Gaceta del Congreso del 16-05-2018 - Número 265IPPPPL (Contenido completo) - 16 de Mayo de 2018 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 767425317

Gaceta del Congreso del 16-05-2018 - Número 265IPPPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación16 Mayo 2018
Número de Gaceta265
PONENCIAS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVII - Nº 265 Bogotá, D. C., miércoles, 16 de mayo de 2018 EDICIÓN DE 33 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
                
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER
DEBATE EN CÁMARA AL PROYECTO DE
LEY NÚMERO 076 DE 2017 CÁMARA
por medio de la cual se modican los artículos 36, 60,
140,147 y 155 de la Ley 1448 de 2011 - por la cual se
dictan medidas de atención, asistencia y reparación
integral a las víctimas del conicto armado interno,
y se dictan otras disposiciones.
La presente ponencia consta de las siguientes
partes:
I. TRÁMITE
II. OBJETIVO DE LA PROPUESTA
III. CONVENIENCIA DE LA INICIATIVA
IV. PROPUESTA DE ARTICULADO
V. MARCO JURÍDICO
VI. VIABILIDAD DE LA LEY
VII. PROPOSICIÓN
I. TRÁMITE
El artículo 2°
las competencias de cada una de las comisiones
constitucionales permanentes del Congreso de la

Artículo 2°. Tanto en el Senado como en
la Cámara de Representantes funcionarán
Comisiones Constitucionales Permanentes, encar-
gadas de dar primer debate a los proyectos de
acto legislativo o de ley referente a los asuntos de
su competencia.
Las Comisiones Constitucionales Permanentes
en cada una de las Cámaras serán siete (7), a saber:
Comisión Primera.
Compuesta por diecinueve (19) miembros en
el Senado y treinta y cinco (35) en la Cámara
de Representantes, conocerá de: reforma
constitucional; leyes estatutarias; organización
territorial; reglamentos de los organismos de
control; normas generales sobre contratación
administrativa; notariado y registro; estructura
y organización de la administración nacional
central; de los derechos, las garantías y los
deberes; rama legislativa; estrategias y políticas
para la paz; propiedad intelectual; variación de
la residencia de los altos poderes nacionales;
asuntos étnicos. (Subrayado por fuera del texto).
El proyecto objeto de estudio fue radicado
ante la Secretaría General de la Cámara de
Representantes el pasado día 8 de agosto de 2017
y publicado en la Gaceta del Congreso número
678 de 2017.
El 16 de agosto del 2017 fue recibido en la

        
     
Clara Rojas rendir informe de ponencia para
primer debate en la Cámara de Representantes.
El día 26 de abril de la presente anualidad
   
delegados del Ministerio de Hacienda, del
Ministerio del Interior, del Departamento Nacional


II. OBJETIVO DE LA PROPUESTA
La Ley 1448 de 2011 ha sido un gran esfuerzo
y una gran apuesta del Gobierno nacional y de
la sociedad colombiana, los cuales han probado
en estos casi siete años de vigencia su necesidad
e importancia. Hoy podemos hablar de más
8.666.577 (ocho millones seiscientos sesenta y seis
mil quinientas setenta y siete víctimas) registradas
e inscritas en el Registro Único de Víctimas,
        
Gobierno nacional ha dispuesto por medio de esta
Página 2 Miércoles, 16 de mayo de 2018 G 265
ley para las víctimas de todo el país y que gracias a

      
tejido social; que hoy se encuentran trabajando
por un nuevo país.
Podemos hoy hablar del éxito de un modelo
diferente de garantía de los derechos de las
víctimas a los vistos anteriormente en el mundo1[1]
[1]; reconociendo no solo que el país ha sufrido

reconociendo que las víctimas que ha dejado el
       


Pero siempre pensamos qué podemos hacer
más, que pese a lo ya logrado, es menester del país
en pleno dotar de garantías a todas las víctimas
que se encuentran tanto dentro, como fuera del
territorio nacional y que debemos brindar mayores
garantías a aquellas que por motivos de su propia
realidad aún hoy, no se encuentran inscritas en el
Registro Único de Víctimas; es decir, aún hoy, pese
       

por desconocimiento, miedo o desesperanza.
Con el presente proyecto de ley, se busca:
1. Dotar de una mayor garantía a las víctimas

