Gaceta del Congreso del 09-04-2019 - Número 209PL (Contenido completo) - 9 de Abril de 2019 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 779295149

Gaceta del Congreso del 09-04-2019 - Número 209PL (Contenido completo)

Fecha de publicación09 Abril 2019
Número de Gaceta209
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 209 Bogotá, D. C., martes, 9 de abril de 2019 EDICIÓN DE 59 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 366 DE 2019
CÁMARA
por la cual se reconguran los organismos de Acción
Comunal, se modican algunos artículos de la Ley
743 de 2002, y se dictan otras disposiciones.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. Introducción
La Organización Comunitaria es tal vez la forma
asociativa más antigua del país, con mayor renombre
y cobertura, y por consiguiente se convierte en toda
una institucionalidad del orden participativo que le
ha permitido adaptarse a los cambios que ha tenido
el país para poder seguir siendo un organismo que
posibilita el desarrollo local.
La acción participativa de los integrantes de
las organizaciones comunales ha permitido que
desde la conformación de una estructura local se
ejecuten planes, programas y proyectos barriales y
veredales que de una manera legítima han realizados
las labores que en algunos casos no alcanza a
implementar el gobierno nacional, esto a través de
unas 62.553 Juntas de Acción Comunal que existen
    
que esta podría ser la forma asociativas de índole
participativo con mayor presencia en el territorio
nacional.
En un comienzo, esta forma de organización
comunitaria de autogestión desarrolló obras
de infraestructura que la comunidad requería,
principalmente en el sector rural y fue así como se
construyeron las, caminos y puentes que permitieron
el acceso y la comunicación entre las comunidades;
redes de acueducto, alcantarillado, programas de
vivienda y casetas telefónicas que posibilitaron
mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, pero
también impulsaron la construcción de puestos
PROYECTOS DE LEY
de salud, policías y aulas escolares para mejorar
la seguridad humana de los habitantes de la zona
urbana o veredal donde tuviera impacto el proyecto
comunal, este tipo de prácticas en un momento se
lograron mediante los cupos indicativos, pues al
gobierno central no tener una estructura que copara
todo el territorio nacional, canalizaba la ejecución
de estas obras atreves de algunos congresistas;
pero años más tarde este tipo de prácticas se
deslegitimaron por el uso inadecuado que se le
daba a estas partidas. Según cifras del Ministerio
del Interior las Juntas de Acción Comunal llegaron
a construir cerca del 30% de la infraestructura
comunal del país. (https://www.mininterior.gov.co/
mision/direccion-para-la-democracia-participacion-
ciudadana-y-accion-comunal/accion-comunal/
organizaciones-de-accion-comunal-oac)
En Colombia las Acciones Comunales son las
organizaciones comunitarias de mayor tradición
e importancia, cuya vida jurídica surgió en 1958,
gracias a las cuales, las comunidades Urbanas y
Rurales comenzaron a comprender la importancia
de identicar los problemas que las afectan y buscar
las respectivas soluciones, no sólo en su interior, sino
ante los organismos competentes”. El Movimiento
Comunal en Colombia, John Jairo Llano, Alcaldía
de Medellín, 2003.
2. Problemática
Ahora bien, el organismo comunal ha sufrido
varias transformaciones en la medida que se fue
pasando de un país rural a un país semiurbano,
a la vez que se dieron nuevos liderazgos en los
territorios y la estructura del gobierno nacional,
departamental y local fue presentando cambios
acorde a las nuevas dinámicas económicas y
social políticas que demandaban las formas de
relacionamiento entre el gobierno central y lo local.
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Esto ha implicado precisamente que las Juntas de
Acción Comunal se vean abocadas a cambios que
les permitan ir adaptándose a los nuevos modelos de
gobierno y dinámicas que van presentando, lo que ha

