Gaceta del Congreso del 18-08-2017 - Número 710CJPL (Contenido completo) - 18 de Agosto de 2017 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 766807909

Gaceta del Congreso del 18-08-2017 - Número 710CJPL (Contenido completo)

Fecha de publicación18 Agosto 2017
Número de Gaceta710
CONCEPTOS JURÍDICOS
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXVI - Nº 710 Bogotá, D. C., viernes, 18 de agosto de 2017 EDICIÓN DE 16 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
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I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
CONCEPTO JURÍDICO DEL MINISTERIO
DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO AL
PROY ECTO DE LE Y NÚMERO 70 D E 2017
SENADO, 023 DE 2016 CÁ MARA
por medio de la cual se adoptan medidas para el
mejoramiento de las condiciones de vida para los
niños, niñas, adolescentes que se encuentran bajo
medida de protección del ICBF y para la consolidación
de su proyecto de vida.
Bogotá, D. C.
Señor
VÍCTOR RAÚL YEPES FLÓREZ
Secretario General
Comisión Séptima de la Cámara de Representantes
Ciudad
Asunto: Solicitud concepto - Proyecto de ley
número 70 de 2017 Senado, 023 de 2016 Cámara,
por medio de la cual se adoptan medidas para el
mejoramiento de las condiciones de vida para los
niños, niñas, adolescentes que se encuentran bajo
medida de protección del ICBF y para la consolidación
de su proyecto de vida.
Destino: Externo
Origen: 10000
Apreciado Secretario:
En atención a su solicitud, mediante la cual requiere
un concepto de este Ministerio sobre el Proyecto de
ley número 023 de 2016 Cámara, por medio de la
cual se adoptan medidas para el mejoramiento de las
condiciones de vida para los niños, niñas, adolescentes
que se encuentran bajo medida de protección del ICBF
y para la consolidación de su proyecto de vida, me
permito dar respuesta en el siguiente sentido.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
resalta el objetivo del proyecto de ley, al velar por el
cumplimiento del deber del Estado de asistir y proteger
a los niños, con el propósito de llevarlos a lograr el
ejercicio pleno de sus derechos y su desarrollo armónico
e integral. En este sentido, la estrategia de fortalecimiento
para el mejoramiento de la calidad de vida de niños y
adolescentes en condición de vulnerabilidad se convierte
en un instrumento que proporcionará las herramientas
necesarias en materia de salud, educación, recreación
y deporte, para que en un futuro próximo cuando se
incorporen en el mercado laboral generen valor agregado
y potencien todas sus capacidades.
En el mismo sentido, se consideran convenientes
las acciones en torno al acceso a la educación
superior y tecnológica dado que fomenta la inclusión
en los ciclos productivos garantizando que puedan
obtener un sustento digno. Esta educación debe estar
alineada con las apuestas productivas de cada región
y deben responder a las necesidades y demandas de la
industria nacional, lo que se traducirá en un aumento
GHOD GLVSRQLELOLGDG GHPDQR GH REUDFDOL¿FDGD SDUD
procesos productivos regionales y en el incremento de
las posibilidades de acceder a oportunidades laborales.
Finalmente, es importante resaltar la necesidad de
concentrar esfuerzos y generar alianzas que permitan
asegurar que los jóvenes que se encontraban dentro del
Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes
puedan obtener prácticas empresariales dentro de
HQWLGDGHVS~EOLFDV \SULYDGDVEHQH¿FLRV WULEXWDULRV
Lo anterior, dado que en los procesos de selección
puede ser un factor de decisión el hecho de haber
estado inmersos en acciones delictivas.
Finalmente, desde el punto de vista de su
constitucionalidad, se resaltan los siguientes aspectos:
1. Teniendo en cuenta que los programas y los
fondos que se pretenden crear a través del ci-
tado proyecto de ley conllevan una serie de
erogaciones o gastos, que se entiende serán
¿QDQFLDGRVFRQ UHFXUVRV S~EOLFRV VH VXJLHUH
elevar la respectiva consulta ante el Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, toda vez que
constituiría una iniciativa gubernamental de
acuerdo a lo señalado en los artículos 154 y el
numeral 11 del 150 de la Constitución.
Página 2 Martes, 18 de agosto de 2017 Gൺർൾඍൺൽൾඅ&ඈඇ඀උൾඌඈ 710
2. En el artículo 18 del proyecto de ley en co-
mento se señala que el Ministerio de Hacien-
