Gaceta del Congreso del 09-12-2013 - Número 1015IPPPPL (Contenido completo) - 9 de Diciembre de 2013 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766862857

Gaceta del Congreso del 09-12-2013 - Número 1015IPPPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación09 Diciembre 2013
Número de Gaceta1015
GACETA DEL CONGRESO 1015 Lunes, 9 de diciembre de 2013 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXII - Nº 1015 Bogotá, D. C., lunes, 9 de diciembre de 2013 EDICIÓN DE 16 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
136 DE 2013 CÁMARA
por medio de la cual se crea el Instituto Colombiano
de la Juventud y se dictan otras disposiciones.
Bogotá D. C., diciembre 3 de 2013
Honorable Representante
HERNANDO CÁRDENAS CARDOZO
Presidente Comisión Cuarta
Cámara de Representantes
Ciudad.
Referencia: Informe de Ponencia para Primer
Debate del Proyecto de ley número 136 de 2013
Cámara.
Honorables Representantes.
Cumpliendo la designación encomendada por la
Mesa Directiva de la Comisión Cuarta, y de acuer-
do a lo previsto en los artículos 156, 157 y 158 de
la Ley 5ª de 1992, me permito rendir informe de
Ponencia Positiva para Primer Debate al Proyecto
de ley número 136 de 2013 Cámara “Por medio del
cual se crea el Instituto Colombiano de la Juventud
y se dictan otras Disposiciones”, en los siguientes
términos:
PROYECTO DE LEY NÚMERO 136 DE 2013
por medio de la cual se crea el Instituto Colombiano
de la Juventud y se dictan otras disposiciones.
I. OBJETO DEL PROYECTO DE LEY
A través de esta iniciativa se busca crear el Insti-
tuto Colombiano de la Juventud, como un estableci-
miento público, con el que se pretende fortalecer des-
de la administración pública el manejo de los asuntos
relativos a la población joven, buscando garantizar
la efectividad de sus derechos, su visibilización, la
formulación, adopción y evaluación de políticas pú-
blicas, la coordinación efectiva del Sistema Nacional
de Juventud, y la expansión de capacidades de este
sector social.
II. PARTE DISPOSITIVA
El proyecto de ley está compuesto por cuatro (IV)
Capítulos y veintiocho (28) artículos; El I Capítulo
VHUH¿HUHDODFUHDFLyQREMHWLYRIXQFLRQHV \UHFXUVRV
del establecimiento público; en tanto que el II Capí-
tulo aborda temas relativos a la estructura y funciones;
mientras que el III Capítulo VHUH¿HUH DORV yUJDQRV
de asesoría y coordinación; y el IV Capítulo contiene
XQDVHULHGHGLVSRVLFLRQHV¿QDOHVGRQGHVHLQFOX\HURQ
XQDVPRGL¿FDFLRQHVDOD/H\GHSRUPHGLR
de la cual se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil,
que en todo caso tienen el carácter de ordinarias, y no
limitan mecanismo de participación ciudadana alguno.
III. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Dentro de los argumentos esbozados en la propues-
ta, se hace un recuento histórico de los antecedentes
suscitados con respecto a la arquitectura institucional
que se ha implementado en el curso de los años para
asegurar la garantía de los derechos de la juventud; y
HQHVH VHQWLGRVH H[SRQHQORV HVIXHU]RVPiV VLJQL¿-
cativos desde la creación del Instituto Colombiano de
la Juventud y el Deporte – Coldeportes hasta el actual
Programa Presidencial Colombia Joven, así:
Tabla 1. Antecedentes institucionales
AÑO PRINCIPALES ACCIONES
1968
Se crea el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte
(Coldeportes) responsable de formulación de políticas
deportivas y desempeño de funciones administrativas
relacionadas con el deporte. Se crea también el Centro
Colombiano de Información y Documentación de la
Juventud.
