Gaceta del Congreso del 15-09-2017 - Número 785IPSDPL (Contenido completo) - 15 de Septiembre de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766724925

Gaceta del Congreso del 15-09-2017 - Número 785IPSDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación15 Septiembre 2017
Número de Gaceta785
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 785 Bogotá, D. C., viernes, 15 de septiembre de 2017 EDICIÓN DE 31 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA SEGUNDO
DEBATE EN CÁMARA AL PROYECTO
DE LEY NÚMERO 035 DE 2017 CÁMARA
por la cual se dota a las mutuales de identidad,
autonomía y vinculación a la economía del país como
empresas solidarias y se establecen otras disposiciones.
Bogotá, D. C., 12 de septiembre de 2017
Honorable Representante
ESPERANZA JIMÉNEZ DE PINZÓN
Vicepresidenta
Comisión Séptima Constitucional
Cámara de Representantes
Ciudad, Bogotá
Asunto: Informe de Ponencia para segundo
debate en Cámara al Proyecto de ley número
035 de 2017 Cámara, por la cual se dota a las
mutuales de identidad, autonomía y vinculación a
la economía del país como empresas solidarias y
se establecen otras disposiciones.
Respetada señora Vicepresidenta:
En cumplimiento del encargo hecho por
la honorable Mesa Directiva de la Comisión
Séptima Constitucional de la Cámara de
Representantes del Congreso de la República y
de conformidad con lo establecido en el artículo
156 de la Ley 5ª de 1992, procedemos a rendir
Informe de Ponencia para segundo debate en
Cámara al Proyecto de ley número 035 de 2017
Cámara, por la cual se dota a las mutuales
de identidad, autonomía y vinculación a la
economía del país como empresas solidarias y
se establecen otras disposiciones.
El presente informe está compuesto por
cinco (5) apartes, organizados de la siguiente
manera:
I. Antecedentes
II. Contenido y alcance del Proyecto de ley
III. Marco Legal
VI. Consideraciones Generales
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VI. Proposición
VII. Texto propuesto para segundo en Cámara.
I. ANTECEDENTES
El Proyecto de ley número 035 de 2017
Cámara, por la cual se dota a las mutuales de
identidad, autonomía y vinculación a la economía
del país como empresas solidarias y se establecen
otras disposiciones, es de autoría de los honorables
Representantes Óscar de Jesús Hurtado Pérez, Harry
Giovanny Gonzáles García y Luciano Grisales
Londoño. Dicha iniciativa fue radicada ante la
Secretaría General de la Cámara de Representantes
el 26 de julio de 2017 y, publicada en la Gaceta del
Congreso número 614 de 2017. Una vez repartido el
Proyecto de ley para conocimiento de la Comisión
Séptima Constitucional Permanente, fue designado
como Coordinador Ponente para primer debate
en Comisión el honorable Representante Óscar de
Jesús Hurtado Pérez y como ponente el honorable
Representante Wilson Córdoba Mena. El informe
de ponencia para primer debate fue publicado
en la Gaceta del Congreso número 702 de 2017.
Finalmente, el Proyecto de ley fue aprobado en la
Sesión del 30 de agosto de 2017 y registrado en el
Acta número 08.
II. CONTENIDO Y ALCANCE
DEL PROYECTO DE LEY
El presente proyecto de ley consta de dos (2)
títulos divididos en tres (3) capítulos integrados
por sesenta y tres (63) artículos.
Página 2 Viernes, 15 de septiembre de 2017 GACETA DEL CONGRESO 785
El primer título contiene diez (10) capítulos
y cincuenta y tres (53) artículos. Este título
caracteriza ampliamente la naturaleza jurídica,
constitución y régimen interno de las Mutuales.
El articulado aborda los siguientes componentes:
- Constitución y reconocimiento - Asociados, -
Régimen económico, - Dirección, administración
y control, - Servicios, - Educación mutual, - Fusión,
incorporación y transformación, - Disolución y
liquidación, - Integración mutual.
El segundo título contiene tres (3) capítulos
estructurados en nueve (9) artículos. Este
título caracteriza las relaciones del Estado con
las mutuales. Reglamentando los siguientes
aspectos: - Promoción, fomento y supervisión del
mutualismo, -Régimen de responsabilidades y,
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III. MARCO LEGAL
La normatividad colombiana, que en estricto
sentido data de 1989, en lo que corresponde
a la existencia jurídica de las asociaciones
mutuales, su constitución, organización interna y
operaciones permitidas, así como aquella referida
a los procesos de supervisión que pueda realizar
el Estado sobre ellas, se encuentra orientada por
un criterio estrictamente pragmático, sin tomar en
cuenta –como punto de partida fundamental– su
naturaleza. Esto es, la norma se ha basado en la
presencia histórica del mutualismo y en la tradición
económica del mismo, tal como se ha manifestado
en Colombia, más no ha profundizado en su esencia.
