manera au-
téntica buscando la integralidad cultural e histórica
de nuestro patrimonio sociocultural.
Intervenir con sentido de patriotismo ante dife-
rentes instancias e instituciones públicas o privadas,
para gestionar acciones, materiales y recursos que
aseguren y garanticen folclórica y culturalmente es-
tas festividades.
Organizar con juntas y comités la preparación y
planeamientos de actividades que sean garantía para
la ejecución de programas religiosos, historias cul-
turales y folclóricas.
Generalidades
Geografía
    -
    -
tud Norte y a (73° grados), 37 minutos de longitud
Este de Greenwich; tiene 50 metros de altura sobre
el nivel del mar, 37° de temperatura media y topo-

el oriente con elevaciones hasta de 1.500 metros,
parte de la Sierra de los Motilones y parte baja al

El municipio de Chiriguaná limita al norte con
el municipio de El Paso; por el Sur con el munici-
pio de Curumaní; por el Este con el municipio de
La Jagua de Ibérico y la República Bolivariana de
Venezuela y por el Oeste con el municipio de Chi-
michagua.
Referentes históricos
Fecha de fundación: 8 de septiembre de 1530.
Nombre del fundador: Don Pedro Juan Her-
nández.
El nombre de Chiriguaná, se debe a su pobla-
ción primitiva los indios Xiriguanos-Xiriguanaes, o
Chiriguanaes. Según las investigaciones serias con
   -
naron a orilla de la Ciénaga Grande, alrededor de
la Ciénaga de Chepito y la ladera derecha del río
Cesar, bajando hacia la zona cascosa del río Anime,
límite actual entre Chiriguaná y Curumaní; por el
accidente de la Ciénaga Grande y, siguiendo el cur-
so del Caño Tupe, Mateo, Similoa se posesionaban
en la montaña de Aguas Frías, donde tenían su ce-
menterio según muestra extraídas (hechas de piedra
y cerámica) por el especialista Carlos Andrés Pérez
Ruiz, en el año de 1978.

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