1985
Año Internacional de la Juventud promovido por la
Organización de las Naciones Unidas y constitución del
Consejo Nacional Coordinador para el Año Internacional,
integrado por el Ministerio de Educación Nacional, el
Departamento Nacional de Planeación, Coldeportes, la
Secretaría de Integración Popular de la Presidencia de la
República, las ONG, la Unión Nacional de Estudiantes, el
Secretariado Permanente del Episcopado Colombiano. Se
realiza el Primer Encuentro Nacional por una Política de
Juventud, con la presencia de 1.000 jóvenes.
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AÑO PRINCIPALES ACCIONES
1986-1990
El Departamento Nacional de Planeación impulsa el
tema de la juventud. En 1988 se produce el documento:
“Lineamientos generales para formular una política pública
de juventud”. 1987 y 1989 se reciben de Naciones Unidas,
recomendaciones al documento “Elaboración de la Política
Nacional de Juventud”.
1990
Creación de la Consejería Presidencial para la Juventud, la
Mujer y la Familia y se desarrolla la primera política pública
nacional de juventud, que en años posteriores, es expresada
en el Conpes: Política Social para los Jóvenes y las Mujeres.
6HFUHDQWDPELpQODV2¿FLQDVGH-XYHQWXG
1992
Formulación del documento Conpes sobre Política Social
para los Jóvenes y las Mujeres con 4 líneas de política: 1.
Desarrollo humano, 2. Vinculación a la vida económica, 3.
Participación y organización, 4. Fortalecimiento institucional
de la atención juvenil.
1994
Creación del Viceministerio de la Juventud. Decreto 1953
GH 6H FUHDQ  2¿FLQDV GH OD -XYHQWXG \ ODV &DVDV
de la Juventud, como espacios dedicados a la socialización
de los jóvenes. Promoción de prácticas participativas,
culturales y asociativas de los jóvenes. Las líneas de acción
del Viceministerio fueron: Impulso a la Ley de Juventud,
servicios integrados para jóvenes, estrategias preventivas
para jóvenes en riesgo de vincularse a las drogas, estrategia
de asistencia técnica, consejos municipales de juventud,
Marcha Bolivariana por la Paz, la Vida y en contra de la
Violencia, especialización en Juventud, Proyecto Nacional
de Educación Sexual, Tarjeta Joven, calles sin violencia.
1995
Aprobación del documento Conpes que reconoce al joven
como sujeto de derechos y deberes, y protagonista en la
construcción de su proyecto de vida. El Estado asume el
compromiso de garantizar el respeto de estos derechos y
generar condiciones para la participación y el ejercicio de
la ciudadanía.
1997
En 1997, después de cinco años de haberse presentado el
Proyecto de ley número 146, el Congreso de la República
expidió la Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud. Su objeto
fue servir como marco para orientar políticas, planes y
programas por parte del Estado y la sociedad civil hacia la
SREODFLyQMXYHQLO 6X¿QDOLGDG HUDSURPRYHU ODIRUPDFLyQ
integral del joven y su vinculación y participación activa en
la vida nacional. La Ley de Juventud consideró como joven
a los colombianos entre 14 y 26 años de edad.
1998
Ampliación de oportunidades para los jóvenes con la
implementación del Plan Nacional de Desarrollo: “Cambio
para Construir la Paz”. Se desarrollan cinco estrategias
centrales con sus respectivos programas y proyectos de
acción: 1. Impulso a la promoción juvenil y a las estrategias
de promoción integral, 2. Integración de servicios para
jóvenes, 3. Desarrollo democrático y solidario de la
juventud, 4. Formación para el trabajo y el desarrollo
productivo, 5. Organización del Sistema Nacional de
Juventud y fortalecimiento de los espacios de participación
juvenil.
1999
Realización del seminario taller internacional sobre políticas
e institucionalidad pública de juventud. Se inicia la estrategia
denominada: “Juventud de Cara al Tercer Milenio” para la
formulación de la política nacional de juventud.
2000-2013
Creación y funcionamiento del Programa Presidencial para
el Sistema Nacional de Juventud – Colombia Joven. Decreto
822 de 2000. En ese mismo año se expide el Decreto 089
que reglamenta el proceso de elección y conformación de
los Consejos de Juventud creados por la Ley 375 de 1997.