En esa perspectiva, el Decreto número 1480 de
19891, que expidió el Presidente Virgilio Barco en
uso de las facultades extraordinarias otorgadas por
el artículo 131 de la Ley 79 de 1988, representó el
punto de partida de la vida jurídica del mutualismo
en el país porque determinó a grandes rasgos
su: naturaleza, características, constitución,
régimen interno, responsabilidad, sanciones y
consecuentemente se dictaminaron medidas para el
fomento de las Asociaciones Mutualistas en el país.
A 28 años de la expedición del mencionado decreto
se requiere de una normatividad más acorde con la
evolución que ha tenido el mutualismo en el país en
las últimas dos décadas.
IV. CONSIDERACIONES GENERALES
Las Asociaciones Mutuales son formas
asociativas que han venido abriéndose paso como
una expresión particular de propuesta económica
que busca el bienestar colectivo de los colombianos,
reconocida como la expresión organizativa más
antiguas de las llamadas empresas de economía
solidaria. A pesar de su poca visibilización
económica, se puede decir que hoy son una de las
alternativas sociales caracterizadas por su esencia
solidaria y acción comunitaria que pueden atender
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promoción social para mejorar las condiciones de
vida, gestionando procesos de desarrollo con un
1 http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Nor-
ma1.jsp?i=3366
importante impacto social. Bajo esa perspectiva,
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las asociaciones mutuales como:
“(…) personas jurídicas de derecho
privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre
y democráticamente por personas naturales,
inspiradas en la solidaridad, con el objeto de
brindarse ayuda recíproca frente a riesgos
eventuales y satisfacer sus necesidades mediante
la prestación de servicios de seguridad social2”.
Según datos obtenidos en estudios diversos y
resumidos en estadísticas de la Superintendencia
de Economía Solidaria, se destaca la presencia de
263 organizaciones mutuales en todo el territorio
colombiano, contando con cerca de 200.000
asociados, y cubriendo un poco más de 600.000
SHUVRQDVEHQH¿FLDULDVEste es un porcentaje pequeño
de cobertura en un país de más de 46 millones de
habitantes, en el cual las necesidades sociales son
cada vez más sentidas y poco atendidas. Satisfacer
las necesidades de un mayor número de colombianos
es una alternativa que puede atender el mutualismo,
mediante la organización de las comunidades y el
establecimiento de empresas sociales estables.
Aunque el mutualismo presenta una génesis
doctrinaria agregada al pensamiento social
del siglo XIX, siempre se ha sostenido que el
nacimiento de este movimiento, o mejor, de las
sociedades de ayuda mutua o de ayuda recíproca
o de socorros mutuos o de protección recíproca, se
pierde en la prehistoria. Este sistema fue creado,
originalmente, para que las personas, ante una
emergencia o necesidad de algún bien o servicio,
al que no pueden tener acceso en forma individual,
lo realicen mediante la ayuda mutua; de ahí que el
valor más importante que sostiene al mutualismo es
la Solidaridad.
En Europa, en el transcurso de su
desenvolvimiento histórico de los últimos 200 años,
la idea de la prevención de los riesgos futuros, de la
respuesta anticipada a las calamidades, o del acceso
a bienes y servicios para suplir carencias presentes,
implicó la formación de diversidad de asociaciones,
surgiendo las Cajas de Hermandad (Alemania),
extendiéndose los Montes de Piedad (España) u
organizándose las Mutualidades Obreras (Francia).
Este movimiento, inspiró la formación de nuevas
legislaciones, que crearon sistemas de seguridad
y previsión social, tomando del mutualismo los
principios de universalidad y solidaridad.
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Latina, entre el torrente de emigrantes europeos.
El caso más reconocido es el de Argentina:
allí el mutualismo está ligado a la historia del
trabajo. Las mutuales se formaron entre los
trabajadores como mecanismo que les permitiera
satisfacer las necesidades que no podían lograr
en forma individual. Estas asociaciones de
inmigrantes se establecieron como proyecto
exequial pero se fueron transformando en
2 KWWSVZZZVXSHUVROLGDULDJRYFRVLWHVGHIDXOW¿OHVSX-
blic/imce/cartilla_supersolidaria_le_ensena.pdf

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