Gaceta del Congreso del 11-12-2017 - Número 1168IPSDPL (Contenido completo)
Fecha de publicación | 11 Diciembre 2017 |
Número de Gaceta | 1168 |
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 1168 Bogotá, D. C., lunes, 11 de diciembre de 2017 EDICIÓN DE 40 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
* ൺ ർ ൾ ඍ ൺ ൽ ൾ අ & ඈ ඇ උ ൾ ඌ ඈ
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA SEGUNDO DEBATE AL
PROY ECTO DE LE Y NÚMERO 123 D E 2017
CÁMARA
por el cual se dictan disposiciones relacionadas
FRQODGLJQL¿FDFLyQGHOWUDEDMRGHODSREODFLyQ
UXUDOHQ&RORPELD\HOHVWDEOHFLPLHQWRGHXQSLVR
GHSURWHFFLyQVRFLDOPtQLPR
I. ANTECEDENTE DE LA INICIATIVA
La presente iniciativa es de origen parlamentario;
fue radicada por los honorables Representantes a
la Cámara Hernán Penagos Giraldo, Jorge Eliécer
Tamayo Marulanda, José Edilberto Caicedo
Sastoque, Carlos Arturo Correa Mojica, Marta
Cecilia Curi Osorio, Jaime Buenahora Febres,
Dídier Burgos Ramírez, Élbert Díaz Lozano,
Eduardo José Tous de la Ossa, Jhon Eduardo
Molina Figueredo, Bérner León Zambrano Eraso,
Efraín Antonio Torres Monsalvo, Alonso José
GHO5tR&DEDUFDV 1HU\2URV2UWL] \RWUDV¿UPDV
ilegibles; fue publicada en la Gaceta del Congreso
número 752 del 2017.
La Mesa Directiva de la Comisión Séptima
de Cámara de Representantes designó el 20 de
septiembre de 2017 como ponentes para primer
debate, a los Representantes Rafael Eduardo Paláu
Salazar (Ponente coordinador); Ana Cristina Paz
Cardona y Argenis Velásquez Ramírez.
El proyecto de ley fue discutido y aprobado
VXDUWLFXODGR VLQ PRGL¿FDFLRQHV HQ OD &RPLVLyQ
Séptima de Cámara de Representantes, el día 31
de octubre de 2017.
La Mesa Directiva de la Comisión Séptima
de Cámara designó a los mismos ponentes para
segundo debate en la plenaria de Cámara de
Representantes.
II. COMPETENCIA
El proyecto de ley está en consonancia con los
Política referentes a su origen, competencia,
formalidades de publicidad y unidad de materia.
Así mismo, está en línea con lo establecido en
el artículo 140 numeral 1 de la Ley 5ª de 1992, ya
que se trata de una iniciativa parlamentaria.
III. CONTENIDO DEL PROYECTO DE
LEY
El objeto del proyecto es establecer un piso
PtQLPR GH SURWHFFLyQ VRFLDO TXH GLJQL¿TXH D
los habitantes del sector rural que desarrollen
actividades agrícolas mediante contratos de
trabajo, contratos de prestación de servicios o, en
general, cualquier otra forma y/o modalidad de
vinculación, en favor de otros o por cuenta propia,
GH WDO VXHUWH TXH SXHGDQ DFFHGHU D EHQH¿FLRV
mínimos en materia de protección para su vejez,
salud, así como para cubrir los riesgos derivados
del ejercicio de cualquier actividad agropecuaria,
cuando no cumplan con las condiciones de acceso
a los regímenes contributivos de la seguridad
social.
El proyecto cuenta con veintidós (22) artículos,
divididos en cuatro (4) capítulos, de los cuales uno
se ocupa del piso mínimo de protección social, otro
GHODGLJQL¿FDFLyQ GHOWUDEDMRDJURSHFXDULR HQHO
cual se consagran las disposiciones laborales, y
los restantes capítulos abordan aspectos generales
\GLVSRVLFLRQHV¿QDOHV
- El Capítulo I, contiene las generalidades
SULQFLSLRV REMHWR GH¿QLFLRQHV DOFDQFH \
relación jurídica para el desarrollo de actividades
agropecuarias en el sector rural).
- En el Capítulo II, de piso mínimo
de protección social (ámbito de aplicación,
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protección social mínima para los trabajadores y
contratistas independientes o por cuenta propia
agropecuarios, cruces de información entre las
autoridades, desarrollo y promoción de programas
que incentiven el ahorro para la vejez a cargo de
las autoridades departamentales y municipales,
promoción del piso mínimo de protección
VRFLDOD WUDYpV GH ODV DVRFLDFLRQHVGLJQL¿FDFLyQ
GHO KDELWDQWH GHO VHFWRU UXUDO \ D¿OLDFLyQ GH
los trabajadores agropecuarios y contratistas
independientes o por cuenta propia agropecuarios
al régimen de protección social).
