Gaceta del Congreso del 18-05-2012 - Número 249IPPPPL (Contenido completo) - 18 de Mayo de 2012 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766801837

Gaceta del Congreso del 18-05-2012 - Número 249IPPPPL (Contenido completo)

Fecha de publicación18 Mayo 2012
Número de Gaceta249
GACETA DEL CONGRESO 249 Viernes, 18 de mayo de 2012 Página 1
P O N E N C I A S
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXI - Nº 249 Bogotá, D. C., viernes, 18 de mayo de 2012 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E
S
JESÚS ALFONSO RODRÍGUEZ CAMARGO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G A C E T A D E L C O N G R E S O
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DE-
BATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 223
DE 2012 CÁMARA, 236 DE 2012 SENADO EN
COMISIONES SÉPTIMAS CONJUNTAS
por la cual se dictan normas tendientes a facilitar y
promover el desarrollo urbano y el acceso a la vi-
vienda y se dictan otras disposiciones.
Bogotá, D. C., mayo de 2012
Doctor
JESÚS MARÍA ESPAÑA VERGARA
Secretario Comisión Séptima
Senado de la República
Doctor
RIGO ARMANDO ROSERO ALBEAR
Secretario
Comisión Séptima
Cámara de Representantes
La ciudad.
Asunto. Informe de ponencia para primer debate
al Proyecto de ley número 223 de 2012 Cámara,
236 de 2012 Senado en Comisiones Séptimas Con-
juntas, por la cual se dictan normas tendientes a fa-
cilitar y promover el desarrollo urbano y el acceso a
la vivienda y se dictan otras disposiciones.
Apreciados doctores:
En cumplimiento de la designación que nos fue
encomendada, presentamos el informe de ponencia
para primer debate en las en Comisiones Séptimas
Conjuntas al Proyecto de ley número 223 de 2012
Cámara, 236 de 2012 Senado, por la cual se dictan
normas tendientes a facilitar y promover el desarro-
llo urbano y el acceso a la vivienda y se dictan otras
disposiciones.
1. ANTECEDENTES
El Gobierno Nacional radicó Mensajes de Urgen-
cia ante la Secretaría General de Cámara y Senado
el pasado 27 de abril de 2012, tanto del Senado de
la República como de la Cámara de Representantes,
por parte del señor Presidente de la República doc-
tor Juan Manuel Santos Calderón y respaldado por
ODV¿UPDV GHORV VHxRUHV0LQLVWURV GHO,QWHULRU9L-
vienda, Ciudad y Territorio y por el señor Ministro
de Hacienda y Crédito, solicitando autorización para
realizar Sesiones Conjuntas de las Comisiones Sép-
timas del Congreso de la República para el estudio
y aprobación del proyecto que trata la presente po-
nencia. Esta autorización se materializó para el caso
del Senado de la República en la Resolución número
1177 del 3 de mayo del año en curso y para la Cáma-
ra de Representantes en la Resolución número 187
del 3 de mayo del año en curso.
En su oportunidad, cada una de las honorables
Mesas Directivas de las Comisiones Séptimas Per-
manentes, designaron como ponentes por el Senado
de la República, a los honorables Senadores Anto-
nio Correa, Dilian Francisca Toro, Guillermo Santos
Marín, Fernando Tamayo, Gloria Inés Ramírez, Gil-
ma Jiménez, Claudia Wilches, Teresita García, Jorge
Ballesteros, Germán Carlosama. Y por la Cámara
de Representantes, a los Honorables Representantes
Rafael Romero (C), Dídier Burgos (C), Armando
Zabaraín, Yolanda Duque, Pablo Sierra, Elías Raad,
Luis Fernando Ochoa, Hólger Díaz, Alba Luz Pinilla
y Juan Valdés.
La designación dentro de la cual fuimos incluidos
dignos representantes de los distintos partidos polí-
ticos y regiones del país, quienes presentamos este
informe de ponencia que se pone a consideración de
las Comisiones Séptimas Conjuntas.
2. JUSTIFICACIÓN
La política de vivienda en Colombia funciona
FRQEDVH HQHO PRGHORGH FLHUUH¿QDQFLHUR 3DUD OD
adquisición de una vivienda social en Colombia los
compradores deben gestionar tres fuentes indepen-
dientes de recursos: crédito, subsidio y ahorro. Para
los hogares de más bajos ingresos (ingreso mensual
menor o igual a 1 smmlv) el valor máximo del sub-
sidio equivale aproximadamente a una tercera parte
del precio de una vivienda prioritaria.
