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Gaceta del Congreso del 16-06-2004 - Número 282PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación16 Junio 2004
Número de Gaceta282
GACETA DEL CONGRESO 282 Miércoles 16 de junio de 2004 Página 1
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
G A C E T A D E L C O N G R E S O
AÑO XIII - Nº 282 Bogotá, D. C., miércoles 16 de junio de 2004 EDICION DE 16 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
S E N A D O D E L A R E P U B L I C A
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
P O N E N C I A S
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
ANGELINO LIZCANO RIVERA
SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO
DE LEY NUMERO 06 DE 2003 SENADO
por la cual se asigna un sueldo parcial o subsidio económico
a las amas de casa.
Doctor
ALFONSO ANGARITA BARACALDO
Presidente Comisión Séptima
Senado de la República
Ciudad
Señor Presidente:
Por honrosa designación suya, fui encargada de rendir ponencia para
primer debate al Proyecto de ley número 06 de 2003 Senado, por la cual
se asigna un sueldo parcial o subsidio económico a las amas de casa,
conjuntamente con la Senadora Flor Gnecco Arregocés.
Luego del análisis conjunto que hicimos las Ponentes sobre la
constitucionalidad, conveniencia y oportunidad del proyecto, de autoría
del honorable Senador Carlos Moreno de Caro, concluimos que lo más
pertinente era recomendar a la Comisión el archivo del proyecto,
básicamente por las siguientes razones:
– No determina con claridad quiénes son las destinatarias del auxilio.
La iniciativa habla de amas de casa, pero no cabe duda que no todas las
amas de casa de Colombia están en condiciones de requerir el subsidio.
– No determina quién es el sujeto obligado al pago del subsidio.
Aunque cita al Ministerio de la Protección Social como la entidad
encargada de establecer los requisitos y de clasificar, inscribir y manejar
la información relacionada con las beneficiarias, no especifica si el
subsidio se pagará con cargo a los recursos de la Nación, del Ministerio
de la Protección Social o de cuál otra entidad.
– No determina a cuánto ascendería el monto anual de lo que habría
que pagar por subsidios a las amas de casa ni cuál sería la fuente de dichos
recursos.
Adicionales a las anteriores razones, que sustentan la proposición de
archivar la iniciativa, he considerado pertinente hacer algunas precisiones
sobre su motivación, las cuales son el motivo de la ponencia separada:
– Es cierto que el trabajo doméstico no ha tenido el reconocimiento
que amerita su importancia como trabajo constructor de sociedad y de
ciudadanía. Esa infravaloración es una de las manifestaciones de iniquidad
que todavía mantienen a la mujer en una posición subordinada. Sin
embargo, la iniciativa de otorgar un subsidio a las amas de casa merece
un análisis más detenido para evitar que, en lugar de un mecanismo de
supresión de la iniquidad social, la perpetúe.
– Es necesario evaluar con mayor profundidad si la erradicación de los
patrones culturales y religiosos que sustentan la iniquidad de género se
puede lograr con medidas como la propuesta en el proyecto, o si estas
resultan contraproducentes para ese fin, como anotamos antes.
– Para nivelar la tasa de desempleo femenino (más alta) con la tasa de
desempleo masculino (más baja) se requieren medidas que otorguen a las
mujeres iguales oportunidades que a los varones en el mercado laboral,
tal como está establecido en el Plan de Igualdad de Oportunidades
consagrado en la Ley 823 de 2003.
– Es tal la importancia de las tareas domésticas en cuanto a la
educación de los hijos y la conservación de la integridad familiar, que
requiere el concurso de mujeres y hombres, como señalan numerosos
instrumentos internaciones y de derecho interno. En este sentido, el
subsidio podría perpetuar el desequilibrio actual. La educación y la
cohesión de la familia no es tarea solamente de la mujer: también es
obligación de los varones.
– Todos los fines loables que persigue el proyecto (disminuir el
desempleo y la prostitución femenina, el pandillismo juvenil y la
delincuencia ciudadana; fortalecer la integridad de la familia; cimentar la
educación de niños y niñas, evitando su ingreso temprano al mercado
laboral), son objetivos que se deben buscar a través de la igualdad de
oportunidades en los ámbitos público y privado, dentro de las cuales la
participación igualitaria de varones y mujeres en la educación y
conservación de la integridad familiar debe ser una obligación real y no
meramente formal como hasta ahora sucede.
