Gaceta del Congreso del 11-06-2008 - Número 350PSDPL (Contenido completo) - 11 de Junio de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766951529

Gaceta del Congreso del 11-06-2008 - Número 350PSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación11 Junio 2008
Número de Gaceta350
GACETA DEL CONGRESO 350 Miércoles 11 de junio de 2008 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVII - Nº 350 Bogotá, D. C., miércoles 11 de junio de 2008 EDICION DE 20 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESÚS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL (E.) DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G ACETA DEL C ONGRESO
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE
AL PROYECTO DE LEY NUMERO 202 DE 2007 CAMARA,
037 DE 2006 SENADO
por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental,
referentes a los residuos y desechos peligrosos
y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., junio 10 de 2008
Doctor
HERNANDO PALOMINO PALOMINO
Secretario Comisión Quinta
Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Respetado señor Secretario:
Para su trámite correspondiente y en cumplimiento de la designación
que nos hiciera la Mesa Directiva de la Comisión Quinta Constitucional
de la honorable Cámara de Representantes, nos permitimos rendir el in-
forme de ponencia para segundo debate al Proyecto de ley número 202
de 2007, Cámara, 037 de 2006 Senado, por la cual se dictan normas
prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos
peligrosos y se dictan otras disposiciones.
Cordialmente,
Sandra Arabella Velásquez Salcedo, Ponente Coordinadora; Dairo
José Bustillo Gómez, Dumith Antonio Náder Cura, Coponentes.
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NUMERO 202 DE 2007 CAMARA, 037 DE 2006 SENADO
por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental,
referentes a los residuos y desechos peligrosos
y se dictan otras disposiciones.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Como ponentes del Proyecto de ley número 202 de 2007 Cáma-
ra, 037 de 2006 Senado, por la cual se dictan normas prohibitivas en
materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se
dictan otras disposiciones, rendimos el correspondiente informe de po-
nencia, a consideración de la Plenaria de la Cámara de Representantes.
Consideramos que, Colombia es un país que requiere de la genera-
ción de una conciencia colectiva que busque ser amigable con el medio
ambiente; esto es, que se busque desarrollo sostenible de la Nación en
armonía y respeto con el entorno. Dentro de ello, el adecuado manejo de
residuos peligrosos debe ser tarea fundamental, tanto de los órganos del
Estado como de la población individual y colectivamente hablando.
Por todos debe ser conocido que la contaminación producida por la
generación de residuos peligrosos industriales y domésticos constituye
el talón de Aquiles no solo de Colombia sino de todos los países del
mundo, que en busca de un desarrollo permanente en la industria y el
FRPHUFLRKDVDFUL¿FDGRFRQVFLHQWHHLQFRQVFLHQWHPHQWH DOPHGLRDP-
biente. Quiere decir que, este mal llamado desarrollo se ha realizado a
costa de la extracción y destrucción acelerada de ecosistemas y recur-
sos naturales, con el uso excesivo de materiales peligrosos y sustancias
tóxicas en procesos productivos, los cuales a su vez generan un enorme
volumen de residuos y desechos peligrosos.
La industria no es el único sector generador de residuos peligrosos;
también hay que considerar el uso indiscriminado de plaguicidas quí-
micos en la agricultura, y los residuos biológico-infecciosos generados
por clínicas y hospitales. También hay que recordar que los hogares
domésticos, aun cuando en menor cuantía, son también generadores de
residuos peligrosos domésticos, en la medida en que consumen y des-
echan productos que contienen substancias y materiales tóxicos.
La falta de información y educación al público y las comunidades
sobre los riesgos que corren su salud y su ambiente por la exposición
de residuos peligrosos emitidos, limita la participación ciudadana, que
debe jugar el papel de palanca social para acelerar los cambios hacia
formas de producción más limpias y hacia una política más preventiva.
Muchas veces, cuando ocurren los accidentes en las empresas o en el
transporte de alguna sustancia, es que la comunidad se entera del peli-
gro que estaban corriendo y se movilizan para remediar la situación.
Los autores de este proyecto de ley consideraron pertinente aportar
una herramienta que a nivel de ley permita un desarrollo del accionar
mancomunado en un manejo adecuado, permanente y ojalá creciente,
de los residuos y desechos peligrosos.