Página 2 Viernes, 18 de mayo de 2012 GACETA DEL CONGRESO 249
3DUD TXH HO PRGHOR GH FLHUUH ¿QDQFLHUR RSHUH
adecuadamente debe existir acceso a crédito. En au-
sencia de crédito y ahorro, los subsidios de adqui-
VLFLyQ VRQ LQVX¿FLHQWHV SDUD DGTXLULU XQD YLYLHQGD
prioritaria, en contraste con otros países de América
Latina (Brasil y Chile) donde el valor individual de
los subsidios llega incluso al 100% del valor de las
soluciones habitacionales. A pesar del relativamente
bajo monto per cápita de los subsidios de vivienda,
en Colombia no toda la población tiene acceso a un
FUpGLWRGH YLYLHQGD/D UHJXODFLyQ¿QDQFLHUDOLPLWD
el acceso a crédito para hogares de muy bajos ingre-
sos o en situación de informalidad.
Los altos niveles de pobreza e informalidad de la
población colombiana limitan el funcionamiento del
PRGHORGH FLHUUH ¿QDQFLHUR 6HJ~Q OD (&9'$1(
2010, en Colombia hay un total de 12,3 millones de
hogares. De este total, solo el 36% tendría acceso a
crédito y corresponde a los hogares que tienen in-
gresos mensuales superiores a 1,5 sm. Un total de
7,9 millones de hogares tendrían ingresos por debajo
de ese nivel. Dentro de este grupo debe destacarse
la población que se encuentra por debajo de la línea
de pobreza (3,7 millones de hogares) y la que se en-
cuentra por debajo de la línea de pobreza extrema
(1,2 millones de hogares). Por otra parte, según la
Encuesta de Ingresos y Gastos del DANE 2009, ha-
bría capacidad de ahorro en los hogares con ingresos
mensuales mayores a 4 sml, grupo conformado por
los dos deciles de población de ingresos más altos.
La población objetivo de la política de vivienda (to-
dos los hogares con ingresos mensuales menores a 4
sml) no tendrían capacidad de ahorro.
Brasil se ha convertido en un referente para el di-
seño de políticas de vivienda focalizadas en la po-
blación más pobre. El nuevo modelo de política de
vivienda brasilero (Programa Mi Casa Mi Vida 1 y
2) propone una aproximación distinta al problema
habitacional:
,6HUHTXLHUH XQDVHJPHQWDFLyQPXFKRPiV ¿QD
de la demanda y la aplicación de instrumentos de ac-
FHVRHVSHFt¿FRVSDUDFDGDVHJPHQWR3DUDHOVHJPHQ-
to conformado por los hogares con ingresos mensua-
les menores a 3 sm se ofrece la entrega de viviendas
sin cuota inicial (subsidio pleno a la demanda), pero
sin transferencia de la propiedad (la propiedad queda
HQXQPHFDQLVPRGHHQDMHQDFLyQ¿GXFLDULD\HOKR-
JDUEHQH¿FLDULRDVXPHHOFRPSURPLVRGHGHVWLQDUHO
10% de su ingreso mensual durante diez años para la
devolución de una parte del subsidio. La transferen-
cia de la propiedad sólo se produce al término de este
SOD]R/RVEHQH¿FLDULRVSXHGHQVHUGHVDORMDGRVVLQR
atienden sus compromisos de pago.
II. La intervención del sector público es diferente
en cada segmento objetivo de política. Para el seg-
mento de renta baja (<3 sm) la Caixa Federal (banca
estatal de fomento) contrata la construcción de las
viviendas con el sector privado. La asignación de las
soluciones habitacionales es responsabilidad de los
gobiernos locales (estados federales y municipios).
Los recursos para la construcción provienen del pre-
supuesto federal. La primera fase de MCMV requi-
rió inversiones por USD33 millardos y tuvo como
meta la construcción de un millón de unidades. La
segunda fase tiene una meta de construcción de dos
millones de unidades y un presupuesto de inversión
de USD 79 millardos.
III. Los hogares con ingresos mayores a 3 sm tie-
nen un tratamiento especial y son atendidos con una
combinación distinta de instrumentos: subsidio a la
tasa de interés, subsidios a la cuota inicial (pero no
pleno), etc.
IV. En el modelo brasilero ofrece varios aspectos
para tener en cuenta en Colombia:
a) La población de más bajos ingresos, sin acceso
a crédito ni capacidad de ahorro, requiere de niveles
de subsidios a la demanda plenos o casi plenos, bajo
un modelo de contratación directa con el gobierno.
b) El programa de vivienda actúa como un instru-
mento de formalización.
V. En Colombia se ha realizado un gran avance
en el diseño de instrumentos para la promoción de la
oferta y el fortalecimiento de la demanda. Los macro-
proyectos de interés social nacional y el subsidio a la
tasa de interés son instrumentos que han demostrado
SOHQDPHQWHVXVEHQH¿FLRV\ GHEHQVHJXLURSHUDQGR
El subsidio a la tasa es fundamental para los hoga-
res de bajos ingresos que sí tienen acceso a crédito.