a su estructura organizativa y a la ejecución de los
planes, programas y proyectos que tradicionalmente
han desarrollado esas organizaciones, la consecución
de recursos, además de la reglamentación que las
rige.
Varios trabajos investigativos de corte académico
a lo largo y ancho de país a la estructura de la Junta de
Acción Comunal llegan al punto en común que estas
hoy presentan una serie de problemáticas que son
necearías entrar a regular para posibilitar una mejor
desempeño de la Acción Comunal, esto obedeciendo
a las dinámicas locales y las nacionales, así como
el recambio generacional, el uso de las TIC y la
organización interna; elementos que también son
recogidos en el documento Conpes 3631 de 2010.
“La falta de comunicación y articulación entre
las juntas rurales y las urbanas hacen que la visión
citadina se haya impuesto sobre lo rural. Caso
notorio es Antioquia, en donde los municipios
aledaños a Medellín sostenían su preocupación
respecto a la poca capacidad de gestión que
tienen ciertas zonas rurales a diferencia de las
organizaciones urbanas. Esto genera que haya
dicultades en la comunicación departamental y
ciertas juntas que se encuentran en zonas alejadas
no tengan acceso a las capitales”. (Conpes 3631.
Pág. 21)
El Documento Conpes 3631 presentó un
amplio diagnóstico sobre las problemáticas de los
Organismos de Acción Comunal, encontrando que el
problema principal está dado por el relacionamiento
entre los entes estatales y su organización interna, e
igualmente por los esfuerzos desplegados desde su
surgimiento por generar condiciones de autonomía
tanto formal como económica que les permita ser
sostenibles (pág. 27). Igualmente el documento
detalla las problemáticas de la siguiente manera:
Problema central: los organismos de Acción
Comunal afrontan dicultades en su organización
y gestión.
Se ha identicado como problema central el hecho
de que los organismos de Acción Comunal afrontan
dicultades en dos frentes: de fortalecimiento interno
y la falta de coordinación de la oferta institucional a
la que aquellos pueden acceder.
La problemática comunal se maniesta en tres
ejes temáticos: el primero, está relacionado con las
dicultades que tienen las iniciativas comunales
para ser canalizadas debidamente por el Estado;
el segundo, tiene que ver con las debilidades de la
organización comunal; y el tercero, se relaciona con
la sostenibilidad económica de las organizaciones
comunales.
Educación.
El Ministerio de Educación presenta su eje de
gestión participativa y responsabilidad democrática
como parte de sus políticas hacia la población
comunal. Tomando en cuenta que las instituciones
educativas son autónomas y deciden sus propios
proyectos educativos institucionales (PEI), se
requiere que los comunales y sus organizaciones
en cada comunidad e institución educativa se
hagan participes y logren llegar a los espacios
de participación como los consejos directivos y
académicos de las instituciones para gestionar
iniciativas como la cátedra comunal o la formación
de los “comunalitos”, en especial aquellos
programas que utilizan metodologías mediadas y
tienen cobertura en todo el territorio nacional.
Debilidad en la estructura comunal que se reeja
en el bajo reconocimiento y falta de visibilidad de
la organización.
El segundo eje problemático reeja las
dicultades internas de la organización que afectan
de manera signicativa su democracia interna
y mecanismos de participación, lo que afecta su
estabilidad y en algunos casos su legitimidad.
Los comunales identican que sus organizaciones
adolecen de procesos y técnicas para la
administración de sus organizaciones, su gestión e
interrelación.
Los comunales en los diferentes talleres han
identicado que en su estructura organizativa se
reeja una alta carga burocrática que hace compleja
su funcionalidad para la toma de decisiones y la
interrelación con las instituciones. En general
hay debilidades y no cuentan con herramientas
de planicación, administración y fortalecimiento
para sus organizaciones.
Los comunales en las consultas locales
manifestaron que el constante cambio de dignatarios,
los decientes empalmes entre directivas y la falta
de memorias de la organización, las deciencias
administrativas, los frecuentes problemas en
el manejo de la información, los recursos y el
patrimonio y otros aspectos organizativos, explican
en buena parte la visión escéptica, fría y hasta de
apatía que la ciudadanía tiene acerca de ellos y que
afecta a toda la organización.
Renovación e inclusión.
Los comunales identican que una de las
grandes falencias de la organización es la falta
de renovación generacional. No ven incentivos
internos que les permitan perseverar en la idea de
la inclusión de nuevas personas, especialmente de
mujeres y de jóvenes que dinamicen y oxigenen a la
organización.
La dicultad para propiciar una renovación
generacional en el liderazgo está causando
dicultades de fondo en las estructuras de poder
interna comprometiendo la sostenibilidad de los
organismos comunales. La organización identica
que no hay renovación en sus las y sus dirigentes
son los mismos, lo cual desarrolla una falta de
motivación de nuevos adscritos para integrar la
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Acción Comunal. Incluso los jóvenes se quejan
constantemente de la discriminación de los
dirigentes con más experiencia hacia los de menos
experiencia.
Los Organismos Comunales no tienen
mecanismos para desarrollar iniciativas
empresariales y productivas.
Según Boisier (2004) los miembros de las
organizaciones como Juntas de Acción Comunal,
deben comprender y repensar su papel político en
la actualidad, y no solo utilizarlo para campañas
políticas o para hacer carrera a un cargo público.
El mismo documento Conpes 3631 plantea que
en 1979, existían 30.000 Juntas de Acción Comunal
y de estas el 80% eran rurales y el 20% restante
eran urbanas, hoy después de sesenta años de
instauradas mediante la ley 19 de 1958, se presenta
un un fenómeno de transmutación en el que las
juntas rurales representan 58% y las urbanas 42%
de las 63.553 JAC existentes, según los datos de la
Dirección de para la Democracia, la Participación
Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del
Interior, obedeciendo esto a la con urbanización que
ha venido dando el país en las últimas décadas.
3. Objetivo
3.1. General
implementar un nuevo modelo de estructura
de los organismos de Acción Comunal a partir
del funcionamiento como órganos colegiados,
correspondiendo a las categorías de los municipios
según la Ley 617 de 2000, pero también a fomentar
el cambio generacional, a incentivar la participación
ciudadana y a crear mecanismos de cohesión
comunitaria que permita a los habitantes de ese
territorio en común volver a juntarse para emprender
acciones colectivas de movilización ciudadana a
partir de los diferentes grupos poblacionales y la