Dentro de su estudio para primer debate en la Comisión Quinta de
la Cámara de Representantes se determinó que el texto aprobado por el
Senado de la República se ajustaba a la idea de sus autores, honorables
Senadores Sandra Moreno Piraquive y Manuel Antonio Virgüez y ho-
norable Representante Gloria Stella Díaz Ortiz.
la importación de toda clase de desechos, sino solamente la de los de-
Página 2 Miércoles 11 de junio de 2008 GACETA DEL CONGRESO 350
nominados residuos nucleares y de los desechos tóxicos, que son una
categoría de los desechos “peligrosos”. Los desechos peligrosos, distin-
tos de los tóxicos y los residuos nucleares, pueden ser objeto de impor-
tación o exportación, siempre y cuando el país pueda manejarlos de una
forma apropiada y razonable.
3RUVXSDUWHHO &RQYHQLRGH%DVLOHDUDWL¿FDGR SRU&RORPELDPH-
diante la Ley 253 de 1996, dejó a discrecionalidad de cada país sig-
natario, prohibir o no la importación de desechos peligrosos u otros
desechos1. Más tarde, al exigir la aplicación de una licencia ambien-
tal, la Ley 430 de 1998 permitió la importación regulada de desechos
peligrosos.
La Ley 253 de 1996 por la cual Colombia adopta el Convenio de
Basilea para la movilización transfronteriza de residuos peligrosos, en
HO$QH[R,9FRQWHPSODODFODVL¿FDFLyQGHORVUHVLGXRVSHOLJURVRVGLIH-
renciando los que por sus características y propiedades son susceptibles
de aprovechamiento y recuperación a través del reciclaje, de aquellos
TXHUHTXLHUHQGLVSRVLFLyQ¿QDOFRPR ~QLFDDOWHUQDWLYDGHHOLPLQDFLyQ
Igualmente uno de los principios básicos que Basilea considera para
permitir la movilización de un residuo, es que el país receptor cuen-
te con la tecnología ambientalmente adecuada y las instalaciones que
cumplan con los requerimientos ambientales vigentes.
Realizar la importación de un residuo peligroso con el objetivo
de realizar su aprovechamiento, debe prever un ejercicio técnico y
jurídico minucioso que conlleve a la decisión de otorgamiento de una
Licencia Ambiental, que en el caso de este proyecto de ley y de su ley
resultante al ser aprobado por el Congreso de la República, corres-
ponde al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,
tal que permita asegurar el cumplimiento de todos los requisitos am-
bientales vigentes.
Colombia ha desarrollado casos exitosos en los cuales con tecnolo-
gía ambientalmente adecuada se permite el procesamiento de algunos
residuos peligrosos. El país no puede perder la oportunidad de obtener
materias primas en forma competitiva.
En materia de competitividad es importante resaltar la utilización de
desechos peligrosos en lugar de materiales vírgenes (por ejemplo meta-
les) en los procesos productivos, con lo cual se minimiza la utilización
de los recursos naturales no renovables e incluso de las fuentes de ener-
gía. En el caso de los metales, los impactos ambientales más represen-
tativos se ocasionan en la extracción del medio natural; sin embargo, a
través de procesos de reciclaje ambientalmente adecuados los impactos
ambientales se reducen hasta un 80%. Esta alternativa implica la dismi-
nución de los costos de las materias primas utilizadas en los procesos de
fabricación de nuevos productos, lo que permitirá ser más competitivos
en la comercialización de los productos en el mercado nacional e inter-
nacional y una mayor generación de empleos.
En Colombia no hay alternativas de aprovechamiento o disposición
¿QDOSDUDDOJXQRVUHVLGXRVSHOLJURVRVSRUORTXHSDUDHVWRVVHUHTXLHUH
de alternativas fuera del país (exportación). Una posición de restringir
totalmente la introducción (importación) de algunos residuos peligro-
sos para su aprovechamiento ambientalmente adecuado puede generar
restricciones para sacar del país los residuos para los cuales no hay
desarrollo tecnológico de eliminación adecuada.