Se busca articular el acceso a una serie de
prestaciones económicas y asistenciales mínimas
a todos los habitantes del sector rural que realicen
DFWLYLGDGHV DJURSHFXDULDV VHJ~Q VH GH¿QH HQ
el proyecto de ley, y cuyos ingresos promedio
mensuales en el año calendario inmediatamente
anterior no superen el valor de un (1) salario
mínimo legal mensual vigente, una vez restado
un porcentaje equivalente al monto de los gastos
en que deba incurrir por concepto de vivienda,
alimentación, y manutención.
&DStWXOR ,,, 'LJQL¿FDFLyQ GHO WUDEDMR
agropecuario (contrato de trabajo agropecuario.
Jornal diario integral, jornadas especiales de
trabajo, trabajo suplementario, cotización de
los trabajadores agropecuarios al régimen de
protección social, formación para trabajadores
agropecuarios).
&DStWXOR ,9 'LVSRVLFLRQHV ¿QDOHV
VHUYLFLRGHD¿OLDFLyQ VLPSOL¿FDGRDO UpJLPHQGH
protección social, régimen de servicios sociales
para trabajadores agropecuarios, servicio público
de empleo para el sector rural, deducibilidad de
los pagos realizados en el marco de actividades
agrícolas, deducibilidad de los pagos realizados
en el marco de actividades agrícolas, vigencia).
Este capítulo es importante con relación a que
el trabajador agropecuario podrá contar con los
servicios de las Cajas de Compensación Familiar
y otros artículos de impacto para el habitante del
sector rural.
IV. CONTEXTO ACTUAL
1. CRISIS DE LA POBLACIÓN RURAL
PARA ACCEDER A LOS SISTEMAS DE
PROTECCIÓN SOCIAL
La regulación colombiana en materia de
acceso al sistema de protección social para los
trabajadores es ajena a la realidad del campo
colombiano1. La ausencia de infraestructura y
1 “Aún muchos asalariados del campo carecen de los me-
canismos de protección social que favorecen a sus con-
géneres urbanos. Este hecho y, aún más, el predominio
de prácticas informales de trabajo, implica que algunos
mecanismos de protección social (el sistema pensional),
casi no existen en las zonas rurales y otros tienen un de-
sarrollo precario (acceso a los servicios de las Cajas de
Compensación), o están caracterizados por serios pro-
blemas de calidad (educación y salud). Aunque su con-
tribución al ingreso de los habitantes rurales es todavía
de una logística de servicios que permitan las
D¿OLDFLRQHV GH ORV WUDEDMDGRUHV GHO FDPSR DO
sistema de riesgos laborales o de pensiones en las
poblaciones donde residen, la falta de incentivos
concretos a la formalización laboral en el campo
colombiano, el desconocimiento de programas de
seguridad social implementados por el Gobierno
nacional y la falta de políticas efectivas de
GLYXOJDFLyQ GH ORV SURFHGLPLHQWRV \ EHQH¿FLRV
GHOD D¿OLDFLyQ D GLFKRVSURJUDPDV2, son apenas
algunos ejemplos que permiten entender las altas
tasas de informalidad que aún se mantienen en la
población rural3\ TXH UDWL¿FDQ OD QHFHVLGDG GH
revisar la viabilidad y conveniencia de exigirle
al sector rural el cumplimiento de los mismos
requisitos que impone la ley colombiana para
pequeña, algo se ha logrado compensar con los nuevos
EHQH¿FLRVGHO VLVWHPDGH SURPRFLyQVRFLDO HQ HVSHFLDO
con los subsidios condicionados, gracias a la política de
ampliar la cobertura y montos en zonas rurales que em-
pezó a ejecutarse en 2012. Sin embargo, los avances en
los componentes universales (seguridad social integral,
acceso a activos y manejo de riesgos, por ejemplo) son
todavía muy precarios debido al vínculo de la protección
social en Colombia con el empleo formal.” Tomado del
informe: “El campo colombiano: un camino hacia el
bienestar y la paz” – Tomo 3 - Departamento Nacional
de Planeación, 2015, página 260. Disponible en: https://
colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Agriculturapecuariofo-
restal%20y%20pesca/TOMO%203.pdf.
