Gaceta del Congreso del 15-06-2017 - Número 499ICPL (Contenido completo) - 15 de Junio de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766854025

Gaceta del Congreso del 15-06-2017 - Número 499ICPL (Contenido completo)

Fecha de publicación15 Junio 2017
Número de Gaceta499
INFORMES DE CONCILIACIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 499 Bogotá, D. C., jueves, 15 de junio de 2017 EDICIÓN DE 100 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE CONCILIACIÓN AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 252 DE 2017
CÁMARA, 117 DE 2015 SENADO
por la cual se establecen las normas de conducta del militar colombiano y se expide el
Código Disciplinario Militar.
Bogotá, D.C., 15 de junio de 2017
Doctores
OSCAR MAURICIO LIZCANO
Presidente del Honorable Senado de la República
MIGUEL ÁNGEL PINTO
Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
Ciudad
Referencia: Informe de conciliación al Proyecto de Ley número 252/17 Cámara - 117/15
Senado Por la cual se establecen las normas de conducta del militar colombiano y se expide
el Código Disciplinario Militar”
Respetados Señores Presidentes:
De acuerdo a las designaciones efectuadas por las Presidencias del Senado de la República y
de la Cámara de Representantes y según lo establecido en la Constitución Política y en la Ley
5ª de 1992, por su conducto nos permitimos someter a consideración de las Plenarias del
Senado y de la Cámara de Representantes para continuar su trámite correspondiente, el texto
conciliado del proyecto de ley de la referencia.
Para cumplir con este o informe, hemos revisado los artículos de los textos aprobados en las
respectivas Cámaras y hemos decidido acoger en su totalidad el texto aprobado en segundo
debate por la Plenaria de la Cámara de Representantes. Lo anterior, teniendo en cuenta que
el articulado conciliado recoge con mayor precisión la intención del legislador.
PROPOSICIÓN
Honorables Senadores y Honorables Representantes,
Hechas las consideraciones anteriores los conciliadores designados por el Senado de la
República y la Cámara de Representantes, solicitamos a la Honorable plenaria del Senado de
la República y de la Cámara de Representantes aprobar el texto propuesto que se adjunta y
que forma parte integral del presente informe de conciliación.
Cordialmente,
Página 2 Jueves, 15 de junio de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 499
TEXTO CONCILIADO AL PROYECTO DE LEY NUMERO 252/17 CÁMARA -
117/15 SENADO “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE
CONDUCTA DEL MILITAR COLOMBIANO Y SE EXPIDE EL CÓDIGO
DISCIPLINARIO MILITAR”
EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:
LIBRO PRIMERO
Normas de conducta y actuación militar, medios para mantener y encauzar la
disciplina
Título Primero
Conducta y Actuación del Militar
Capítulo I
Normas de conducta militar
Artículo 1. Deber fundamental del militar. Es deber fundamental del militar por su honor,
la disposición permanente para defender a Colombia, incluso con la entrega de la propia vida
cuando sea necesario, cumpliendo la Constitución Política, las leyes y los reglamentos,
respetando los preceptos, principios, valores y virtudes inherentes a la carrera militar.
Artículo 2. Comp ortamiento militar. El militar ajustará su comportamiento a la ética,
disciplina, condición, principios, valores y virtudes característicos de las Fuerzas Militares.
Parágrafo. La formación en ética militar es obligatoria y corresponde al Comando General
de las Fuerzas Militares, liderar, orientar y desarrollar pla nes de formación permanent e,
programas de capacitación, actualización y profundización en ética militar.
Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 499 Jueves, 15 de junio de 2017 Página 3
Artículo 3. Disciplina militar. Es el conjunto de normas de conducta que el militar debe
observar en el ejercicio de su carrera, condición esencial para la existencia de las Fuerzas
Militares.
Es el factor de cohesión que obliga a mandar con responsabilidad y a obedecer lo mandado,
será practicada y exigida en las Fuerzas Militares como regla de actuación. Tiene su
expresión colectiva en el acatamiento a l a Constitución y su manifestación individual en el
cumplimiento de las órdenes recibidas; contrarresta los efectos disolventes de la lucha, crea
íntima c ohesión y permite al superior exigir y obtener del subalterno que las órdenes sean
ejecutadas con exactitud y sin vacilación. Implica la observancia de las normas y órdenes
que consagra el deber profesional.
Artículo 4. Condición del militar. Atributo del militar que le permite desempeñarse y
comportarse ceñido a p rincipios, valores y virtudes, propios de su ética, que le permiten
ser líder y conseguir la máxima eficacia en su acción.
Artículo 5. Principios de la condición militar. La condición del militar se sustenta en el
acatamiento de la Constitución y las leyes, la total convicción por el respeto de la di gnidad
humana, la transparencia, veracidad y efectividad de sus actos, la unión, el mejoramiento
continuo y la búsqueda de cooperación e integración interinstitucional.
Artículo 6. Valores militares. Se constituyen en el conjunto de creencias construidas en
forma colectiva que sustentan la organización y actividades que adelantan las Fuerzas
Militares. Son valores, entre otros, los siguientes y se entienden así:
1. Honestidad: A ctuar con rectitud, sinceridad, transparencia y legalidad. Cumplimiento
espontáneo y estricto de los deberes y obligaciones militares.
2. Veracidad: La palabra del militar debe ser veraz para inspirar confianza en superiores,
compañeros, subalternos.
3. Solidaridad: Actuaciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida,
la paz, el orden y la seguridad de los colombianos, fomentando la cooperación ciudadana.
4. Justicia: Reconocer a cada uno lo suyo, lo que le corresponde según sus derechos,
sus aportes o sus méritos.
5. R esponsabilidad: Asumir o aceptar las consecuencias de nuestros actos libres y
conscientes; es cumplir con los deberes.
6. Compañerismo: Prestar la ayuda y colaboración espontánea a superiores, compañ eros y
subalternos, prescindiendo del egoísmo personal, para conseguir el entendimiento
indispensable entre quienes comparten la vida militar.

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