Según cálculos de Camacol, el principal impacto del
subsidio a la tasa fue convertir en sujetos de crédito a
más de 600.000 hogares que en ausencia del mismo
no lo eran, lo cual explica el vigoroso crecimiento de
las ventas de vivienda social durante la vigencia del
subsidio y la contracción que han registrado desde el
agotamiento de los cupos.
VI. La gratuidad en vivienda debería utilizarse
como mecanismo de formalización y de bancariza-
ción. CAPÍTULO I
Disposiciones generales
El capítulo de disposiciones generales del pro-
\HFWRGHOH\ SUHWHQGHGH¿QLUHO REMHWRGHOD PLVPD
sus propósitos, y los lineamientos para el desarrollo
de la nueva política de vivienda. Adicionalmente, el
FDStWXORGH¿QH ORVWHPDV HVWUDWpJLFRVHQ ORVTXH VH
requiere de la coordinación entre la Nación y las en-
tidades territoriales para hacer efectiva la aplicación
GHODSROtWLFD\FRQHO¿QGHTXHFRQÀX\DQORVELHQHV
y recursos de las entidades de todos los órdenes, para
hacer efectivo el acceso a la vivienda.
CAPÍTULO II
Acceso efectivo a la vivienda
de interés prioritario
La vivienda es una de las locomotoras del desa-
rrollo del país, por ser un sector generador de empleo
y de mejoramiento de calidad de vida de los colom-
bianos. La apuesta del Gobierno Nacional es que se
promueva la vivienda de interés social y prioritario,
SDUDHOEHQH¿FLRGHODSREODFLyQYXOQHUDEOHGHOSDtV
De acuerdo con lo anterior, este capítulo pretende
generar un mecanismo que permita el trabajo con-
junto del sector privado y el sector público, para que
la locomotora funcione en forma efectiva y ágil y se
cumplan las metas en materia de viviendas construi-
GDVRLQLFLDGDVSDUDUHGXFLUHOGp¿FLWKDELWDFLRQDOHQ
EHQH¿FLRGHODVSHUVRQDVGHPHQRUHVUHFXUVRV
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio
deberá determinar, inicialmente, los criterios de
distribución de los recursos del Fondo Nacional de
Vivienda, para que este los aplique y proceda a su
ejecución.
GACETA DEL CONGRESO 249 Viernes, 18 de mayo de 2012 Página 3
que contempla el Programa de Red Unidos para la
superación de la pobreza extrema.
 (Q HO FDVR HQ TXH ORV EHQH¿FLDULRV KXELHUHQ
aportado el valor del subsidio familiar de vivienda
inicialmente otorgado en dinero, el valor de la vi-
vienda que se les otorgue a título de subsidio en es-
pecie podrá superar el valor del subsidio aportado en
dinero. Es decir, el recurso inicialmente aportado por
el Gobierno será efectivamente aplicado. Este bene-
¿FLRTXHLPSOLFD ODHQWUHJDJUDWXLWDGH ODYLYLHQGD
VHUiWDPELpQSDUDEHQH¿FLDULRV GHVXEVLGLRVDVLJQD-
dos anteriormente, pero que además cumplan con los
criterios de priorización y focalización a los que se
ha hecho referencia.
3. Se establece la obligatoriedad de constituir pa-
trimonio de familia sobre las viviendas que se entre-
guen a título de subsidio en especie.
Teniendo en cuenta que los patrimonios autó-
nomos se constituirán a través de la celebración de
FRQWUDWRVGH¿GXFLDPHUFDQWLOVHSODQWHDTXHWDQWRVX
constitución como su desarrollo se realicen de acuer-
do con las normas del derecho privado, lo cual per-
mitirá agilizar considerablemente la ejecución de los
recursos, sin perjuicio de que se realicen procesos
de selección objetiva de los constructores, bajo los
criterios que establezca para el efecto el Ministerio
de Vivienda, Ciudad y Territorio, los cuales abarcan
tanto los requisitos que deben tener los constructo-
res, como las condiciones técnicas mínimas de las
viviendas a construir.
Lo anterior se realizará sin perjuicio de la posi-
bilidad de aplicar en lo pertinente las funciones que
el Decreto-Ley 555 de 2003 y la Ley 1469 de 2011
le han otorgado a Fonvivienda, lo anterior teniendo
en cuenta que especialmente esta última permita al
Fondo la constitución de patrimonios autónomos, la
compra de viviendas, y otros mecanismos que son
de gran importancia para permitir el acceso a la vi-
vienda. Es decir, este proyecto de ley no pretende en
modo alguno dejar sin efecto las disposiciones ni los
programas que existen a la fecha y que son efectivos
en el desarrollo de la política de vivienda del Gobier-
no Nacional.
