Gaceta del Congreso del 17-02-2020 - Número 91 (Contenido completo) - 17 de Febrero de 2020 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 840984575

Gaceta del Congreso del 17-02-2020 - Número 91 (Contenido completo)

Fecha de publicación17 Febrero 2020
Número de Gaceta91
ACTAS DE COMISIÓN
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXIX - Nº 91 Bogotá, D. C., lunes, 17 de febrero de 2020 EDICIÓN DE 43 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
               
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
COMISIÓN PRIMERA
CONSTITUCIONAL PERMANENTE
AUDIENCIA PÚBLICA DE 2019
(noviembre 28)
(Jueves, 2:00 p. m.)
Tema: Proyecto de Acto Legislativo número
226 de 2019 Cámara, por el cual se modica el
Proposición aprobada en esta célula legislativa y
suscrita por el honorable Representante Juan Carlos
Lozada Vargas.
Presidente, Juan Carlos Lozada Vargas:
Muy buenos días, buenas tardes ya, pidiéndoles
disculpas por el retraso, estaba invitado por el
Presidente de la República a las mesas de diálogo
sobre temas ambientales y por eso me demoré, no voy
a hacer comentarios al respecto, vamos a arrancar de
una vez más bien, saludando por supuesto a Germán
Vélez y a todo el equipo de Grupo Semillas, a todas
las personas que nos han ayudado en la construcción
de este proyecto y que nos han ayudado también con
la convocatoria a esta audiencia pública, entonces
entremos en materia. Secretaria sírvase leer el Orden
del Día, por favor.
Secretaria, Amparo Yaneth Calderón
Perdomo:
Sí señor Presidente, siendo las 2:35 p. m. procedo
con la lectura del Orden del Día.
HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES
Comision Primera Constitucional
Sesiones Ordinarias
Legislatura 2019-2020
Salón de Sesiones de la Comision Primera
“Roberto Camacho Weverberg”
ORDEN DEL DÍA
Jueves veintiocho (28) de noviembre de 2019
2:00 p. m.
I
Lectura de Resolución número 023
(20 de noviembre de 2019)
II
AUDIENCIA PÚBLICA
Tema: Proyecto de Acto Legislativo número
226 de 2019 Cámara, por el cual se modica
Colombia.
Autores: Honorables Representantes: Juan
Carlos Lozada Vargas, José Daniel López Jiménez,
Julián Peinado Ramírez, Luis Alberto Albán
Urbano, Alejandro Alberto Vega Pérez, Julián
Gallo Cubillos, Julio César Triana Quintero, Carlos
Germán Navas Talero, Juan Fernando Reyes Kuri
y la honorable Senadora Angélica Lisbeth Lozano
Correa.
Ponente: Honorable Representante Juan Carlos
Lozada Vargas.
Proyecto publicado Gaceta del Congreso número
874 de 2019.
Ponencia primer debate Gaceta del Congreso
número 946 de 2019.
Estado: Aprobado en Comisión, Acta número 21,
octubre 15 de 2019.
Proposición aprobada en esta célula legislativa y
suscrita por el honorable Representante Juan Carlos
Lozada Vargas.
Página 2 Lunes, 17 de febrero de 2020 G 91
III
Lo que propongan los honorables
Representantes
El Presidente,
Juan Carlos Lozada Vargas.
El Vicepresidente,
Juan Carlos Rivera Peña.
La Secretaria,
Amparo Yaneth Calderón Perdomo.
La Subsecretaria,
Dora Sonia Cortés Castillo.
Ha sido leído, señor Presidente, el Orden del Día.
Presidente:
El primer punto del Orden del Día, Secretaria.
Secretaria:
Sí, señor Presidente.
RESOLUCIÓN NÚMERO 023 DE 2019
(noviembre 20)
por la cual se convoca a audiencia pública.
La Mesa Directiva de la Comisión Primera de la
Honorable Cámara de Representantes
CONSIDERANDO:
a) Que la Ley 5ª de 1992, en su artículo 230
establece el procedimiento para convocar
audiencias públicas sobre cualquier proyecto
ley o de acto legislativo.
b) Que mediante Proposición número 25
aprobada en la sesión del día miércoles 30
de octubre de 2019, suscrita por el honorable
Representante Juan Carlos Lozada Vargas,
ponente del Proyecto de Acto Legislativo
número 226 del 2019 Cámara, por el cual