   -
mas y de esta forma que las mismas puedan
-
cios que el Estado colombiano les ha otor-
gado.
2. Se busca también como medida de satis-
    

-
    
víctimas y su memoria y que de igual forma
sirva este espacio como medio de informa-
 
y obligaciones de las víctimas y del Estado.
3. Que se entienda que el desplazamiento for-
zado no ha sido solo a nivel intermunicipal,
ni interdepartamental, sino que el mismo se
ha dado, como lo ha reconocido la Corte
Constitucional colombiana, a escala de in-
traurbana.
4. Garantizar el acceso real y efectivo de las
    
      
      
militar, la misma se pueda obtener sin ma-
yores obstáculos que el cumplimiento de
1 [1][1] Sikkink, Kathryn, Marchesi, Bridget, Dixon, Peter,
D’Alessandra Federica, Harvard Kennedy School Carr
Center For Human Rights Policy, Reparaciones Inte-
grales en Colombia: Logros y Desafí-
parativa y Global, 24-10-2014, página 5.
los requisitos que ya impone la ley, sin re-

sin incorporaciones a todas luces ilegales.
5. Respecto de los Tipos de garantías a la par-
    
podrán consistir en apoyo de transporte,
apoyo logístico y técnico para la elabora-

      
discapacidad o con hijos menores de edad.
Igualmente, el reconocimiento de un apoyo
-

efectiva en cada una de las sesiones ordina-
rias y hasta dos sesiones extraordinarias.
6. Se consagra el derecho a la memoria de los
pueblos, con él se pretende que estos ten-
gan derecho a conocer y dar a conocer los
    
 


7. El Gobierno nacional en su deber de garan-
tizar el derecho a la memoria y a la partici-
    

-

El articulado del presente proyecto de ley tiene
como objetivo realizar ajustes a la Ley 1448 de
2011, de conformidad con la realidad de lo que
         

y derechos, y que de igual forma se ajuste a la
realidad actual de las víctimas.
III. CONVENIENCIA DE LA INICIATIVA

una ley que consideramos como un logro en

de las víctimas, busca que esas disposiciones,

la ley de forma expresa.
Es menester del Congreso de la República
brindar las herramientas a la sociedad, para que
pueda hacer efectivos y reales sus derechos, y

armado interno, personas que se encuentran en


1. Prórroga del término establecido para el
registro de víctimas del que trata el artí-
culo 155 de la Ley 1448 de 2011, Ley de
Víctimas y de Restitución de Tierras


todas las personas que hayan sido víctimas en el
marco del artículo 3° de la Ley 1448 de 2011; en
      
G 265 Miércoles, 16 de mayo de 2018 Página 3
se les solicita en el formulario diseñado para el
registro, en donde explican las circunstancias
de modo, tiempo y lugar del hecho o hechos
victimizantes2[6][6].
Del universo de víctimas que podrían llegar
       
el derrotero dado por la misma ley (1° de enero
de 1985), a la fecha 2 de mayo de 2018 (cifra
variable), como se ha repetido, se encuentran
registradas más de 8.666.577 (ocho millones
seiscientos sesenta y seis mil quinientas setenta y
siete víctimas) y como lo han expuesto diferentes
organizaciones defensoras de derechos humanos,
a la fecha no se encuentran registradas todas
      
la ley, y frente a este punto existe lo que puede
denominarse como “cifra negra”, “cifra oculta”
o subregistro, ya que por miedo muchas de las
víctimas hoy en día ni siquiera han denunciado
ante la autoridad competente el hecho del que
fueron víctimas, mucho menos han presentado la