Mientras existan procesos ambientalmente responsables y seguros
para recuperar materias primas para la producción nacional, su prohi-
bición absoluta estaría disminuyendo la capacidad competitiva del país
frente a la competencia global, trayendo como consecuencia la pérdi-
da de oportunidades de integración con el mercado internacional y por
ende la eliminación de empleos y la pérdida de oportunidades de co-
mercialización de productos con alta generación de valor.
Este proyecto de ley fue aprobado en sesión de la Comisión Quinta
celebrada el día miércoles 4 de junio de 2008. En desarrollo de su dis-
cusión, debate y votación se presentaron los siguientes hechos:
I. El honorable Representante Orlando Duque Quiroga presentó so-
licitud de impedimento, en los siguientes términos:
1
“Junio 4 de 2008
Doctora
LUCERO CORTES
Presidenta Comisión Quinta
Por medio de la presente le solicito poner en consideración el impe-
dimento al Proyecto de ley número 202 de 2007, por tener un familiar
gerente de una compañía de servicio público dedicada a la recolección
de residuos sólidos y peligrosos.
Agradezco la atención.
Orlado Duque Quiroga,
Representante a la Cámara, Comisión Quinta”.
Puesta en consideración fue negada por unanimidad.
,,3URSRVLFLRQHVGHPRGL¿FDFLyQGHDOJXQRVDUWtFXORVXQDVQHJDGDV
o retiradas y otras aprobadas para los artículos 4º y 18; así:
A- Proposición Aditiva
Al numeral 3 del artículo 2º del texto de la ponencia, en los siguien-
tes términos: “Proposición aditiva Proyecto de ley número 202 de 2007
Cámara, 037 Senado.
Adiciónese al artículo 2º numeral 3, la expresión resaltada.
Artículo 2º. Principios. Con el objeto de establecer el alcance y con-
tenido de la presente ley, se atenderán los siguientes principios:
III. Prohibir la generación, almacenamiento o eliminación de resi-
duos o desechos peligrosos en ecosistemas estratégicos o importantes
del país, en áreas protegidas o de sensible afectación ecológica, terri-
torios ocupados por comunidades étnicas, ]RQDVGHLQÀXHQFLDGHKX-
medales o zonas de protección, o recarga hídrica dulce o en mares u
océanos, o en cercanías centros urbanos o poblaciones.
Esta proposición fue retirada por su autora, honorable Representante
Orsinia Patricia Polanco Jusayu;
B- Proposición al artículo 4º, adicionando los términos “o autori-
dad competente” después de la expresión “… competencia del Mi-
nisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial”, presentada
por el señor coponente Dairo José Bustillo Gómez.
'HQWURGHODGLVFXVLyQGHODSURSRVLFLyQVHDFRUGyPRGL¿FDUORVWpU-
minos “o autoridad competente” por “o Ministerio que le competa”,
a solicitud de varios honorables Representantes. Con ello se aprobó la
SURSRVLFLyQGHPRGL¿FDFLyQDODUWtFXOR
C- En el artículo 18 se presentó una proposición por parte de los
honorables Representantes Juan Carlos Valencia Montoya, Dairo José
Bustillo Gómez y Sandra Arabella Velásquez, solicitando dejar el texto
de este artículo como venía de Senado.
Con base en su discusión se acordó por los proponentes, incluidos
dos de los ponentes no considerarse para votación.
Una vez hecha esta determinación, se presenta una proposición de
PRGL¿FDFLyQDO DUWtFXOR  SRU SDUWH GH OD KRQRUDEOH 5HSUHVHQWDQWH
Liliana Barón Caballero, en los siguientes términos: “Elimínese la pa-
labra “ambientales” en el inciso 1º del artículo 18 del Proyecto de ley
número 202 de 2007 Cámara, 037 de 2006 Senado, por la cual se dictan
normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y
desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones”.
Esta proposición fue aprobada.
Proposición
Por las consideraciones anteriores y conforme a las disposiciones re-
glamentarias, proponemos a los honorables Representantes de Cámara,
dar segundo debate al Proyecto de ley número 202 de 2007 Cámara,
037 de 2006 Senado, por la cual se dictan normas prohibitivas en ma-
teria ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se
dictan otras disposiciones.
De los honorables Representantes,
Sandra Arabella Velásquez Salcedo, Ponente Coordinadora; Dairo
José Bustillo Gómez, Dumith Antonio Náder Cura, Coponentes.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR