Gaceta del Congreso del 17-06-2008 - Número 374PPDPL (Contenido completo) - 17 de Junio de 2008 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766719789

Gaceta del Congreso del 17-06-2008 - Número 374PPDPL (Contenido completo)

Fecha de publicación17 Junio 2008
Número de Gaceta374
GACETA DEL CONGRESO 374 Martes 17 de junio de 2008 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CAMARA
AÑO XVII - Nº 374 Bogotá, D. C., martes 17 de junio de 2008 EDICION DE 12 PAGINAS
DIRECTORES:
REPUBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PUBLICO
C A M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESÚS ALFONSO RODRIGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL (E.) DE LA CAMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMON OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G ACETA DEL C ONGRESO
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY
NUMERO 165 DE 2007 CAMARA
por la cual el Estado colombiano adopta las Normas Internacionales
de Información Financiera para la presentación de informes contables.
Bogotá, D. C., junio de 2008
Doctor
CARLOS ALBERTO ZULUAGA
Presidente Comisión Tercera
Cámara de Representantes
Ciudad
En atención a la designación que nos fuera hecha por la Mesa Directiva
de la Comisión Tercera Permanente de Cámara y dando cumplimiento al
término establecido en el artículo 153 de la Ley 5ª de 1992, nos permitimos
presentar ponencia para primer debate ante la Comisión Tercera de la Cá-
mara de Representantes, al Proyecto de ley número 165 de 2007 Cámara,
por medio de la cual el Estado colombiano adopta las Normas Internacio-
nales de Información Financiera para la presentación de informes conta-
bles en los siguientes términos:
EXPOSICION DE MOTIVOS
Reseña histórica
El tema de la internacionalización de Normas Contables, de Revisoría
Fiscal y de Contaduría ha sido debatido mundialmente por entidades inter-
nacionales. Colombia no ha sido ajena a este proceso; en 1962 se reunieron
en New York la Sexta (VI) Conferencia Interamericana de Contabilidad
y el Octavo (VII) Congreso Internacional de Contadores, concluyendo la
conveniencia de emitir principios de contabilidad y auditoría de aplicación
internacional que homogeneizarán las prácticas informativas y de control.
En desarrollo de esta orientación se constituyó con el auspicio del Ins-
tituto Americano de Contadores Públicos (AICPA) el Comité de Coopera-
ción Contable Internacional, el cual inició trabajos en Colombia en 1966
a través de una comisión compuesta por Lile E. Jacobsen, profesor de la
Universidad de Stanford y Salvador Gonzalez Berazueta, socio retirado
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to visitaron la capital de Estados Unidos y trajeron la experiencia recién
concluida por Paul Grady recopilada en el texto “Inventario de Principios
de Contabilidad Generalmente Aceptados” que inicialmente se publicara
como ARS 007.
Este estudio regulativo elaborado por el método de inventario hace én-
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la legislación colombiana que lo hace en la integridad del proceso contable.
El señor Wilkinson efectuó en nuestro país una prueba piloto a partir de un
análisis interno con los gremios, instituciones y empresas y consideró que el
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tabilidad Forense y la Revisoría Fiscal, negando las pretensiones de los
organismos internacionales y frente a esta posición no se retiró al país de
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pretendió la imposición de los estándares internacionales para la presenta-
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de un Comité Ad Hoc se emitió el Pronunciamiento número 1, primero
como documento de discusión y luego con carácter obligatorio, con el aval
de la Superintendencia de Sociedades, intención que fracaso dado que el
Consejo de Estado reivindicó la responsabilidad del Estado en la emisión
de normas mercantiles y dentro de estas las contables.
Similar pretensión se adelantó en la década de 1980 con las Normas de
Auditoría Generalmente Aceptadas, de origen estadounidense, en sustitu-
ción de las Técnicas de Interventoría de Cuentas prescritas por el Código
de Comercio y también estas intencionalidades fracasaron.
Hacia 1992 se presentó nuevamente un proyecto de ley de reforma al
Código de Comercio y se incluyó un capítulo sobre la Revisoría Fiscal
pretendiendo cambiarla por la auditoría externa, creando la obligatoriedad
de la auditoría interna; ni el establecimiento contable, ni el sector empre-
sarial aceptaron la duplicidad en los costos del control y la eliminación del
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El acuerdo programado con el Gobierno se llevó a cabo con la parti-
cipación de todas las Superintendencias, la Junta Central de Contadores,
el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, la Contaduría General de la
Nación, la Contraloría General de la Nación, los Ministerios de Hacienda y
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la Contaduría Pública representados por la Confederación de Asociaciones
de Contadores Públicos y el Colegio Colombiano de Contadores.
Estas diferentes experiencias, con la participación del Estado o sin ella
demuestran que la unidad gremial y altos niveles de desarrollo conceptual
en el país han logrado detener las pretensiones de estandarización de la
técnica, etapa que precede a la concentración absoluta de los mercados de
servicios profesionales.
Sin embargo, debe reconocerse que las intenciones de asimilarnos a
prácticas internacionales han logrado éxitos, el Decreto 2160 de 1986 es
un resumen del ARS núemero 7 del AICPA, el Decreto 2649 de 1993 lo es
de las Normas Internacionales de Contabilidad y similares aseveraciones

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