Gaceta del Congreso del 11-12-2009 - Número 1276IPPPPL (Contenido completo) - 11 de Diciembre de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766718357

Gaceta del Congreso del 11-12-2009 - Número 1276IPPPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación11 Diciembre 2009
Número de Gaceta1276
GACETA DEL CONGRESO 1.276 Viernes 11 de diciembre de 2009 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVIII - Nº 1.276 Bogotá, D. C., viernes 11 de diciembre de 2009 EDICION DE 28 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESUS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA AL PROYECTO DE
LEY NUMERO 138 DE 2009 CAMARA
por medio de la cual se declara la Fundación Foto-
museo Museo Nacional de la Fotografía como patri-
monio cultural de la Nación.
Bogotá, D. C., 10 de diciembre de 2009
Honorable Representante
MANUEL JOSE VIVES
Presidente Comisión Segunda
CAMARA DE REPRESENTANTES
Respetado señor Presidente:
De conformidad con el honroso encargo que me
fuera encomendado por la Mesa Directiva de la Co-
misión Segunda de la Cámara de Representantes, me
permito rendir informe de ponencia para primer debate
al Proyecto de ley 138 de 2009 Cámara, por medio
de la cual se declara la Fundación Fotomuseo Museo
Nacional de la Fotografía como Patrimonio Cultural
de la Nación”.
I. OBJETO DEL PROYECTO
Es objeto del presente proyecto de ley es declarar
la Fundación Fotomuseo Museo Nacional de la Foto-
grafía, patrimonio cultural de la Nación. El autor para
-
ve semblanza de lo que es la Fundación Fotomuseo
Museo Nacional de la Fotografía, de su importancia
para las artes y la cultura del País y la relevancia del
Derecho a la cultura como derecho social, económico
y cultural dentro de nuestro ordenamiento jurídico.
II. ANTECEDENTES
El 18 de agosto de 1998 se crea el FOTOMUSEO,
como una Fundación sin ánimo de lucro, enmarcada
     
que propone la difusión, el estímulo a la creación y la
conservación de nuestro patrimonio.
El Fotomuseo tiene un considerable catálogo de
objetivos, dentro de los principales, se encuentran los
siguientes:
Generar procesos y entornos de formación y actua-
lización que involucren a la sociedad en general, así
como, a las personas interesadas y especializadas en el

Involucrar a instituciones académicas, culturales y
de otras índoles, estableciendo un diálogo continuo en-

Propiciar los mecanismos indicados para su trans-
misión a las comunidades.
Apoyar la formación de públicos multiplicadores

Contribuir al embellecimiento urbano.
Revolucionar el concepto de museo transformán-
         
concurre un número limitado de espectadores, en un
sistema ágil, abierto y popular.
Contribuir a que ciudades como Bogotá, Cartage-
na, Medellín, Cali, Bucaramanga y demás capitales se
consoliden como destino cultural, comercial, turístico

Otorgarles a los ciudadanos en general, las posibili-

en primer lugar en un mejor entorno y, a su vez, en una
forma de convivencia y de acercamiento a la cultura.
Consolidar una propuesta única en Latinoamérica


en un símbolo de nuestras ciudades, dándoles a sus ca-
lles y avenidas un sello característico y una identidad
propia.
Con el propósito de llegar de manera más directa
 
en 30 módulos transportables, bellamente diseñados,

alta resistencia, de un tamaño de 2.27 m., de alto por
1.10 m., de ancho, nivelables y resistentes a la intem-
      
diferentes puntos de la ciudad de Bogotá y en otras
capitales del país.
Página 2 Viernes 11 de diciembre de 2009 GACETA DEL CONGRESO 1.276
III. CONTENIDO DEL PROYECTO
El proyecto de ley está compuesto por tres artícu-
los. El primero, busca declarar Patrimonio Cultural de
la Nación a la Fundación Fotomuseo, Museo Nacional
de la Fotografía; el segundo, persigue que el Gobier-
no Nacional a través del Ministerio de la Cultura con-
tribuirá al fomento, internacionalización, promoción,
      
culturales que se originan alrededor de las actividades
desarrolladas por la Fundación Fotomuseo, Museo Na-
cional de la Fotografía.
El artículo 3°, que hace mención a la promulgación
y entrada en vigencia de la presente ley.
IV. CONSIDERACIONES
La Constitución Política de nuestro país es clara al
establecer en el artículo 70, la obligación que tienen las
autoridades Estatales de promover y fomentar el acceso
a la cultura en condiciones de equidad e igualdad.
Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover
y fomentar el acceso a la cultura de todos los colom-
bianos en igualdad de oportunidades, por medio de la
-
ca, artística y profesional en todas las etapas del proce-
so de creación de la identidad nacional.
La cultura en sus diversas manifestaciones es fun-
damento de la nacionalidad. El Estado reconoce la
igualdad y dignidad de todas las que conviven en el
país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia,
el desarrollo y la difusión de los valores culturales de
la Nación”.
Es importante hacer conocer a los legisladores que
el Fotomuseo en las condiciones en las que lleva a cabo
   