la Acción Comunal.
3.2. Especícos:
     
Comunal a partir de la constitución de consejos
comunales con un modelo de cuerpo colegiado.
- Ampliar los niveles de participación
comunitaria en las Juntas de Acción Comunal y
demás organismos comunales.
- Dotar a los organismos comunales de nuevas
herramientas que faciliten su accionar comunal y
comunitario.
4. Justicación
 
que en el contexto colombiano han sido reconocidas
como una organización que ha permitido a los
habitantes de un territorio y con unos rasgos en
común, aunar fuerzas para que sus comunidades
puedan acceder a una serie de servicios de carácter
público, para cohesionar la comunidad y para la
    
territorial, esta forma asociativa ha sido reconocida
como el primer vinculo para que un ciudadano pueda
hermanarse con otros que comparten su mismo
territorio, sus mismas oportunidades y sus mismas
necesidades.
Ello conlleva que de forma natural hagan
parte de un organismo colegiado, donde prima la
acción participativa para unir esfuerzos y lograr
propósitos comunes, tendientes a la realización de
transformaciones sociales, culturales, ambientales,
físicas, etc., para lograr el desarrollo de la
comunidad como ente vivo y activo; no obstante
la forma de organización prevista en la Ley 743 de
2002 reglamentada en el Decreto compilatorio 1066
de 2015 no ha sido ajena a algunas prácticas que
impiden el relevo generacional y el desarrollo local,
pero también es necesario que estos organismos
se acoplen a las nuevas formas y miradas por las
que se piensa hoy la participación, la democracia y
el desarrollo, que por demás deben obedecer a las
realidades locales y culturales que caracterizan la
diversidad en el inmenso territorio colombiano; es
por ello que esta norma está orientada a darle más
relevancia a los entes de Acción Comunal, para que
sean verdaderos interlocutores con la administración
pública, para propiciar que las potestades que les
ha dado la ley, entre ellas la Estatutaria de Acción
Comunal Ley 1757 de 2015, la Ley de régimen
municipal Ley 1551 de 2012 entre otras; las sustente
para convertirse en organismos de convergencia,
deliberación y decisión, siendo protagonistas en
la resolución de las problemáticas que demandan
unidad de esfuerzos y la exteriorización de acciones
para cambiar realidades, que tenga como fundamento
la concertación desde lo plural con una verdadera
incidencia en sus zonas de cobertura participativa.
5. Marco legal
Como ya se ha mencionado, las Juntas de Acción
Comunal al ser un organismo que data desde 1958
han tenido un desarrollo normativo que previo a la

de manera paulatina para que este organismo pueda
seguir siendo una instancia participativa nuclear; a
partir de 1991 se presentó el siguiente desarrollo
legislativo
El Estado contribuirá a la organización,
promoción y capacitación de las asociaciones
profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias,
      
gubernamentales, sin detrimento de su autonomía
con el objeto de que constituyan mecanismos
democráticos de representación en las diferentes
instancias de participación, concertación, control y
vigilancia de la gestión pública que se establezcan.
A continuación se expone una matriz normativa
que desarrolla el marco jurídico sobre la organización
comunal.

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