2 “La calidad de los ingresos rurales también depende del
tipo y formalidad del empleo. Sobre el mercado laboral
y la seguridad social en la zona rural, se destacan tres
KHFKRVHVWLOL]DGRV %DMR QLYHO GH D¿OLDFLyQ D ORV UH-
gímenes contributivos; si bien el 90,7% de la población
UXUDOWRWDOHVWiD¿OLDGDDOVLVWHPDGHVDOXGHOHVWi
D¿OLDGRDWUDYpVGHOUpJLPHQVXEVLGLDGR+D\XQDSUH-
IHUHQFLDSRU D¿OLDFLyQ DVDOXG VROR HO GH ODSR-
blación ocupada cotiza a pensiones mientras que en las
cabeceras es el 38,9%; y 3. La mayor cobertura en los re-
gímenes contributivos se da en el grupo de empleados y
trabajadores particulares y en el sector de intermediación
¿QDQFLHUDGRQGHDOFDQ]DHOSHUR HVPX\EDMDHQ
el grupo de cuenta propia y en la agricultura (Merchán,
2014). Las características ya mencionadas de los em-
pleos rurales, como estacionalidad y mayor proporción
en cuenta propia se traducen en una ruptura del sistema
de protección social, especialmente de seguridad social,
al estar condicionado por el empleo formal”. ,ELGHP, pá-
gina 51.
3 A manera de ejemplo, en el sector cafetero: “(…) se
puede observar que en el periodo 2008-2013, aproxima-
damente el 3% de empleo a nivel nacional es generado
por este sector. No obstante lo anterior, la informalidad
laboral, medida a través de la ausencia de cotización a
los fondos de pensiones, es muy alta; aunque ha venido
disminuyendo en los últimos seis años, de 97.4% en el
2008 a 92.4% en el 2013.” Ver al respecto: “Efectos en
HOPHUFDGRGHWUDEDMR FRPRFRQVHFXHQFLD GHODDSOLFD-
FLyQGHFKRTXHV HVSHFt¿FRVHQ ODSURGXFFLyQGHOVHFWRU
FDIHWHUR´ Autores: 2VFDU+HUQiQ 0XxR] \
-HVVLFD1DWDOLD3iH]&RUWpV Revista ib., Vol. 4, núm. 1,
página 127. Fuente de la información: DANE – GEIH.
Cálculos SAMPL-DGPESF-Mintrabajo.
Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇඋൾඌඈ 1168 Lunes, 11 de diciembre de 2017 Página 3
acceder al sistema de protección social a los
demás sectores4.
En efecto, tal y como se puede concluir de la
información recopilada en numerosos estudios
sobre la materia5, los pilares sobre los que se
construye el sistema de protección social en
Colombia no se compadecen con la realidad
de la población rural del país y, por ello, a la
fecha se mantienen barreras materiales y legales
que perpetúan el VWDWX TXR del concepto de
informalidad que existe para otros parámetros de
población y lo que es aún más grave, la falta de
acceso a mínimos asistenciales y económicos para
los trabajadores del campo.
Sobre esta materia, el informe: “El campo
colombiano: un camino hacia el bienestar y la paz”
resulta bastante ilustrativo al indicar: “La calidad
de los ingresos rurales también depende del
tipo y formalidad del empleo. Sobre el mercado
laboral y la seguridad social en la zona rural, se
destacan tres hechos estilizados: 1. Bajo nivel
GH D¿OLDFLyQ D ORV UHJtPHQHV FRQWULEXWLYRV
VL ELHQ HO GH OD SREODFLyQ UXUDO WRWDO
HVWi D¿OLDGD DO VLVWHPD GH VDOXG HO
HVWi D¿OLDGR D WUDYpV GHO UpJLPHQ VXEVLGLDGR
+D\ XQD SUHIHUHQFLDSRU D¿OLDFLyQD VDOXG
VRORHOGHOD SREODFLyQ RFXSDGD FRWL]D
D SHQVLRQHV PLHQWUDV TXH HQ ODV FDEHFHUDV
HVHO \ /D PD\RU FREHUWXUD HQ ORV
UHJtPHQHVFRQWULEXWLYRV VH GD HQ HO JUXSR GH
HPSOHDGRV \ WUDEDMDGRUHV SDUWLFXODUHV \ HQ
HO VHFWRU GH LQWHUPHGLDFLyQ ¿QDQFLHUD GRQGH
DOFDQ]DHOSHURHVPX\EDMDHQHOJUXSR
4 “Aunque en el campo la tasa de desempleo es de casi la
mitad que la urbana, los empleos que tienen son de mala
calidad, pues son remunerados por debajo del salario mí-
nimo y con una muy baja proporción de vinculación a la
seguridad social. La agricultura permanece el mayor ge-
nerador de empleo en el área dispersa e inclusive cuando
se incluyen las cabeceras rurales emplea a cerca del 50%
de la población. Cerca de la mitad de los trabajadores son
por cuenta propia y la estructura laboral entre hombres
\PXMHUHVGL¿HUHQRWDEOHPHQWH 3RU~OWLPRDO UHYLVDUOD
reglamentación laboral nacional se debe revisar su im-
pacto sobre las condiciones del campo, pues es claro que
PXFKRVIDFWRUHVFRPRORVKRUDULRV\ORVEHQH¿FLRVGHODV
cajas de compensación están pensados para entornos ur-
banos”. Tomado del informe: “El campo colombiano: un
camino hacia el bienestar y la paz” – Tomo 1 - Departa-
mento Nacional de Planeación, 2015, página 128. Dispo-
nible en: https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Agricul-
turapecuarioforestal%20y%20pesca/TOMO%203.pdf.