En el año 2005 se formula la Política Nacional de Juventud.
Bases para el Plan Decenal de Juventud.
Se reconoce como funciones de la institucionalidad pública
de juventud:
• Formulación y ejecución de la política pública de juventud.
• Incorporar a los jóvenes en sus políticas de desarrollo
social y económico.
• Diseñar y ejecutar planes, programas y proyectos a favor
de los jóvenes.
AÑO PRINCIPALES ACCIONES
• Fomentar formación para el trabajo, uso del tiempo libre,
y vinculación del joven a la vida económica, cultural, la
globalización y la competitividad.
• Realizar estudios e investigaciones sobre temas y asuntos
que conciernen a la juventud.
• Asistencia técnica en el diseño y elaboración de los planes
de juventud.
• Estimular la participación de la juventud en las decisiones
que los afectan.
• Promover estrategias que aseguren el acceso de los jóvenes
a bienes y servicios.
En general, la historia institucional de Colombia en
PDWHULDGHMyYHQHVKDVLGRÀXFWXDQWHQRVHFXHQWDFRQ
un poder político constante, su rol en lo sectorial se
ha visto comprometido, y su incidencia ha sido res-
tringida; aun así, no se pueden desconocer los avances
importantes que el Programa Presidencial Colombia
Joven, ha conseguido en materia de enfoques, per-
cepciones y algunos proyectos adelantados, como los
lineamientos para la formulación de la Política Nacio-
nal de Juventud, la implementación del Golombiao
“El Juego de la Paz”, y la mesa multipartidista, entre
otras iniciativas.
(VGHDQRWDUTXHIUHQWH DODVGL¿FXOWDGHVMXUtGLFDV
derivadas principalmente de lo dispuesto en la Ley 375
de 1997 y sus decretos reglamentarios, el programa
presidencial Colombia Joven ha visto comprometido
su accionar; adicionalmente su autonomía administra-
WLYD\¿QDQFLHUDHVEDVWDQWHOLPLWDGDRFDVLRQDQGRHOOR
que su incidencia en todos los sectores del Gobierno
sea restringida.
Frente a este contexto, el Congreso de la Repúbli-
ca, por Iniciativa de Jóvenes del País reunidos en el es-
pacio para la creación de una Plataforma Nacional de
Juventud – Juventudes Colombia, y legisladores acu-
ciosos en el tema, han intentado crear una estructura
institucional moderna y sólida en diversas oportunida-
des, ejemplo de ello lo encontramos en el artículo 31
del Proyecto de ley número 169 de 2011 Senado – No.
014 de 2011 Cámara “por medio de la cual se expide
el Estatuto de la Ciudadanía Juvenil y se dictan otras
disposiciones” donde se disponía la creación de una
Unidad Administrativa Especial; norma que fue decla-
rada inexequible por la Corte Constitucional conforme
a lo expuesto en la Sentencia C-862 de 2012, M. P.
Alexei Julio Estrada, cuya decisión fue adoptada invo-
FDQGROD FRQ¿JXUDFLyQGH XQYLFLR GH SURFHGLPLHQWR
respecto de su previsión.
La declaratoria de inconstitucionalidad, ocasionó
una fractura en el Sistema Nacional de Juventud, pre-
visto en la Ley 1622 de 2013, pues se excluyó la posi-
bilidad de existencia del órgano articulador, responsa-
ble del diseño, la implementación y la planeación de
las políticas de juventud; así como de la promoción
y la garantía de la participación de las y los jóvenes;
comprometiendo con ello la integral materialización
de la norma, y el efectivo andamiaje institucional que
hoy es requerido para impulsar el desarrollo integral
de la juventud colombiana.
Lo anterior, conduce al planteamiento de un ente
que accione el recién adoptado Estatuto de Ciudadanía
Juvenil Ley 1622 de 2013, por ello la pertinencia de
esta propuesta.
1.1. INSTITUCIONALIDAD DE JUVENTUD
EN LATINOAMÉRICA
En los años ochenta la llegada de los gobiernos
democráticos a la mayoría de los países de la región

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