Por lo anterior, presento a la Comisión Séptima del Senado la
siguiente:
Proposición
Archívese el Proyecto de ley número 06 de 2003 Senado, por la cual
se asigna un sueldo parcial o subsidio económico a las amas de casa.
Piedad Córdoba Ruiz.
Página 2 Miércoles 16 de junio de 2004 GACETA DEL CONGRESO 282
COMISION SEPTIMA CONSTITUCIONAL PERMANENTE
DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA
Bogotá, D. C., a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil
cuatro (2004).
En la presente fecha se autoriza la publicación en la Gaceta del
Congreso de la República.
El Presidente,
Alfonso Angarita Baracaldo.
El Secretario,
Germán Arroyo Mora.
* * *
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO
DE LEY NUMERO 169 DE 2004 SENADO
por la cual se dictan normas sobre atención, cuidado, promoción
y prevención de la salud sexual y reproductiva.
Honorable Senador
ALFONSO ANGARITA BARACALDO
Presidente Comisión Séptima
Senado de la República
Ciudad
Atendiendo la honrosa designación de la Mesa Directiva de la Comisión
como Ponentes del proyecto de ley de la referencia, cuya autora es la
honorable Senadora Alexandra Moreno Piraquive, nos permitimos rendir
informe de ponencia en la siguiente forma:
1. Objeto del proyecto
Tal como indica la exposición de motivos, el proyecto “...busca
regular la cobertura de la salud sexual y reproductiva. Siguiendo los
lineamientos de las Naciones Unidas, establecidos en las Conferencias de
El Cairo (1994) y de Beijing (1995), la propuesta está dirigida a ubicar el
servicio de salud sexual y reproductiva en el sistema normativo del
Sistema General de la Seguridad Social en Colombia, y a incrementar el
compromiso político frente al amparo del ejercicio de los Derechos
Sexuales y Reproductivos en los niveles nacional y de las entidades
territoriales...”.
2. Consideraciones
Son actualmente temas de mucha preocupación dentro de la sociedad
la maternidad y paternidad responsables, la prevención de las enfermedades
de transmisión sexual, la morbimortalidad perinatal y materna, el aborto
provocado, la violencia sexual y, en fin, todo aquello que hace relación
con la sexualidad y la reproducción humanas, por considerar que estas
son parte de los derechos fundamentales que, además, tienen impacto
determinante en la calidad de vida de las personas y en el futuro de la
misma especie humana.
Es por ello que todos los gobiernos están haciendo esfuerzos para
educar a la comunidad en general y en particular a las familias, a los
jóvenes y a los niños/as en la importancia de la maternidad y paternidad
responsables y la prevención de las enfermedades de transmisión sexual;
igualmente haciendo esfuerzos para disminuir la morbimortalidad
perinatal y materna, los abortos provocados y atacar la violencia sexual
que tanto daño está causando dentro de la sociedad.
En relación con nuestro país, ha señalado la Organización Panamericana
de la salud1, tomando como base la Encuesta Nacional de Demografía y
Salud realizada por Profamilia en el año 2000, que es inquietante el hecho
que con el paso del tiempo la primera relación sexual ocurre a edades más
tempranas, pues mientras el 44.5% de las mujeres entre 20 y 25 años de
edad reporta haber iniciado sus relaciones antes de los 18 años, en el
grupo de 40 a 45 años, solo el 34.1% indica haberlas iniciado antes de esa
edad. Igualmente que la primera relación sexual ocurre más tempranamente
en el área rural que en la urbana y que la iniciación temprana de las
relaciones sexuales es más frecuente en los estratos bajos.