se modica el artículo 81 de la Constitución
Política de Colombia. Ha solicitado la
realización de audiencia pública.
c) Que la Mesa Directiva de la Comisión
considera que es fundamental en el trámite
de estas iniciativas, conocer la opinión de los
ciudadanos en general sobre el proyecto de
ley antes citado.
d) Que el artículo 230 de la Ley 5ª de 1992,
faculta a la Mesa Directiva, para reglamentar
lo relacionado con las intervenciones y
el procedimiento que asegure la debida
atención y oportunidad.
e) Que la Corte Constitucional en reiterada
jurisprudencia, en relación con las
audiencias públicas ha manifestado: “(…)
las audiencias públicas de participación
ciudadana decretadas por los Presidentes de
las Cámaras o sus Comisiones Permanentes,
dado que el propósito de éstas no es el de
que los Congresistas deliberen ni decidan
sobre algún asunto, sino el de permitir a
los particulares interesados expresar sus
posiciones y puntos de vista sobre los
proyectos de ley o acto legislativo que se
estén examinando en la célula legislativa
correspondiente; no son, así, sesiones del
Congreso o de sus Cámaras, sino audiencias
programadas para permitir la intervención de
los ciudadanos interesados”.
RESUELVE:
Artículo 1°. Convocar a audiencia pública para
que las personas naturales o jurídicas interesadas,
presenten opiniones u observaciones sobre el
Proyecto de Acto Legislativo número 226 del
2019 Cámara, por el cual se modica el artículo 81
Artículo 2°. La audiencia pública se realizará en
la ciudad de Bogotá el día jueves 28 de noviembre
de 2019 a las 2:00 p. m., en el salón de sesiones
“Roberto Camacho Weverberg”, de esta célula
congresional.
Artículo 3°. Las inscripciones para intervenir en
la audiencia pública, podrán realizarse telefónica
o personalmente en la Secretaría de la Comisión
Primera de la Cámara de Representantes, con un día
de antelación a la audiencia.
Artículo 4°. La Mesa Directiva de la Comisión
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intervención de cada participante.
Artículo 5° La Secretaria de la Comisión efectuará
las diligencias necesarias ante el área administrativa
de la Cámara de Representantes, a efecto de que la
convocatoria a la audiencia sea de conocimiento
general y en especial de la divulgación de esta
audiencia en el Canal del Congreso.
Artículo 6° Esta resolución rige a partir de su
expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los veinte (20) días
del mes de noviembre del año dos mil diecinueve
(2019).
El Presidente,
Juan Carlos Lozada Vargas.
El Vicepresidente,
Juan Carlos Rivera Peña.
La Secretaria,
Amparo Yaneth Calderón Perdomo.
Ha sido leído el siguiente punto del Orden del
Día señor Presidente, y manifestarle a usted y
a la audiencia que de acuerdo al artículo 5°, la
Secretaría efectuó las diligencias necesarias y la
convocatoria de esta audiencia fue publicada en el
Canal Institucional del Congreso para que todos
los ciudadanos interesados en el tema pudiesen
participar; asimismo, señor Presidente, se hicieron
las invitaciones pertinentes que usted en su calidad
de ponente único de este proyecto solicitó que se
hicieran; con este informe, señor Presidente, puede
usted dar inicio formal a la audiencia, manifestando
que hay bastantes participantes.
G 91 Lunes, 17 de febrero de 2020 Página 3
Presidente:
Muchas gracias Secretaria, vamos entonces
a comenzar con las intervenciones. Tengo 44
inscritos, espero que no estén todos, porque si están
todos y hacemos intervenciones de 4 minutos serán
más de 3 horas de audiencia pública, entonces voy a
limitar el tiempo a intervenciones de 3 minutos sin
prórrogas, en caso de que sean menos los inscritos,
digamos, que no estén todos los inscritos hacia el
        
