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Gaceta del Congreso del 08-03-2017 - Número 132PL (Contenido completo)

Fecha de publicación08 Marzo 2017
Número de Gaceta132
GACETA DEL CONGRESO 132 Miércoles, 8 de marzo de 2017 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 132 Bogotá, D. C., miércoles, 8 de marzo de 2017 EDICIÓN DE 16 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PRESENTACIÓN PROYECTO DE LEY
NÚMERO 213 DE 2017 SENADO
por medio de la cual se establece la equivalencia
entre los administradores.
SENADOR RODRIGO VILLALBA MOSQUERA
REPRESENTANTE A LA CÁMARA FLORA
PERDOMO ANDRADE
Nos permitimos presentar, el Proyecto de ley, por
medio de la cual se establecen equivalencias entre los
administradores.
Lo anterior de acuerdo con lo previsto en el artícu-
lo 139 y siguientes de la Ley 5ª de 1992.
Para facilitar la lectura de este documento el mis-
mo seguirá el siguiente orden:
1. Exposición de motivos.
1.1 Objeto del proyecto.
1.2 De los programas de administración y la au-
sencia de registro de algunos.
1.3 De la protección a los derechos de igualdad y
DOSULQFLSLRGHFRQ¿DQ]DOHJtWLPD\EXHQDIH
1.4 Fundamento jurídico.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.1 Objeto del proyecto
Este proyecto de ley busca establecer la equivalen-
cia entre la profesión de Administrador de Empresas,
Administrador de Negocios y Administrador. Lo an-
terior, mediante la aplicación de la Ley 60 de 1981 a
WRGRVORV$GPLQLVWUDGRUHV GHOSDtV /DVGH¿QLFLRQHV
actividades, requisitos, matrícula, título que se apli-
quen a los Administradores de Empresas y de Nego-
cios, serán aplicables sin excepción alguna a los pro-
fesionales de la Administración, independientemente
de su denominación académica básica.
1.2 De los programas de administración y la
ausencia de registro de algunos
La academia colombiana ha generado programas
que contribuyen grandemente con la formación de
talento humano innovador, emprendedor, ético, con
capacidad de diseñar e implementar soluciones que
permitan el uso óptimo de los recursos humanos.
Es así como en varias universidades colombianas
se abrieron programas dedicados a la formación de
profesionales en áreas administrativas, en distintas
disciplinas, con el objetivo de que puedan aplicar y
desarrollar sus conocimientos en el ámbito regional,
nacional e internacional.
Las facultades de Administración crearon un
yUJDQRUHFWRUFRQ HO REMHWRGH LGHQWL¿FDUSROtWLFDV
de desarrollo, y compartir experiencias y acciones,
que fortalecieran los diversos programas, sobre todo
ante los entes de fomento y control de la Educación
Superior. Fue así como en 1982, se agremiaron y
crearon la Asociación Colombiana de Facultades de
Administración (Ascolfa en adelante). Hoy en día
son miembros 159 universidades, con facultades,
escuelas y programas de administración en todo el
país1. Henry Etzkowitz, historiador y sociólogo y
Loet Leydesdorff, sociólogo y bibliómetra, estudian
los vínculos que se están produciendo entre el Go-
bierno, la academia y la empresa, anteriormente ais-
ladas, acercándose a una teoría: “La Triple Hélice”2.
/RDQWHULRUHV HYLGHQFLDVX¿FLHQWHGHO LPSDFWRTXH
esta relación tiene y que con este proyecto de ley se
pretende fomentar.
1 http://www.ascolfa.edu.co/web/index.php/nosotros/rese-
na-historica
2 ETZKOWITZ, Henry. LEYDESDORFF, Loet. ”The
Transformation Of University-industry-government Re-
lations” Electronic Journal of Sociology. 2001.
Página 2 Miércoles, 8 de marzo de 2017 GACETA DEL CONGRESO 132
La academia sin duda alguna es indispen-
sable para el desarrollo del país. La evolución
de la universidad, los avances tecnológicos ha
generado que las esferas que produzcan mayor
contribución al desarrollo modifiquen su radio
de acción. De esta forma las necesidades que
genera la “sociedad del conocimiento” llevan
a que cada uno de los actores de las relaciones
trilaterales de la universidad, el Estado y la em-
presa desempeñe un rol que desborda su misión
tradicional3. Es así, como el presente proyecto
de ley pretende acercar estos actores y generar
igualdad de oportunidades para los profesiona-
les de la administración, el mismo, se adelantó
con la cooperación del especialista Carlos Fran-
cisco Tello Perdomo, docente de la Corporación
Universitaria del Huila (Corhuila).
Ahora bien, la normatividad actual presenta
una limitante para el trámite de registro de los
profesionales en administración. La Ley 60 de
1981 reconoció la profesión de Administración
de Empresas y dictó las normas sobre su ejercicio
en el territorio colombiano. Así mismo, por me-
dio de esta ley fue creado el Consejo Profesional
de Administración de Empresas y consagró en su
artículo cuarto lo siguiente:4
Para ejercer la profesión de Administrador de
Empresas en el territorio de la República, se debe-
rán llenar los siguientes requisitos:
a) Título Profesional, expedido por Institución
de Educación Superior aprobada por el Gobierno
Nacional;
b) Matrícula Profesional, expedida por el Con-
sejo Profesional de Administración de Empresas”.