Teniendo en cuenta que al constituir los patri-
monios autónomos serían estos los que entregarían
ODVYLYLHQGDV DORV EHQH¿FLDULRVVLQSHUMXLFLR GHOD
asignación de los subsidios familiares de vivienda
por parte de Fonvivienda, es necesario aclarar que
las obligaciones propias del vendedor de la vivienda,
establecidas en las normas vigentes, no son asumidas
por el patrimonio autónomo respectivo, sino por el
constructor, a quien se le exigirán las garantías co-
rrespondientes.
Además de lo anterior, el Gobierno Nacional no
puede limitar su actuación a la transferencia de solu-
ciones habitacionales sin que exista posteriormente
un acompañamiento en temas de convivencia y man-
tenimiento de las viviendas, de las áreas comunes
de las urbanizaciones y del espacio público. En esta
medida, se propone que el Departamento Adminis-
trativo para la Prosperidad Social realice o coordine
la realización de un acompañamiento a las familias.
Para este propósito también se podrá acudir a los
promotores de los proyectos y a las entidades terri-
toriales, especialmente a las entidades encargadas de
los asuntos relacionados con el bienestar social de
los habitantes.
Para hacer efectiva la ejecución de los recursos y
lograr el acceso a la vivienda, se plantea la posibili-
dad de que Fonvivienda, Findeter o la entidad que de-
¿QDHO*RELHUQR1DFLRQDOFRQVWLWX\DQSDWULPRQLRV
autónomos para promover y/o desarrollar y/o hacer
sostenibles proyectos de vivienda de interés priorita-
rio. La propuesta pretende que a estos patrimonios se
puedan transferir recursos de las siguientes fuentes:
1. Los del presupuesto nacional destinados para la
asignación de subsidios familiares de vivienda.
2. Los de los subsidios asignados que no hayan
VLGRDSOLFDGRV VLHPSUH \FXDQGR HOEHQH¿FLDULR OR
autorice.
3. Los de los subsidios familiares de vivienda que
VHDQREMHWRGH UHQXQFLDSRUSDUWHGH VXEHQH¿FLDULR
o que venzan, o que correspondan a aquellos recu-
perados mediante actuaciones administrativas, inde-
pendientemente de la vigencia presupuestal en la que
hayan sido asignados los subsidios.
4. Los de las entidades territoriales, entidades
públicas de cualquier orden, organismos de coope-
ración, asistencia o ayudas internacionales, organis-
mos multilaterales de crédito y/o entes gubernamen-
tales extranjeros, y en general, personas naturales
o jurídicas, públicas o privadas, mediante aportes a
título gratuito.
5. Los terrenos de las OPVs siempre y cuando
VXVEHQH¿FLDULRV FXPSODQORV UHTXLVLWRVGH IRFDOL-
zación y priorización establecidos por el Gobierno
Nacional.
Los patrimonios autónomos cuya constitución se
DXWRUL]DSRGUiQDVXYH]FRQWUDWDU¿GXFLDVPHUFDQWL-
les para la administración de los recursos aplicables
a los proyectos de construcción de vivienda de in-
terés social prioritario, a las cuales podrán aportar
DFWLYRV¿GHLFRPLWLGRV
Adicionalmente, se establece la posibilidad de
UHLQYHUWLUHVWRVUHFXUVRV\VXVUHQGLPLHQWRV¿QDQFLH-
ros, en el desarrollo de nuevos proyectos de vivienda
de interés social prioritaria.
Una vez construidas las viviendas, existirían los
VLJXLHQWHVEHQH¿FLRV
1. Las viviendas resultantes de los proyectos se-
rían asignadas a título de subsidio en especie a los
EHQH¿FLDULRV TXH VH HQFXHQWUHQ HQ ODV FRQGLFLRQHV
de priorización y focalización que determine el Go-
bierno Nacional, para lo cual necesariamente se debe
tener en cuenta la disponibilidad de recursos para la
asignación de los subsidios y la especial situación
de vulnerabilidad de los hogares. Es por esto que se
HVWDEOHFHTXHHVWDIRUPDGHDVLJQDFLyQEHQH¿FLDUtDD
la población que se encuentre vinculada a programas
sociales del Estado que tengan por objeto la supera-
ción de la pobreza extrema, que esté en situación de
desplazamiento, que haya sido afectada por desas-
tres naturales, calamidades públicas o emergencias
y/o que se encuentre habitando en zonas de alto ries-
go no mitigable, y dentro de esta población, se dará
prioridad a las mujeres y hombres cabeza de hogar,
personas en situación de discapacidad, al adulto ma-
yor, y las demás que señale el Gobierno Nacional.
/RDQWHULRUVLQ SHUMXLFLRGH TXHD ORVEHQH¿FLD-
rios se les exija el cumplimiento de requisitos con-
templados en los programas sociales del Estado o
en los reglamentos que se expidan para el efecto. A
manera de ejemplo, se podrán exigir los requisitos

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