segunda intervención corta, si es que a alguien le
quedó algo en el tintero, en caso de que pues sean
menor el número de inscritos. Entonces vamos a
empezar por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible cuya delegada es la doctora Paula Rojas,
doctora tiene usted 3 minutos para su intervención.
La Presidencia concede el uso de la palabra a
la doctora Paula Rojas, delegada del Ministerio
de Ambiente y Desarrollo Sostenible:
Gracias Presidente, en la exposición de motivos
del Ministerio de Ambiente está basada en el
Convenio de Diversidad Biológica del cual hacemos
parte desde 1996; derivado del Convenio de
Diversidad Biológica tenemos la Ley 740, mediante
la cual se aprueba el Protocolo de Cartagena sobre
la Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre
la Diversidad Biológica, marco jurídico que nos
establece desde ese momento la necesidad de que
el país tiene para establecer los marcos regulatorios
  
esto se expidió el Decreto 4525, este decreto cuyo
objeto es establecer el marco regulatorio de acuerdo
a la Ley 740; en el mencionado decreto se crean tres
comités: el comité agrícola, el comité de salud y el
comité de ambiente, comités que están funcionando
y que en el marco regulatorio es llamado el Sistema
Nacional de Bioseguridad.
Haciendo relación a esto, la exposición de motivos
dada por el Ministerio de Ambiente y dada por la

        
de los productos biotecnológicos, se encuentran
también igualmente relacionadas con otras garantías
constitucionales inmersas en el alcance del derecho
fundamental a la educación, que desde el artículo
27 Superior, garantía de libertades de enseñanza,
aprendizaje e investigación, y en este último proceso
que los métodos aplicados a las diferentes formas de
conocimiento tienen el objeto, por una búsqueda de
     
quiero decir que el Gobierno nacional ha desarrollado
un marco reglamentario, ha desarrollado unos
comités, unas evaluaciones, y para la liberación de

unas evaluaciones técnicas con unos criterios y unas
metodologías estandarizadas.
¿Qué es lo que hace esa evaluación técnica?
Disminuir los riesgos, sí, porque los OGM han sido
puestos a discusión, por los riesgos que pueden
presentar para la salud, por los riesgos que pueden
presentar para los ecosistemas. En este momento el
Ministerio de Ambiente no tiene evaluaciones de
liberación, o sea, no hay organismos genéticamente
liberados que hayan sido conceptuados por el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
esto no quiere decir que nosotros no hacemos parte
del comité, quien tiene las liberaciones actuales
en el medio es el Ministerio de Agricultura, pero
nosotros participamos con un concepto vinculante,
donde desde el Ministerio se dan los conceptos
de viabilidad para que estas liberaciones sean
autorizadas o no sean autorizadas, con esto quiero
decir que todas esas liberaciones han surtido un
proceso técnico, tecnológico, enmarcado en la
reglamentación existente en Colombia.
Ahora bien, respecto al uso de los herbicidas
en estos productos de la biotecnología moderna,
la característica de la resistencia a herbicidas –1
minuto para que termine–    
afectación al cultivo que se produce al fumigar, ya
que estos cultivos no tolerantes se ven afectados en
este proceso, siendo la característica de resistencia
una ventaja productive; entonces, en este marco y
por no extenderme más, hay muchas ventajas de los
   
sido evaluadas y que hacen parte de los acuerdos
globales que tiene el país y por las cuales seguiremos
trabajando en el marco normativo para disminuir los
riesgos y que cada vez sean más seguros. Gracias.
La Presidencia concede el uso de la palabra
a la doctora Elisa María Cadena, Subdirectora
de Salud Nutricional del Ministerio de Salud y
Protección Social:
Gracias, buenas tardes para todos, Bueno, ya
la compañera del Ministerio de Ambiente dio una
explicación de cómo está el marco normativo
actualmente en Colombia, solo me voy a detener a
hablar en profundidad del Comité Técnico Nacional
de Salud que es a través de donde se aprueban
los organismos que se utilizan para salud y para
alimentos. Este comité está integrado por el Invima,
por el Ministerio de Salud y por Colciencias, quienes
evalúan el riesgo de los organismos que se deben
usar en el país.
Este proceso se hace a solicitud de los interesados
y básicamente nosotros revisamos que esto no genere
un riesgo a la salud humana, mediante la evaluación
del riesgo, cuyo objetivo es determinar y evaluar los
posibles efectos adversos que pueden tener el uso de
estos organismos y que puedan representar un riesgo
para la salud humana. Para esto, los interesados que
deseen usar este tipo de organismos deben presentar
una serie de documentos en donde nosotros
revisamos aspectos como toxicidad, alerginicidad,
composición nutricional, entre otros, que están
documentados en la Guía del Codex Alimentarius,
que el Codex Alimentarius es una organización
internacional conformada por la Organización
de las Naciones Unidas para la Alimentación y la
Agricultura, la FAO, y para la Organización Mundial
    
país puede o no estar en su potestad de adoptar, pero

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