La Ley 20 de 1988, en aplicación de la Ley 60
de 1981, estableció la equivalencia entre las profe-
siones de Administración de Negocios y la profe-
sión de Administración de Empresas. Así mismo,
se hizo extensivo a los profesionales en Adminis-
tración de Negocios la definición, actividades,
requisitos, sanciones, matrícula, título, que por
la Ley 60 se estableció para los profesionales en
Administración de Empresas. Así, de acuerdo con
las normas aplicables, la competencia otorgada al
Consejo Profesional de Administración de Empre-
sas para expedir la matrícula y la tarjeta profesio-
nal se encuentra limitada a los títulos profesiona-
les en administración de empresas o administra-
ción de negocios.
En el contexto latinoamericano el nombre de ca-
rreras derivadas de la Administración presenta una
amplia variedad de énfasis, y una tendencia crecien-
WHFRQHQIRTXH KDFLDODV¿QDQ]DVORV QHJRFLRV\HO
comercio. Según el SNIES, existe en las Institucio-
nes de Educación Superior de Colombia, un total de
SURJUDPDVFRQ5HJLVWUR&DOL¿FDGRHQHOiUHDGH
OD(FRQRPtD$GPLQLVWUDFLyQ&RQWDGXUtD\D¿QHV\
núcleo básico de conocimiento la Administración, y
con denominación Administración como se estable-
ce en la siguiente tabla.
3 Ibídem
4 Artículo 4º, Ley 60 de 1981.
Tabla 1: Programas del Área de Conocimiento
Administración
NOMBRE DEL PROGRAMA NÚMERO
DE PROGRAMAS
Administración 8
Administración Financiera, Administración de Em-
presas y Finanzas, Administración Bancaria y Fi-
nanciera, Administración Financiera y de Sistemas,
Administración Financiera y de Negocios Finan-
cieros, Administración y Negocios Internacionales.
27
Administración Agropecuaria, Administración de
Empresas Agropecuarias, Administración de Em-
presas Agroindustriales. 14
Administración Ambiental, Administración Ambi-
ental y de Recursos Naturales, Administración de
Empresas y Gestión Ambiental, Administración del
Medio Ambiente y de Recursos Naturales
8
Administración Comercial, Administración de
Comercio Exterior, Administración de Empresas
Comerciales, Administración de Comercio Inter-
nacional.
7
Administración de Mercadeo, Administración de
Mercadeo y Finanzas, Administración de Mer-
cadeo y Logística. 7
Administración Turística y Hotelera, Adminis-
tración de Empresas Turísticas, Administración
Turística, Administración del Turismo Sostenible. 24
Administración de Negocios, Administración de
Negocios Internacionales 21
Administración de Servicios de Salud, Admin-
istración de Salud, Administración en Salud con
Énfasis en Gestión de Servicios de salud, Adminis-
tración en Salud Ocupacional.
14
Otras Administraciones en Gestión Humana, Ad-
ministración Logística, Administración Pública,
Administración de Servicios, Administración De-
portiva, Administración Empresarial.
40
Fuente: SNIES – Enero 2013.
ULRGH(GXFDFLyQ1DFLRQDOGH¿QLyODVFDUDFWHUtVWLFDV
HVSHFt¿FDVGHFDOLGDGSDUDORVSURJUDPDVGHSUHJUD-
do en los programas de Administración que fueron
acogidas en su momento por las universidades y en la
TXHVHGH¿QLyWUHViUHDVGHIRUPDFLyQEiVLFDSURIH-
VLRQDO\KXPDQtVWLFD\VH¿MDURQODVSDXWDVSDUDTXH
cada institución organizara su currículo de acuerdo a
las áreas y componentes por área en corresponden-
cia son su misión y proyecto educativo institucional.
Las estructuras curriculares de los planes de estudio
de los programas en Administración, tienen como
referencia el modelo del proceso administrativo, las
áreas funcionales, áreas del conocimiento de apoyo
y cursos de integración.
De acuerdo con el artículo 1º del Decreto número
1295 del 20 de abril de 2010, para ofrecer y desarro-
llar un programa académico de educación superior, se
UHTXLHUHFRQWDU SUHYLDPHQWHFRQ HOUHJLVWUR FDOL¿FDGR
del mismo, otorgado por el Ministerio de Educación
Nacional a las instituciones de educación superior le-
galmente reconocidas en Colombia, mediante acto ad-
ministrativo. Así, existe reconocimiento previo para
que un título pueda ser considerado como tal. En la ac-
tualidad la limitante que enfrentan profesionales cuyo
título es válido es poder acceder al registro y con ello a
la expedición de su matrícula profesional.
31,3% de los 1.381.761 títulos que se entregaron
en 2009 (es decir, 425.895) fueron otorgados en pro-

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