Gaceta del Congreso del 13-12-2017 - Número 1189IPSDPL (Contenido completo) - 13 de Diciembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 767439629

Gaceta del Congreso del 13-12-2017 - Número 1189IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación13 Diciembre 2017
Número de Gaceta1189
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 1189 Bogotá, D. C., miércoles, 13 de diciembre de 2017 EDICIÓN DE 24 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA
SEGUNDO DEBATE AL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 98 DE 2017 SENADO
por medio de la cual se convoca una
Asamblea Nacional Constituyente en los
términos del artículo 376 de la Constitución
Política para efectuar una reforma integral y
estructural a la justicia.
Bogotá, D. C., 12 de diciembre de 2017
Senador
ROOSVELT RODRÍGUEZ RENGIFO
Presidente Comisión Primera
Honorable Senado de la República
Ciudad.
En cumplimiento del honroso encargo que
me impartió la Mesa Directiva de la Comisión
Primera del Senado de la República, me permito
presentar informe positivo de ponencia para
segundo debate al Proyecto de ley número 98 de
2017 Senado, por medio de la cual se convoca una
Asamblea Nacional Constituyente en los términos
efectuar una reforma integral y estructural a la
justicia.
La presente ponencia consta de las siguientes
partes:
I. Trámite.
II. Objetivo y contenido del proyecto de ley.
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VI. Proposición.
VII. Texto propuesto.
I. TRÁMITE
El proyecto de ley objeto de estudio fue
presentado el pasado 22 de agosto de 2017 por
la senadora Viviane Morales Hoyos. Radicado
el proyecto, fue remitido a la Comisión Primera
Constitucional Permanente por disposición de la
Presidencia del Senado de la República. El 14 de
septiembre de 2017, por designación de la Mesa
Directiva le correspondió a la suscrita Senadora
rendir informe de ponencia para primer debate,
mediante Acta MD-10 de 14 de septiembre de
2017.
El proyecto de ley fue discutido en la Comisión
Primera del Senado de la República el día 5 de
diciembre del año en curso. La proposición
positiva con la que terminaba la ponencia fue
aprobada con 15 votos por el sí y 0 votos por el no,
y el articulado fue aprobado con 14 votos a favor
y 0 votos en contra. En el trascurso de la discusión
intervinieron los siguientes Senadores:
Senador Roy Barreras (Partido de la U): En
su intervención, el Senador planteó la necesidad
de incluir dentro de las competencias de la
Asamblea Nacional Constituyente las normas
correspondientes a la Reforma Política, dadas
ODV GL¿FXOWDGHV GHO &RQJUHVR GH OD 5HS~EOLFD
para adelantar una reforma en la materia. En
segundo lugar, planteó una serie de críticas frente
a la limitación de las facultades del constituyente
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recordando la objeción presidencial a la Reforma
DOD -XVWLFLD GHODxR  TXHFDOL¿Fy FRPR XQ
golpe de Estado. Profundizó en los puntos que
considera necesario abordar en una eventual
Reforma Política, que debía depurar la democracia
colombiana.
Senador José Obdulio Gaviria (Partido Centro
Democrático): Intervino para manifestar su apoyo
Página 2 Miércoles, 13 de diciembre de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 1189
D OD LQLFLDWLYD WUDV UHVDOWDU ODV GL¿FXOWDGHV SDUD
adelantar exitosamente una reforma a la justicia
en el Congreso de la República. El Senador
hizo especial énfasis en la necesidad de aclarar
el carácter limitado del temario que tendría la
Asamblea Constituyente, dadas las críticas que
ciertos sectores habían planteado en contra de la
propuesta al sostener erróneamente que una vez
instalada la Asamblea Nacional Constituyente,
esta podía declararse ilimitada en cuanto al
temario. Recordó para esos efectos la diferencia
entre el proceso constituyente de 1991 con el
proceso actual, resaltando que el artículo 376 de
la Constitución Política establece claramente que
la competencia, el período y la composición de la
Asamblea estarían limitadas por la ley que apruebe
su convocatoria. Propuso considerar la inmunidad
para los miembros de la Constituyente, con el
objeto de que puedan trabajar tranquilamente en
la elaboración de la reforma.
Senador Eduardo Enríquez Maya (Partido
Conservador Colombiano): El Senador aplaudió la
iniciativa, y manifestó el voto positivo de los tres
miembros del Partido Conservador Colombiano
al proyecto de ley. Hizo un recuento histórico
del proceso constituyente de 1991, que considera
se realizó con algunas imposturas. Recordó que
uno de los objetivos de la Constituyente de 1991
era reformar la justicia, sumados al de la paz, la
economía, la política y la descentralización, que
han sido propósitos frustrados.
