Gaceta del Congreso del 09-08-2019 - Número 723 (Contenido completo)
Fecha de publicación | 09 Agosto 2019 |
Número de Gaceta | 723 |
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVIII - Nº 723 Bogotá, D. C., viernes, 9 de agosto de 2019 EDICIÓN DE 28 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
– Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
COMISIÓN ESPECIAL DE SEGUIMIENTO
AL PROCESO DE DESCENTRALIZACIÓN Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
SENADO DE LA REPÚBLICA
ACTA NÚMERO 15 DE 2019
(mayo 15)
En la ciudad de Bogotá, el día miércoles 15
de mayo de 2019, siendo las 9:00 a. m., previa
citación, los Senadores integrantes de la Comisión de
Ordenamiento Territorial del honorable Senado de la
República, se reunieron en el recinto de la Comisión
en sesión formal, con el objeto de desarrollar los
temas contenidos en el Orden del Día.
ORDEN DEL DÍA
Para la Sesión Ordinaria del miércoles 15
de mayo de 2019
7:30 a. m.
I
Llamado a lista y vericación del quórum
II
Citación al señor Ministro de Hacienda y Crédito
Público, doctor Alberto Carrasquilla Barrera; a la
señora directora General del Departamento Nacional
de Planeación (DNP), doctora Gloria A. Alonso
Másmela; a la señora directora General del Instituto
Eva
María Uribe Tobón.
Con invitación al señor director de la Federación
Colombiana de Municipios (FCM), doctor Gilberto
Toro Giraldo; a la señora directora de la Asociación
Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales),
doctora Luz María Zapata Zapata.
En cumplimiento de la Proposición número 16
aprobada en la sesión del miércoles 12 de diciembre
de 2018, presentada a consideración de la Comisión
por el honorable Senador Efraín Cepeda Sarabia.
Proposición 16
Cítese a debate de control político al Ministro
de Hacienda y Crédito Público, señor Alberto
Carrasquilla, a la directora del Departamento
Nacional de Planeación, a la señora Gloria Amparo
Alonso Másmela
Eva María Uribe Tobón,
para que rindan informe acerca de la problemática
que afrontan los municipios del país para llevar a
lo subyacen, como herramienta fundamental para
emitan concepto sobre posibles soluciones.
Invítese a la Asociación Colombiana de Ciudades
Capitales y a la Federación Nacional de Municipios
para que expongan las problemáticas en torno a la
CUESTIONARIO PARA EL DEBATE DE
CONTROL POLÍTICO A LA PROPOSICIÓN
NÚMERO 16
Cuestionario para el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público
1. Al mes de octubre del año 2018 el Gobierno
nacional mencionó que el ideal era invertir en
200 municipios anuales y completar el país en
seis años.
municipios y cuáles son las ciudades capitales
2. ¿Cuál es el porcentaje de aumento del
recaudo predial en los municipios de catastro
3. ¿Cuál es la causa del aumento desmesurado
Página 2 Viernes, 9 de agosto de 2019 G 723
4. ¿A cuánto asciende el impacto que produce
6. ¿Los recursos para el catastro multipropósito
7. ¿En qué estado de ejecución se encuentra el
crédito que el Ministerio de Hacienda solicitó
para desarrollar el proyecto de catastro
9. ¿Cuál es el rol del Gobierno nacional con
respecto a la delegación de competencias para
los municipios que quieran implementar la
10. ¿Cómo solicitar y ante quién, la transferencia
12. Uno de los mayores problemas de los
¿en qué medida puede el Gobierno nacional
aportar económicamente para solventar este
en los procesos catastrales que les ofrece a los
del convenio suscrito con la Agencia Nacional
15. ¿Cuáles son los problemas más graves
del Catastro Colombiano y sus posibles
16. ¿Apoyaría un Proyecto de ley Catastral
Colombiano, estableciendo por ejemplo que
no menos del 5% del recaudo del Impuesto
Cuestionario para el Departamento Nacional
de Planeación:
que no se hayan cumplido con las metas allí
2. ¿Cuál es el estado de implementación del
proyecto de catastro multipropósito en
del catastro multipropósito y en qué estado de
4. ¿En qué estado se encuentra la puesta
en marcha del observatorio del mercado
5. ¿En qué estado está la formulación del plan
6. ¿De qué manera y quién o quiénes son los
¿Cuánto puede aumentar el avalúo catastral
catastral los planes de Ordenamiento
el epicentro de este modelo de integración
Gobierno nacional para impulsar este modelo
10. Según el documento de las bases del Plan
Nacional de Desarrollo, una de las acciones
que debe adelantar el Gobierno nacional
público de manera que se pueda habilitar la
este sentido ¿las entidades que poseen catastro
multipropósito tendrán acceso gratuito a la
información para la ciudadanía o tendrán
costo igual al que manejen en la actualidad el
11. ¿En qué consiste el Catastro Minero
12. ¿Cuáles son los problemas más graves
del Catastro Colombiano y sus posibles
el mayor problema del Catastro Colombiano:
la falta de recursos asignados, ¿el IGAC o
la metodología para determinar los avalúos
13. ¿Existe interés por parte del Gobierno
regular que ataquen a fondo los problemas del
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