GD SRGUi HVWDEOHFHU EHQH¿FLRV WULEXWDULRV D
los empleadores que vinculen laboralmente a
nuevos empleados que correspondan a los jó-
venes y adolescentes bajo protección del ICBF
mencionados atrás. Sobre este aspecto, se rei-
tera la observación mencionada en el numeral
anterior, señalando además que los proyectos
de ley relacionados con exenciones tributarias
también son de origen gubernamental.
De esta manera, agradeciendo transmitir lo anterior
DORVPLHPEURVGHOD&RPLVLyQFRQHO¿QGHVHUWHQLGRV
en cuenta en lo restante del trámite legislativo, damos
respuesta a su petición, solicitando consultar además
lo pertinente con el Ministerio de Educación para lo de
su competencia.
COMISIÓN SÉPTIMA CONSTITUCIONAL
PERMANENTE DEL HONORABLE
SENADO DE LA REPÚBLICA
Bogotá, D. C., a 14 de agosto 2017
En la presente fecha se autoriza la publicación en
Gaceta del Congreso de la República de las siguientes
consideraciones:
Concepto: Ministerio de Comercio, Industria y
Turismo.
Refrendado por: Doctor Daniel Arango Ángel,
Viceministro de Desarrollo Empresarial.
Proyecto de ley número 70 de 2017 Senado, 023
de 2016 Cámara.
Título del proyecto: por medio de la cual se
adoptan medidas para el mejoramiento de las
condiciones de vida de las personas que se encuentran
bajo protección del ICBF y para la consolidación de
su proyecto de vida.
Número de folios: Dos (2) doble cara.
Recibido en la Secretaría de la Comisión Séptima
del Senado, el día: Lunes tres (3) de octubre de 2016.
Hora: 3:11 p. m.
Lo anterior, en cumplimiento de lo ordenado en el
inciso 5° del artículo de la Ley 1431 de 2011.
El Secretario,
CONCEPTO JURÍDICO DEL MINISTERIO DE
TRABAJO AL PROYECTO DE LEY NÚMERO
70 DE 2017 SE NADO, 023 DE 2016 C ÁMARA
por medio de la cual se adoptan medidas para el
mejoramiento de las condiciones de vida para los
niños, niñas, adolescentes que se encuentran bajo
medida de protección del ICBF y para la consolidación
de su proyecto de vida.
Bogotá D. C., 15 de noviembre de 2016
Doctor
VÍCTOR RAÚL YEPES FLÓREZ
Secretario
Comisión Séptima Constitucional Permanente
Cámara de Representantes
Congreso de la República
&DUUHUD1(GL¿FLR1XHYRGHO&RQJUHVR
Bogotá
Referencia: Su comunicación 3.7.712.16 -
Solicitud concepto al Proyecto de ley número 70 de
2017 Senado, 023 de 2016 Cámara, por medio del
cual se adoptan medidas para el mejoramiento de las
condiciones de vida para los niños, niñas, adolescentes
que se encuentran bajo medida de protección del ICBF
y para la consolidación de su proyecto de vida.
Respetado doctor:
En atención a la comunicación de la referencia,
mediante la cual solicita concepto sobre el proyecto de
ley de la referencia, de manera atenta damos respuesta
en los siguientes términos:
A. PRETENSIONES DEL PROYECTO DE
LEY Y CONSIDERACIONES
En los términos del artículo 1° del proyecto en cita,
este tiene por objeto la creación de medidas tendientes
a mejorar la garantía efectiva de los derechos y la
consolidación del proyecto de vida de los niños, niñas,
adolescentes que se encuentren bajo medida de protección
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF),
en las modalidades de internado u hogar sustituto y de
los adolescentes del Sistema de Responsabilidad Penal
para Adolescentes con medida privativa de la libertad
en Centro de Atención Especializada, de acuerdo con
los lineamientos del ICBF, como sujetos de especial
protección constitucional.
A su turno, la exposición de motivos dispuso que
el proyecto pretende adoptar “medidas de protección
y atención, que de manera integral y bajo el principio
de la corresponsabilidad propendan por la garantía
y materialización de los derechos de los niños, niñas
y adolescentes y jóvenes que se encuentran bajo el
cuidado del Estado y que no cuentan con una familia que
los apoye en el desarrollo y construcción de su proyecto
de vida y de aquellos que se encuentran en el Sistema
de Responsabilidad Penal para Adolescentes. De esta
manera, se busca generar condiciones para la justa,
solidaria y cabal realización de la dignidad humana
y la inclusión de medidas de atención, preferentes
y diferenciales, para estos niños, niñas adolescentes
y jóvenes, en concordancia con los principios
constitucionales e internacionales que consagran su
protección”.

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