Senadora Claudia López (Partido Verde): La
Senadora Claudia López planteó la necesidad de
adelantar una reforma a la justicia por la vía de
una Asamblea Nacional Constituyente, dado que
las sentencias de la Corte Constitucional le han
cerrado la puerta al Congreso para desarrollar
estas reformas. No obstante, consideró que la
competencia de la Constituyente debía extenderse
a la Reforma Política y al régimen departamental,
por lo que radicó después de cerrado el debate
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incluir estos temas dentro de las materias a abordar
por la Asamblea Constituyente.
II. OBJETO Y CONTENIDO DEL
PROYECTO DE LEY
De acuerdo con el texto propuesto, el proyecto
de ley bajo estudio tiene por objeto convocar a
una Asamblea Nacional Constituyente limitada
en su competencia, duración, e integración, para
efectuar una reforma integral y estructural de la
Rama Judicial y la Administración de Justicia
consagrada en el Título VIII de la Constitución
Política, así como las demás disposiciones
constitucionales que no hagan parte de este título
pero que en todo caso guardan una relación estricta
y necesaria con la Administración de Justicia.
III. JUSTIFICACIÓN DE LA INICIATIVA
Así como en otros tiempos la amenaza de los
violentos afectó gravemente la permanencia de las
LQVWLWXFLRQHV\ ODFRQ¿DQ]DGH ORVFLXGDGDQRV HQ
la justicia, hoy la amenaza de los corruptos pone
en entredicho las instituciones más preciadas del
Estado de Derecho.
La Constitución de 1991 fracasó en el diseño
de la Rama Judicial, como lo atestiguan los más
de 46 proyectos que han perseguido su reforma
a lo largo de estos 26 años. Las funciones
electorales de las Cortes, el sistema de cooptación,
los controles cruzados y el fetichismo judicial se
sumaron para permitir que en la Rama anidaran
prácticas corruptas que han sido denunciadas en
los últimos días y que llegan hasta lo más alto
de la Rama, lo que nos exige sin más dilaciones
encarar el tema de la reforma a la Rama Judicial y
a la Administración de Justicia.
A esto se ha sumado la incapacidad de los
Gobiernos, durante más de 25 años, de liderar una
reforma estructural que valga la pena. La última
de ellas, la tan aclamada reforma de equilibrio de
poderes, se convirtió en ejemplo de la máxima
que di Lampedusa narrara en El Gatopardo: “Si
queremos que todo siga como está, necesitamos
que todo cambie”. Esta pésima reforma, en la que
el Congreso se arriesgó a crear un Tribunal de
Aforados que pusiera el freno, fue blanco de las
críticas del entonces Fiscal General de la Nación
y del otrora Presidente de la Corte Suprema
de Justicia, Magistrado Leonidas Bustos, que
UHSURFKDEDQ HQ DTXHOOD ¿JXUD OD DXGDFLD GHO
Congreso en la que denominaron como la
“segunda toma del Palacio de Justicia”, en una
comparación que a la luz de la realidad de hoy
se ve perversa. Sólo con la peligrosa introducción
de la inviolabilidad de los Magistrados la reforma
encontró su luz, y tras ser promulgada la Corte
Constitucional estimó que el Congreso no
tenía posibilidad alguna de realizar este tipo de
reformas.
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más la incapacidad del Gobierno, la cobardía del
Congreso y la testarudez de los Magistrados. El
país no aguanta más las ingeniosas alternativas
SDUDYHQFHUHOÀDJHOR TXHQRVRQPiV TXHSDxRV
de agua tibia para un problema estructural de las
instituciones. La sociedad ha dicho basta, en las
más diversas formas, a la corrupción que carcome
la Rama Judicial. No obstante, el profundo
desprestigio y el doloroso desconcierto que nos
KDQGHMDGR DxRV GH LQH¿FLHQFLD \ FRUUXSFLyQ HQ
algunos sectores de la administración de justicia
no han encontrado aún el canal adecuado para
expresar su indignación, por lo cual es nuestra
responsabilidad crearlo. Con un Congreso
reducido en su facultad constituyente, despejar
el camino para que sea el Soberano el que pueda
dar solución a este problema histórico de nuestra
Nación es la única alternativa. Es hora de una
Asamblea Nacional Constituyente para reformar
la justicia.
Pocas veces concurren en el país sentimientos
de tan honda indignación como el del pueblo
cuando no hay justicia. Hoy como antes, la

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