       
     
igualdad, de igual forma contribuye al mejoramiento ur-
bano y al ornato, como valores agregados de su misión.
En este mismo sentido el artículo 71 de nuestra Car-
ta Política, tiene una importante previsión, que también
sirve de sustento normativo a este proyecto de ley.
Artículo 71. La búsqueda del conocimiento y la

económico y social incluirán el fomento a las ciencias
y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos
para personas e instituciones que desarrollen y fomen-
ten la ciencia y la tecnología y las demás manifestacio-
nes culturales y ofrecerá estímulos especiales a perso-
nas e instituciones que ejerzan estas actividades”.
Se considera que este mandato constitucional impone
al Estado y a sus entidades la labor de impulsar en la for-
ma que lo consideren conveniente, oportuno y proporcio-
nado a todas aquellas personas naturales o jurídicas que
en ejercicio de sus funciones y en cumplimiento de sus
objetivos institucionales desarrollen y fomenten la cultu-
ra y las artes en cualquiera de sus manifestaciones.
Es de suma importancia el presente proyecto de ley,
toda vez que se pretende el desarrollo y el cumplimien-
to de los anteriores mandatos constitucionales.
Estos mandatos constitucionales, han sido enfatiza-
dos también por la jurisprudencia de la Corte Consti-
tucional, que ha enmarcado los conceptos arriba enun-
ciados dentro de la promoción cultural, como actividad
que debe tener el adecuado estímulo y protección por
el Estado.
La Fundación Fotomuseo, Museo Nacional de la
Fotografía, ha cumplido su misión y ha sido reconoci-

de los últimos tiempos no sólo en Colombia, sino in-
ternacionalmente.
En este sentido, el Fotomuseo ha recibido elogios
a nivel internacional, al punto de que delegaciones de
los Ministerios de Cultura del Perú y de Venezuela, so-
licitaron asesoría para montar museos similares en sus
respectivos países. De igual manera, la Municipal Art
Society de Nueva York y el Museo Reina Sofía de Es-
paña están interesados en copiar el concepto del museo
itinerante que Colombia ha concebido.
Es importante señalar que el Fotomuseo tiene sus orí-
genes en la ciudad de Bogotá que además de ser la capital
del país y sede del gobierno, es una ciudad cultural, ca-
      
los más ilustres visitantes europeos. Así esta entidad, ha
pretendido dotarla de un símbolo cultural que enriquezca
la identidad de sus calles y de sus espacios públicos, y que
despierte en sus espectadores y partícipes un sentimiento
de solidaridad, memoria y pertenencia.
Solamente en Bogotá sus muestras itinerantes son
visitadas por un promedio de 1.500.000 personas du-
rante el tiempo que dura cada muestra (45 días), acor-
   
donde el Fotomuseo es instalado.
Por lo anterior, el Concejo Distrital mediante el
Acuerdo número 142 de 2006, declaró de Interés Cul-
tural las actividades del Fotomuseo, Museo Nacional
de la Fotografía en Bogotá, D. C.
No obstante ser Bogotá la cuna de esta importante
manifestación artística, el Fotomuseo ha llevado sus
        
  
nacional e internacional que se pretende reforzar con el
presente proyecto de ley.
Proposición:
Dar primer debate al Proyecto de ley número 138
de 2009 Cámara, por medio de la cual se declara la
Fundación Fotomuseo Museo Nacional de la Fotogra-
fía como patrimonio cultural de la Nación.
PROYECTO DE LEY NUMERO 138
DE 2009 CAMARA
por medio de la cual se declara la Fundación Fotomu-
seo, Museo Nacional de la Fotografía como patrimo-
nio cultural de la Nación.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Declárese patrimonio cultural de la Na-
ción a la Fundación Fotomuseo, Museo Nacional de la
Fotografía.
Artículo 2º. El Gobierno Nacional a través del Mi-
nisterio de Cultura contribuirá al fomento, interna-
   
y progreso de los valores culturales que se originan
alrededor de las actividades desarrolladas por la Fun-
dación Fotomuseo - Museo Nacional de la fotografía.
Artículo 3º. La presente ley rige a partir de la fecha
de su publicación.
Atentamente,
Crisanto Pizo Mazabuel,
Representante a la Cámara.

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