Y agrega que mientras más temprano sea el inicio de las relaciones,
más alta es la probabilidad de tener un número mayor de hijos, si se tiene
en cuenta que el 19% de las adolescentes (de 15 a 19 años) han estado
embarazadas o ya han tenido partos, lo que, adicionalmente, aumenta el
riesgo de abortos provocados, que por tratarse de una práctica ilegal en
el país, es realizada por personas empíricas y en condiciones sanitarias
deficientes, convirtiéndose así en la segunda causa de mortalidad por
causas obstétricas para el grupo de 15 a 19 años de edad, según el Estudio
Nacional de Salud Mental realizado por el Ministerio de Salud en 1998.
En cuanto al conocimiento y uso de anticonceptivos, destaca que en
Colombia existe un conocimiento por lo menos básico o elemental de al
menos un método anticonceptivo, pero que todavía existen brechas en la
educación sexual de los jóvenes en Colombia.
A la violencia sexual le atribuye ser un grave problema de salud
pública que afecta de manera particular a las mujeres con 87%, siendo
entre estas el grupo más afectado el de 15 a 17 años, mientras que en los
hombres los afectados fueron los niños de 1 a 4 años. La tasa más alta para
ambos sexos se ubica en el grupo de 5 a 14 años, que en 1997 llegó a 70.1
casos por cada 100.000 habitantes.
La información contenida en este documento es tan alarmante, basada
además en datos confiables, que imponen la obligación de asumir el tema
del derecho fundamental a la salud sexual y reproductiva como política
de Estado, por las implicaciones que tiene su manejo en el futuro de
nuestra comunidad.
Precisamente el Gobierno Nacional expidió en febrero de 2003 el
documento contentivo de la “Política Nacional de Salud Sexual y
Reproductiva” (SSR), en cuyo resumen ejecutivo expresa:
Este documento presenta la política nacional de salud sexual y
reproductiva (SSR) para el período 2002 a 2006. Parte de una
conceptualización de la SSR, de acuerdo con lo planteado en la Cuarta
Conferencia Mundial sobre la Mujer (1995) y la Conferencia Internacional
sobre Población y Desarrollo (1994) que, a su vez, incorporan la
definición de salud de la Organización Mundial de la Salud. Así mismo,
incluye un análisis de la situación de SSR en Colombia, en el cual se
muestra la relación entre SSR, derechos sexuales y reproductivos (DSR)
y desarrollo, y se precisan los principales problemas en los temas
prioritarios en torno a los cuales gira la propuesta: maternidad segura,
planificación familiar, salud sexual y reproductiva de los adolescentes,
cáncer de cuello uterino, infecciones de transmisión sexual incluyendo
VIH/SIDA y violencia doméstica y sexual.
La política también retoma diversos antecedentes jurídicos y políticos,
nacionales e internacionales, que respaldan la propuesta estratégica
incluida, entre los que se destacan: las conferencias mundiales convocadas
por la Organización de Naciones Unidas, particularmente la de Población
y Desarrollo (El Cairo, 1994) y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
Mujer (Beijing, 1995), y la Constitución Nacional y sus desarrollos,
entre otros. El planteamiento básico es que los DSR son parte de los
derechos humanos y, por lo tanto, deben trabajarse desde esta perspectiva,
al igual que desde la perspectiva que reconoce que la salud es un servicio
público...
El documento señala el objetivo general, los principios que orientan
la política, las estrategias y sus posibles fuentes de financiación.
Como se ve, el tema de la salud sexual y reproductiva es preocupación
actual del Gobierno. Sin embargo, como señala el mismo texto, solo
comprenderá el período 2002-2006. De ahí la importancia del proyecto
de ley número 169/04 en razón a que pretende convertir en legislación
permanente, es decir, política de Estado, el tema de la salud sexual y
reproductiva.
Al convertir en ley la política gubernamental sobre el derecho a la
salud sexual reproductiva se está reconociendo en forma definitiva y
permanente que su protección es indispensable por formar parte de la
calidad de vida de los ciudadanos de nuestro país y de sus familias, tanto
en lo individual como en lo social y muy especialmente del futuro de la
sociedad.
No obstante las bondades de la iniciativa, su articulado adolece de
algunas incongruencias y vacíos que ameritan un estudio más detenido.
1Documento “La Juventud Colombiana en el Naciente Milenio” OPS/OMS.

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