5 Ver al respecto: Censo Nacional Agropecuario 2014 –
Departamento Administrativo Nacional de Estadística
(DANE). 2014; “El campo colombiano: un camino hacia
el bienestar y la paz” – Tomo 3 - Departamento Nacional
de Planeación, 2015, disponible en: https://colaboracion.
dnp.gov.co/CDT/Agriculturapecuarioforestal%20y%20
pesca/TOMO%203.pdf; OISS. Propuesta de la Organi-
zación Iberoamericana de Seguridad Social. En: Apor-
tes para la Construcción de la protección social rural
en Colombia. (2016, Bogotá). Memorias del Seminario
Iberoamericano sobre Protección Social para la Paz con
Énfasis en Población Rural. 2016, entre otros.
GHFXHQWDSURSLD\HQ ODDJULFXOWXUD (Merchán,
2014). Las características ya mencionadas de
los empleos rurales, como estacionalidad y
mayor proporción en cuenta propia se traducen
en una ruptura del sistema de protección social,
especialmente de seguridad social, al estar
condicionado por el empleo formal”6.
En relación con las barreras materiales, se
ha enfatizado de tiempo atrás que la cobertura
de servicios de las ARL y las EPS no es lo
VX¿FLHQWHPHQWH DPSOLD SDUD DWHQGHU ORV ULHJRV
de enfermedad y salud que se presentan en zonas
rurales, especialmente en aquellos territorios
apartados de las principales ciudades y/o de
las cabeceras municipales7. Esta situación ha
implicado que, inclusive en el escenario en que
ORV WUDEDMDGRUHV UXUDOHV VH HQFXHQWUDQ D¿OLDGRV
al sistema de seguridad social en salud y
riesgos laborales, estos no puedan gozar de las
prestaciones asistenciales derivadas de ellos por
la imposibilidad material de acceder a los mismos.
Es decir, hay pagos, aseguramiento y no prestación
de los servicios mínimos. La oferta institucional
no se encuentra para el mínimo cumplimiento de
las disposiciones legales.
$GLFLRQDOPHQWH ODV GH¿FLHQFLDV HQ OD
infraestructura rural, el estado de las carreteras y,
en general, de la malla vial en algunas regiones
GHOSDtVDVtFRPRODVFRQVHFXHQWHVGL¿FXOWDGHVHQ
el transporte de la población rural a las cabeceras
municipales, constituyen barreras adicionales
que limitan la posibilidad de acceder de manera
efectiva a los servicios de salud y atención de
enfermedades que pueden ofrecer los sistemas de
seguridad social8.
6 Tomado del informe: “El campo colombiano: un camino
hacia el bienestar y la paz” – Tomo 3 - publicado por el
Departamento Nacional de Planeación, 2015. página 51.
7 Por otro lado, las personas que viven en zona rural tie-
nen menor probabilidad de acceder a la atención médica
que quienes habitan en zonas urbanas o en inspecciones
de policía, mostrando que aún hace falta reducir las des-
igualdades a pesar de que entre 1997 y 2012 aumentó el
acceso para las personas del área rural mientras que para
el área urbana se redujo. También tienen menor probabi-
lidad de acceso quienes no están cubiertos por el sistema,
mostrando la importancia de la expansión de la cobertura
lograda con la implementación de la Ley 100 de 1993, y
que con mayor cobertura habrá más acceso, sobre todo, si
se amplía la población cubierta en el régimen contributi-
YR/DRIHUWDGHSUHVWDGRUHVWDPELpQUHVXOWyVLJQL¿FDWLYD
aunque con un efecto marginal pequeño, indicando que
para el caso de los prestadores de servicios de salud se
UHTXHULUtDQHVIXHU]RV ¿VFDOHVEDVWDQWHJUDQGHV HQPDWH-
ria de recursos para reducir las desigualdades y lograr
aumentar el acceso a los servicios médicos.” Tomado
de: García Ayala, Jhorland: “La salud en Colombia: más
cobertura, pero menos acceso.” – Centro de Estudios
Económicos Regionales (CEER) – Banco de la Repú-
blica. Cartagena, 2014. Páginas 28 y 29. Disponible en:
KWWSZZZEDQUHSJRYFRGRFXP/HFWXUDB¿QDQ]DVSGI
dtser_204.pdf.
8 Del total del área rural del país, 65,3 millones de hec-
táreas (el 56%) se encuentran a más de tres horas de
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