Víctimas.
Según el informe presentado al Congreso de
la República por parte de la UARIV, trescientos
setenta y siete mil doscientos cinco (377.205)
víctimas han sido indemnizadas por hechos
diferentes al desplazamiento, mientras los niños
y niñas víctimas indemnizadas con encargos
    3[7][7]; cifra que
nos indica que si bien la UARIV se encuentra
realizando su labor, faltan muchas víctimas por ser
indemnizadas y muchas otras por ser registradas e
inscritas.
La Corte Constitucional colombiana ha resaltado
      
        
Registro Único de Víctimas para el goce efectivo
de los derechos de las personas desplazadas4[9][9].
El saber que actualmente existen en el territorio
nacional y fuera de él, víctimas que no se han
registrado y que en algunos casos ni siquiera
conocen la Ley de Víctimas, no permite que se
       
personas, hasta tanto no se agoten todos los medios

      
derechos y obligaciones.
Ha reiterado la Corte Constitucional que la
    
extensivos a las víctimas de los otros hechos
2 [6][6] http://www.unidadvictimas.gov.co/index.php/
en/103-guia-de-tramites-y-servicios/1208-solicitud-de-
inscripcion-en-el-registro-unico-de-victimas, consultado
el 26 de marzo de 2015.
3 [7][7] Unidad de Víctimas, Informe del Gobierno nacio-
nal a las Comisiones Primeras del Congreso de la Repú-
blica, pág. 102 y 103.
4 [9][9] Corte Constitucional, Sala Especial de Seguimien-
to a la Sentencia T-025 de 2004 y sus Autos de Cumpli-
miento, Auto 119 de 2013, referencia: Sentencia T-025
de 2004, Magistrado Ponente Luis Ernesto Vargas Silva.
victimizantes reconocidos por la ley) tiene el
      
reconocida como tal y, en consecuencia, al acceso
urgente, prioritario y diferenciado a la oferta estatal
para asegurar sus garantías básicas y mejorar sus
condiciones de vida5[10][10].
        
   
Cosas Inconstitucionales (Sentencia T-025 de
2004), al año 2013 no debería existir subregistro
      
lo cual la UARIV debería realizar una estrategia
 
   
trámites que deben realizar6[11][11].
La Consultoría para los Derechos Humanos
y el Desplazamiento (Codhes) explica: la
información poco efectiva que recibe la
población víctima es apenas una de las barreras
de acceso al Registro Único de Víctimas (RUV)
que existe actualmente. Ha sido tal el impacto
de los problemas institucionales y políticos que
dicultan el ingreso de las personas al RUV, que
en el primer semestre de 2013 la preocupación
sobre el registro ha pasado de ser un asunto
poco difundido a convertirse en uno de carácter
mediático en el marco de la implementación de la
Ley de Víctimas7[12][12].
2. Espacios para mensajes como medidas
de Satisfacción, Reparación e Informa-
ción para las Víctimas del Conicto Ar-
mado Interno
Ya se ha expresado el problema y la
inconformidad de algunas víctimas y
organizaciones defensoras de Derechos Humanos
frente a diferentes apartes y falencias de la
       
inconformidades que han sido plasmadas en

   
      
el cual establece, que son aquellas acciones que
proporcionan bienestar y contribuyen a mitigar el
dolor de la víctima. De igual forma, es claro el
mismo artículo al explicar que si bien en la ley se
expresan algunas medidas, a las ya estipuladas se
pueden adicionar otras más.
La Unidad Administrativa Especial para la


     
    restablecer la
5 [10][10] Ibídem.
6 [11][11] AAVV, CONSULTORÍA PARA LOS DE-
RECHOS HUMANOS Y EL DESPLAZAMIENTO,
(CODHES), Desplazamiento Forzado Intraurbano y
  
2014, Pág. 80.
7 [12][12] Ibíd, pág. 80.

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